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¿Licenciatura son 1 o 2 puntos? 2021

Iniciado por orientadoraeducativa, 21 Julio, 2021, 17:20:06 PM

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pesatie

Orientadoraeducativa, todo eso que comentas son interpretaciones que haces de la normativa. Creo que tus interpretaciones van más allá de lo que dice la norma. Ojalá un tribunal interprete lo mismo que tú, pero antes de meterme en un lío como un contencioso me asesoraría muy bien con gente que haya llevado este tipo de contenciosos. Ten en cuenta que no suelen durar menos de cuatro años y el coste puede ser alto. Además debes tener presente que si terminas interponiendo el recurso la administración hará pública esa situación para que posibles afectados (opositores que estuvieran por encima tuya) se pudieran personar en el proceso para defender sus intereses.
Entiendo que ahora mismo creas que será fácil conseguir que te baremen como dices, pero puedo garantizarte que en temas de juicios y recursos nadie puede asegurarte que lo que interpretas vaya a ser corroborado por un tribunal.

ameru

Cita de: orientadoraeducativa en 26 Julio, 2021, 17:36:35 PM
Cita de: ameru en 25 Julio, 2021, 20:06:48 PM
De ser así y que no hayas usado esa Licenciatura en ningún otro apartado del proceso, lo que yo entiendo es:

El primer título que presentas como mérito es el de la Licenciatura, para conseguirlo necesitas hacer el primer ciclo conducente a esa Licenciatura, por lo que no se valoraría ese primer ciclo como lo especifica en el segundo párrafo de los apartado 2.3.1. y 2.3.2.

Es que esa frase sirve para aquellas diplomaturas que se cursaban antes y que servían como titulación puente para conseguir una licenciatura. Pero ese no es mi caso.
De hecho, viene explicado no solo en la página 85 a la que te refieres, sino también en la página 67:
Por el subapartado 2.3.1 del Anexo II, titulaciones de primer ciclo diferentes de la
alegada como requisito para ingreso en el Cuerpo al que se opte, solo se valorarán
los títulos o ciclos que vengan avalados por una certificación donde conste de forma
expresa que se ha cursado y superado efectivamente al menos el 40% de los créditos

Ya te lo puse antes, te contesto a lo que me preguntaste y te he dicho lo que entiendo: si no hubieras cursado el primer ciclo, no podrías haber obtenido el título de la licenciatura. Si no te parece bien, o entiendes otra cosa, libre eres de denunciar.

Tanto las diplomaturas, como las titulaciones de ciclos, como las licenciaturas son de la época.


Iridium

Cita de: respublica en 25 Julio, 2021, 21:26:52 PM

Si no dijera eso se daría la paradoja de que se obtendrían dos puntos con un grado y una licenciatura presentado como requisito el grado, pero solo un punto si se presentara como requisito la licenciatura, puesto que por un grado dan solo un punto, y no tendría sentido que a igualdad de méritos se obtuviese puntuación distinta.


¿Y no es absurdo que una licenciatura valga como el primer ciclo de esa licenciatura si se le da al texto el sentido que algunos le véis?
¿Y no es absurdo que a una "segunda" licenciatura sí se la valorase con 2 puntos y a la "primera" no? ¿qué lógica tendría eso?
¿Y qué es eso de "primer" título que se presenta? ¿El primero del montón de papeles? ¿El primero en el tiempo? ¿El que se presenta para acceder a la oposición?

Esta parte del baremo, lo dije también en la otra oposición, es un completo disparate por la forma en que está redactado. Eso está provocando graves problemas por la diferencia de interpretación que al parecer las mismísimas comisiones de baremación están aplicando, y deja a los solicitantes en una indefensión enorme ya que no saben ni a qué atenerse. Vergüenza, por mucho que algunos se empeñen en fijarse en el texto y darlo por bueno sin llegar a mirarlo con un paso más de distancia y descubrir que es un s¡nsentido, intolerable por estar encajado en un proceso de selección de personal de la administración.

respublica

Iridium, aquí nadie da nada por bueno. Todos decimos que este sistema de oposiciones es injusto por subjetivo desde el primer examen hasta el baremo, pero quejarse no sirve para nada.

Y para acudir a los tribunales hay que conocer muy bien la legislación porque es a lo único que uno puede aferrarse, y de hecho todos los años salen nuevos funcionarios por ejecución de sentencias, que muy pocos ganan, pero haberlos haylos.

Y si a alguien se le ocurre algo nuevo para forzar a las administraciones a cambiar eso y tantas otras cosas, que lo diga.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


carlosGH


  Las titulaciones de ciclo largo, primer y segundo ciclo, siempre se han valorado con un punto en cada apartado. Tanto en concurso-oposición como en concurso de traslados.  (siempre y cuando no sea la de ingreso y se demuestre la no convalidación de más del 40%). Incluso en las anteriores oposiciones se valoró así el título de grado, en estas oposiciones no.

No se valorarán por este apartado, en ningún caso, los estudios que hayan sido necesarios superar (primer ciclo, segundo ciclo o, en su caso,
enseñanzas complementarias), para la obtención del primer título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto que presente el aspirante
.

¿Porqué aparece esta frase? La respuesta está en las especialidades que te permiten acceder con títulos inferiores a los de requisito en el cuerpo a modo de titulaciones equivalentes.  Por ejemplo, hay especialidades del cuerpo 591 en las que se puede acceder con un título superior de fp, y hay especialidades del 590 en las que se puede acceder con el título de diplomado (primer ciclo), cuando lo genérico del cuerpo es el grado o la licenciatura.
Si quieres acceder a los cuerpos 590 o 591 con una titulación equivalente a efectos de docencia se te advierte que no se va a tener en cuenta una titulación superior (la primera que presentes como pone la convocatoria y que he puesto en negrita), porque es requisito genérico del cuerpo.

Ejemplo: una profesora de Tecnología se presenta a oposiciones con el título de Ingeniera Técnica (diplomatura, primer ciclo,  titulación que aparece en la convocatoria como equivalente a efectos de docencia). Y para méritos quiere que se le valore un grado en Ingeniería.  Pues el grado no se le va a valorar, es el primer título de Licenciatura o Grado que presenta y es requisito del cuerpo 590 al que opta. (tampoco se le valorará la diplomatura porque ha sido conducente a la de requisito ).

Iridium

Cita de: carlosGH en 27 Julio, 2021, 08:55:07 AM

  Las titulaciones de ciclo largo, primer y segundo ciclo, siempre se han valorado con un punto en cada apartado. Tanto en concurso-oposición como en concurso de traslados.  (siempre y cuando no sea la de ingreso y se demuestre la no convalidación de más del 40%). Incluso en las anteriores oposiciones se valoró así el título de grado, en estas oposiciones no.

No se valorarán por este apartado, en ningún caso, los estudios que hayan sido necesarios superar (primer ciclo, segundo ciclo o, en su caso,
enseñanzas complementarias), para la obtención del primer título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto que presente el aspirante
.

¿Porqué aparece esta frase? La respuesta está en las especialidades que te permiten acceder con títulos inferiores a los de requisito en el cuerpo a modo de titulaciones equivalentes.  Por ejemplo, hay especialidades del cuerpo 591 en las que se puede acceder con un título superior de fp, y hay especialidades del 590 en las que se puede acceder con el título de diplomado (primer ciclo), cuando lo genérico del cuerpo es el grado o la licenciatura.
Si quieres acceder a los cuerpos 590 o 591 con una titulación equivalente a efectos de docencia se te advierte que no se va a tener en cuenta una titulación superior (la primera que presentes como pone la convocatoria y que he puesto en negrita), porque es requisito genérico del cuerpo.

Ejemplo: una profesora de Tecnología se presenta a oposiciones con el título de Ingeniera Técnica (diplomatura, primer ciclo,  titulación que aparece en la convocatoria como equivalente a efectos de docencia). Y para méritos quiere que se le valore un grado en Ingeniería.  Pues el grado no se le va a valorar, es el primer título de Licenciatura o Grado que presenta y es requisito del cuerpo 590 al que opta. (tampoco se le valorará la diplomatura porque ha sido conducente a la de requisito ).

Me parece que esto explica lo de "primer" título, gracias, se puede estar refiriendo a esa situación concretísima, desconocida por algunos de nosotros, de personas que quieren hacer valer como mérito su licenciatura aprovechando que pueden acceder solo con diplomatura. Pero resulta que es que hay que "imaginarlo", esperar que nos llegue una luz mágica, en vez de estar escrito bien clarito, alucinante. Y así años y años sin que nadie se de cuenta de que no hay dios que entienda lo que prentenden decirnos, ni las mismísimas comisiones de baremación, que como vemos cada una entiende el tema a su modo. Repito una vez más, vergüenza.


MarZ

Es urgente que actualicen el texto de esa parte de la convocatoria, con una tabla en la que figuren expresamente todos y cada uno de los supuestos posibles y su puntuación correspondiente, sin lugar a dobles ni triples interpretaciones. Si hay que dedicar cinco folios solo a las titulaciones de acceso, títulos extra y las múltiples combinaciones que pueden darse entre grados, licenciaturas, diplomaturas y másteres para que quede todo bien clarito, se le dedican. Es una cosa de base. Hace ya más de diez años que se implantó el Plan Bolonia y su estructura asociada. No entiendo a qué están esperando.

respublica

Cita de: MarZ en 27 Julio, 2021, 13:28:18 PM
Es urgente que actualicen el texto de esa parte de la convocatoria, con una tabla en la que figuren expresamente todos y cada uno de los supuestos posibles y su puntuación correspondiente, sin lugar a dobles ni triples interpretaciones. Si hay que dedicar cinco folios solo a las titulaciones de acceso, títulos extra y las múltiples combinaciones que pueden darse entre grados, licenciaturas, diplomaturas y másteres para que quede todo bien clarito, se le dedican. Es una cosa de base. Hace ya más de diez años que se implantó el Plan Bolonia y su estructura asociada. No entiendo a qué están esperando.

El RD de acceso es de 2007 y se ha modificado varias veces ya pero siempre con pequeños retoques.

Supongo que están esperando a elaborar un nuevo sistema de acceso, que no tendrá lugar hasta que no acabe la actual transitoria, pero en realidad lo único que no está claro es el título de grado, porque no existía en 2007.

La licenciatura extra está claro que son dos puntos y la diplomatura extra (o una carrera de un solo ciclo) uno, pero si se utiliza como acceso otro título que no sea licenciatura para el A1 o diplomatura para el A2, la primera titulación extra de esa categoría no cuenta.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


orientadoraeducativa

Cita de: respublica en 27 Julio, 2021, 15:39:12 PM
Cita de: MarZ en 27 Julio, 2021, 13:28:18 PM
Es urgente que actualicen el texto de esa parte de la convocatoria, con una tabla en la que figuren expresamente todos y cada uno de los supuestos posibles y su puntuación correspondiente, sin lugar a dobles ni triples interpretaciones. Si hay que dedicar cinco folios solo a las titulaciones de acceso, títulos extra y las múltiples combinaciones que pueden darse entre grados, licenciaturas, diplomaturas y másteres para que quede todo bien clarito, se le dedican. Es una cosa de base. Hace ya más de diez años que se implantó el Plan Bolonia y su estructura asociada. No entiendo a qué están esperando.

El RD de acceso es de 2007 y se ha modificado varias veces ya pero siempre con pequeños retoques.

Supongo que están esperando a elaborar un nuevo sistema de acceso, que no tendrá lugar hasta que no acabe la actual transitoria, pero en realidad lo único que no está claro es el título de grado, porque no existía en 2007.

La licenciatura extra está claro que son dos puntos y la diplomatura extra (o una carrera de un solo ciclo) uno, pero si se utiliza como acceso otro título que no sea licenciatura para el A1 o diplomatura para el A2, la primera titulación extra de esa categoría no cuenta.


Saludos.

Respublica, ¿El RD de 2007 me podría ayudar para certificar los 2 puntos?

orientadoraeducativa

Cita de: respublica en 27 Julio, 2021, 15:39:12 PM
Cita de: MarZ en 27 Julio, 2021, 13:28:18 PM
Es urgente que actualicen el texto de esa parte de la convocatoria, con una tabla en la que figuren expresamente todos y cada uno de los supuestos posibles y su puntuación correspondiente, sin lugar a dobles ni triples interpretaciones. Si hay que dedicar cinco folios solo a las titulaciones de acceso, títulos extra y las múltiples combinaciones que pueden darse entre grados, licenciaturas, diplomaturas y másteres para que quede todo bien clarito, se le dedican. Es una cosa de base. Hace ya más de diez años que se implantó el Plan Bolonia y su estructura asociada. No entiendo a qué están esperando.

El RD de acceso es de 2007 y se ha modificado varias veces ya pero siempre con pequeños retoques.

Supongo que están esperando a elaborar un nuevo sistema de acceso, que no tendrá lugar hasta que no acabe la actual transitoria, pero en realidad lo único que no está claro es el título de grado, porque no existía en 2007.

La licenciatura extra está claro que son dos puntos y la diplomatura extra (o una carrera de un solo ciclo) uno, pero si se utiliza como acceso otro título que no sea licenciatura para el A1 o diplomatura para el A2, la primera titulación extra de esa categoría no cuenta.


Saludos.

Gracias respublica por comentar. Andalucía utiliza ese RD de 2007 por completo para ponerlo en la Orden de Andalucía. Sin embargo, la Orden de Canarias https://www.gobiernodecanarias.org/cmsweb/export/sites/educacion/web/personal/docente/oferta/oposiciones/secundaria-y-otros-cuerpos/2021/docs/20210329_orden_convocat_opos_sec_y_otros_2021.pdf aparece en la página 147 explicitado con mayor detalle que son 2 puntos y explica por qué.

b) Las titulaciones universitarias correspondientes a Licenciaturas, Ingenierías, Arquitectura o equivalentes,
integradas por dos ciclos, deberán valorarse por los subapartados 2.3.1 y 2.3.2. No obstante, cuando al segundo ciclo se haya accedido por una Diplomatura o equivalente, la cual se haya utilizado como requisito para ingreso en el Cuerpo al que se participa, solo se valorará en el subapartado 2.3.2. El título de grado presentado como mérito que no se haya utilizado como requisito se valorará por el apartado 2.3.2.
d) Cuando no se hayan finalizado los estudios correspondientes a una titulación compuesta de dos ciclos y se presente una certificación de notas, en esta deberá constar la finalización del primer ciclo, al objeto de su
baremación por el subapartado 2.3.1.
e) En el caso de no presentar la certificación académica a la que hace referencia este subapartado,
correspondiente a la titulación presentada como mérito, se entenderá que el primer ciclo o Diplomatura se ha utilizado como requisito en la titulación alegada para ingreso en el cuerpo.
f) No se baremará en el subapartado 2.3.1 el curso puente para acceder a un segundo ciclo.

¿Crees que una orden de otra comunidad me serviría de algo para alegar? ¿No, no?


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