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Huelga de estudiantes

Iniciado por Sega82, 07 Noviembre, 2024, 23:00:29 PM

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Sega82

Buenas tardes,
Acaban de indicarme que según la Ley el alumnado no tiene derecho a realizar huelga, lo que tiene es derecho a reunión. La legislación referente a esto serían:

- Ley Orgánica 8/1985, de 3 de Julio, Reguladora del Derecho a la Educación.
- Real Decreto 1532/1986, de 11 de Julio, por la que se regulan las asociaciones de alumnos.
- Real Decreto 732/1995, de 5 de Mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros.
- Reglamento Orgánico de los institutos de educación Secundaria (Decreto 327/2010)

Concretamente, en este último se destaca que:
1. El alumnado tiene derecho a manifestar su discrepancia respecto a las decisiones educativas que le afecten. Cuando la discrepancia revista carácter colectivo, la misma será canalizada a través de los representantes del alumnado en la forma que determinen los Reglamentos de
Organización y Funcionamiento de los Centros.
2. A partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, en el caso de que la discrepancia a la que se refiere el apartado anterior se manifieste con una propuesta de inasistencia a clase, ésta no se considerará como conducta contraria a las normas de convivencia y, por tanto, no será sancionable, siempre que el procedimiento se ajuste a los criterios que se indican a continuación:
- La propuesta debe estar motivada por discrepancias respecto a decisiones de carácter educativo.
- La propuesta, razonada, deberá presentarse por escrito ante la dirección del centro, siendo canalizada a través de la Junta de Delegados. La misma deberá ser realizada con una antelación mínima de tres días a la fecha prevista, indicando fecha, hora de celebración y, en
su caso, actos programados
.
- La propuesta deberá venir avalada, al menos, por un 5% del alumnado del centro matriculado en esta enseñanza o por la mayoría absoluta de los delegados de este alumnado. 3. En relación con el apartado anterior, la dirección del Centro examinará si la propuesta presentada cumple los requisitos establecidos. Una vez verificado este extremo, será sometida a la consideración de todo el alumnado del Centro de este nivel educativo que la aprobará o rechazará en votación secreta y por mayoría absoluta, previamente informados a través de sus
delegados/as.
4. En caso de que la propuesta a la que se refieren los apartados anteriores sea aprobada por el alumnado, la dirección del Centro permitirá la inasistencia a clase. Con posterioridad a la misma, el Consejo Escolar, a través de su Comisión de Convivencia, hará una evaluación del desarrollo de todo el proceso, verificando que en todo momento se han cumplido los requisitos exigidos y tomando las medidas correctoras que correspondan en caso contrario.
5. La persona que ejerza la dirección del centro adoptará las medidas oportunas para la correcta atención educativa tanto del alumnado que curse las enseñanzas a que se refiere el apartado 2 que haya decidido asistir a clase, como del resto del alumnado del centro.

Después de tantos años y tantas huelgas me surge la duda, ¿tienen o no tienen derecho a huelga?

Gracias y un saludo.

maehtro

Efectivamente, el alumnado solo tiene derecho de reunión, solo durante tres horas trimestrales y solo para tratar temas relacionados con la educación. En la legislación no viene el derecho a la huelga. Se podía poner inspección tan seria con este tema como se pone con otras tonterías porque se está yendo de las manos.


Hildegarda de Bingen


Estela1

¿La posibilidad de "inasistencia a clase" no puede considerarse derecho a huelga?


Delacroix

Sin entrar en el debate que planteáis, lo peor de todo esto es que estamos ante unas generaciones que están denigrando el significado real de las huelgas. No saben ni para qué son y solo las utilizan para quedarse acostados. Espero que no tengan que recurrir nunca a ellas de verdad en esta mierda de país que se les está quedando.

Hildegarda de Bingen

Cita de: Delacroix en 08 Noviembre, 2024, 18:33:19 PMSin entrar en el debate que planteáis, lo peor de todo esto es que estamos ante unas generaciones que están denigrando el significado real de las huelgas. No saben ni para qué son y solo las utilizan para quedarse acostados. Espero que no tengan que recurrir nunca a ellas de verdad en esta mierda de país que se les está quedando.

Totalmente de acuerdo.

respublica

Cita de: Delacroix en 08 Noviembre, 2024, 18:33:19 PMSin entrar en el debate que planteáis, lo peor de todo esto es que estamos ante unas generaciones que están denigrando el significado real de las huelgas. No saben ni para qué son y solo las utilizan para quedarse acostados.

¿Y quién sería, según tú, el responsable o responsables de que no lo sepan?

O dicho de otro modo, ¿quién debería enseñárselo?

Lo digo porque nadie nace sabiendo.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Sega82

Cita de: respublica en 08 Noviembre, 2024, 20:54:50 PM
Cita de: Delacroix en 08 Noviembre, 2024, 18:33:19 PMSin entrar en el debate que planteáis, lo peor de todo esto es que estamos ante unas generaciones que están denigrando el significado real de las huelgas. No saben ni para qué son y solo las utilizan para quedarse acostados.

¿Y quién sería, según tú, el responsable o responsables de que no lo sepan?

O dicho de otro modo, ¿quién debería enseñárselo?

Lo digo porque nadie nace sabiendo.


Saludos.

La cuestión es, ¿tienen derecho a huelga sí o no? Porque para unas cosas seguimos la Ley y para otras no tanto.


respublica

Cita de: Sega82 en 09 Noviembre, 2024, 11:58:08 AMLa cuestión es, ¿tienen derecho a huelga sí o no? Porque para unas cosas seguimos la Ley y para otras no tanto.

Esa es una cuestión meramente semántica.

El derecho a huelga lo tenemos los trabajadores para hacer valer nuestras reivindicaciones laborales.

Los estudiantes, a partir de 3° de la ESO, tienen derecho a reunión y de inasistencia a clase para hacer valer así sus reivindicaciones educativas.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

maehtro

Cita de: respublica en 09 Noviembre, 2024, 13:12:47 PM
Cita de: Sega82 en 09 Noviembre, 2024, 11:58:08 AMLa cuestión es, ¿tienen derecho a huelga sí o no? Porque para unas cosas seguimos la Ley y para otras no tanto.

Esa es una cuestión meramente semántica.

El derecho a huelga lo tenemos los trabajadores para hacer valer nuestras reivindicaciones laborales.

Los estudiantes, a partir de 3° de la ESO, tienen derecho a reunión y de inasistencia a clase para hacer valer así sus reivindicaciones educativas.


Saludos.
¿Y qué tienen que ver las reivindicaciones educativas con los motivos aducidos por los estudiantes para no asistir a clase las últimas "huelgas"? (Israel y la DANA).


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