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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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alosk

Cita de: respublica en 08 Marzo, 2024, 21:33:53 PM
Cita de: scout en 07 Marzo, 2024, 11:55:58 AMEl Supremo, después de haber fijado doctrina en contra de los interinos, ahor pregunta cómo hacerlos fijos al TJUE.

No pregunta cómo hacer fijos a interinos.

El Tribunal Supremo, en vez de cambiar su jurisprudencia respecto de los laborales indefinidos no fijos, que son un caso separado y diferente de los funcionarios interinos, dando así respuesta a la reciente sentencia del TJUE, en contra de lo que había opinado en una entrevista el presidente de su sala, decide dilatar varios años más el proceso al plantear nuevas preguntas, porque dice que no le queda claro cómo actuar:

El Tribunal Supremo planteará cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE sobre el modo de aplicar la fijeza en el empleo público. La Sala Cuarta del Tribunal Supremo en pleno anuncia que va a iniciar los trámites para despejar algunas dudas suscitadas tras la importante sentencia del pasado 22 de febrero.

El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en sesión no jurisdiccional, ha analizado el modo de aplicar la STJUE de 22 de febrero de 2024 (asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22) sobre personal indefinido no fijo, a los múltiples recursos pendientes de resolución.

Con el deseo de llevar a cabo su correcta interpretación, y ante la existencia de importantes dudas acerca de su alcance en determinados aspectos, la Sala ha acordado iniciar las actuaciones a fin de formular una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En especial, para resolver las dudas acerca del modo en que compatibilizar la doctrina acuñada por la citada sentencia con las normas relativas al acceso al empleo público (incluyendo a los nacionales de los Estados miembros) así como con las reglas del ordenamiento jurídico nacional que garantizan el derecho de acceso al empleo público conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad.



Saludos.

    Respublica, la sentencia es clara pero adolece de un hueco que es el q se va a prospectar desde arriba. ¿ Qué sanción hay q aplicar y qué indemnización es la suficiente para "largar" a una persona en fraude de ley?. Que conste q el mecanismo del estado está por encima de las personas, por eso precisamente achunta la corrupción en ocasiones. La justicia sirve y servirá a las intereses del estado, por encima de cualquier consideración. En cuanto a problemas serios, deben hablar, organizarse y actuar los propios afectados, desde la judicatura, podemos esperar poco.

luismiguel_oliva@hotmail.

Cita de: scout en 08 Marzo, 2024, 18:49:58 PM
Cita de: luismiguel_oliva@hotmail. en 08 Marzo, 2024, 10:24:08 AMSegún esto, la mayoría de interinos docentes estaríamos actualmente fuera de lo que pretende.

El propio supremo ya ha modificado su criterio respecto a los interinos docentes.

Más de tres años cotizando con el mismo empleador, en cualquier variante, es abuso y por ende sanción. No hay distinción entre sector público y sector privado. Seguimos a la espera de fijar la sanción. Pero ya le han dicho que fijeza es válido.




Entonces, no entiendo el motivo por el cual Arauz deja claro quien puede reclamar, si el Supremo ha dictado lo contrario. Un poco extraño ¿no? Sería lógico lo contrario. No encuentro eso que dices del Supremo ñ, ¿puedes enviarlo?

Otra cosa, que será quizás obvia, pero no encuentro mucha información clara. ¿Qué pasará con los docentes interinos una vez termine la estabilización? Se decía que había que mirar cómo adaptarlo, que si bla bla bla, pero no hay un itinerario claro. Bueno, sí lo hay, lo que marca la ley, pero nuestro sector es tan particular que es difícil extrapolarlo, al menos a priori.


respublica

Cita de: alosk en 09 Marzo, 2024, 08:31:16 AM
Cita de: respublica en 08 Marzo, 2024, 21:33:53 PMLa justicia sirve y servirá a las intereses del estado, por encima de cualquier consideración. En cuanto a problemas serios, deben hablar, organizarse y actuar los propios afectados, desde la judicatura, podemos esperar poco.

Estoy completamente de acuerdo con tu reflexión, y así lo he ido manifestando en este hilo desde su creación.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

scout

Puedes empezar a informarte por aquí o retroceder mil páginas en el hilo.

https://apiscam.blogspot.com/2023/11/el-tribunal-supremo-sentencia-en-un.html

Ahora faltarían unos meses para las prejudiciales de Barcelona de lo contencioso-administrativo y dos años para la respuesta del TJUE a la sala de lo social.

El TJUE no quiere decirle al judicial y legislativo español lo que deben hacer y éstos eligen no elegir. El judicial porque el legislativo no ha redactado la sanción concreta (fijeza o indemnización al cabo de 3 años) y el legislativo porque quiere que el judicial le obligue por sentencia.

Nos tienen dando vueltas desde 2016 pero lo que entonces no se podía hacer ya se ha hecho y lo que era firme en el supremo ya no lo es y ganan tiempo preguntando otra vez.

El TJUE no les dice cómo deben vestirse pero les ha puesto la ropa encima de la cama.
El TJUE la ha dejado botando en la línea de gol a ver quién la quiere empujar.

 Han tenido que ser los propios trabajadores los que se han organizado en Telegram y redes sociales al margen de los sindicatos para llevar la presión sobre su situación a los juzgados.


respublica

Cita de: scout en 09 Marzo, 2024, 12:28:44 PMPuedes empezar a informarte por aquí o retroceder mil páginas en el hilo.

https://apiscam.blogspot.com/2023/11/el-tribunal-supremo-sentencia-en-un.html

Lo único que dice ahí el Tribunal Supremo es que la Ley 20/2021 de estabilización no vulnera la normativa europea sobre abuso de temporalidad, lo cual no tiene nada que ver con lo que has afirmado antes acerca de que había modificado su criterio respecto a los interinos docentes.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: scout en 09 Marzo, 2024, 12:28:44 PMEl TJUE no quiere decirle al judicial y legislativo español lo que deben hacer y éstos eligen no elegir.

Exacto, ese es el resumen de las sentencias y jurisprudencia del TJUE, y por eso nada podemos esperar de ahí.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Zeronter

Vamos que nos quedamos como estamos. Bueno, al menos no te echan de la bolsa. Ya cuando se tengan 55 pues habrá la reducción de horario y aunque se esté de interino pues menos horas se dan aunque te asignen el peor grupo con 55 años y uno con 35 tenga mejor grupo. Y si no pues baja y que JuanMarino llame a otro u otra de la bolsa.

MERYYOU

He encontrado esta interpretación. En fin... que los interinos no podemos esperar nada...

CCOO, como sindicato responsable con el personal de la administración pública, ha procedido a elaborar un informe jurídico estudiando el alcance que dicha sentencia puede tener en el ámbito universitario.

La sentencia versa sobre tres asuntos planteados al alto tribunal europeo que tienen en común contrataciones por administraciones públicas distintas de tres personas con la categoría de indefinidos no fijos.

El marco normativo en el que entra el tribunal europeo es diverso, reconociendo el esfuerzo normativo que supuso la ley 20/21 de medidas contra la interinidad en la administración pública y el resultado que ha dado dicha norma.

No obstante, reconoce el abuso en determinadas administraciones de la figura del indefinido no fijo para solventar el elevado número de personal temporal que tienen dichas administraciones o como medida directa de contratación "indefinida" para el personal temporal sin pasar por procesos selectivos de estabilización, así como el acatamiento del mandato de la indemnización de los 20 días por año para aquellas personas que han estado enlazando de forma "justificada" distintos tipos de contratos laborales.

En cualquier caso, lo más significativo es que versa básicamente sobre casos de personal temporal, es decir con relación contractual laboral, no funcionarial.

También entra la sentencia del tribunal europeo en la insuficiencia de las medidas de responsabilidad del acuerdo marco ante las actuaciones irregulares de contratación del personal laboral, así como de la insuficiencia de una única convocatoria de consolidación como otra medida de estabilización y reducción de la interinidad.

Consta la aplicación de esta sentencia ya en una sentencia del Juzgado de lo Social de la Audiencia de Sevilla, de 27 de febrero de 2024, en la que se da una casuística muy concreta: una situación de despido que da lugar a la demanda, en segundo lugar un despido ocasionado por la cobertura de la plaza que venía ocupando la denunciante de manera prolongada por una tercera persona y en tercer y último lugar que la demandante poco después de su cese es nuevamente contratada con un contrato de sustitución pasando a ser este contrato fijo meses después, dando lugar según la audiencia sevillana que: "De la prueba practicada cabe concluir que nos hallamos inequívocamente ante (...) una contratación temporal injustificadamente larga y, por tanto, abusiva".

Con todo esto, que alcance tiene esta sentencia para el personal interino funcionario; recordemos que abunda la jurisprudencia del Supremo, incluso tras el acuerdo marco de estabilización que "se han desestimado las pretensiones de conversión del personal interino en personal funcionario de carrera, por considerar que esa conversión no es una exigencia imperativa del Acuerdo Marco sobre Trabajo de Duración Determinada."


dnjp

No sé si los compañeros interinos podrán o no esperar algo positivo parra ellos, pero lo que sí recuerdo es que los sindicatos mayoritarios, entre ellos CCOO con sus servicios jurídicos, aseguraban que era imposible acceder a una plaza de funcionario de carrera sin haber pasado por la "santa" oposición y todos hemos visto como no era tan imposible.

JuanmaMoreno

https://youtu.be/ZHf0YVZJOB4?si=P-R0pIu0pzTy5Ked

⭕️ARAUZ INFORMA⭕️

‼️📌Os voy a pedir algo muy simple: prudencia y sentido común.

Yo comprendo que estáis sometidos a una tensión máxima, pero por favor no desviemos la atención de lo esencial, ni colaboremos en poner nerviosos a vuestros compañeros, y sobre todo, no aportemos más confusión a la que ya se encargan otros de aportar.

Mirad aquí no hay ninguna varita mágica y no sirven las ocurrencias, como hemos demostrado en los últimos años y demuestra la sentencia del TJUE de 22/2/2024.

Ya tenéis experiencia en que la Comisión Europea tiene sus plazos, y estos plazos son desesperadamente lentos. No perdamos por tanto el tiempo en denuncias y actuaciones europeas que van a llevar 3, 4, o 5 años en ventilarse. Os recuerdo que tenemos denuncias en la  Comisión tramitándose desde el año 2014, es decir, hace ya 10 años y que siguen ahí.

No entréis en el juego de la confusión, de la farsa, o de las ocurrencias que utilizan otros, porque cuando lleguen soluciones desde los órganos de ejecución de Europa, ya estáis todos en la calle

Ahora mismo, tan solo hay dos vías de solución reales  a vuestra estabilización inmediata:


➡️Una inmediata, en un breve espacio de tiempo de pocos meses, que es la sentencia del Tribunal de Justicia Unión Europea a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Juzgado de lo Contencioso de Barcelona, que van a ser rotundas, claras y determinantes para vuestra estabilización automática.


➡️La otra, es una decisión política/legislativa, que, aplicando la jurisprudencia del TJUE, os estabilice ya, superando el régimen de la fallida Ley 20/2021, pues ya se ha demostrado que los procesos de estabilización que articula esta ley  no cumple con las garantías de la Directiva 1999/70.


Por favor, gastar vuestras energías y vuestros recurso económicos en esta segunda vía, buscando convencer a los políticos de que hagan algo y busquen una solución, antes de que esa solución le venga impuesta por el TJUE,  y no generar más confusión de la que ya se encargan de generar los advenedizos que han venido tarde y mal a aprovecharse de este problema humano, que se llama estabilización del personal temporal del sector público víctima de un abuso.

Tras más de 10 años luchado contra las autoridades administrativas, legislativas y judiciales, para que os estabilicen, estoy convencido que vais a ser fijos sí o sí.

📢*Solo tenéis que hacer tres cosas;*

1️⃣actuar reclamando fijeza

2️⃣esperar a que el TJUE nos dé la razón en unas pocas semanas

3️⃣y convencer uno a uno a los demás, a vuestros compañeros, a vuestros jefes, a los políticos y a la ciudadanía, que sois lo mejor que le ha podido pasar a vuestras administraciones públicas y que vuestra conversión en fijos no solo es un acto debido de justicia y una necesidad para que las administraciones publicas puedan seguir funcionado, sino una obligación legal que -una vez más y para vergüenza de nuestras autoridades nacionales-, nos va a imponer Europa.

SEGUIMOS AVANZANDO 💪🏻


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