¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

CONTROL LISTA SAI

Iniciado por sherman, 07 Septiembre, 2010, 13:31:23 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 2 Visitantes están viendo este tema.

Iridium

Cita de: respublica en 30 Septiembre, 2018, 13:02:15 PM


Cita de: Iridium en 30 Septiembre, 2018, 12:31:35 PM
Perdón, pero yo solo intervine para indicar que la afirmación de un compañero de que puedes rechazar una llamada telefónica en la que te den trabajo sin que te expulsen de la bolsa PUEDE ser incorrecta y podría tener graves consecuencias para la persona que tomara esa decisión de no aceptar el trabajo porque PUEDE que sí te expulsen definitivamente de la bolsa, sin esperar a una segunda renuncia.

No es que pueda ser incorrecta sino que con toda certeza lo es, salvo que la renuncia sea por alguna causa justificada de las contempladas en el Artículo 17 de la Orden de 18 de junio de 2018.


Saludos.
   

Conozco las causas "justificantes", sí, pero creo que la cuestión debe girar más en torno a los motivos de exclusión de la bolsa. Entre los motivos de exclusión, el que nos interesa para el caso es el "b) No incorporarse al puesto de trabajo adjudicado, hallándose en situación de activo." (art. 16). Está claramente redactado para las convocatorias informatizadas a partir de enero y para la asignación de vacantes iniciales (colocación de efectivos) y queda algo raro para las llamadas telefóncas, ¿se puede considerar una llamada de la Delegación una adjudicación de puesto? ¿o es una convocatoria para que tú decidas de entre las plazas disponibles?

Si una llamada se interpretase como una convocatoria podría pensarse que existe el "derecho" de rechazarla sin que te expulsen de la bolsa, tendrían que inactivarte el resto del curso, y ya en una segunda renuncia sí habría que excluirte.

Por eso aplicaba lo de PUEDE, porque con independencia de lo que "de facto" esté haciendo la Consejería, la norma aquí tampoco me parece clara en lo referente a este periodo "interregno" de las llamadas hasta enero. En cualquier caso no veo adecuado que se afirme que puedes rechazar una llamada sin que te expulsen y por eso quise intervenir.

respublica



Cita de: Iridium en 30 Septiembre, 2018, 13:28:05 PM
Cita de: respublica en 30 Septiembre, 2018, 13:02:15 PM


Cita de: Iridium en 30 Septiembre, 2018, 12:31:35 PM
Perdón, pero yo solo intervine para indicar que la afirmación de un compañero de que puedes rechazar una llamada telefónica en la que te den trabajo sin que te expulsen de la bolsa PUEDE ser incorrecta y podría tener graves consecuencias para la persona que tomara esa decisión de no aceptar el trabajo porque PUEDE que sí te expulsen definitivamente de la bolsa, sin esperar a una segunda renuncia.

No es que pueda ser incorrecta sino que con toda certeza lo es, salvo que la renuncia sea por alguna causa justificada de las contempladas en el Artículo 17 de la Orden de 18 de junio de 2018.


Saludos.
   

Conozco las causas "justificantes", sí, pero creo que la cuestión debe girar más en torno a los motivos de exclusión de la bolsa. Entre los motivos de exclusión, el que nos interesa para el caso es el "b) No incorporarse al puesto de trabajo adjudicado, hallándose en situación de activo." (art. 16). Está claramente redactado para las convocatorias informatizadas a partir de enero y para la asignación de vacantes iniciales (colocación de efectivos) y queda algo raro para las llamadas telefóncas, ¿se puede considerar una llamada de la Delegación una adjudicación de puesto?

Cuando ahora mismo están llamando, lo están haciendo para adjudicar puestos de trabajo, y si se acepta se emite el correspondiente nombramiento y toma de posesión del puesto adjudicado.

Yo veo claro que una cosa es no participar en las adjudicaciones, cuando tengan lugar, y otra rechazar el puesto adjudicado, bien telefónicamente o bien informatizadamente.


Saludos.
   


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


respublica



Cita de: antonioposita en 28 Septiembre, 2018, 20:30:43 PM
Hoy me llamaron para sustitución.

Voy a enviar el escrito de renuncia.

Me dijo que aunque esté trabajando, en lo público o en lo privado, me echan de la bolsa ya que no es motivo este año.

Al compañero lo han llamado para una sustitución, no ha aceptado el puesto y lo han expulsado de la bolsa, así que ¿a qué viene especular con lo que podría o no podría ser?



Saludos.
   


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Iridium

Cita de: respublica en 30 Septiembre, 2018, 16:41:18 PM


Cita de: antonioposita en 28 Septiembre, 2018, 20:30:43 PM
Hoy me llamaron para sustitución.

Voy a enviar el escrito de renuncia.

Me dijo que aunque esté trabajando, en lo público o en lo privado, me echan de la bolsa ya que no es motivo este año.

Al compañero lo han llamado para una sustitución, no ha aceptado el puesto y lo han expulsado de la bolsa, así que ¿a qué viene especular con lo que podría o no podría ser?



Saludos.
   

Pues no sé, yo al menos no he hablado del caso de ningún compañero en las intervenciones previas así que no me puedo dar por aludido. En cualquier caso, cada uno verá sobre lo que le da la gana especular o no especular, la esencia de un foro es la de opinar, orientar, informar, preguntar, debatir, reflexionar, darle vueltas a las cosas... así que esta intervención se me antoja francamente extemporánea.

Por otra parte, que la Consejería haya expulsado a alguien de la bolsa, o que lo haga sistemáticamente, por no aceptar alguno de los puestos que se le hayan ofrecido por teléfono parece ser lo "normal", pero no tiene por qué ser lo "legal". Que se dialogue alrededor de esto no es solo algo que no está de sobra, sino que responde a la necesidad de información de algunos usuarios del foro, o al simple placer del conocimiento y la curiosidad, rasgo característico los seres inteligentes y del sano juego intelectual. Es deseable y enriquecedor.

Si cada pregunta o discusión o duda hubiera que cerrarla con un "la Consejería lo ha hecho así y aquí se acabó el tema, todo el mundo cerrando bocas y a casita" me parece que este foro ni existiría, estaríamos estúpidamente satisfechos con lo que a mamá Consejería le diera la gana hacer con nosotros.

"¿a qué viene especular con lo que podría o no podría ser?" Pues eso, que a lo mejor viene a que nos da la gana.



Iridium

Cita de: respublica en 30 Septiembre, 2018, 15:01:15 PM

Cuando ahora mismo están llamando, lo están haciendo para adjudicar puestos de trabajo, y si se acepta se emite el correspondiente nombramiento y toma de posesión del puesto adjudicado.


Es una interpretación muy válida, pero a priori es igual de válida que la interpretación que diera otra persona en el sentido de que un llamamiento telefónico en el que te plantan varios puestos para que tú te quedes con uno NO ES UNA ADJUDICACIÓN, es una convocatoria para que tú solicites formalmente uno de esos puestos, y solo cuando tú dices que quieres uno de ellos es cuando se te ADJUDICA. En esta segunda interpretación no cabría excluir de la bolsa a quien no quisiera quedarse con un puesto de trabajo sino su inactivación por el resto del curso ya que la Orden que regula las bolsas permite una primera no participación en la convocatoria para provisión de vacantes o interinidades sin "castigar" con la exclusión.

Citar
Yo veo claro que una cosa es no participar en las adjudicaciones, cuando tengan lugar, y otra rechazar el puesto adjudicado, bien telefónicamente o bien informatizadamente.

Sí, una cosa es no participar en las convocatorias y otra rechazar el puesto adjudicado tras haber participado en las convocatorias, no hay duda. Cada una de estas cosas lleva aparejado una consecuencia diferente.

Pero lo de la llamada, ya digo, quien piense que es una convocatoria no tiene por qué andar desencaminado, de hecho las convocatorias informatizadas para vacantes sobrevenidas y sustituciones a partir de enero,vienen a sustituir a las llamadas telefónicas, son el mecanismo equivalente pero actualizado, digitalizado, telemático, y si se las llama convocatorias, el sistema de llamadas, por esa equivalencia, también es un sistema de convocatorias.

E insisto, porque aquí como no hagas diez aclaraciones colocan en tu boca lo que no has dicho en ningún momento, en que la interpretación que está haciendo la Consejería y que muchos dan por lógica y buena (quizá me incluya yo también) no tiene por qué ser incorrecta, e incluso puede que sea la correcta.
   



respublica

Iridium, tú puedes hacer todas las interpretaciones que quieras y plantear como posibles las hipótesis que se te antojen, pero conviene aclarar que lo son, porque en caso contrario alguien que te lea y dé crédito puede rechazar una sustitución pensando que podría tener derecho a ello sin ser expulsado y luego la realidad es muy diferente de lo que podía haber sido hipotéticamente, pero nunca fue.


Saludos.
   


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Iridium

Cita de: respublica en 30 Septiembre, 2018, 19:40:54 PM
Iridium, tú puedes hacer todas las interpretaciones que quieras y plantear como posibles las hipótesis que se te antojen, pero conviene aclarar que lo son, porque en caso contrario alguien que te lea y dé crédito puede rechazar una sustitución pensando que podría tener derecho a ello sin ser expulsado y luego la realidad es muy diferente de lo que podía haber sido hipotéticamente, pero nunca fue.


Saludos.
   

Jolines, parece que no has leído lo que he escrito y ahora me toca repetir, aquí parece una norma esto de que tengas que decir varias veces lo mismo. He dicho con gran claridad que NO debería indicarse de un modo inequívoco que si no aceptas algún puesto de los que te den por teléfono simplemente te desactivan hasta otro curso. Que puedas rechazar la llamada y que no se te expulse YO NO LO HE DICHO y SÍ que lo he visto escrito en otro post sin que nadie lo corrigiera, por eso intervine, para advertir que mucho cuidado con esto, que puede tener graves consecuencias.

Y aparte, hablar de que la norma es interpretable y explicar las interpretaciones, pues sí, me parece muy saludable y negar estas discusiones es negarnos la información y la defensa ante determinadas situaciones. Yo, de hecho, si me viese afectado por una exclusión de la bolsa a causa de no aceptar las opciones que me dieran en una llamada emplearía en las alegaciones correspondientes, y llegado el caso, en un posible contencioso-administrativo, la interpretación de que las llamadas telefónicas son la forma "transitoria" (hasta enero) de las convocatorias informatizadas futuras, y por tanto equivalentes a efectos prácticos y dotadas para los integrantes de la bolsa de los mismos derechos que se tendrán a partir de enero según una de las disposiciones transitorias de la Orden de 18 de junio de 2018 que regula las bolsas. Si hay un "derecho" a no participar en una convocatoria a partir de enero, ese mismo "derecho" existiría para las llamadas antes de enero, no porque lo diga yo, sino porque lo dice la disposición transitoria.

Esto lo haría como último recurso, como forma desesperada de no ser excluído y a sabiendas de que la Consejería no lo viene entendiendo así, no como un recurso seguro o como una opción sin riesgos evidentes. Y cualquiera que tenga nivel de profesor y que lea este foro así lo entiende si me lee ya que lo he ido advirtiendo en los varios mensajes.

Una breve historia.-

Antes de que empezara el curso surgió entre varios nuevos aspirantes la duda de cómo inactivarse, las respuestas que algunos "experimentados" dieron fueron equívocas pues indicaban que la oportunidad de inactivación ya había pasado con la convocatoria para adjudicación de vacantes iniciales, o que habría que estar a la espera de que la Consejería sacase un procedimiento para ello. Preguntando en alguna Delegación la respuesta que llegaron a dar es que "no sabían" y los sindicatos más de lo mismo. Si esos nuevos aspirantes se hubieran quedado de brazos cruzados esperando que la Consejería actuara (cosa que podemos llamar "fe ciega en la Consejería" o que lo que la "Consejería haga es lo que hay que hacer") o alguna reacción lúcida de los sindicatos, no se habrían podido desactivar, pero gracias a dios que aquí se hacen preguntas y se responde y se debate y se reflexiona, que algunos lo vimos sencillo: no hay que esperar a que la Consejería de el paso, cada uno debería dar el paso de "motu proprio" de presentar su solicitud de inactivación en el registro de la Consejería. Los que se dejen llevar y no sean críticos con lo que hace la Consejería y necesitasen inactivarse se habrán llevado un chasco de mil demonios porque ahí siguen bien activos en la bolsa, los que sí interpretaron y no se plegaron a esa corriente borreguil que da por bueno todo lo que haga o diga la Consejería, sino que al contrario, actuaron por sí mismos sí tienen su activación.

Claro que hay que exponer distintos puntos de vista, que nadie lo dude.

respublica

El mensaje de David08 decía lo siguiente:

Si renuncias porque estés trabajando te sacan de la bolsa, de todas las provincias, hasta el curso siguiente. (Antes era para siempre).


De su redacción entiendo que no está hablando de la nueva Orden de interinos sino de la anterior y que desconoce que en la nueva ya no es causa justificada tener un contrato, como tampoco lo era antiguamente, como él dice.


Iridium cuando contestó dejó abierta la posibilidad de renunciar en base a su interpretación propia de la nueva Orden, pero no es esa la interpretación que está aplicando la Consejería y por eso intervine yo.


En definitiva, y como le ha sucedido al compañero antonioposita, si no aceptas el puesto que te ofrezcan alegando tener un contrato, según establece la nueva Orden de interinos, te expulsan.

Cuando en enero desaparezcan los llamamientos telefónicos provinciales y entre en vigor la nueva convocatoria telemática centralizada de sustituciones serán otras las condiciones, pero aún no ha llegado enero.


Saludos.
   


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


Iridium

Cita de: respublica en 01 Octubre, 2018, 10:32:54 AM

Iridium cuando contestó dejó abierta la posibilidad de renunciar en base a su interpretación propia de la nueva Orden, pero no es esa la interpretación que está aplicando la Consejería y por eso intervine yo.

NO, intervine para ADVERTIR que hay que estar muy seguro de que no te expulsan de la bolsa para afirmar aquí que no te expulsan de la bolsa, o sea que hice  casi lo contrario de lo que tú dices que yo hice. ADVERTÍ de las graves consecuencias de renunciar a lo que te ofrecen en una llamada, cosa que nadie había hecho a pesar de llevar el mensaje publicado casi una jornada entera.

Luego, añadiendo más discusión al asunto, he explicado que de todas formas la norma es también vaga en este tema porque no habla claramente de las consecuencias de renunciar a los puestos que te ofertan con la llamada (que bien visto no son adjudicación sino oferta, llamamiento o convocatoria), pero EN NINGÚN MOMENTO he recomendado a nadie usar esta ambigüedad. Para mí el conocimiento tiene un valor no pequeño, y hablar de todo es interesante porque nos abre horizontes y aumenta nuestras capacidades, ¿por qué diablos no voy a comentar que la norma es vaga y que puede interpretarse?

Citar

En definitiva, y como le ha sucedido al compañero antonioposita, si no aceptas el puesto que te ofrezcan alegando tener un contrato, según establece la nueva Orden de interinos, te expulsan.


NO, la nueva Orden de interinos no establece con claridad qué sucede cuando recibes una llamada en la que te dan a elegir varios puestos de trabajo. Es cierto que parece que la gente que no acepta la oferta está desapareciendo de la bolsa o las bolsas, que la Consejería parece estar expulsando al que no acepta, completamente cierto.

Citar

Cuando en enero desaparezcan los llamamientos telefónicos provinciales y entre en vigor la nueva convocatoria telemática centralizada de sustituciones serán otras las condiciones, pero aún no ha llegado enero.


NO, la Orden de 18 de junio de 2018 que regula las bolsas es plenamente vigente desde finales de junio, eso de que las condiciones a partir de enero serán otras en relación con la aceptación o no de los puestos de trabajo es erróneo, las condiciones, los derechos, son exactamente iguales ahora que a partir de enero, así lo establece con claridad meridiana una de sus Disposiciones Transitorias. La única diferencia es el sistema concreto de llamamiento y adjudicación, las condiciones y derechos son LOS MISMOS. Sería una barbaridad jurídica que estando vigente la Orden desde junio resultase que hasta enero no se aplicaran sus indicaciones sin que se señalaran de forma reglamentaria otras indicaciones para el periodo intermedio y que como consecuencia la Consejería aplicara a capricho lo que le fuese viniendo en gana por algún tipo de metafísica inspiración.

   

Iridium

Perdón, corrijo el formato del mensaje anterior, que me había salido liado

Cita de: respublica en 01 Octubre, 2018, 10:32:54 AM

Iridium cuando contestó dejó abierta la posibilidad de renunciar en base a su interpretación propia de la nueva Orden, pero no es esa la interpretación que está aplicando la Consejería y por eso intervine yo.


NO, intervine para ADVERTIR que hay que estar muy seguro de que no te expulsan de la bolsa para afirmar aquí que no te expulsan de la bolsa, o sea que hice  casi lo contrario de lo que tú dices que yo hice. ADVERTÍ de las graves consecuencias de renunciar a lo que te ofrecen en una llamada, cosa que nadie había hecho a pesar de llevar el mensaje publicado casi una jornada entera.

Luego, añadiendo más discusión al asunto, he explicado que de todas formas la norma es también vaga en este tema porque no habla claramente de las consecuencias de renunciar a los puestos que te ofertan con la llamada (que bien visto no son adjudicación sino oferta, llamamiento o convocatoria), pero EN NINGÚN MOMENTO he recomendado a nadie usar esta ambigüedad. Para mí el conocimiento tiene un valor no pequeño, y hablar de todo es interesante porque nos abre horizontes y aumenta nuestras capacidades, ¿por qué diablos no voy a comentar que la norma es vaga y que puede interpretarse?

Citar

En definitiva, y como le ha sucedido al compañero antonioposita, si no aceptas el puesto que te ofrezcan alegando tener un contrato, según establece la nueva Orden de interinos, te expulsan.


NO, la nueva Orden de interinos no establece con claridad qué sucede cuando recibes una llamada en la que te dan a elegir varios puestos de trabajo. Es cierto que parece que la gente que no acepta la oferta está desapareciendo de la bolsa o las bolsas, que la Consejería parece estar expulsando al que no acepta, completamente cierto.

Citar

Cuando en enero desaparezcan los llamamientos telefónicos provinciales y entre en vigor la nueva convocatoria telemática centralizada de sustituciones serán otras las condiciones, pero aún no ha llegado enero.


NO, la Orden de 18 de junio de 2018 que regula las bolsas es plenamente vigente desde finales de junio, eso de que las condiciones a partir de enero serán otras en relación con la aceptación o no de los puestos de trabajo es erróneo, las condiciones, los derechos, son exactamente iguales ahora que a partir de enero, así lo establece con claridad meridiana una de sus Disposiciones Transitorias. La única diferencia es el sistema concreto de llamamiento y adjudicación, las condiciones y derechos son LOS MISMOS. Sería una barbaridad jurídica que estando vigente la Orden desde junio resultase que hasta enero no se aplicaran sus indicaciones sin que se señalaran de forma reglamentaria otras indicaciones para el periodo intermedio y que como consecuencia la Consejería aplicara a capricho lo que le fuese viniendo en gana por algún tipo de metafísica inspiración.




¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'