¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

OPOSICIONES MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS 2023/24

Iniciado por manuelco, 01 Noviembre, 2022, 23:16:40 PM

Tema anterior - Siguiente tema

Edumaths y 9 Visitantes están viendo este tema.

Maestrogranada

Cita de: Valmor en 20 Junio, 2023, 11:47:02 AM
Información que he visto en un grupo de Telegram:

Información importante de primera mano . Entre hoy y mañana se espera habilitación de pestaña para colocación efectivos en CM . En el caso que la Junta no se pronuncie durante esta semana , los sindicatos tienen prevista reunión urgente el lunes para que la junta se pronuncie con respecto a esto pq aún no ha determinado si se va a ampliar el plazo de diez días ( acaba en breve ) o tomarán otras medidas.  En ningún caso se va a esperar a oposiciones ni entrega de documentos.

Esperemos que ya pronto tengamos noticias para echar los códigos. Me imagino que ya durante esta semana se abrirá el plazo.

Kanito

Que manera más ilógica de pasar de nosotros


jorgela

Hace unos días pregunté a CAUCE sobre la posibilidad de presentar la documentación de forma telemática y me han respondido hoy. En la respuesta que os adjunto dicen que sí.

Pienso que está bien tener la opción de mandarlo de forma telemática como última opción o , mandarlo telemáticamente y, si finalmente se puede acudir físicamente, volver a presentarlos en el registro para asegurarse. A este respecto les acabo de preguntar si habría algún problema en hacerlo de las dos maneras, telemáticamente primero y presencialmente después.

En cuanto al envío telemático sí que es cierto que hay que ser cautelosos con el concepto de "copia auténtica". A este respecto pienso que no se puede enviar un escaneo hecho por nosotros mismos sino un escaneo previamente autenticado por una administración que, en el caso de los títulos se supone que es la Universidad.

Estimado/a usuario/a.

En relación con la cuestión que nos plantea, le informamos que la documentación que deberá presentar es la siguiente:

a) Copia auténtica del DNI en vigor, en el caso de que se haya opuesto a la consulta de los datos de identidad a través de los sistemas de verificación de identidad. Quienes no posean la nacionalidad española presentarán copia auténtica de la tarjeta de residencia o documento equivalente.
b) Copia auténtica del título alegado como requisito para el ingreso (anverso y reverso) o, en su defecto, copia auténtica de la documentación acreditativa del abono de las tasas de expedición. En el caso de que dicha titulación se haya obtenido en el extranjero se deberá aportar, sin excepción, la correspondiente homologación del Estado español.
c) Declaración responsable según modelo que figura como Anexo V a) de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse, por resolución judicial, en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, para el acceso a cuerpo o escala de funcionario
o para ejercer funciones similares a las desempeñadas como personal laboral.
Igualmente, en el caso de ser nacional de otro Estado, declaración responsable según modelo que figura como Anexo V b) de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
d) El personal seleccionado que posea un grado de discapacidad igual o superior al 33% deberá presentar certificación expedida por el órgano competente en la que conste que se reúnen las condiciones físicas y psíquicas compatibles para impartir las enseñanzas asignadas legalmente al cuerpo y la especialidad por la que participa en el procedimiento selectivo.
e) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales a que se refiere el apartado 5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, o bien, autorización para que esta Administración recabe la citada información a través de medios telemáticos. Los docentes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre. En caso de que se presenten documentos expedidos en un idioma distinto al español, estos deberán ir acompañados de la correspondiente traducción oficial o jurada al español.

Dicha documentación se deberá en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución definitiva de adjudicados.

Podrá presentarla a través de registro oficial, ya sea físico o telemático si dispone de certificado digital a través del registro telemático del Portal de Atención a la ciudadanía.

En ambos casos, la documentación tiene que ir dirigida al servicio de personal de la Delegación Territorial de Educación de la provincia de Andalucía que desee.

Reciba un cordial saludo.

Servicio CAUCE.



malogu

Dejate de historias, SIPRI.ES, siempre dice lo mismo, y yo les haría caso:
Los opositores aprobados con plaza pueden presentar la documentación obligatoria en cualquiera de los ocho registros físicos presenciales de las Delegaciones Territoriales de Educación de Andalucía. Esta opción, por muchas razones, es la más recomendable para no tener problemas ni sorpresas. Aunque en caso de necesidad también puedes entregar los papeles en otra Delegación de la Junta de Andalucía, no lo recomendamos.

Debes pedir cita previa en los registros de las Delegaciones en esta web de la Junta de Andalucía (https://tuturno.juntadeandalucia.es/citaprevia/citapreviaOperacion?tenantId=998). O, si lo prefieres, puedes llamar para pedir la cita previa al teléfono 012 o al 955 012 012.

Hay otras opciones que la ley permite (como entregarlo en Correos), pero nosotros ni las vamos a nombrar porque entendemos que no merece la pena que te juegues tu flamante plaza que tanto te ha costado por evitar la posible incomodidad de este simple trámite final. Ni se te ocurra.


Valmor

Cita de: jorgela en 20 Junio, 2023, 13:01:05 PM
Hace unos días pregunté a CAUCE sobre la posibilidad de presentar la documentación de forma telemática y me han respondido hoy. En la respuesta que os adjunto dicen que sí.

Pienso que está bien tener la opción de mandarlo de forma telemática como última opción o , mandarlo telemáticamente y, si finalmente se puede acudir físicamente, volver a presentarlos en el registro para asegurarse. A este respecto les acabo de preguntar si habría algún problema en hacerlo de las dos maneras, telemáticamente primero y presencialmente después.

En cuanto al envío telemático sí que es cierto que hay que ser cautelosos con el concepto de "copia auténtica". A este respecto pienso que no se puede enviar un escaneo hecho por nosotros mismos sino un escaneo previamente autenticado por una administración que, en el caso de los títulos se supone que es la Universidad.

Estimado/a usuario/a.

En relación con la cuestión que nos plantea, le informamos que la documentación que deberá presentar es la siguiente:

a) Copia auténtica del DNI en vigor, en el caso de que se haya opuesto a la consulta de los datos de identidad a través de los sistemas de verificación de identidad. Quienes no posean la nacionalidad española presentarán copia auténtica de la tarjeta de residencia o documento equivalente.
b) Copia auténtica del título alegado como requisito para el ingreso (anverso y reverso) o, en su defecto, copia auténtica de la documentación acreditativa del abono de las tasas de expedición. En el caso de que dicha titulación se haya obtenido en el extranjero se deberá aportar, sin excepción, la correspondiente homologación del Estado español.
c) Declaración responsable según modelo que figura como Anexo V a) de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse, por resolución judicial, en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, para el acceso a cuerpo o escala de funcionario
o para ejercer funciones similares a las desempeñadas como personal laboral.
Igualmente, en el caso de ser nacional de otro Estado, declaración responsable según modelo que figura como Anexo V b) de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
d) El personal seleccionado que posea un grado de discapacidad igual o superior al 33% deberá presentar certificación expedida por el órgano competente en la que conste que se reúnen las condiciones físicas y psíquicas compatibles para impartir las enseñanzas asignadas legalmente al cuerpo y la especialidad por la que participa en el procedimiento selectivo.
e) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales a que se refiere el apartado 5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, o bien, autorización para que esta Administración recabe la citada información a través de medios telemáticos. Los docentes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre. En caso de que se presenten documentos expedidos en un idioma distinto al español, estos deberán ir acompañados de la correspondiente traducción oficial o jurada al español.

Dicha documentación se deberá en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución definitiva de adjudicados.

Podrá presentarla a través de registro oficial, ya sea físico o telemático si dispone de certificado digital a través del registro telemático del Portal de Atención a la ciudadanía.

En ambos casos, la documentación tiene que ir dirigida al servicio de personal de la Delegación Territorial de Educación de la provincia de Andalucía que desee.

Reciba un cordial saludo.

Servicio CAUCE.


Me parece significativo que en ese "corta-pega" que se han marcado los de CAUCE hayan cometido el descuido de omitir el CAP. Menos mal que en este foro la gente está ojo avizor con todo (hasta con las correcciones de la propia Junta).

jorgela

Cita de: Valmor en 20 Junio, 2023, 13:26:23 PM
Cita de: jorgela en 20 Junio, 2023, 13:01:05 PM
Hace unos días pregunté a CAUCE sobre la posibilidad de presentar la documentación de forma telemática y me han respondido hoy. En la respuesta que os adjunto dicen que sí.

Pienso que está bien tener la opción de mandarlo de forma telemática como última opción o , mandarlo telemáticamente y, si finalmente se puede acudir físicamente, volver a presentarlos en el registro para asegurarse. A este respecto les acabo de preguntar si habría algún problema en hacerlo de las dos maneras, telemáticamente primero y presencialmente después.

En cuanto al envío telemático sí que es cierto que hay que ser cautelosos con el concepto de "copia auténtica". A este respecto pienso que no se puede enviar un escaneo hecho por nosotros mismos sino un escaneo previamente autenticado por una administración que, en el caso de los títulos se supone que es la Universidad.

Estimado/a usuario/a.

En relación con la cuestión que nos plantea, le informamos que la documentación que deberá presentar es la siguiente:

a) Copia auténtica del DNI en vigor, en el caso de que se haya opuesto a la consulta de los datos de identidad a través de los sistemas de verificación de identidad. Quienes no posean la nacionalidad española presentarán copia auténtica de la tarjeta de residencia o documento equivalente.
b) Copia auténtica del título alegado como requisito para el ingreso (anverso y reverso) o, en su defecto, copia auténtica de la documentación acreditativa del abono de las tasas de expedición. En el caso de que dicha titulación se haya obtenido en el extranjero se deberá aportar, sin excepción, la correspondiente homologación del Estado español.
c) Declaración responsable según modelo que figura como Anexo V a) de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse, por resolución judicial, en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, para el acceso a cuerpo o escala de funcionario
o para ejercer funciones similares a las desempeñadas como personal laboral.
Igualmente, en el caso de ser nacional de otro Estado, declaración responsable según modelo que figura como Anexo V b) de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
d) El personal seleccionado que posea un grado de discapacidad igual o superior al 33% deberá presentar certificación expedida por el órgano competente en la que conste que se reúnen las condiciones físicas y psíquicas compatibles para impartir las enseñanzas asignadas legalmente al cuerpo y la especialidad por la que participa en el procedimiento selectivo.
e) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales a que se refiere el apartado 5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, o bien, autorización para que esta Administración recabe la citada información a través de medios telemáticos. Los docentes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre. En caso de que se presenten documentos expedidos en un idioma distinto al español, estos deberán ir acompañados de la correspondiente traducción oficial o jurada al español.

Dicha documentación se deberá en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución definitiva de adjudicados.

Podrá presentarla a través de registro oficial, ya sea físico o telemático si dispone de certificado digital a través del registro telemático del Portal de Atención a la ciudadanía.

En ambos casos, la documentación tiene que ir dirigida al servicio de personal de la Delegación Territorial de Educación de la provincia de Andalucía que desee.

Reciba un cordial saludo.

Servicio CAUCE.


Me parece significativo que en ese "corta-pega" que se han marcado los de CAUCE hayan cometido el descuido de omitir el CAP. Menos mal que en este foro la gente está ojo avizor con todo (hasta con las correcciones de la propia Junta).

Pues también es verdad, vaya fallo que ellos mismos no complementen la información con la corrección que se hizo a la Orden de 14 de noviembre.

Suricato99

Efectivamente muchos sindicatos no han atendido a la corrección de la Orden y están difundiendo mal la información.

Yo que llevo ya 7 años en esto tengo clarísimo que mi mejor informador debo ser yo mismo empapándome especialmente de las opiniones valiosisimas que solemos encontrar en este maravilloso foro.

De hecho en muchas ocasiones le he solventado la papeleta yo al máximo representante sindical de la provincia de Córdoba de un sindicato gracias a lo que leo y contrasto aquí con vosotros.


solucionamisdudas

Cita de: Suricato99 en 20 Junio, 2023, 13:45:08 PM
Efectivamente muchos sindicatos no han atendido a la corrección de la Orden y están difundiendo mal la información.

Yo que llevo ya 7 años en esto tengo clarísimo que mi mejor informador debo ser yo mismo empapándome especialmente de las opiniones valiosisimas que solemos encontrar en este maravilloso foro.

De hecho en muchas ocasiones le he solventado la papeleta yo al máximo representante sindical de la provincia de Córdoba de un sindicato gracias a lo que leo y contrasto aquí con vosotros.

Exacto. Menos mal que está el foro y ustedes.

Desde luego los de la CEJA no nos van a aclarar nada nunca.


Hispalense1988

Fiaros lo justo de CAUCE, a mi me hicieron un lio descomunal con el tema de la copia auténtica. Como han dicho los compañeros, en ese copia y pega de la orden ni siquiera han incluido la corrección hecha a posteriori que establece que hay que aportar también el MAES/CAP.

Y mi consejo sería que acudierais fisicamente a un registro, no lo hagáis telematicamente, porque en ese caso no hay ningún funcionario que acredite la autenticidad de la copia que aportáis. A mi ayer la funcionaria del registro se detuvo a comprobar que las copias coincidían exactamente con el original antes de escanearlo y darles entrada.

PLATANITO

¿Tenéis alguna novedad respecto cuando podremos los del CM hacer la colocación de efectivos?. La semana pasada se daba a entender que era inminente pero estamos a Martes y nada...


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'