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Renuncar al destino asignado

Iniciado por MontseGR, 09 Agosto, 2015, 12:23:12 PM

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MontseGR

Hola, alguien sabe qué pasa si se renuncia al destino asignado a través del anexo II?

http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/RRHH/destinos_provisionales/Destinos_provisionales_15_16/res06075015/1438847090302_anexo_ii_renuncia_destino_adjudicado.pdf

Es decir, te sacan de la bolsa y ya no te llaman más este curso?

¿Te dejan sin asignar hasta septiembre?

¿Te sacan de vacantes y te meten en sustituciones?

Gracias de antemano a cualquiera que lo sepa.
Un saludo

fran5

Creo que no te llaman mas durante este próximo curso pero que slguien te informe mejor.

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MontseGR

¿no creo no?
A ver, si renuncias por alguno de los motivos del articulo 14 de la orden de 8 de junio de 2011.

http://www.juntadeandalucia.es/boja/2011/117/2

se supone que está justificada la renuncia.

Por lo que te deberian de poder llamar en septiembre.

O estoy equivocada.
Por ejemplo, el punto b del articulo pone lo siguiente

Hallarse disfrutando de los períodos de permiso relacionados con la maternidad, la adopción o el acogimiento, o del período de descanso legalmente establecido para la maternidad, en el momento de la oferta.

No creo que por eso ya no te llamen más, no?

MontseGR

Ya creo que encontré la respuesta.
Viene en la mísma orden en el siguiente artículo

Artículo 15. Efectos de las excepciones a las exclusiones de las bolsas.

1. Las personas a que se refiere el artículo 14 permanecerán en las bolsas de trabajo en la situación de no disponibles. Quienes se encuentren afectados por las situaciones recogidas en los párrafos a), b), c) y e) de dicho artículo no podrán obtener destino ni realizar sustituciones mientras persistan las circunstancias a que se refieren los mismos. En los demás supuestos de dicho artículo, no se podrá obtener destino ni realizar sustituciones durante el curso académico correspondiente.

Gracias.


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