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Plazo reclamaciones y renuncias CGT

Iniciado por paula123, 28 Marzo, 2024, 18:46:25 PM

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paula123

Buenas tardes,
Sobre los plazos para las reclamaciones del CGT...
Cuando se accede a la página del CGT se lee:
El plazo para la realización de los trámites mencionados es del 18 marzo 2024 al 2 abril 2024, ambos inclusive.

En la guía, que es un documento pdf, se lee:
A continuación, se muestra la ventana inicial de la aplicación. Para acceder a esta ventana no es preciso usar ningún medio de autenticación. El plazo para la realización de los trámites es del 18 de marzo al 2 de abril, ambos inclusive.

Sin embargo en el apartado de preguntas frecuentes (FAQs) se lee:
¿Cuál es el plazo de presentación de renuncias y reclamaciones a la adjudicación provisional y al baremo de méritos?
El plazo es de 10 días hábiles. En el concurso de traslados actual, el plazo es del 15 de marzo de 2024 al 1 de abril de 2024, ambos inclusive. 

¿Alguien puede aclarar por favor si acaba el 1 o el 2 de abril, ambos inclusive?
Esto es un error que se debe aclarar.
Gracias

respublica

Si lees la Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Desarrollo Educativo, por la que se hace pública la adjudicación provisional de destinos del concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria verás que establece que:

2. Conceder un plazo de diez días hábiles, del 18 de marzo al 2 de abril de 2024, ambos inclusive, para la presentación de reclamaciones al baremo y a la adjudicación provisional. Durante este plazo, el personal utilizará el formulario web disponible desde la consulta del baremo provisional publicada en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

Durante este mismo plazo, el personal que haya participado con carácter voluntario podrá
presentar renuncia a su participación en el procedimiento, entendiendo que la misma afecta a todas las peticiones consignadas en su instancia y a las reclamaciones que, en su caso, haya podido presentar con anterioridad a la renuncia.



Y la propia convocatoria indicaba que tras la adjudicación provisional de destinos se daría un plazo para reclamaciones de diez días hábiles, computables a partir del día siguiente al de su exposición en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, así que como se publicó el día 15 de marzo, el plazo empezó a contar el 18.
 
De todas formas, nunca es buena idea apurar los plazos hasta el final.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


paula123

Cita de: respublica en 28 Marzo, 2024, 22:30:47 PMSi lees la Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Desarrollo Educativo, por la que se hace pública la adjudicación provisional de destinos del concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria verás que establece que:

2. Conceder un plazo de diez días hábiles, del 18 de marzo al 2 de abril de 2024, ambos inclusive, para la presentación de reclamaciones al baremo y a la adjudicación provisional. Durante este plazo, el personal utilizará el formulario web disponible desde la consulta del baremo provisional publicada en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

Durante este mismo plazo, el personal que haya participado con carácter voluntario podrá
presentar renuncia a su participación en el procedimiento, entendiendo que la misma afecta a todas las peticiones consignadas en su instancia y a las reclamaciones que, en su caso, haya podido presentar con anterioridad a la renuncia.



Y la propia convocatoria indicaba que tras la adjudicación provisional de destinos se daría un plazo para reclamaciones de diez días hábiles, computables a partir del día siguiente al de su exposición en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, así que como se publicó el día 15 de marzo, el plazo empezó a contar el 18.
 
De todas formas, nunca es buena idea apurar los plazos hasta el final.


Saludos.

Gracias por la respuesta. Sí, en la resolución es lo que está escrito además haciendo referencia que se hace con el formulario web disponible desde esa fecha, el 18. Pero deben corregir en el  apartado FAQs esa pregunta porque va a generar confusión. Cuando entras en la página web es desde el 18/03 al 2/04, pero cuando revisas las preguntas es desde el 15/03 al 1 de abril. Aunque sea mejor siempre no apurar los plazos, la fecha debe ser la misma también en  las preguntas frecuentes.

ajps17

hola, a ver si alguien me puede sacar de dudas, en el baremo no se me ha tenido en cuenta un año de tutoría , y he hecho una reclamación a la adjudicación, y me he dado cuenta que habia que hacerlo en reclamación de baremo. Me la tendrán en cuenta?, ¿tengo que hacer una reclamación al baremo?


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