¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

Fiscalía pide 4 años de cárcel para los profesores del niño ahogado en excursión

Iniciado por Delacroix, 15 Agosto, 2020, 18:03:57 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

Delacroix

Cita de: respublica en 02 Junio, 2021, 15:35:15 PM
Respecto al fondo del asunto sigo pensando lo mismo que escribí hace un año.

En cualquier caso, la solución no es eliminar las actividades extraescolares, a las que por cierto, no nos podemos negar si están convenientemente autorizadas, como es preceptivo.


Saludos.
Supongo que te refieres a las complementarias, Respública. Si las extraescolares tambén lo son me gustaría que compartieras la legislación. Gracias.

2. Se consideran actividades extraescolares las encaminadas a potenciar la apertura del Centro asu entorno y a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliaciónde su horizonte cultural, la preparación para su inserción en la sociedad o el uso del tiempo libre.Las actividades extraescolares se realizarán fuera del horario lectivo y tendrán carácter voluntariopara el alumnado y el profesorado.

http://www.juntadeandalucia.es/averroes/centros-tic/14002996/helvia/sitio/upload/normativa_actividades_complementarias.pdf

zocter

Menudo marrón de verdad.

Yo creo que nadie hubiese querido que esto pasara, pero leyendo lo que pone y sin hacer una valoración personal, que el niño estuviese más de una hora "desaparecido" sin que nadie se diese cuenta es lo que creo que se lo pone complicado a los compañeros.

Ánimo a ellos ya que podríamos haber sido cualquiera de nosotros la verdad.



jmcala

En esa consulta se habla de una actividad complementaria, que es aquella que se desarrolla dentro del horario lectivo del centro y es gratuita, además de estar aprobada y recogida en el Plan de Centro.

Las actividades extraescolares exceden el horario lectivo del centro y/o suponen un desembolso económico por parte de las familias, siendo voluntarias. Si está fuerza del horario lectivo del centro no está dentro del horario de obligada permanencia de los docentes y, por definición, son voluntarias. Ningún docente está obligado a trabajar fuera de su horario de obligada permanencia en ningún caso.

En caso de que la actividad implique algún gasto para los docentes será la empresa (el centro) la que tenga que hacerse cargo de los gastos en los que pudiera incurrir, ya sea complementaria o extraescolar.


jmcala

Cita de: respublica en 02 Junio, 2021, 15:29:21 PM
Cita de: jmcala en 02 Junio, 2021, 10:51:38 AM
Lo que la noticia dice es lo que expone la fiscalía. No se hace mención a qué dice la defensa. Un poco tendenciosa parece la información.

No sé qué noticia has leído pero la de Cordópolis menciona la postura de los padres, del fiscal y de los acusados, y de hecho el titular es lo único que menciona.


Saludos.

Me refiero a que la profusión de datos son los recogidos por la fiscalía, mientras que yo no aprecio datos sobre la estrategia de defensa de los docentes. La postura de la madre del menor está presentada en la noticia de manera lamentable. Por eso dije que me parece tendenciosa la información.


diletante

Cita de: respublica en 03 Junio, 2021, 01:07:02 AM
Consulta jurídica: Obligatoriedad a acompañar a los alumnos de excursión


Saludos.




Es curioso, en el enlace que citas remite a las instrucciones que te había puesto y que, claramente, no te has leído, ya que dice justo lo contrario a lo que tú sigues empeñado en afirmar

"En cuanto a la normativa aplicable, la regulación de las actividades complementarias viene recogida en la Orden de 14 de julio de 1998, por la que se regulan las actividades complementarias y extraescolares y los servicios prestados por los centros docentes públicos no universitarios (BOJA de 1 de agosto) derogada en lo que respecta a las actividades extraescolares y las Instrucciones de 18 de diciembre de 1998 de la Dirección General de Planificación sobre la organización y desarrollo de las actividades complementarias y extraescolares."

Cita de: diletante en 02 Junio, 2021, 17:07:57 PM
Cita de: respublica en 02 Junio, 2021, 15:35:15 PM


En cualquier caso, la solución no es eliminar las actividades extraescolares, a las que por cierto, no nos podemos negar si están convenientemente autorizadas, como es preceptivo.


¿seguro?

https://www.adideandalucia.es/normas/instruc/Instruc%2018-12-1998%20Actividades%20extraescolares.htm


Sigues confundiendo complementaria con extraescolar.

Freams

No se puedo obligar ni a alumnos ni a profesores a participar en una actividad extraescolar


zocter

Cita de: jmcala en 03 Junio, 2021, 06:43:55 AM
En esa consulta se habla de una actividad complementaria, que es aquella que se desarrolla dentro del horario lectivo del centro y es gratuita, además de estar aprobada y recogida en el Plan de Centro.

Las actividades extraescolares exceden el horario lectivo del centro y/o suponen un desembolso económico por parte de las familias, siendo voluntarias. Si está fuerza del horario lectivo del centro no está dentro del horario de obligada permanencia de los docentes y, por definición, son voluntarias. Ningún docente está obligado a trabajar fuera de su horario de obligada permanencia en ningún caso.

En caso de que la actividad implique algún gasto para los docentes será la empresa (el centro) la que tenga que hacerse cargo de los gastos en los que pudiera incurrir, ya sea complementaria o extraescolar.
Dependerá, en todo caso, de la configuración de horario no regular del profesorado. Yo en la línea "Actividades extraescolares y complementarias" tengo 0:00 horas cargadas, pero si alguien carga, por ejemplo 1 hora semanal, SÍ se le puede requerir que cumpla con su jornada laboral que está firmada por él mismo...

El alumnado, a actividades extraescolares, NO está obligado a asistir, no son evaluables de ninguna forma, pudiéndose quedar en el centro con el derecho de ser atendido.

jmcala

Estaría dentro de su jornada de obligada permanencia, que es lo que he dicho antes.


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'