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Desplazados y suprimidos

Iniciado por Taracena, Hoy a las 07:53:04 AM

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Taracena

Buenos días:

He vuelto a salir desplazado de mi centro por cuarto año consecutivo y me ha surgido la siguiente duda, pues parece poco probable que vuelva: ¿cómo se convierte un desplazamiento en una supresión? ¿Es la Administración la que suprime o es el docente quién la solicita? He estado repasando la normativa y no termino de encontrar este punto? No sé si alguien sabría aclarármelo.

Un saludo.

pepe sosa

Yo estoy en la misma situación, me han desplazado ahora en estos días y he pedido este segundo año como desplazado salir suprimido pero me dijeron en la reunión de desplazamiento que la supresión de la plaza no lo determina el centro sino la consejería de educación y ello ocurriría después de que varios años la plaza estuviese en la situación de sin horas y saliendo el afectado como desplazado.
A ver si Respublica o Albay u otr@s afectad@s nos dan su opinión pero según tengo entendido por el centro origen de mi desplazamiento la supresión no es posible ahora en Julio a través de estas instrucciones de suprimidos-desplazados sino a principios de año previamente al CGT y es la consejería según me dijeron en el centro origen del desplazamiento la que lo determina no las direcciones de los centros.


Estela1

Es la administración. En mi centro intentaron suprimir una plaza porque la compañera estaba como tú y se la rechazaron. Creo que hay un mínimo de horas para que pase de desplazamiento a supresión.

Estela1

De hecho, la plaza ha desaparecido con su jubilación y otra cuando la compañera consiguió otro puesto en el concurso de traslados.


pepe sosa

Cita de: Estela1 en Hoy a las 08:06:57 AMEs la administración. En mi centro intentaron suprimir una plaza porque la compañera estaba como tú y se la rechazaron. Creo que hay un mínimo de horas para que pase de desplazamiento a supresión.
Estela el caso es que en el acta que he firmado aparece el apartado de supresión, concretamente pone ......Opta por la supresión....
Mi duda que planteé en la reunión es que si no había ninguna hora para mí, porqué no podía firmar el acta como suprimido y me respondieron en la reunión del desplazamiento que en este acto no se puede suprimir la plaza aunque no tengas horas, que tiene que ser a principios de año previamente al CGT y es la administración, la consejería la que lo determina no el centro o el docente afectado.

Taracena

Muchas gracias, compañeros. En la Instrucción 8/2026, que regula la reubicación del profesorado, se dice, en el apartado correspondiente al personal afectado:
"Asimismo, el profesorado con insuficiencia total de horario para impartir áreas, materias o módulos de su especialidad podrá optar por:
c) Pasar a la situación de suprimido en el puesto que ocupa en su centro de destino (...) El personal afectado solo podrá acogerse a desplazamiento temporal por un curso académico, no pudiendo pasar a la situación de supresión hasta tanto no se instruya el procedimiento de redistribución a que se refiere la Orden de 11 de abril de 2011, en el primer trimestre del curso 2026/2027".
Como la normativa a veces parece que la redacta Antonio Ozores, en la Orden de 11 de abril tampoco es que quede muy claro, pero parece que el docente solo puede optar a la supresión tras esa redistribución.

Taracena

Cita de: pepe sosa en Hoy a las 08:42:59 AM
Cita de: Estela1 en Hoy a las 08:06:57 AMEs la administración. En mi centro intentaron suprimir una plaza porque la compañera estaba como tú y se la rechazaron. Creo que hay un mínimo de horas para que pase de desplazamiento a supresión.
Estela el caso es que en el acta que he firmado aparece el apartado de supresión, concretamente pone ......Opta por la supresión....
Mi duda que planteé en la reunión es que si no había ninguna hora para mí, porqué no podía firmar el acta como suprimido y me respondieron en la reunión del desplazamiento que en este acto no se puede suprimir la plaza aunque no tengas horas, que tiene que ser a principios de año previamente al CGT y es la administración, la consejería la que lo determina no el centro o el docente afectado.
Pepe, precisamente el verbo "optar" es el que me ha generado la duda, y el director no supo responderme.

pepe sosa

Cita de: Taracena en Hoy a las 08:55:35 AM
Cita de: pepe sosa en Hoy a las 08:42:59 AM
Cita de: Estela1 en Hoy a las 08:06:57 AMEs la administración. En mi centro intentaron suprimir una plaza porque la compañera estaba como tú y se la rechazaron. Creo que hay un mínimo de horas para que pase de desplazamiento a supresión.
Estela el caso es que en el acta que he firmado aparece el apartado de supresión, concretamente pone ......Opta por la supresión....
Mi duda que planteé en la reunión es que si no había ninguna hora para mí, porqué no podía firmar el acta como suprimido y me respondieron en la reunión del desplazamiento que en este acto no se puede suprimir la plaza aunque no tengas horas, que tiene que ser a principios de año previamente al CGT y es la administración, la consejería la que lo determina no el centro o el docente afectado.
Pepe, precisamente el verbo "optar" es el que me ha generado la duda, y el director no supo responderme.
Taracena la duda es porqué aparece en el acta que firmamos ahora la opción de poder optar a suprimido si después es vía esa Orden de 11 Abril de 2011 de recolocación y reubicación cuando tiene lugar la supresión. Los sindicatos me han dicho q ahora SI se puede suprimir ahora por el acta este q firmamos pero en el centro objeto de nuestro desplazamiento tajantemente me dijeron qque NO, tanto el año pasado como hace días en este segundo año.
Taracena ¿porque apartado del acta es tu desplazamiento y cuál fue el argumento que te dió el director para no poder optar a tu supresión?
¿Te nombraron la Orden esa de 2011 o te dieron otras explicaciones.?


Taracena


Taracena la duda es porqué aparece en el acta que firmamos ahora la opción de poder optar a suprimido si después es vía esa Orden de 11 Abril de 2011 de recolocación y reubicación cuando tiene lugar la supresión. Los sindicatos me han dicho q ahora SI se puede suprimir ahora por el acta este q firmamos pero en el centro objeto de nuestro desplazamiento tajantemente me dijeron qque NO, tanto el año pasado como hace días en este segundo año.
Taracena ¿porque apartado del acta es tu desplazamiento y cuál fue el argumento que te dió el director para no poder optar a tu supresión?
¿Te nombraron la Orden esa de 2011 o te dieron otras explicaciones.?

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La conclusión que saco es que, si se dan las condiciones que indica la normativa para la supresión, no es obligatoria, sino que puedes optar entre el desplazamiento y ser suprimido.
Yo he sido desplazado por no disponer de horario completo.
En cuanto a la última pregunta, no me nombró nada, solo me dio explicaciones peregrinas, que es lo que solemos hacer cuando no sabemos algo. La normativa la he buscado yo.

pepe sosa

Cita de: Taracena en Hoy a las 10:38:33 AMTaracena la duda es porqué aparece en el acta que firmamos ahora la opción de poder optar a suprimido si después es vía esa Orden de 11 Abril de 2011 de recolocación y reubicación cuando tiene lugar la supresión. Los sindicatos me han dicho q ahora SI se puede suprimir ahora por el acta este q firmamos pero en el centro objeto de nuestro desplazamiento tajantemente me dijeron qque NO, tanto el año pasado como hace días en este segundo año.
Taracena ¿porque apartado del acta es tu desplazamiento y cuál fue el argumento que te dió el director para no poder optar a tu supresión?
¿Te nombraron la Orden esa de 2011 o te dieron otras explicaciones.?


La conclusión que saco es que, si se dan las condiciones que indica la normativa para la supresión, no es obligatoria, sino que puedes optar entre el desplazamiento y ser suprimido.
Yo he sido desplazado por no disponer de horario completo.
En cuanto a la última pregunta, no me nombró nada, solo me dio explicaciones peregrinas, que es lo que solemos hacer cuando no sabemos algo. La normativa la he buscado yo.
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Pues ya somos 2 en la misma situación, obligados a ser desplazados si horario y no pidiendo optar a suprimido, y yo igual q tú, no me dieron opción ni argumentos sólidos, respecto a normativa igualmente, la que yo he buscado por internet sobre suprimidos desplazados en Andalucia


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