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Jefe de departamento

Iniciado por lo, 05 Agosto, 2023, 16:23:10 PM

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lo

Según la normativa, el jefe de departamento es el funcionario con plaza definitiva en el centro con más tiempo de servicio ¿como funcionario en el centro o como funcionario en el cuerpo? Gracias

remilo

Cita de: lo en 05 Agosto, 2023, 16:23:10 PM
Según la normativa, el jefe de departamento es el funcionario con plaza definitiva en el centro con más tiempo de servicio ¿como funcionario en el centro o como funcionario en el cuerpo? Gracias
¿Donde dice eso la normativa?


Danielillo

Cita de: Decreto 327/2010
Artículo 95. Nombramiento de las jefaturas de los departamentos.

1. La dirección de los institutos de educación secundaria, oído el Claustro de Profesorado, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de las jefaturas de los departamentos, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro. Las jefaturas de los departamentos desempeñarán su cargo durante dos cursos académicos, siempre que durante dicho periodo continúen prestando servicio en el instituto.

2. Las jefaturas de los departamentos de orientación y de coordinación didáctica serán ejercidas, con carácter preferente, por profesorado funcionario del cuerpo de catedráticos de enseñanza secundaria.

3. La propuesta procurará la participación equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de coordinación docente de los centros en los términos que se recogen en el artículo 78.2.

Lo único que establece la normativa es que si hay catedrático en principio tendría la jefatura esa persona; no se habla de tiempo de servicio ni nada parecido. Puesto que la norma no precisa más, debería ser por común acuerdo del departamento (aunque no deja de ser curioso que no se nombra el departamento, sino el claustro); si es un departamento "normal" se puede ir rotando por equilibrio, y en ese caso normalmente se hará por tiempo definitivo en el centro*, pero no es imposible, ni difícil siquiera, que le vaya a tocar a un energúmeno, y yo tengo claro los criterios que he tratado con mi jefe de estudios y mi director: disposición a trabajar y a colaborar, conocimiento de la ley, conocimiento básico de las nuevas tecnologías, actualización anual... De ninguna forma puede ser jefe de departamento alguien que la última vez que hizo un curso todavía gobernaba Franco y que solo lo ves moverse para escurrir el bulto.

*esto se puede considerar a la inversa: ¿quién sería la última persona en salir desplazada del centro si se fueran suprimiendo las plazas?

respublica

Las jefaturas de departamento las elige Dirección, de entre el personal definitivo, teniendo preferencia los catedráticos.

Son, por tanto, cargos de confianza, como los del equipo directivo.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


godob

Cita de: Danielillo en 05 Agosto, 2023, 16:50:42 PM
Cita de: Decreto 327/2010
Artículo 95. Nombramiento de las jefaturas de los departamentos.

1. La dirección de los institutos de educación secundaria, oído el Claustro de Profesorado, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de las jefaturas de los departamentos, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro. Las jefaturas de los departamentos desempeñarán su cargo durante dos cursos académicos, siempre que durante dicho periodo continúen prestando servicio en el instituto.

2. Las jefaturas de los departamentos de orientación y de coordinación didáctica serán ejercidas, con carácter preferente, por profesorado funcionario del cuerpo de catedráticos de enseñanza secundaria.

3. La propuesta procurará la participación equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de coordinación docente de los centros en los términos que se recogen en el artículo 78.2.

Lo único que establece la normativa es que si hay catedrático en principio tendría la jefatura esa persona; no se habla de tiempo de servicio ni nada parecido. Puesto que la norma no precisa más, debería ser por común acuerdo del departamento (aunque no deja de ser curioso que no se nombra el departamento, sino el claustro); si es un departamento "normal" se puede ir rotando por equilibrio, y en ese caso normalmente se hará por tiempo definitivo en el centro*, pero no es imposible, ni difícil siquiera, que le vaya a tocar a un energúmeno, y yo tengo claro los criterios que he tratado con mi jefe de estudios y mi director: disposición a trabajar y a colaborar, conocimiento de la ley, conocimiento básico de las nuevas tecnologías, actualización anual... De ninguna forma puede ser jefe de departamento alguien que la última vez que hizo un curso todavía gobernaba Franco y que solo lo ves moverse para escurrir el bulto.

*esto se puede considerar a la inversa: ¿quién sería la última persona en salir desplazada del centro si se fueran suprimiendo las plazas?
Otro salvador de la educación.
Otro Mesías de la docencia.
Otro que descalifica a los más mayores.
Lo único que te diré, es que el conocimientos de las nuevas tecnologías ni se evalúa en la oposición. Así que no te pases de listo que nadie tiene obligación de saber lo que tú deseas.
Y ahorrate el rebuzno, porque yo soy de los que he pedido mil veces que se puntuara a gente con formación tecnológica porque después bien que nos piden de todo y la gente sin idea.
Respecto al resto, los años te pondrán las gafas para verlo.
Un saludo.

lestat

Cita de: godob en 05 Agosto, 2023, 21:49:31 PM
Cita de: Danielillo en 05 Agosto, 2023, 16:50:42 PM
Cita de: Decreto 327/2010
Artículo 95. Nombramiento de las jefaturas de los departamentos.

1. La dirección de los institutos de educación secundaria, oído el Claustro de Profesorado, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de las jefaturas de los departamentos, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro. Las jefaturas de los departamentos desempeñarán su cargo durante dos cursos académicos, siempre que durante dicho periodo continúen prestando servicio en el instituto.

2. Las jefaturas de los departamentos de orientación y de coordinación didáctica serán ejercidas, con carácter preferente, por profesorado funcionario del cuerpo de catedráticos de enseñanza secundaria.

3. La propuesta procurará la participación equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de coordinación docente de los centros en los términos que se recogen en el artículo 78.2.

Lo único que establece la normativa es que si hay catedrático en principio tendría la jefatura esa persona; no se habla de tiempo de servicio ni nada parecido. Puesto que la norma no precisa más, debería ser por común acuerdo del departamento (aunque no deja de ser curioso que no se nombra el departamento, sino el claustro); si es un departamento "normal" se puede ir rotando por equilibrio, y en ese caso normalmente se hará por tiempo definitivo en el centro*, pero no es imposible, ni difícil siquiera, que le vaya a tocar a un energúmeno, y yo tengo claro los criterios que he tratado con mi jefe de estudios y mi director: disposición a trabajar y a colaborar, conocimiento de la ley, conocimiento básico de las nuevas tecnologías, actualización anual... De ninguna forma puede ser jefe de departamento alguien que la última vez que hizo un curso todavía gobernaba Franco y que solo lo ves moverse para escurrir el bulto.

*esto se puede considerar a la inversa: ¿quién sería la última persona en salir desplazada del centro si se fueran suprimiendo las plazas?
Otro salvador de la educación.
Otro Mesías de la docencia.
Otro que descalifica a los más mayores.
Lo único que te diré, es que el conocimientos de las nuevas tecnologías ni se evalúa en la oposición. Así que no te pases de listo que nadie tiene obligación de saber lo que tú deseas.
Y ahorrate el rebuzno, porque yo soy de los que he pedido mil veces que se puntuara a gente con formación tecnológica porque después bien que nos piden de todo y la gente sin idea.
Respecto al resto, los años te pondrán las gafas para verlo.
Un saludo.
Que va... Hay algunos que no llegan a ver nunca... Ni con los años...

Campoamor

Y si hay varios definitivos en el departamento y uno de ellos solicita ser Jefe de departamento al director, ¿debe este dársela al que lo solicita y quitarle el puesto al otro?

albay

La decisión es de Dirección. Como ha dicho antes respublica, es un cargo de confianza.


Danielillo

Cita de: godob en 05 Agosto, 2023, 21:49:31 PM
Cita de: Danielillo en 05 Agosto, 2023, 16:50:42 PM
Cita de: Decreto 327/2010
Artículo 95. Nombramiento de las jefaturas de los departamentos.

1. La dirección de los institutos de educación secundaria, oído el Claustro de Profesorado, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de las jefaturas de los departamentos, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro. Las jefaturas de los departamentos desempeñarán su cargo durante dos cursos académicos, siempre que durante dicho periodo continúen prestando servicio en el instituto.

2. Las jefaturas de los departamentos de orientación y de coordinación didáctica serán ejercidas, con carácter preferente, por profesorado funcionario del cuerpo de catedráticos de enseñanza secundaria.

3. La propuesta procurará la participación equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de coordinación docente de los centros en los términos que se recogen en el artículo 78.2.

Lo único que establece la normativa es que si hay catedrático en principio tendría la jefatura esa persona; no se habla de tiempo de servicio ni nada parecido. Puesto que la norma no precisa más, debería ser por común acuerdo del departamento (aunque no deja de ser curioso que no se nombra el departamento, sino el claustro); si es un departamento "normal" se puede ir rotando por equilibrio, y en ese caso normalmente se hará por tiempo definitivo en el centro*, pero no es imposible, ni difícil siquiera, que le vaya a tocar a un energúmeno, y yo tengo claro los criterios que he tratado con mi jefe de estudios y mi director: disposición a trabajar y a colaborar, conocimiento de la ley, conocimiento básico de las nuevas tecnologías, actualización anual... De ninguna forma puede ser jefe de departamento alguien que la última vez que hizo un curso todavía gobernaba Franco y que solo lo ves moverse para escurrir el bulto.

*esto se puede considerar a la inversa: ¿quién sería la última persona en salir desplazada del centro si se fueran suprimiendo las plazas?
Otro salvador de la educación.
Otro Mesías de la docencia.
Otro que descalifica a los más mayores.
Lo único que te diré, es que el conocimientos de las nuevas tecnologías ni se evalúa en la oposición. Así que no te pases de listo que nadie tiene obligación de saber lo que tú deseas.
Y ahorrate el rebuzno, porque yo soy de los que he pedido mil veces que se puntuara a gente con formación tecnológica porque después bien que nos piden de todo y la gente sin idea.
Respecto al resto, los años te pondrán las gafas para verlo.
Un saludo.

Me sorprende un poco la reacción tan extrema...
No soy en absoluto un salvador de la educación ni tengo nada contra los mayores, mi jefa de departamento se jubila este año y es de las personas más capaces que conozco y que está más puesta en informática y legislación, y no pienso para nada que sea una excepción (vaya a parecer ahora que esto es un "no, si uno de mis mejores amigos es negro"). Pero hay otra gente, que igual puede tener 55 años que 30, que lo único que conoce de Séneca es el apartado de calificaciones, que jamás se ha leído nada de la ley... ¿Tengo que querer eso, no ya en mi departamento, sino gestionándolo?

Aparte de eso, que las nuevas tecnologías no se valoren en las oposiciones no significa nada (ni sé estrictamente hablando si es verdad), está claro que desde la Unión Europea, el ministerio y la conserjería nos piden, mejor dicho nos obligan, a introducirlas en nuestra práctica docente, y quien lleve el departamento tendrá que saber un mínimo. Y ojo, que no he dicho antes que se dominen, he dicho que hacía falta un mínimo.

Por último y retomando tu respuesta, veo que no te ha gustado la palabra "energúmeno". La escribo pensando en un compañero concreto, cuyo único mérito para ser jefe de departamento sería ser la persona con más antigüedad en el departamento después de otro compañero que no quiere ser jefe y de mí, que ya tengo un cargo y no puedo coger este también. Pero no tiene nada que ver con la edad, creo que has cogido lo de Franco, que era en un sentido figurado, y has sacado conclusiones que no eran.

Miento, no por último. El "ahórrate el rebuzno" me parece una falta de educación, más aún sin conocerme de nada. Si de una palabra puesta de manera general vamos a una ofensa personal, mal vamos.

godob

Cita de: Danielillo en 06 Agosto, 2023, 11:17:20 AM
Cita de: godob en 05 Agosto, 2023, 21:49:31 PM
Cita de: Danielillo en 05 Agosto, 2023, 16:50:42 PM
Cita de: Decreto 327/2010
Artículo 95. Nombramiento de las jefaturas de los departamentos.

1. La dirección de los institutos de educación secundaria, oído el Claustro de Profesorado, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de las jefaturas de los departamentos, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro. Las jefaturas de los departamentos desempeñarán su cargo durante dos cursos académicos, siempre que durante dicho periodo continúen prestando servicio en el instituto.

2. Las jefaturas de los departamentos de orientación y de coordinación didáctica serán ejercidas, con carácter preferente, por profesorado funcionario del cuerpo de catedráticos de enseñanza secundaria.

3. La propuesta procurará la participación equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de coordinación docente de los centros en los términos que se recogen en el artículo 78.2.

Lo único que establece la normativa es que si hay catedrático en principio tendría la jefatura esa persona; no se habla de tiempo de servicio ni nada parecido. Puesto que la norma no precisa más, debería ser por común acuerdo del departamento (aunque no deja de ser curioso que no se nombra el departamento, sino el claustro); si es un departamento "normal" se puede ir rotando por equilibrio, y en ese caso normalmente se hará por tiempo definitivo en el centro*, pero no es imposible, ni difícil siquiera, que le vaya a tocar a un energúmeno, y yo tengo claro los criterios que he tratado con mi jefe de estudios y mi director: disposición a trabajar y a colaborar, conocimiento de la ley, conocimiento básico de las nuevas tecnologías, actualización anual... De ninguna forma puede ser jefe de departamento alguien que la última vez que hizo un curso todavía gobernaba Franco y que solo lo ves moverse para escurrir el bulto.

*esto se puede considerar a la inversa: ¿quién sería la última persona en salir desplazada del centro si se fueran suprimiendo las plazas?
Otro salvador de la educación.
Otro Mesías de la docencia.
Otro que descalifica a los más mayores.
Lo único que te diré, es que el conocimientos de las nuevas tecnologías ni se evalúa en la oposición. Así que no te pases de listo que nadie tiene obligación de saber lo que tú deseas.
Y ahorrate el rebuzno, porque yo soy de los que he pedido mil veces que se puntuara a gente con formación tecnológica porque después bien que nos piden de todo y la gente sin idea.
Respecto al resto, los años te pondrán las gafas para verlo.
Un saludo.

Me sorprende un poco la reacción tan extrema...
No soy en absoluto un salvador de la educación ni tengo nada contra los mayores, mi jefa de departamento se jubila este año y es de las personas más capaces que conozco y que está más puesta en informática y legislación, y no pienso para nada que sea una excepción (vaya a parecer ahora que esto es un "no, si uno de mis mejores amigos es negro"). Pero hay otra gente, que igual puede tener 55 años que 30, que lo único que conoce de Séneca es el apartado de calificaciones, que jamás se ha leído nada de la ley... ¿Tengo que querer eso, no ya en mi departamento, sino gestionándolo?

Aparte de eso, que las nuevas tecnologías no se valoren en las oposiciones no significa nada (ni sé estrictamente hablando si es verdad), está claro que desde la Unión Europea, el ministerio y la conserjería nos piden, mejor dicho nos obligan, a introducirlas en nuestra práctica docente, y quien lleve el departamento tendrá que saber un mínimo. Y ojo, que no he dicho antes que se dominen, he dicho que hacía falta un mínimo.

Por último y retomando tu respuesta, veo que no te ha gustado la palabra "energúmeno". La escribo pensando en un compañero concreto, cuyo único mérito para ser jefe de departamento sería ser la persona con más antigüedad en el departamento después de otro compañero que no quiere ser jefe y de mí, que ya tengo un cargo y no puedo coger este también. Pero no tiene nada que ver con la edad, creo que has cogido lo de Franco, que era en un sentido figurado, y has sacado conclusiones que no eran.

Miento, no por último. El "ahórrate el rebuzno" me parece una falta de educación, más aún sin conocerme de nada. Si de una palabra puesta de manera general vamos a una ofensa personal, mal vamos.
Campanero.
Has echado el culo para atrás bien rápido.
Lee bien tu mensaje, si bien reconozco que cada uno le puede interpretar de forma diferente, y dime si no se destila inquina clara, ya sea a tu compañero o quién sea.
También bastante prepotencia en lo que debe o no debe saber un jefe de departamento.
Respecto a la falta de respeto, te recuerdo cómo has definido tú a ciertos compañeros.
Me sorprende también que digas gente de 30 años que no ha conocido ni a Franco, así que tú te referías claramente a los más mayores.
Que ahora recules es otra historia.
En cualquier caso se sido disculpas por lo del rebuzno.
Un saludo


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