¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

¿La jefatura de departamento son 2 años?

Iniciado por porrillo, 03 Julio, 2019, 12:10:03 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

porrillo

Cada persona me dice una cosa diferente.

Tengo entendido que hay una normativa que dice:

Art. 95.

1. Las jefaturas de departamento desempeñarán su cargo durante dos cursos académicos, siempre que durante ese tiempo sigan prestando servicio en el instituto.

Sin embargo, hay quien dice que no, que al año puede el Director nombrar a otro jefe de departamento.

Hablamos de funcionarios con destino definitivo, lógicamente, sin intención de cambiar de centro (no participar en concursillo ni obtener nuevo destino esos 2 años).

Gracias por la ayuda.

Juanma82

Cita de: porrillo en 03 Julio, 2019, 12:10:03 PM
Cada persona me dice una cosa diferente.

Tengo entendido que hay una normativa que dice:

Art. 95.

1. Las jefaturas de departamento desempeñarán su cargo durante dos cursos académicos, siempre que durante ese tiempo sigan prestando servicio en el instituto.

Sin embargo, hay quien dice que no, que al año puede el Director nombrar a otro jefe de departamento.

Hablamos de funcionarios con destino definitivo, lógicamente, sin intención de cambiar de centro (no participar en concursillo ni obtener nuevo destino esos 2 años).

Gracias por la ayuda.
El director puede cambiar a los jefes de departamento al año, previa justificación al servicio de inspección.


porrillo

Cita de: Juanma82 en 03 Julio, 2019, 13:33:39 PM
Cita de: porrillo en 03 Julio, 2019, 12:10:03 PM
Cada persona me dice una cosa diferente.

Tengo entendido que hay una normativa que dice:

Art. 95.

1. Las jefaturas de departamento desempeñarán su cargo durante dos cursos académicos, siempre que durante ese tiempo sigan prestando servicio en el instituto.

Sin embargo, hay quien dice que no, que al año puede el Director nombrar a otro jefe de departamento.

Hablamos de funcionarios con destino definitivo, lógicamente, sin intención de cambiar de centro (no participar en concursillo ni obtener nuevo destino esos 2 años).

Gracias por la ayuda.
El director puede cambiar a los jefes de departamento al año, previa justificación al servicio de inspección.

Gracias, es lo que había oído, aunque la normativa dice justo lo contrario.

Los dos años por tanto es opcional.

Juanma82

Cita de: porrillo en 03 Julio, 2019, 13:58:01 PM
Cita de: Juanma82 en 03 Julio, 2019, 13:33:39 PM
Cita de: porrillo en 03 Julio, 2019, 12:10:03 PM
Cada persona me dice una cosa diferente.

Tengo entendido que hay una normativa que dice:

Art. 95.

1. Las jefaturas de departamento desempeñarán su cargo durante dos cursos académicos, siempre que durante ese tiempo sigan prestando servicio en el instituto.

Sin embargo, hay quien dice que no, que al año puede el Director nombrar a otro jefe de departamento.

Hablamos de funcionarios con destino definitivo, lógicamente, sin intención de cambiar de centro (no participar en concursillo ni obtener nuevo destino esos 2 años).

Gracias por la ayuda.
El director puede cambiar a los jefes de departamento al año, previa justificación al servicio de inspección.

Gracias, es lo que había oído, aunque la normativa dice justo lo contrario.

Los dos años por tanto es opcional.

La ley dice dos años, pero el director tiene la potestad de cesar a un jefe de dpto y nombrar a otro, pero debe de ser una situación excepcional, por eso lo de la justificación al servicio de inspección,  ya que no puede ser un capricho, debe estar debidamente argumentado.


franxx

Como te han dicho puede cesar y nombrar a otro. Imagínate que nombran jefe de departamento a un funcionario que todavia no tiene destino definitivo en el Centro y al año siguiente viene uno definitivo, tiene prioridad el que tenga destino definitivo así que cesa al anterior y nombra al que ha venido nuevo.

Chic82

También ante cambio de director, puede cesar alguien al año. Saludos.

jmcala

Cuando un director cesa, lo hacen todos los demás cargos. El equipo directivo al completo, jefes de área y de departamento.

www.ejercicios-fyq.com


Juanma82

Cita de: franxx en 04 Julio, 2019, 09:32:25 AM
Como te han dicho puede cesar y nombrar a otro. Imagínate que nombran jefe de departamento a un funcionario que todavia no tiene destino definitivo en el Centro y al año siguiente viene uno definitivo, tiene prioridad el que tenga destino definitivo así que cesa al anterior y nombra al que ha venido nuevo.
Eso no es cierto, el nombramiento es por dos años, y si el director quiere y esta justificado, cambiará al jefe de departamento, pero si considera que el que está lo hace bien no tiene porque hacerlo, porque, como ya he comentado, el nombramiento es por dos años. Otra cosa es cuando pasen los dos años y haya que nombrar de nuevo al jefe de departamento, en ese caso la ley dice que tiene que ser un funcionario definitivo preferentemente.


franxx

Cita de: Juanma82 en 24 Julio, 2019, 17:12:53 PM
Cita de: franxx en 04 Julio, 2019, 09:32:25 AM
Como te han dicho puede cesar y nombrar a otro. Imagínate que nombran jefe de departamento a un funcionario que todavia no tiene destino definitivo en el Centro y al año siguiente viene uno definitivo, tiene prioridad el que tenga destino definitivo así que cesa al anterior y nombra al que ha venido nuevo.
Eso no es cierto, el nombramiento es por dos años, y si el director quiere y esta justificado, cambiará al jefe de departamento, pero si considera que el que está lo hace bien no tiene porque hacerlo, porque, como ya he comentado, el nombramiento es por dos años. Otra cosa es cuando pasen los dos años y haya que nombrar de nuevo al jefe de departamento, en ese caso la ley dice que tiene que ser un funcionario definitivo preferentemente.
Aunque el nombramiento sea por dos años tiene preferencia el que tiene destino definitivo sobre uno que no lo tenga, lo hemos consultado con inspección y nos han dicho que como el nuevo pida la jefatura hay que darsela.

Freams



¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'