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Permiso paternidad

Iniciado por sachaba, 09 Abril, 2024, 16:27:14 PM

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sachaba

Buenas! A principios de julio (probablemente) voy a ser padre. Sé que las 6 primeras semanas de permiso son obligatorias y me lo tienen que gestionar desde el centro en el que trabajo este curso pero tengo muchas dudas acerca del resto de permiso. Me gustaría cogerlo a mitad del próximo curso, cuando mi mujer termine el suyo, para que podamos estar el mayor tiempo posible con nuestro hijo. Sé que es pronto pero por más que he leído la normativa y he preguntado a compañeros que han estado en la misma situación, no me queda muy claro como debo proceder. Mis dudas son las siguientes:
1) Soy interino y si no saco plaza este año, lo más probable es que tenga vacante desde el 1 de septiembre.  Sería en mi nuevo centro donde tendría que gestionar el resto de tiempo de permiso?
2) A parte de las 10 semanas que me restarían, puedo disfrutar del mes que la Junta ofrece a sus empleados aún siendo interino?
3) Lo que me corresponda del mes de agosto puedo enlazarlo con lo mencionado anteriormente?
4) Tengo derecho al mes de lactancia o reducción horaria si mi mujer también trabaja y lo disfruta?
Gracias de antemano por las respuestas.

albay

Cita de: sachaba en 09 Abril, 2024, 16:27:14 PM1) Soy interino y si no saco plaza este año, lo más probable es que tenga vacante desde el 1 de septiembre.  Sería en mi nuevo centro donde tendría que gestionar el resto de tiempo de permiso?

Siempre y cuando te den vacante sí.
 
2) A parte de las 10 semanas que me restarían, puedo disfrutar del mes que la Junta ofrece a sus empleados aún siendo interino?

.

3) Lo que me corresponda del mes de agosto puedo enlazarlo con lo mencionado anteriormente?

Este es el permiso por vacaciones no disfrutadas en período habitual (agosto). Tienes hasta 18 meses para solicitarlo, siempre y cuando estés trabajando.

4) Tengo derecho al mes de lactancia o reducción horaria si mi mujer también trabaja y lo disfruta?

Sí, siempre y cuando tengas vacante. Si es sustitución solo tendrás derecho a la reducción horaria, no a la acumulación, y siempre de forma proporcional.

Gracias de antemano por las respuestas.



sachaba

Muchas gracias por la respuesta y la información. ¡Se agradece!


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