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Teletrabajo de dos horas semanales para profesores de instituto mayores de 55

Iniciado por respublica, 09 Mayo, 2026, 16:28:51 PM

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respublica

Teletrabajo de dos horas semanales para profesores de instituto mayores de 55 años

Aspectos del proyecto de decreto para mejorar el sistema educativo y la gestión docente no universitaria en Andalucía:

  • Reducción horaria para profesores mayores de 55 años en Andalucía
  • Protocolo reforzado contra el acoso y ciberacoso escolar
  • Digitalización y simplificación administrativa en educación.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

barracuda



albay

No entiendo que novedad tiene esto. Los mayores de 55 ya tienen 2 horas de reducción desde hace décadas. Y como evidentemente no son de docencia ni guardias, pues se pueden teletrabajar por supuesto.

Pentagrama

En mi Instituto nos hacen hacerlas presenciales, pues son lectivas.

No solamente eso, nos obligan a realizar labores administrativas para suplir la plaza de administrativo que la Junta no quiere cubrir.

Así está el nivel.


Hildegarda de Bingen

Cita de: Pentagrama en 09 Mayo, 2026, 18:19:51 PMEn mi Instituto nos hacen hacerlas presenciales, pues son lectivas.

No solamente eso, nos obligan a realizar labores administrativas para suplir la plaza de administrativo que la Junta no quiere cubrir.

Así está el nivel.
Cita de: Pentagrama en 09 Mayo, 2026, 18:19:51 PMEn mi Instituto nos hacen hacerlas presenciales, pues son lectivas.

No solamente eso, nos obligan a realizar labores administrativas para suplir la plaza de administrativo que la Junta no quiere cubrir.

Así está el nivel.

Pues mientras los claustros no se planten...mucho servilismo es lo que hay en general (no lo digo por tu comentario, por supuesto).

albay

Cita de: Pentagrama en 09 Mayo, 2026, 18:19:51 PMEn mi Instituto nos hacen hacerlas presenciales, pues son lectivas.

No solamente eso, nos obligan a realizar labores administrativas para suplir la plaza de administrativo que la Junta no quiere cubrir.

Así está el nivel.

Si está recogido en el Plan de Centro es legal. Art. 13, punto 6.e) y punto 9 de la ORDEN de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.

respublica

Cita de: albay en 09 Mayo, 2026, 18:14:04 PMNo entiendo que novedad tiene esto. Los mayores de 55 ya tienen 2 horas de reducción desde hace décadas. Y como evidentemente no son de docencia ni guardias, pues se pueden teletrabajar por supuesto.

La novedad, entre otras, es que hasta ahora legalmente no se permite teletrabajo en el horario lectivo, que es a donde pertenece la reducción de dos horas para mayores de 55 años.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: albay en 09 Mayo, 2026, 20:39:12 PMSi está recogido en el Plan de Centro es legal. Art. 13, punto 6.e) y punto 9 de la ORDEN de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.

El 13.9 establece que la reducción de dos horas para los mayores de 55 es en la parte lectiva de su horario regular semanal.

Y el 13.6 es sobre el horario no fijo o irregular, por lo que no se aplica a la parte lectiva, y por tanto el plan de centro no tiene competencia para establecer teletrabajo en la parte lectiva del horario.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


respublica

Y como comentamos en su momento, según la Instrucción de 5 de septiembre de 2025 para el cumplimiento de lo previsto sobre horarios en el Acuerdo de 16 de julio firmado entre la Consejería de Desarrollo Educativo y las organizaciones sindicales:

La parte del horario no lectivo y de obligada permanencia en el centro del profesorado funcionario se
llevará a cabo, con carácter general, de forma telemática, con la excepción de la atención a las familias que
lo soliciten, las guardias y las sesiones de evaluación.

Por tanto, no hay ninguna base legal ahora para que una parte del horario lectivo, como es la reducción por mayor de 55, se pueda realizar de forma telemática, y en consecuencia, el profesorado implicado debe estar a esas horas en el centro educativo realizando presencialmente las tareas que se le encomienden, según establece la normativa que antes hemos citado.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

albay

A no ser que el concepto "horario lectivo" esté caduco como las últimas normativas sugieren. Lectivo es estar con niños en el aula. Lo demás, lo llamemos como lo llamemos no es lectivo. Yo interpreto que esas 2 horas de reducción lo son del horario lectivo, no del no lectivo, pero una vez aplicada la reducción esas horas son "no lectivas" por simple definición. Es como las jefaturas de departamento, sus reducciones son del horario lectivo, pero una vez aplicadas no son lectivas.
Cita de: respublica en 09 Mayo, 2026, 22:01:03 PMEl 13.9 establece que la reducción de dos horas para los mayores de 55 es en la parte lectiva de su horario regular semanal.
El 13.9 que indicas, señala eso, que se quitan de la parte lectiva pero no son lectivas. Por tanto, teletrabajables.
 


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