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Comisión de Servicio

Iniciado por Brownie, 14 Marzo, 2024, 16:06:09 PM

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Brownie

Hello!! Me acaban de dar destino provisional pero tengo una duda. Yo todo los años pido comisión de servicio por enfermedad, este año la volveré a pedir. Hasta ahí lo entiendo todo, pero cuando me den el destino definitivo que supongo que será en mayo, en ese momento es cuando suele salir la convocatoria de las comisiones de servicio para cambio de localidad o ya no podré optar por el concursillo porque es en este mes en el que se solicta???

Otra duda que tengo es, quién va antes en la comisión de servicio funcionarios con destino definitivo o con enfermedad?? Gracias

malogu

Cita de: Brownie en 14 Marzo, 2024, 16:06:09 PMHello!! Me acaban de dar destino provisional pero tengo una duda. Yo todo los años pido comisión de servicio por enfermedad, este año la volveré a pedir. Hasta ahí lo entiendo todo, pero cuando me den el destino definitivo que supongo que será en mayo, en ese momento es cuando suele salir la convocatoria de las comisiones de servicio para cambio de localidad o ya no podré optar por el concursillo porque es en este mes en el que se solicta???

Otra duda que tengo es, quién va antes en la comisión de servicio funcionarios con destino definitivo o con enfermedad?? Gracias
De conformidad con la Orden de 20 de febrero de 2020, el personal funcionario en prácticas y el personal funcionario de carrera sin destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispondrá de un plazo extraordinario para solicitar una comisión de servicio, en caso de obtener en el Concurso General de Traslado del año en curso un destino definitivo.

Sexta. Personal funcionario de carrera beneficiario de una comisión de servicio.
2. Orden en la adjudicación de destino.
2.1. Se adjudicará destino, con ocasión de vacante, en primer lugar al personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional que haya obtenido comisión de servicio por razones de salud del profesorado que afecten muy gravemente al desempeño del puesto de destino.
2.2. En segundo lugar, se adjudicará al personal funcionario de carrera beneficiario de una comisión de servicio por razón de enfermedad grave, situación de dependencia reconocida en grado III o discapacidad reconocida igual o superior al sesenta y cinco por ciento de familiares de primer grado de consanguinidad, cónyuge o pareja de hecho.
2.3. A continuación, se adjudicará destino al resto del personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional que haya obtenido comisión de servicio por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral a que se refiere el artículo 3 de la Orden de 26 de febrero de 2008, modificada por la Orden de 20 de febrero de 2020.
2.4. Por último, se adjudicará destino al personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional que haya obtenido comisión de servicio por concurrir en él la condición de cargo electivo en corporaciones locales.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/112/BOJA23-112-00021-10244-01_00285268.pdf


Brownie

Gracias!!

Yo tengo la comisión de servicio todos los años pero por ninguno de esos dos casos, doy por hecho que iría detrás de los que piden el concursillo verdad?? Por lo que debería solicitarlo yo también??

malogu

Cita de: Brownie en 25 Marzo, 2024, 15:09:23 PMGracias!!

Yo tengo la comisión de servicio todos los años pero por ninguno de esos dos casos, doy por hecho que iría detrás de los que piden el concursillo verdad?? Por lo que debería solicitarlo yo también??
Leete bien lo que te he comentado y sobre todo leete https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/112/BOJA23-112-00021-10244-01_00285268.pdf.
Dices que todos los años pides comisión de servicio por enfermedad.
2. Orden en la adjudicación de destino.
2.1. Se adjudicará destino, con ocasión de vacante, en primer lugar al personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional que haya obtenido comisión de servicio por razones de salud del profesorado que afecten muy gravemente al desempeño del puesto de destino.
2.2. En segundo lugar, se adjudicará al personal funcionario de carrera beneficiario de una comisión de servicio por razón de enfermedad grave, situación de dependencia reconocida en grado III o discapacidad reconocida igual o superior al sesenta y cinco por ciento de familiares de primer grado de consanguinidad, cónyuge o pareja de hecho.
Y despues a los de concursillo.
2.3. A continuación, se adjudicará destino al resto del personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional que haya obtenido comisión de servicio por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral a que se refiere el artículo 3 de la Orden de 26 de febrero de 2008, modificada por la Orden de 20 de febrero de 2020.


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