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Presentar justificante en Andalucía de haberse presentado en otra comunidad

Iniciado por ElsaCap, 16 Diciembre, 2020, 08:04:57 AM

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ElsaCap

Buenos días, estoy en la bolsa de Andalucía pero trabajo actualmente en Castilla La Mancha, que es donde me voy a presentar este año si hay oposiciones.

¿Sabe alguien si se puede enviar un justificante de haberse presentado en Castilla para mantenerme en la bolsa? No he visto nada escrito sobre eso en la convocatoria.

Gracias.

Encadenado

Ya NO es obligatorio presentarse a las oposiciones para mantenerse en la bolsa:

Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de
provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad
por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo
docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas.

CAPÍTULO V
Exclusión de las bolsas de trabajo
Artículo 50. Motivos de exclusión de las bolsas de trabajo.

1. Serán motivos de exclusión de las distintas bolsas de trabajo de los cuerpos y
especialidades docentes:
a) No participar en dos procedimientos de adjudicación de destinos provisionales
consecutivos en los que se esté obligado a hacerlo, por hallarse en situación de activo.
b) No incorporarse al puesto de trabajo adjudicado, hallándose en situación de activo,
sin existir causa de fuerza mayor que lo justifique, cuya valoración recaerá en la Dirección
General competente en materia de recursos humanos.
c) Abandonar, sin causa que lo justifique, el puesto de trabajo.
d) No incorporarse al puesto de trabajo, en el plazo de cuarenta y ocho horas desde la
correspondiente notificación, tras la denegación de baja médica por incapacidad resuelta
por la autoridad competente.
e) Realizar las tareas docentes con manifiesta incompetencia profesional para el
desempeño del puesto.
f) No acreditar que se posee la documentación requerida para la obtención de un
puesto de trabajo del cuerpo y especialidad correspondiente.
g) Que conste en el certificado expedido por el Registro de Delincuentes Sexuales, la
existencia de condena en sentencia firme.
2. La Dirección General competente en materia de recursos humanos dictará las
correspondientes resoluciones de exclusión, previa tramitación del correspondiente
procedimiento, otorgando en todo caso trámite de audiencia a quienes incurran en alguno
de los motivos previstos en el apartado anterior.
3. En el supuesto de que, tras la exclusión, se ingrese de nuevo en una bolsa de
trabajo docente, se hará como aspirante a interinidad. En el momento en que se ocupe un
puesto de trabajo, por así determinarlo el orden de la bolsa del cuerpo y especialidad en
que figure, y la persona interesada haya comenzado a prestar servicio en dicho puesto,
se le reconocerán los servicios prestados en la Administración educativa andaluza o en
cualquier otra administración educativa. En este último caso se actuará conforme a lo
establecido en los artículos 36 y 46.8. A tal efecto, el reconocimiento se hará efectivo por
resolución de la Dirección General competente en materia de recursos humanos, previa
solicitud de la persona interesada. Dicha resolución de reconocimiento surtirá efectos en
las bolsas correspondientes el 1 de septiembre del curso siguiente al de la fecha de la
referida resolución.


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