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Publicación en BOE de los aprobados en las últimas Oposiciones de Secundaria

Iniciado por hino72, 08 Diciembre, 2022, 11:26:50 AM

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Profedepacotilla

Por curiosidad más que nada, ya que no soy funcionario, ¿por qué esperáis con tantas ganas la publicación del BOE? ¿tiene que ver con facilidades a la hora de pedir hipotecas o similares?

Alejandro Farnesio

Porque no somos funcionarios de carrera hasta que salga en el BOE.


ivancito

Al hilo de esto, hace poco leí que en 2020 salió en el BOE que los títulos de funcionario de carrera se emitirán únicamente en formato electrónico.
¿Sabéis si es posible pedirlo, de algún modo o asumiendo el coste, en formato papel? No creo que sea lo mismo imrpimirlo en casa a que lo manden impreso en la hoja de papel especial y forma de imprimir que usen.

Recaredo

Buenas tardes. En relación al proceso selectivo saliente de la Orden autonómica andaluza de 30 de noviembre de 2020, yo también aprobé en 2021 el concurso-oposición y la fase de prácticas en 2022. Paradójicamente, tengo destino definitivo sin ser aún formalmente funcionario de carrera, al igual que todos/as vosotros/as. El 31 de agosto de 2024 cumpliré dos años naturales con destino definitivo en mi actual centro.
En mi caso, mi idea es solicitar el CGT a otra administración educativa (Xunta de Galicia) para octubre de 2023. Pues aunque el 23/24 no sea año académico de CGT Nacional, algunas CC.AA. abren la puerta a funcionarios de carrera de otras CC.AA. al final de años naturales impares, es decir, "cuando no toca CGT Estatal".
En el extremo supuesto de que a finales de octubre de 2023 aún no haya sido publicado nuestro nombramiento en el BOE, ¿podría solicitar el traslado a otra administración educativa (poniendo fin a una estancia de 7 años en Andalucía), si una administración abre la puerta a funcionarios de fuera?

EN MI FAVOR:
*Dos años con destino definitivo.
*Posible apertura de CGT de la Xunta a docentes de otras Autonomías.

EN MI CONTRA:
*Posible no nombramiento aún en el BOE como funcionario de carrera.
*Posible no apertura de CGT de la Xunta a docentes de otras Autonomías.

Por cierto, desviándome un poco del tema, supongo que cuando leéis la palabra "Xunta" en lo primero que pensáis es en el arancel lingüístico. Opino lo mismo, y soy gallegohablante y defensor del gallego. Pero creo que con saber al menos un idioma oficial de una Autonomía (sea o no el castellano) debería bastar para impartir docencia y así eliminar trabas laborales a las personas; y que todos los idiomas oficiales deberían ser un mérito y no un arancel administrativo.
Digo todo lo anterior porque seguramente los andaluces pensáis que los gallegos, catalanes, vascos, baleares y valencianos que trabajamos en la función pública andaluza los hacemos "injustamente". En mi caso, no me importa reconocer lo que me beneficia aún no siendo justo.


ris3

Hola, yo pregunté hace una semana al Ministerio a través de la sede electrónica y me respondieron esto:

"En respuesta a la consulta  relativa al nombramiento de funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Artes Plásticas y Diseño, convocado por la Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por Orden de 30 de noviembre de 2020, y publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 11 de diciembre, cabe realizar las siguientes aclaraciones:

El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, determina en su artículo 3 la competencia de las Comunidades Autónomas convocantes, en cuanto a su ámbito de gestión, para la realización de las convocatorias para la provisión de las plazas autorizadas en sus ofertas de empleo, cuyas bases vincularán a la Administración convocante, a los órganos de selección y a quienes participen en ellas, siendo por lo tanto, competencia de las distintas Administraciones educativas convocantes la publicación de los listados que resulten de las convocatorias que hayan efectuado.

En el artículo 32 del citado Real Decreto, en el que se indica cómo hay que proceder a realizar el nombramiento de funcionarios de carrera, se indica lo siguiente:
1. Concluida la fase de prácticas y comprobado que todos los aspirantes declarados aptos en la misma reúnen los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la convocatoria, las Administraciones educativas aprobarán los expedientes de los procedimientos selectivos, que harán públicos en la misma forma que se hizo pública la convocatoria y remitirán las listas de seleccionados en los diferentes cuerpos al Ministerio de Educación, a efectos de su nombramiento y expedición de los correspondientes títulos de funcionarios de carrera.

En la actualidad, el Ministerio de Educación y Formación Profesional está a la espera de recibir la documentación completa del expediente para proceder al nombramiento de los funcionarios de carrera del mencionado procedimiento selectivo.

Para cualquier otra consulta, le remitimos a la Administración educativa competente en materia de Educación, que realizó dicha convocatoria, con vistas a solicitar la información que considere pertinente."


Alejandro Farnesio


malogu

Pues según CCOO: La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional envió las listas al Ministerio de Educación en el mes de marzo para la publicación en BOE.
https://feandalucia.ccoo.es/plantillai.aspx?p=20&d=8891&s=1

ris3

Sí, lo leí. Por eso me ha sorprendido. He enviado otra consulta i dicando eso.


PLATANITO


PLATANITO

Cita de: ivancito en 10 Julio, 2023, 23:00:30 PM
Al hilo de esto, hace poco leí que en 2020 salió en el BOE que los títulos de funcionario de carrera se emitirán únicamente en formato electrónico.
¿Sabéis si es posible pedirlo, de algún modo o asumiendo el coste, en formato papel? No creo que sea lo mismo imrpimirlo en casa a que lo manden impreso en la hoja de papel especial y forma de imprimir que usen.

Correcto, así es:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-7794

No se si podrá pedirse en papel, pero a mi también me gustaría. Si te enteras de algo avisa por aquí.

Un saludo


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