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¿Cómo proceder si no nos cuentan un máster en el baremo?

Iniciado por Jaime123, 12 Julio, 2021, 20:16:00 PM

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Libertario

Cita de: Saye en 12 Julio, 2021, 22:02:44 PM
Cita de: Libertario en 12 Julio, 2021, 21:54:16 PM
Buenas noches:
Efectivamente,si mal no recuerdo, desde mañana hasta el jueves 15 hay un plazo de alegaciones, en el que cada compañer@ podrá subsanar, y aquí me pongo serio,lo que sea subsanable. Por tanto, no se aceptan:
A) títulos o tiempos de servicios perfeccionandos fuera de plazo, es decir, más allá del 5 de enero del presente año.
B) Títulos propios: serán válidos solo aquellos títulos de Máster OFICIALES, esto es, que estén reconocidos en el RUCT de títulos oficiales del Ministerio de Educación. Si alguien tiene títulos propios, no sirven para el apartado 2.2.2 pero sí pueden ser válidos en el apartado de cursos denominado 3.1.1.
C) Suficiencias, Doctorados y similares,por supuesto que sirven,bien el título oficial, el sustituto o el abono.
D) Idiomas: solo valen los títulos de la EOI o similares (por ejemplo, el PLIDA no se tiene en cuenta ni tampoco de la Universidad de Lisboa, por ejemplo). Respecto a las lenguas vernáculas, creo que tampoco se valoran.
C) La docencia en universidades, monitores, coordinadores de huertos urbanos, escuelas de ayuntamientos,  y similares, tristemente, no se consideran.
D) Los únicos premios a considerar son los extraordinarios de Doctorado; los de fin de carrera, Máster, Bachillerato y similares, NO.
E) No se bareman los cursos inferiores a 20 horas. Los válidos son de sindicatos, consejerías de educación de toda España, del Ministerio de Educación y similares, que naturalmente, estén HOMOLOGADOS y que tengan relación con la pedagogía, la didáctica o con el ámbito científico o humanístico de cada materia.
F) No se bareman las publicaciones.
G) Los títulos de FP sirven,siempre y cuando no sean conducentes a la carrera, por ejemplo.
Perdón si soy aguafiestas pero no quiero que nadie se imagine mañana que,exageradamente, va a tener 50 puntos y luego se encuentre un 4.
Ánimo y si me necesitáis aquí estoy.
Un abrazo muy grande.
D)

Los cursos los de universidades públicas o privadas me imagino que cuentan también....
Por supuesto, siempre que tengan una duración mínima de 20 horas y estén firmados por el Rector, Vicerrector, Decano o Vicidecano.
Un saludo.

marc81

Cita de: Libertario en 12 Julio, 2021, 22:06:00 PM
Cita de: Saye en 12 Julio, 2021, 22:02:44 PM
Cita de: Libertario en 12 Julio, 2021, 21:54:16 PM
Buenas noches:
Efectivamente,si mal no recuerdo, desde mañana hasta el jueves 15 hay un plazo de alegaciones, en el que cada compañer@ podrá subsanar, y aquí me pongo serio,lo que sea subsanable. Por tanto, no se aceptan:
A) títulos o tiempos de servicios perfeccionandos fuera de plazo, es decir, más allá del 5 de enero del presente año.
B) Títulos propios: serán válidos solo aquellos títulos de Máster OFICIALES, esto es, que estén reconocidos en el RUCT de títulos oficiales del Ministerio de Educación. Si alguien tiene títulos propios, no sirven para el apartado 2.2.2 pero sí pueden ser válidos en el apartado de cursos denominado 3.1.1.
C) Suficiencias, Doctorados y similares,por supuesto que sirven,bien el título oficial, el sustituto o el abono.
D) Idiomas: solo valen los títulos de la EOI o similares (por ejemplo, el PLIDA no se tiene en cuenta ni tampoco de la Universidad de Lisboa, por ejemplo). Respecto a las lenguas vernáculas, creo que tampoco se valoran.
C) La docencia en universidades, monitores, coordinadores de huertos urbanos, escuelas de ayuntamientos,  y similares, tristemente, no se consideran.
D) Los únicos premios a considerar son los extraordinarios de Doctorado; los de fin de carrera, Máster, Bachillerato y similares, NO.
E) No se bareman los cursos inferiores a 20 horas. Los válidos son de sindicatos, consejerías de educación de toda España, del Ministerio de Educación y similares, que naturalmente, estén HOMOLOGADOS y que tengan relación con la pedagogía, la didáctica o con el ámbito científico o humanístico de cada materia.
F) No se bareman las publicaciones.
G) Los títulos de FP sirven,siempre y cuando no sean conducentes a la carrera, por ejemplo.
Perdón si soy aguafiestas pero no quiero que nadie se imagine mañana que,exageradamente, va a tener 50 puntos y luego se encuentre un 4.
Ánimo y si me necesitáis aquí estoy.
Un abrazo muy grande.
D)

Los cursos los de universidades públicas o privadas me imagino que cuentan también....
Por supuesto, siempre que tengan una duración mínima de 20 horas y estén firmados por el Rector, Vicerrector, Decano o Vicidecano.
Un saludo.

¿Tienen que estar obligatoriamente firmados por el Rector o Decano? Lo digo porque en mis cursos empieza por el Rector de la Universidad de Granada bla bla bla... Pero no los firma él.


Libertario

Cita de: marc81 en 12 Julio, 2021, 22:14:40 PM
Cita de: Libertario en 12 Julio, 2021, 22:06:00 PM
Cita de: Saye en 12 Julio, 2021, 22:02:44 PM
Cita de: Libertario en 12 Julio, 2021, 21:54:16 PM
Buenas noches:
Efectivamente,si mal no recuerdo, desde mañana hasta el jueves 15 hay un plazo de alegaciones, en el que cada compañer@ podrá subsanar, y aquí me pongo serio,lo que sea subsanable. Por tanto, no se aceptan:
A) títulos o tiempos de servicios perfeccionandos fuera de plazo, es decir, más allá del 5 de enero del presente año.
B) Títulos propios: serán válidos solo aquellos títulos de Máster OFICIALES, esto es, que estén reconocidos en el RUCT de títulos oficiales del Ministerio de Educación. Si alguien tiene títulos propios, no sirven para el apartado 2.2.2 pero sí pueden ser válidos en el apartado de cursos denominado 3.1.1.
C) Suficiencias, Doctorados y similares,por supuesto que sirven,bien el título oficial, el sustituto o el abono.
D) Idiomas: solo valen los títulos de la EOI o similares (por ejemplo, el PLIDA no se tiene en cuenta ni tampoco de la Universidad de Lisboa, por ejemplo). Respecto a las lenguas vernáculas, creo que tampoco se valoran.
C) La docencia en universidades, monitores, coordinadores de huertos urbanos, escuelas de ayuntamientos,  y similares, tristemente, no se consideran.
D) Los únicos premios a considerar son los extraordinarios de Doctorado; los de fin de carrera, Máster, Bachillerato y similares, NO.
E) No se bareman los cursos inferiores a 20 horas. Los válidos son de sindicatos, consejerías de educación de toda España, del Ministerio de Educación y similares, que naturalmente, estén HOMOLOGADOS y que tengan relación con la pedagogía, la didáctica o con el ámbito científico o humanístico de cada materia.
F) No se bareman las publicaciones.
G) Los títulos de FP sirven,siempre y cuando no sean conducentes a la carrera, por ejemplo.
Perdón si soy aguafiestas pero no quiero que nadie se imagine mañana que,exageradamente, va a tener 50 puntos y luego se encuentre un 4.
Ánimo y si me necesitáis aquí estoy.
Un abrazo muy grande.
D)

Los cursos los de universidades públicas o privadas me imagino que cuentan también....
Por supuesto, siempre que tengan una duración mínima de 20 horas y estén firmados por el Rector, Vicerrector, Decano o Vicidecano.
Un saludo.

¿Tienen que estar obligatoriamente firmados por el Rector o Decano? Lo digo porque en mis cursos empieza por el Rector de la Universidad de Granada bla bla bla... Pero no los firma él.
Pues habría que verlo porque el Rector puede firmar o delegar su firma.
Depende de quién lo interprete,porque, efectivamente, es difícil de decir ahora mismo.
Un saludo.

respublica

Cita de: marc81 en 12 Julio, 2021, 22:14:40 PM
¿Tienen que estar obligatoriamente firmados por el Rector o Decano? Lo digo porque en mis cursos empieza por el Rector de la Universidad de Granada bla bla bla... Pero no los firma él.

La convocatoria establece que las certificaciones de los cursos organizados por las Universidades deberán estar expedidas por el Rectorado, Vicerrectorado, Decanato, Secretaría de las Facultades, Dirección de los Centros de Formación Permanente o Dirección de las Escuelas Universitarias. No son válidas las certificaciones firmadas por los Departamentos o por los ponentes de los mismos.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


idabc

Yo tengo unos de estos másteres por la Facultad de Teología de Patrimonio y no me lo reconocieron al principio. Tuve que aportar la copia de la Orden que reconocía los estudios como master oficial impartidos en las facultades de Teología. La gente que constituye las comisiones de baremación son profes como nosotros y son de cualquier especialidad. Hay que darlo todo muy masticado y bien justificado pues como seas muy "antigua" no te reconoce que una licenciatura era la denominación antes del grado...

Cita de: Jaime123 en 12 Julio, 2021, 20:53:23 PM
Entregué toda documentación establecida y contemplada en la Orden de 30 de noviembre de 2020, además de aquella que consideré podría influir en su aceptación. El servicio de información educativa, con el cual contacté previamente, me instó a enviar el expediente si así lo consideraba preciso. En este caso, entregue la fotocopia del título oficial original y el expediente.

Mi duda principal es qué decirles si no me lo aceptan, creo que os ha podido pasar a más de una persona y querría saber cómo actuar en ese caso.

Saludos y gracias de antemano.

Andaluz 04

Los másteres oficiales son reconocibles porque son los típicos títulos en los que pone el nombre del rey en grande (como el de la carrera, ESO, Bachillerato o EOI). El resto de másteres no cuentan más que en el apartado 3 con los cursos.

Libertario

Cita de: respublica en 12 Julio, 2021, 22:21:52 PM
Cita de: marc81 en 12 Julio, 2021, 22:14:40 PM
¿Tienen que estar obligatoriamente firmados por el Rector o Decano? Lo digo porque en mis cursos empieza por el Rector de la Universidad de Granada bla bla bla... Pero no los firma él.

La convocatoria establece que las certificaciones de los cursos organizados por las Universidades deberán estar expedidas por el Rectorado, Vicerrectorado, Decanato, Secretaría de las Facultades, Dirección de los Centros de Formación Permanente o Dirección de las Escuelas Universitarias. No son válidas las certificaciones firmadas por los Departamentos o por los ponentes de los mismos.


Saludos.
Efectivamente.
Saludos cordiales.

Jaime123

El doctorado te lo cuentan siempre, a menos que no envíes lo que te piden, pero alegras, envías documentación y ya.
Por los cursos no hay problema, en las bases aparece establecido como se consideren.

Mi profesor de academia me dijo que sabe de casos que les puntuaron un máster propio, por equivocación o simplemente por "error", es muy raro pero él conoce casos.

Si no están firmados por el rector, el máster oficial, necesitas el resguardo y la certificación de pago de tasas. Por lo que hablé por el servicio de educación de mi comunidad, hay tribunales que piden, además, el certificado académico de notas. Para aquellos que no lo sepan, desde internet podéis acceder a todos los títulos oficiales y descargar un resguardo de los mismos firmado digitalmente por el ministerio, que no está de más ponerlo si nos ponen trabas.

Creo que a lo que más hay que temer es a la subjetividad del tribunal, hay quien cuenta varios másteres (en la fase de concurso-oposición) o quien considera que el que has hecho no viene al caso, que en mi caso es lo que temo.

Aunque aún no se sepa, creo que muchos estamos en la misma tesitura y, como en muchas otras oposiciones, la subjetividad cuenta más que otra cosa, cada tribunal es un mundo y a saber  anaidpreocupados.


mbs

El verano se nos va esperando a que publiquen cuando les salga de los .......

marc81

Muchas gracias a todos por las respuestas. Son de gran utilidad y ayuda.


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