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Puntuará el B2 en las oposiciones según el último borrador?

Iniciado por Berttous, 06 Marzo, 2023, 00:03:13 AM

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Iridium

Cita de: roset33 en 01 Abril, 2023, 16:08:49 PM
Cita de: respublica en 01 Abril, 2023, 15:06:58 PM
Cita de: roset33 en 01 Abril, 2023, 14:54:08 PM
Cita de: Suricato99 en 06 Marzo, 2023, 16:46:40 PM
Contará el B2 de EOI antes de 2017 porque antes de dicha fecha era considerado Nivel Avanzado. Desde 2017 los avanzados de EOI son C1 y C2. De ahí esa excepción que aparece.

El resto de B2 no cuentan.

Hola. Me ha surgido una duda al respecto. Yo me saqué el B2 justo en el año 2017, y en el título que dan pone nivel avanzado de Inglés. Entonces si me lo saqué ese mismo año 2017 se considera avanzado no? Es que lo pone en el mismo título que tengo.

Si tienes un certificado de nivel avanzado de la EOI te lo tienen que contar en el apartado correspondiente.


Saludos.

Pero si tengo pensado sacarme el C1 tendría dos titulos de nivel avanzado que me deberían contar los dos. Es así?

Pues sí sería así si el C1 te lo sacaras fuera de la EOI y el nivel avanzado B2 que tienes antiguo de la EOI colara como mérito en estos procesos. El primero (C1) contaría por el apartado de conocimiento de idiomas y el segundo (el avanzado B2 EOI) contaría por el apartado de enseñanzas especiales. Pero no se está cumpliendo la segunda condición y no se está dando por bueno el avanzado B2 EOI como mérito de enseñanzas especiales en el ámbito andaluz al menos, y valoran solamente el nivel avanzado moderno, el C1 EOI. 

¿Esto puede cambiar? No sé.

En cualquier caso si te sacas tu C1 fuera de la EOI y te valorasen tu avanzado antiguo, tendrías más puntos que uno o una que hizo el antiguo avanzado, como tú, y luego ha seguido en la EOI hasta conseguir su avanzado C1, ya que no podría alegar a la vez ese nivel de la EOI en los dos apartados (enseñanzas especiales y conocimiento de idiomas). La situación sería absurda, pero algunos la defienden.

respublica

Cita de: Iridium en 07 Abril, 2023, 19:20:21 PM
Cita de: roset33 en 01 Abril, 2023, 16:08:49 PM
Cita de: respublica en 01 Abril, 2023, 15:06:58 PM
Cita de: roset33 en 01 Abril, 2023, 14:54:08 PM
Cita de: Suricato99 en 06 Marzo, 2023, 16:46:40 PM
Contará el B2 de EOI antes de 2017 porque antes de dicha fecha era considerado Nivel Avanzado. Desde 2017 los avanzados de EOI son C1 y C2. De ahí esa excepción que aparece.

El resto de B2 no cuentan.

Hola. Me ha surgido una duda al respecto. Yo me saqué el B2 justo en el año 2017, y en el título que dan pone nivel avanzado de Inglés. Entonces si me lo saqué ese mismo año 2017 se considera avanzado no? Es que lo pone en el mismo título que tengo.

Si tienes un certificado de nivel avanzado de la EOI te lo tienen que contar en el apartado correspondiente.


Saludos.

Pero si tengo pensado sacarme el C1 tendría dos titulos de nivel avanzado que me deberían contar los dos. Es así?

Pues sí sería así si el C1 te lo sacaras fuera de la EOI y el nivel avanzado B2 que tienes antiguo de la EOI colara como mérito en estos procesos. El primero (C1) contaría por el apartado de conocimiento de idiomas y el segundo (el avanzado B2 EOI) contaría por el apartado de enseñanzas especiales.

No es así, porque la convocatoria dice con claridad que:

"Los certificados de nivel avanzado C1 o C2 de un mismo
idioma, acreditados de acuerdo con el apartado 2.4 o
bien 2.5, se valorarán por una sola vez en uno o en otro
apartado."


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


Mjpa

Cita de: respublica en 07 Abril, 2023, 20:52:25 PM
Cita de: Iridium en 07 Abril, 2023, 19:20:21 PM
Cita de: roset33 en 01 Abril, 2023, 16:08:49 PM
Cita de: respublica en 01 Abril, 2023, 15:06:58 PM
Cita de: roset33 en 01 Abril, 2023, 14:54:08 PM
Cita de: Suricato99 en 06 Marzo, 2023, 16:46:40 PM
Contará el B2 de EOI antes de 2017 porque antes de dicha fecha era considerado Nivel Avanzado. Desde 2017 los avanzados de EOI son C1 y C2. De ahí esa excepción que aparece.

El resto de B2 no cuentan.

Hola. Me ha surgido una duda al respecto. Yo me saqué el B2 justo en el año 2017, y en el título que dan pone nivel avanzado de Inglés. Entonces si me lo saqué ese mismo año 2017 se considera avanzado no? Es que lo pone en el mismo título que tengo.

Si tienes un certificado de nivel avanzado de la EOI te lo tienen que contar en el apartado correspondiente.


Saludos.

Pero si tengo pensado sacarme el C1 tendría dos titulos de nivel avanzado que me deberían contar los dos. Es así?

Pues sí sería así si el C1 te lo sacaras fuera de la EOI y el nivel avanzado B2 que tienes antiguo de la EOI colara como mérito en estos procesos. El primero (C1) contaría por el apartado de conocimiento de idiomas y el segundo (el avanzado B2 EOI) contaría por el apartado de enseñanzas especiales.

No es así, porque la convocatoria dice con claridad que:

"Los certificados de nivel avanzado C1 o C2 de un mismo
idioma, acreditados de acuerdo con el apartado 2.4 o
bien 2.5, se valorarán por una sola vez en uno o en otro
apartado."


Saludos.

Entonces yo teniendo C1 y C2 por la EOI sólo tengo 0.5 en los idiomas? En la anterior contaban como 1 punto no?

respublica

Cita de: Mjpa en 07 Abril, 2023, 20:57:28 PM
Entonces yo teniendo C1 y C2 por la EOI sólo tengo 0.5 en los idiomas? En la anterior contaban como 1 punto no?

Lo han cambiado. Ahora solo cuenta un certificado de nivel avanzado por idioma.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


Jacobo1983

En canarias ha pasado algo similar....

El apartado 2.4.2 dice que:

2.4.2 Por cada certificado de nivel avanzado o equivalente de una lengua xtranjera de las Escuelas
Oficiales de Idiomas.

Y más abajo dice:

El nivel avanzado al que se refiere el subapartado 2.4.2 se corresponde con los certificados de Nivel avanzado C1 y Nivel avanzado C2 establecidos en el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre (BOE de 23 de diciembre), así como las equivalencias a los mismos establecidos en su Anexo Il, puntuándose en cada idioma un solo certificado, que se corresponderá con el de nivel superior que se acredite. Se valorarán así mismo los certificados de Nivel Avanzado B2 obtenidos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1041/2017 citado.

Es decir.... Si el nivel avanzado al que hace referencia el apartado 2.4.2 se refiere a nivel c1,c2 y sus equivalentes...y solo pone que se valoraran los certificados de nivel avanzado b2... y NO ESFECIFICA s  it s equivalencias como si lo especifica para los niveles C1,C2 anteriormente..

Cómo es posible que valoren un certificado de aptitud ?????? Por mucho que sea equivalente, en las bases de la convocatoria no dice que se deba valorar una equivalencia a nivel avanzado b2.

Si alguien puede informarme lo agradecería..


respublica


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Jacobo1983

La duda es que no entiendo porqué tienen que valorar un certificado de aptitud en inglés..que es un título equivalente a un nivel avanzado b2 cuando en ninguna parte de las bases de la convocatoria pone que deba ser valorado los títulos equivalentes a un nivel avanzado b2.....

Solo pone que serán valorados los equivalentes al C1,C2 y sus equivalentes...


Resulta que en canarias han valorado a una persona ese certificado de aptitud en inglés, tras recurso de alzada... cuando el tribunal ya había rechazado por dos ocasiones la reclamación de la recurrente...


En ningúno de los otros tribunales se reconoció ese título a ningún aspirante, sin embargo a esta persona le han reconocido dicho título " certificado de aptitud"  sin que en las bases de la convocatoria diga que debe ser reconocido los títulos equivalentes al nivel avanzado b2..... otorgándole la plaza y quitándosela a la persona que estaba inmediatamente por encima...



respublica

Si lees mis mensajes de este hilo encontrarás la respuesta a tu duda, y es que el "Certificado de Aptitud" que se daba antes de 2006 es un certificado de la EOI equivalente al actual nivel avanzado, y por tanto entra en el apartado 2.4.2.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


Jacobo1983

Cita de: respublica en 14 Diciembre, 2024, 11:30:49 AMSi lees mis mensajes de este hilo encontrarás la respuesta a tu duda, y es que el "Certificado de Aptitud" que se daba antes de 2006 es un certificado de la EOI equivalente al actual nivel avanzado, y por tanto entra en el apartado 2.4.2.





Entiendo lo que me dice pero si usted lee lo que publiqué yo que es un copia pega de las bases de la convocatoria en canarias... 
En el apartado 2.4.2  Pone que se valoraran los títulos de nivel avanzado...y sus equivalentes.. y más abajo especifica que hace referencia por nivel avanzado al c1 y c2.... Y dice además aparte.. que se valorarán los títulos de nivel avanzado b2 anteriores a 2017.. y no dice nada acerca de que se valorarán los títulos equivalentes como si lo especifica para el C1, y C2... por eso ningún tribunal de canarias valoró el certificado de aptitud..."mérito no recogido en la convocatoria" es lo que se especificó por parte del tribunal en las dos ocasiones que la recurrente reclamó...
Aunque académicamente sea equivalente en las bases de la convocatoria no dice que se deba valorar los títulos equivalentes a ese nivel avanzado b2...  si el redactor hubiera querido que se valorarán lo habría escrito específicamente  si lo hizo con el C1 y c2....

Por qué se valora un título equivalente si en las bases de la convocatoria no especifica que deba ser valorado como mérito?

Por qué no se le valoró a más de 50 personas en los diferentes tribunales y si se le valora a una persona en un recurso de alzada? 




Saludos.

Jacobo1983

Cita de: respublica en 14 Diciembre, 2024, 11:30:49 AMSi lees mis mensajes de este hilo encontrarás la respuesta a tu duda, y es que el "Certificado de Aptitud" que se daba antes de 2006 es un certificado de la EOI equivalente al actual nivel avanzado, y por tanto entra en el apartado 2.4.2.


Saludos.





Copia pega de las bases de la convocatoria.

2.4.2 Por cada certificado de nivel avanzado o equivalente de una lengua ixtranjera de las Escuelas
Oficiales de Idiomas.

Los títulos y certificados deben acreditarse con copia escaneada del anverso y el reverso del mismo en un único documento en formato pdf.
- No se valorarán en ningún caso por este subapartado aquellas titulaciones que se aporten como requisito para ingreso al cuerpo, ni aquellas titulaciones alegadas en los subapartados 2.4.1, 2.4.3, 2.4.4 y 2.4.5 respecto a las cuales no se acredite, a través de la documentación justificativa (certificación académica personal del título alegado como requisito o certificado de la universidad donde se cursó el mismo), que no han sido utilizadas para la obtención del título alegado para el ingreso.
El nivel avanzado al que se refiere el subapartado 2.4.2 se corresponde con los certificados de Nivel avanzado Cl y Nivel avanzado C2 establecidos en el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre (BOE de 23 de diciembre), así como las equivalencias a los mismos establecidos en su Anexo Il, puntuándose en cada idioma un solo certificado, que se corresponderá con el de nivel superior que se acredite. Se valorarán así mismo los certificados de Nivel Avanzado B2 obtenidos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1041/2017 citado.

Una cosa es un certificado de aptitud y otra cosa es un certificado de nivel avanzado b2 aunque sean equivalentes...y aunque en su día ese certificado de aptitud se considerará nivel avanzado, para poder ser valorado como mérito, de acuerdo a las bases de la convocatoria, el título que presentes tiene que ser "certificado de nivel avanzado b2"

Por eso ningún tribunal aceptó el certificado de aptitud.. si hubieran querido que se valorara tendrían que haber escrito en las bases  " y equivalentes " como se hizo con el C1 y C2 o haber escrito " certificado de aptitud"

Y además las bases especifican que cuando hace referencia en el 2.4.2 a nivel avanzado se refiere a C1 y C2..

No entiendo porque dices que el certificado de aptitud entrá en el 2.4.2.






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