¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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MOVIMIENTOS EN TECNOLOGÍA

Iniciado por jpgtecno, 27 Enero, 2011, 16:39:51 PM

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Freeman

Cita de: Bike11 en 29 Mayo, 2011, 21:09:08 PM
¿Hay alguna manera de saber cuantas personas se pueden jubilar en tecnología(y en otras especialidades) en los próximos años?

Lo veremos el año que viene, además solo será el año que viene porque lo de la jubilación con beneficios acaba este año.

Esperemos sean muchas!

FLAZO

Cita de: Freeman en 29 Mayo, 2011, 21:35:26 PM
Cita de: Bike11 en 29 Mayo, 2011, 21:09:08 PM
¿Hay alguna manera de saber cuantas personas se pueden jubilar en tecnología(y en otras especialidades) en los próximos años?

Lo veremos el año que viene, además solo será el año que viene porque lo de la jubilación con beneficios acaba este año.

Esperemos sean muchas!

Cuando dices el año que viene te refieres al curso que viene ¿no?, es decir, dentro de 4 o 5 meses, por cierto sobre las sustituciones está claro que este curso ya está todo el pescado vendido, ahora bien, ¿qué pensais que ocurrirá el curso que viene?, lo digo porque en las pasadas oposiciones, las de 2010, había unos 400 interinos que se presentaron por esta especialidad, para las 230 plazas que se ofertaron, las cuales fueron prácticamente ocupadas en su totalidad por interinos, como era de esperar, por tanto quedan otros 200 interinos con tiempo de servicio ¿creeis que llegaremos otra vez a los 400 interinos en el siguiente curso?


Freeman

Me refería efectivamente al siguiente curso.

En cuanto a las plazas... no se, pero me da que no van a sacar muchas, las de magisterio se han tenido que justificar al Gobierno central, del mismo partido político. Ya sabéis que las impugnaron y hubo historias.

bubbu

¿Sabéis cuantos compañeros nuevos de la bolsa han podido entrar desde el año pasado?


tecnoespiritu

A mí me ha comentado uno de estos liberados de Anpe, que a final de mayo con eso de las licencias por las elecciones habían colocado alrededor de unos cincuenta, sí 50 nuevos en la bolsa, eeso sí  los pobres han trabajado quince días, pero bueno que son ya nuevos con tiempo de servicio. Respecto al 2012 se rumorea que para Tecnología saldrán pocas, poquísimas plazas, alrededor de cien. Otra vez sin esperanza, suerte a todos

juanca123

Hola compañeros de fatigas. ¿habéis echado un vistazo al nuevo sistema de acceso a la función pública docente?

Según su artículo 13. parece ser que los ingeniero o arquitectos técnicos no podemos acceder.

¿como lo interpretais vosotros? lo mismo estoy equivocado. Ojala!!

Ahí mando lo que viene de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación:


Artículo 13.
Requisitos específicos.

Además de las condiciones generales que se establecen en el artículo anterior,

quienes aspiren a participar en los procedimientos selectivos, deberán reunir los

requisitos específicos siguientes:

1. Para el ingreso en el Cuerpo de Maestros: Estar en posesión del título de Grado

en Educación Infantil, Grado en Educación Primaria o el título de Maestro

correspondiente.

2. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria:

a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u

otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

3. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional:

a) Estar en posesión de la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Arquitecto

Técnico, Ingeniero Técnico u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

4. Para el ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas: Estar en

posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, u otro título

equivalente a efectos de docencia.

5. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Música y de Artes Escénicas:

a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u

otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Con la excepción de quienes ingresen en el cuerpo en especialidades propias de

Arte Dramático, estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que

se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

6. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño:

a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u

otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

7. Para el ingreso en el Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño:

a) Estar en posesión de la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Arquitecto

Técnico, Ingeniero Técnico u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

8. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas:

a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u

otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.




posidonia

Cita de: juanca123 en 07 Junio, 2011, 17:26:20 PM
Hola compañeros de fatigas. ¿habéis echado un vistazo al nuevo sistema de acceso a la función pública docente?

Según su artículo 13. parece ser que los ingeniero o arquitectos técnicos no podemos acceder.

¿como lo interpretais vosotros? lo mismo estoy equivocado. Ojala!!

Ahí mando lo que viene de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación:


Artículo 13.
Requisitos específicos.

Además de las condiciones generales que se establecen en el artículo anterior,

quienes aspiren a participar en los procedimientos selectivos, deberán reunir los

requisitos específicos siguientes:

1. Para el ingreso en el Cuerpo de Maestros: Estar en posesión del título de Grado

en Educación Infantil, Grado en Educación Primaria o el título de Maestro

correspondiente.

2. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria:

a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u

otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

3. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional:

a) Estar en posesión de la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Arquitecto

Técnico, Ingeniero Técnico u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

4. Para el ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas: Estar en

posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, u otro título

equivalente a efectos de docencia.

5. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Música y de Artes Escénicas:

a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u

otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Con la excepción de quienes ingresen en el cuerpo en especialidades propias de

Arte Dramático, estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que

se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

6. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño:

a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u

otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

7. Para el ingreso en el Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño:

a) Estar en posesión de la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Arquitecto

Técnico, Ingeniero Técnico u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

8. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas:

a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u

otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.




Vamos a ver, esto está igual que antes, los Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos forman parte de lo que este apartado llama "otros títulos equivalentes a efectos de docencia".

No recuerdo cual es la orden pero en la convocatoria del año pasado o en las anteriores viene referencia al documento en que aparecen las titulaciones equivalenetes a efectos de docencia en la que para Tecnología pueden presentarse quienes tengan estas titulaciones, la diferencia está en el CAP o máster que ya es obligatorio para tecnología desde la pasada convocatoria.

Espero haberte sido útil

guilson

¿Habéis visto en el concurso de traslados que hay compañeros que se van a otras comunidades, y gente de otras comunidades que se vienen a Andalucía?
Habrán dejado alguna vacante para los interinos?


guilson

Según mis cálculos, que me he podido equivocar. De 103 puestos entre plazas bilingües y no bilingües hay 12 personas que tienen destino fuera de Andalucía y 4 de fuera que entran en Andalucía. Por lo tanto 8 puestos que se pueden convertir en vacantes, para Agosto-Septiembre.
Después del duro vatacazo del dichoso borrador sobre las oposiciones por lo menos es un aliciente.
Por favor si alguien tiene el listado que en post anteriores se ha dicho sobre las jubilaciones que lo pongan y así podré ver (aunque es trabajo de chinos, uno por uno), las plazas de tecnología vacantes por jubilaciones.

juanca123

Cita de: posidonia en 08 Junio, 2011, 00:10:21 AM
Cita de: juanca123 en 07 Junio, 2011, 17:26:20 PM
Hola compañeros de fatigas. ¿habéis echado un vistazo al nuevo sistema de acceso a la función pública docente?

Según su artículo 13. parece ser que los ingeniero o arquitectos técnicos no podemos acceder.

¿como lo interpretais vosotros? lo mismo estoy equivocado. Ojala!!

Ahí mando lo que viene de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación:


Artículo 13.
Requisitos específicos.

Además de las condiciones generales que se establecen en el artículo anterior,

quienes aspiren a participar en los procedimientos selectivos, deberán reunir los

requisitos específicos siguientes:

1. Para el ingreso en el Cuerpo de Maestros: Estar en posesión del título de Grado

en Educación Infantil, Grado en Educación Primaria o el título de Maestro

correspondiente.

2. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria:

a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u

otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

3. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional:

a) Estar en posesión de la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Arquitecto

Técnico, Ingeniero Técnico u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

4. Para el ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas: Estar en

posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, u otro título

equivalente a efectos de docencia.

5. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Música y de Artes Escénicas:

a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u

otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Con la excepción de quienes ingresen en el cuerpo en especialidades propias de

Arte Dramático, estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que

se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

6. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño:

a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u

otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

7. Para el ingreso en el Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño:

a) Estar en posesión de la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Arquitecto

Técnico, Ingeniero Técnico u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

8. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas:

a) Estar en posesión del título de Grado, Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u

otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el

artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.




Vamos a ver, esto está igual que antes, los Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos forman parte de lo que este apartado llama "otros títulos equivalentes a efectos de docencia".

No recuerdo cual es la orden pero en la convocatoria del año pasado o en las anteriores viene referencia al documento en que aparecen las titulaciones equivalenetes a efectos de docencia en la que para Tecnología pueden presentarse quienes tengan estas titulaciones, la diferencia está en el CAP o máster que ya es obligatorio para tecnología desde la pasada convocatoria.

Espero haberte sido útil

Muchas gracias por tu respuesta. La verdad es que me imaginaba algo así, pero de esta manera me aseguro.

Saludos


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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