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Bolsa de Geografía e Historia (continuación)

Iniciado por Delacroix, 02 Febrero, 2018, 20:21:58 PM

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Kedasle


BaKuLaLU

Cita de: Iridium en 05 Agosto, 2018, 16:02:08 PM


Pues lo que te dicen en UGT, que me perdonen, no tiene NADA que ver con la Orden de 18 de junio, y tú que lo has leído lo sabes. La Orden es tan clara como agua: el tiempo de servicio en otras comunidades se solicita y se reconoce en un determinado curso pero figura en la bolsa de trabajo solo a partir del septiembre siguiente. Y si solo es efectivo a partir de septiembre, resulta imposible aplicarlo en meses anteriores, a la adjudicación de vacantes por ejemplo, que se realiza según el orden que tenga la bolsa de trabajo vigente en julio-agosto. Mi experiencia con sindicatos es ajena al mundo de la enseñanza pero me dice que es normal encontrar ahí personas que hablan por inercia, sin conocimiento real del tema, sin tener una buena actualización normativa, cosa que le obliga a uno mismo a buscarse la vida para solucionar sus cosas.

Pero en este caso no me extrañaría que ese TS sea reconocido ahora ya que este tema ha pillado justo entre el curso que acaba, el que empieza y la nueva normativa, y en este pequeño follón sería casi normal que fueran flexibles. En las alegaciones a la asignación de vacantes estos días se está leyendo que la Consejería va a aceptar casi todo tipo de cuestiones, como por ejemplo lo de pasar a situación de Inactivos en bolsa, cosa también muy fuera de lugar, pero igualmente justificada en la tremenda desinformación que al parecer ha existido en el colectivo de interinos en estos meses atrás (como por ejemplo lo de no saber que la convocatoria de vacantes era el momento obligado de pedir la Inactividad), así que este asunto también sería "lógico" que se aceptase.

Dije UGT, pero me confundí, es FE de CCOO. Al César lo que es del César.
Pues es que la interpretación de la Orden, como dijimos, parece indicar eso, pero no es tan tan evidente. O al menos a mí, me deja dudas, atendiendo a la respuesta de CCOO. Y espero recopilar toda la información posible de organismos competentes. Aunque también he pesando lo que tú. Que en los sindicatos, hay personas que no han de estar al 100 % informados.
He hecho la misma consulta a diferentes sindicatos, además de a través del CAUCE. Espero respuestas. Ya, más que nada, por salir de dudas. Aunque a este paso, saldremos de dudas con la resolución definitiva.


Stalker

Buenos días,
¿Alguien me puede decir si en Andalucía, una vez aprobada la oposición, se te guarda la nota de cara a futuras convocatorias, aunque suspendas, como sucede en otras comunidades autónomas? Disculpad mi ignorancia, y que me salga un poco del tema, pero soy nuevo en esto. Muchas gracias.

idabc

Se guarda solo cuando has aprobado y la nota de la convocatoria anterior es mayor. Únicamente para ordenación en bolsa.

Cita de: Stalker en 07 Agosto, 2018, 09:28:21 AM
Buenos días,
¿Alguien me puede decir si en Andalucía, una vez aprobada la oposición, se te guarda la nota de cara a futuras convocatorias, aunque suspendas, como sucede en otras comunidades autónomas? Disculpad mi ignorancia, y que me salga un poco del tema, pero soy nuevo en esto. Muchas gracias.


Stalker

¿Entiendo entonces que si suspendes estás fuera y hay que aprobar siempre? En otras comunidades (Extremadura, por ejemplo) no es así. Tú apruebas una vez y ya estás siempre en bolsa. Gracias.

BaKuLaLU

Cita de: Stalker en 07 Agosto, 2018, 10:57:38 AM
¿Entiendo entonces que si suspendes estás fuera y hay que aprobar siempre? En otras comunidades (Extremadura, por ejemplo) no es así. Tú apruebas una vez y ya estás siempre en bolsa. Gracias.

A menos que hayas trabajado en Andalucía. Entonces te ordenan por tiempo de servicio y aunque suspendas la oposición sigues estando en bolsa. ¿Pero si eres aspirante a interinidad tienes que aprobar siempre para mantenerte? O es suficiente con haber aprobado en la convocatoria anterior como dice idabc? Entiendo que puedes estar en bolsa con la nota del aprobado, pero detrás de los aprobados en la convocatoria en curso.

nono26

Cita de: Stalker en 07 Agosto, 2018, 10:57:38 AM
¿Entiendo entonces que si suspendes estás fuera y hay que aprobar siempre? En otras comunidades (Extremadura, por ejemplo) no es así. Tú apruebas una vez y ya estás siempre en bolsa. Gracias.

Si apruebas, entras en bolsa. Si suspendes posteriores oposiciones te guardan ese aprobado, pero ya te ordenan detrás de los que hayan aprobado la última oposición. Si, por el contrario, vuelves a aprobar, se te actualiza la nota y se quedan con el último aprobado ya que mejorarás la posición aunque fuera con menos nota que la que sacaras varios años atrás.

Ejemplo: un opositor que aprueba las opos con un 5.1 en 2018 estará mejor colocado que uno que tuviera un 7 en 2016 y haya suspendido en 2018. Le guardarán el 7, pero iría detrás de todos los aprobados del 2018, aunque delante de los aprobados en el 2014 que hayan suspendido las dos últimas.

nono26

Y añado: lo anterior vale en el caso de que se sea un aspirante a interinidad. En el momento en el que tuviera 1 dia de tiempo de servicio ya iría ordenado por tiempo de servicio, y siempre por delante de los aspirantes independientemente de las notas que saques en oposiciones, que pasan a un segundo plano y que solo servirían ya para ir a por la plaza.


Stalker

Gracias, nono26. Tu respuesta me parece impecable.

Iridium

Yo añado otra cosa más.

Si has aprobado las dos últimas convocatorias es la mejor nota de ambas la que te ordena. Por ejemplo: apruebas 2018 con un 6 y aprobaste 2016 con un 7, en este caso te pones delante de los que en 2018 han sacado menos de 7 y no tenían mejor nota en 2016 (o no se presentaron en 2016).


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