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MATERNIDAD: todas las dudas

Iniciado por pole, 09 Julio, 2009, 12:39:32 PM

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pagusa

#930
Hola Mofly, sí es así como tú dices, puedes renunciar y el tiempo de servicio te cuenta a efectos de bolsa. Yo lo hice en Febrero, tienes que entregar un anexo que hay exclusivo para la renuncias en el que tienes que poner que renuncias ahora porque hasta este momento estás de permiso de maternidad y hacer un escrito en el que ponga tus datos personales, tu destino y el motivo de la renuncia, le adjuntas la fotocopia del libro de familia y de tu DNI. Yo lo entregue en el registro de Consejeria porque vivo en Sevilla, sino en el registro de tu Delegación. A mí me contestaron a la semana diciéndome que aceptaban la renuncia y que me contaría el tiempo de servicio.
Aunque son 15 días antes de que que acabe tu permiso de maternidad, te aconsejo que lo hagas con tiempo porque a mí me insistieron mucho en que son muy mijitas con los plazos.
Suerte y disfruta de tu peque

MOFLY

Muchas gracias Pagusa me dejas mucho mas tranquila, pero hay algo que no entiendo, dices que tengo que poner que renuncio "ahora" xq hasta este momento estoy de permiso de maternidad.El dia 3 de mayo se me acaba la matenidad, entonces renunciaria desde el 4 de mayo hasta el 30 de junio, no?Q me imagino lo tendre que poner tb en el escrito o no hace falta.

ET

Pero si renuncias no cobrarias desde el cuatro de mayo hasta el 1 de julio no?? A no ser que pidas el paro, pero por renunciar no te lo dan. Entérate bien que por poco más de un mes...  A mi me dijeron que si renunciaba tenia que hacerlo hasta el 1 de septiembre... pero luego alguien dijo por aqui que se puede renunciar hasta el 30 de junio... no se.

carlinda

No sé si lo de que alguien hablo de renunciar hasta el 30 de junio se refiere a un comentario que hice, pero por si acaso quiero aclarar algo: yo me refiero a excedencia por cuidado de menor que sí se puede coger el tiempo que sea por eso lo he cogido hasta junio, pero en cuanto a renuncia, tenía también entendido que era hasta septiembre, aunque no lo afirmo porque no estoy segura

MOFLY

Cita de: ET en 21 Marzo, 2011, 15:59:17 PM
Pero si renuncias no cobrarias desde el cuatro de mayo hasta el 1 de julio no?? A no ser que pidas el paro, pero por renunciar no te lo dan. Entérate bien que por poco más de un mes...  A mi me dijeron que si renunciaba tenia que hacerlo hasta el 1 de septiembre... pero luego alguien dijo por aqui que se puede renunciar hasta el 30 de junio... no se.

Se que si renuncio no cobrare ni mayo ni junio(cuento con ello) pero julio y agosto si, no? y mi cese es el 30 de junio asi que si renuncio me imagino que sera hasta esa fecha.

ET

Yo tenia entendido que la excedencia sólo la pueden pedir los funcionarios de carrera... pero lo mismo estoy equivocada. Lo que dice Carlinda es totalmente correcto... Yo creo que si renuncias tiene que ser hasta Septiembre... Casi que, de ser asi, te pides la acumulación de lactancia (4 semanas) y te incorporarias a primeros de Junio... si no te puedes permitir no cobrar 4 meses... si es que es asi eh, ojo. Llama a alguna delegación y nos lo cuentas aqui para poder ayudar a otra compi en ese caso.

pagusa

Cita de: MOFLY en 21 Marzo, 2011, 13:40:51 PM
Muchas gracias Pagusa me dejas mucho mas tranquila, pero hay algo que no entiendo, dices que tengo que poner que renuncio "ahora" xq hasta este momento estoy de permiso de maternidad.El dia 3 de mayo se me acaba la matenidad, entonces renunciaria desde el 4 de mayo hasta el 30 de junio, no?Q me imagino lo tendre que poner tb en el escrito o no hace falta.

Te digo que pongas eso en el anexo porque esta hecho para los que renuncian cuando obtienen la vacante o la sustitución, a mí me dijeron en personal de Sevilla que especificara que renunciaba en ese momento por estar de permiso de maternidad sino estaría fuera de plazo. De todas maneras al hacer el escrito ya estás exponiendo tu caso pero por si acaso ponlo en el anexo también.

Lo de la fecha no lo sé pero creo que renuncias con la fecha en la que echas los papeles. Y la renuncia es por un curso académico porque por el tiempo trabajado hasta que renuncias te corresponde una prorroga vacacional y te la tienen que pagar.

Cita de: ET en 22 Marzo, 2011, 10:24:10 AM
Yo tenia entendido que la excedencia sólo la pueden pedir los funcionarios de carrera... pero lo mismo estoy equivocada. Lo que dice Carlinda es totalmente correcto... Yo creo que si renuncias tiene que ser hasta Septiembre... Casi que, de ser asi, te pides la acumulación de lactancia (4 semanas) y te incorporarias a primeros de Junio... si no te puedes permitir no cobrar 4 meses... si es que es asi eh, ojo. Llama a alguna delegación y nos lo cuentas aqui para poder ayudar a otra compi en ese caso.
La excedencia es para los funcionarios de carrera pero los interinos podemos renunciar por tener hijos menores de 3 años.

marejada

entonces, una interina, ya sea con vacante o sustitución, podría renunciar por cuidado de hijo menor de 3 años, por ejemplo, 3 meses? es que a mi se me acabaría la baja maternal en octubre, y si puedo, me gustaría quedarme con mi baby e incorporarme después de navidad. Gracias!

pagusa

Sólo 3 meses no, si renuncias tiene que ser por un curso completo.

tone27

Cita de: axa47 en 18 Marzo, 2011, 19:59:26 PM
tone26
Cuando llegue el verano lo que hacen es pagarte lo que te corresponda según el tiempo que hayas trabajado , si son 7 meses en total te pagan el verano entero y sino lo que te corresponda.
Una vez que te hayan pagado los dias del verano es cuando ya te quedas parada y entonces solicitas el paro, cuando solicites el paro y te lo concedan ,si das a luz,cuando estas cobrando el paro, pasas a cobrar la baja por maternidad de la seguridad social, si en ese momento te llamaran de la bolsa debes presentar los papeles que te hayan dado en seguridad social para que empiecen a pagarte en lugar de seguridad social, delegación y ya hasta que termine tu baja por maternidad te pagan ellos ,siempre que estes con sustitución o con vacante.
No sé si lo has entendido,en fin si tienes mas dudas,,,, intentaremos resolverlas .

ok , gracias. Ya me queda claro que si trabajo al menos 7 meses me pagan el verano, y que del paro puedo coger la baja maternal y si me llaman ya se encargan ellos. Pero tengo 2 dudas:
- Pierdo la posición en bolsa ? o por el contrario al terminar la baja maternal volvería a primeros de la lista??
- si doy a luz estando de vacaciones o me dan la baja??? como lo hago?? Bueno la baja igual si ya estoy de vacaciones no lo cojo, pero su doy a luz en agosto que es lo más probable, aun no estaría en paro no? porque me están pagando las vacaciones, ellos directamente me dan la baja maternal o como??
- Y una duda, que condiciones hay que tener para que te den excedencia???  Supongo que habrá que aprobar la plaza para comenzar jeje y que más??? GRACIAS


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