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Concurso de Traslados

Iniciado por malogu, 03 Octubre, 2024, 14:16:15 PM

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FJRN

Cita de: malogu en 11 Octubre, 2024, 12:06:12 PM
Cita de: Hildegarda de Bingen en 10 Octubre, 2024, 21:59:02 PM
Cita de: malogu en 07 Octubre, 2024, 08:49:02 AM
Cita de: malogu en 05 Octubre, 2024, 14:12:33 PMAlguien ha conseguido que le puntuen los libros publicados en el Concurso de traslados?
Donde es mejor ponerlos, en el apartado 6.1. Publicaciones o en el 6.3. Méritos artísticos y literarios: Obras literarias excluidas del subapartado 6.1.
O se puede poner en ambos apartados y que sea la adminstración la que decida.
Ya que de acuerdo con lo establecido en las convocatorias: "Cualquier dato omitido o consignado erróneamente en la instancia no podrá ser invocado a efectos de futuras reclamaciones ni considerar por tal motivo lesionados los intereses y derechos del personal participante".
Asimismo se determina que: "No se tendrán en cuenta los méritos no invocados en la instancia".
Nadie sabe responderme a esta cuestión?

Esto es un expediente X. Incluso depende de la delegación, en una provincia cuentan unos y en otra no.
Entonces, ¿es conveniente poner los libros en ambos apartados, el 6.1 y 6.3, y que sea la adminstración la que decida?
O no se puede hacer esto.

Si hacen bien su trabajo, ellos mismos te moverán los documentos al apartado correspondiente.

marjabax

Nous sommes tous des poussières d'étoiles!


malogu

Cita de: FJRN en 22 Octubre, 2024, 13:00:47 PM
Cita de: malogu en 11 Octubre, 2024, 12:06:12 PM
Cita de: Hildegarda de Bingen en 10 Octubre, 2024, 21:59:02 PM
Cita de: malogu en 07 Octubre, 2024, 08:49:02 AM
Cita de: malogu en 05 Octubre, 2024, 14:12:33 PMAlguien ha conseguido que le puntuen los libros publicados en el Concurso de traslados?
Donde es mejor ponerlos, en el apartado 6.1. Publicaciones o en el 6.3. Méritos artísticos y literarios: Obras literarias excluidas del subapartado 6.1.
O se puede poner en ambos apartados y que sea la adminstración la que decida.
Ya que de acuerdo con lo establecido en las convocatorias: "Cualquier dato omitido o consignado erróneamente en la instancia no podrá ser invocado a efectos de futuras reclamaciones ni considerar por tal motivo lesionados los intereses y derechos del personal participante".
Asimismo se determina que: "No se tendrán en cuenta los méritos no invocados en la instancia".
Nadie sabe responderme a esta cuestión?

Esto es un expediente X. Incluso depende de la delegación, en una provincia cuentan unos y en otra no.
Entonces, ¿es conveniente poner los libros en ambos apartados, el 6.1 y 6.3, y que sea la adminstración la que decida?
O no se puede hacer esto.

Si hacen bien su trabajo, ellos mismos te moverán los documentos al apartado correspondiente.
Ellos nos van mover los documentos al apartado correspondiente: "Cualquier dato omitido o consignado erróneamente en la instancia no podrá ser invocado a efectos de futuras reclamaciones ni considerar por tal motivo lesionados los intereses y derechos del personal participante".
Por eso preguntaba si se pueden poner los libros en ambos apartados y que sean ellos los que decidan donde los puntuan.

marjabax

Cita de: malogu en 22 Octubre, 2024, 18:34:02 PM
Cita de: FJRN en 22 Octubre, 2024, 13:00:47 PM
Cita de: malogu en 11 Octubre, 2024, 12:06:12 PM
Cita de: Hildegarda de Bingen en 10 Octubre, 2024, 21:59:02 PM
Cita de: malogu en 07 Octubre, 2024, 08:49:02 AM
Cita de: malogu en 05 Octubre, 2024, 14:12:33 PMAlguien ha conseguido que le puntuen los libros publicados en el Concurso de traslados?
Donde es mejor ponerlos, en el apartado 6.1. Publicaciones o en el 6.3. Méritos artísticos y literarios: Obras literarias excluidas del subapartado 6.1.
O se puede poner en ambos apartados y que sea la adminstración la que decida.
Ya que de acuerdo con lo establecido en las convocatorias: "Cualquier dato omitido o consignado erróneamente en la instancia no podrá ser invocado a efectos de futuras reclamaciones ni considerar por tal motivo lesionados los intereses y derechos del personal participante".
Asimismo se determina que: "No se tendrán en cuenta los méritos no invocados en la instancia".
Nadie sabe responderme a esta cuestión?

Esto es un expediente X. Incluso depende de la delegación, en una provincia cuentan unos y en otra no.
Entonces, ¿es conveniente poner los libros en ambos apartados, el 6.1 y 6.3, y que sea la adminstración la que decida?
O no se puede hacer esto.

Si hacen bien su trabajo, ellos mismos te moverán los documentos al apartado correspondiente.
Ellos nos van mover los documentos al apartado correspondiente: "Cualquier dato omitido o consignado erróneamente en la instancia no podrá ser invocado a efectos de futuras reclamaciones ni considerar por tal motivo lesionados los intereses y derechos del personal participante".
Por eso preguntaba si se pueden poner los libros en ambos apartados y que sean ellos los que decidan donde los puntuan.

Un caso similar me ocurrió en el CGT regional y me dijeron desde delegación de Granada que lo pusiera en ambos sitios para evitar que no se considerase por estar en el apartado erróneo. No sé si servirá de algo esto porque es nacional y yo personalmente no sé ni cómo coger la documentación para cumplimentarla.
Nous sommes tous des poussières d'étoiles!


malogu

Cita de: marjabax en 22 Octubre, 2024, 19:30:40 PM
Cita de: malogu en 22 Octubre, 2024, 18:34:02 PM
Cita de: FJRN en 22 Octubre, 2024, 13:00:47 PM
Cita de: malogu en 11 Octubre, 2024, 12:06:12 PM
Cita de: Hildegarda de Bingen en 10 Octubre, 2024, 21:59:02 PM
Cita de: malogu en 07 Octubre, 2024, 08:49:02 AM
Cita de: malogu en 05 Octubre, 2024, 14:12:33 PMAlguien ha conseguido que le puntuen los libros publicados en el Concurso de traslados?
Donde es mejor ponerlos, en el apartado 6.1. Publicaciones o en el 6.3. Méritos artísticos y literarios: Obras literarias excluidas del subapartado 6.1.
O se puede poner en ambos apartados y que sea la adminstración la que decida.
Ya que de acuerdo con lo establecido en las convocatorias: "Cualquier dato omitido o consignado erróneamente en la instancia no podrá ser invocado a efectos de futuras reclamaciones ni considerar por tal motivo lesionados los intereses y derechos del personal participante".
Asimismo se determina que: "No se tendrán en cuenta los méritos no invocados en la instancia".
Nadie sabe responderme a esta cuestión?

Esto es un expediente X. Incluso depende de la delegación, en una provincia cuentan unos y en otra no.
Entonces, ¿es conveniente poner los libros en ambos apartados, el 6.1 y 6.3, y que sea la adminstración la que decida?
O no se puede hacer esto.

Si hacen bien su trabajo, ellos mismos te moverán los documentos al apartado correspondiente.
Ellos nos van mover los documentos al apartado correspondiente: "Cualquier dato omitido o consignado erróneamente en la instancia no podrá ser invocado a efectos de futuras reclamaciones ni considerar por tal motivo lesionados los intereses y derechos del personal participante".
Por eso preguntaba si se pueden poner los libros en ambos apartados y que sean ellos los que decidan donde los puntuan.

Un caso similar me ocurrió en el CGT regional y me dijeron desde delegación de Granada que lo pusiera en ambos sitios para evitar que no se considerase por estar en el apartado erróneo. No sé si servirá de algo esto porque es nacional y yo personalmente no sé ni cómo coger la documentación para cumplimentarla.
Gracias, es lo que pensaba hacer para evitar lo que indicas.

respublica

Cita de: malogu en 05 Octubre, 2024, 14:12:33 PMAlguien ha conseguido que le puntuen los libros publicados en el Concurso de traslados?
Donde es mejor ponerlos, en el apartado 6.1. Publicaciones o en el 6.3. Méritos artísticos y literarios: Obras literarias excluidas del subapartado 6.1.
O se puede poner en ambos apartados y que sea la adminstración la que decida.
Ya que de acuerdo con lo establecido en las convocatorias: "Cualquier dato omitido o consignado erróneamente en la instancia no podrá ser invocado a efectos de futuras reclamaciones ni considerar por tal motivo lesionados los intereses y derechos del personal participante".
Asimismo se determina que: "No se tendrán en cuenta los méritos no invocados en la instancia".

Lo que yo entiendo al leer la convocatoria es que poner el libro en el apartado 6.1 ó en el 6.3 depende del contenido del libro.

Se pone en el 6.1 si es de carácter didáctico y científico sobre la especialidad por la que se concursa, o trata de aspectos generales del currículo u organización escolar.

Y si es una obras literaria que no cumple los requisitos del apartado 6.1, se pone en el 6.3.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Tocqueville

Buenos días, Malogu. A mí me lo contaron en su momento en el 6.1, pero eran libros relacionados con mi disciplina, académicos. Eso sí, tienes que llevar el ejemplar físico a Delegación, pues en caso contrario no te lo cuentan. No vale escanear la portada, dar el ISBN, enlaces a repositorios..., nada.

Por otro lado, mi experiencia es que presentando un mérito siempre te lo cuentan para que te beneficie más. Eso me ocurrió este año con el máster y el doctorado.

Mucha suerte.   

malogu

Espero que esta semana publiquen la Resolución de CGT en Andalucía, ya que el plazo de presentación de solicitudes empieza el martes 5 de noviembre.
Murcia la publicó el viernes pasado y para puestos de enseñanza secundaria pide el nivel C1 o superior.
Lo que no entiendo es porque a los internos los acredita para estos puestos solo con el B2, lo que me parece discriminatorio.



Campoamor

Hola! Este año hay concurso de traslados a nivel provincial. Y si no, ¿cómo puedo cambiar de centro? ¿Tengo que esperar al cursillo? Tengo plaza definitiva.


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