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Benditas seis horas de guardia

Iniciado por ProfeSecundariaOblig, 15 Septiembre, 2024, 09:41:27 AM

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Alejandro Farnesio

Cita de: Lolazo en 15 Septiembre, 2024, 13:12:37 PM
Cita de: albay en 15 Septiembre, 2024, 11:58:49 AMLo que puedes reclamar es si tienes más de 25 horas presenciales en tu horario. Si aparte de las 18 tienes 6 guardias y 1 Reunión de Departamento, y no eres tutor, entonces es correcto.

Entonces no tendría la obligación de atender a padres ni de quedarse por las tardes.

Me parece que ahí falla algo. Porque si un padre quiere hablar específicamente con él de su asignatura tras hablar con tutor tiene la obligación de atenderlo. Así que a ver cómo lo soluciona esa directiva.

Qué tengas 6 guardias me parece un abuso bestial y una vergüenza.

No se puede justificar

Tiene obligación de informar sobre el proceso de enseñanza- aprendizaje, no de tener una reunión presencial con el madre o la madre. Lo sé porque el año pasado estuve en un centro donde teníamos 6 horas de guardia por norma general.

aridalae

Cita de: albay en 15 Septiembre, 2024, 23:27:41 PM
Cita de: Mejius en 15 Septiembre, 2024, 20:11:49 PMPues que queréis que os diga, yo voy con 19 horas de clase+ reunión de departamento + 3 guardias+ 4 guardias de recreo y por muy legal que sea perjudica a los alumnos, porque si en lugar de tantas guardias tuviese tiempo para poder preparar montajes, practicas etc además de de ir arreglando los laboratorios (que esto es otro tema para aparte..) podría dar una educación de mayor calidad, más vistosa, más entretenida, y si en esas horas de "preparación de cosas" les hace falta que vaya a hacer una guardia porque no hay gente voy (que a mi en realidad las guardias me gustan, me lo paso hasta bien con los alumnos a los que no les doy clase), lo que no tiene sentido es dejarnos en la sala de profesores pillando moscas en vez de poder hacer cosas mas útiles. Luego vendrán y dirán los espabilados que en la sala de profesores con el portátil se pueden hacer muchas cosas, pero yo en mi casa tengo portátil, pero no tengo brazo robótico, autómatas...

Así lo que consigue es que no se hagan cosas nuevas, mas "chulas" que gusten al alumnado.
Es una pena que al final pienses... pues me quedo en la sala de profesores o en una clase,  no me complico la vida, que total al final cobro lo mismo.

Las horas de preparar clases son tus 5 horas en casa que todos tenemos. No las de guardia.
Ciertamente las quejas que se leen aquí son por trabajar, pero ninguna por ilegalidad.

Quejas por trabajar como niñeros.  anaidrisa


ProfeSecundariaOblig

Pues de haber 25 horas regulares, entre dieciocho horas lectivas, seis guardias y una reunión de departamento, me gustaría saber donde queda y cabe el resto de cuestiones que componen el horario regular de un profesor. Tareas inherentes a la labor docente, tales como:

Reuniones de los diferentes órganos de coordinación docente.
Actividades de tutoría y tutoría electrónica.
Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado.
Programación de las actividades educativas. En su caso, el seguimiento del programa de formación en centros de trabajo (FCT).
Servicio de guardia.
Seguimiento y análisis de las medidas de atención a la diversidad aplicadas al alumnado.
Organización y funcionamiento de la biblioteca del Instituto.
Cualquier otra que se determine en el plan de centro del Instituto.

Y no, no han de estar necesariamente en el horario irregular, ni en el de NO obligada permanencia en el centro. Entonces dejamos de lado la atención a la diversidad supongo, o la programación de ciertas actividades. Quizás podamos dejar a un lado el papeleo y no cumplimentar en Séneca documento alguno.

Además, imagino que para aquellos que no ven abuso, verán adecuado que en unas comunidades sí haya límite estipulado de guardias semanales, pero en Andalucía no. Será que nos lo merecemos por alguna razón, muy jurídico todo. Por mucho que las competencias en educación estén transferidas a las comunidades autónomas, es un tremendo agravio comparativo.

No puedo evitar sentir una especie de castigo ir a trabajar en tales condiciones, cubriendo con excesivas guardias a compañeros que quizás tengan un contratiempo y de buena fe no han podido asistir o quizás tengan mucha cara y prefieren no asistir al trabajo. Yo no soy guardia jurado, soy profesor. La guardia es una función más de nuestro trabajo, no la principal función y no debería ocupar tanto protagonismo en detrimento de otras tareas inherentes a dicha labor docente.

Y para aquellos que insultan por no estar de acuerdo ante quienes crean que pueda resultar un abuso, como algún comentario que he visto ahí arriba, ¨niño tú¨ escribiendo y actuando de tal forma. Me resulta inconcebible que seamos compañeros de profesión. Cualquiera diría que alguno de mis alumnos de segundo de ESO se ha colado a hurtadillas en el foro. Espero que así sea por el bien de nuestra profesión, gracias.

De ser director o jefe de estudios el que está leyendo tales líneas, compañero te informo que si asumes tal práctica como normal, puede ser legal aquello que estás haciendo, pero en mi opinión resulta sumamente inmoral. No eres buen compañero. Cargar de guardias hasta el máximo de 25 horas a otro compañero es inconcebible. Muchos trabajamos por encima de las treinta y cinco horas semanales entre trabajo en el instituto y fuera del instituto. También tenemos derecho a disfrutar de una vida en familia. Hacernos perder el tiempo como guardias jurados al final quita tiempo al verdadero objetivo, preparar clases y enseñar...

Y de no ser uno de ellos e igualmente lo ves aceptable, en fin nada más que decir. Saludos.

albay

Cita de: ProfeSecundariaOblig en 16 Septiembre, 2024, 16:53:52 PMReuniones de los diferentes órganos de coordinación docente.
En el horario no regular.

Cita de: ProfeSecundariaOblig en 16 Septiembre, 2024, 16:53:52 PMActividades de tutoría y tutoría electrónica.
¿Eres tutor? No lo habías mencionado.

Cita de: ProfeSecundariaOblig en 16 Septiembre, 2024, 16:53:52 PMCumplimentación de los documentos académicos del alumnado.
Horario no regular.

Cita de: ProfeSecundariaOblig en 16 Septiembre, 2024, 16:53:52 PMProgramación de las actividades educativas.
En tus 5 horas semanales de trabajo en casa.

Cita de: ProfeSecundariaOblig en 16 Septiembre, 2024, 16:53:52 PMEn su caso, el seguimiento del programa de formación en centros de trabajo (FCT)
¿Eres profesor de FP y tutorizas prácticas?

Cita de: ProfeSecundariaOblig en 16 Septiembre, 2024, 16:53:52 PMServicio de guardia.
Ya has dicho que haces 6 a la semana. De hecho es justo por lo que abriste este tema.

Cita de: ProfeSecundariaOblig en 16 Septiembre, 2024, 16:53:52 PMSeguimiento y análisis de las medidas de atención a la diversidad aplicadas al alumnado.
¿Eres PT u Orientador-a?

Cita de: ProfeSecundariaOblig en 16 Septiembre, 2024, 16:53:52 PMOrganización y funcionamiento de la biblioteca del Instituto.
¿Llevas la Biblioteca del centro?

Cita de: ProfeSecundariaOblig en 16 Septiembre, 2024, 16:53:52 PMCualquier otra que se determine en el plan de centro del Instituto.
¿Cuál te han asignado?

Cita de: ProfeSecundariaOblig en 16 Septiembre, 2024, 16:53:52 PMDe ser director o jefe de estudios el que está leyendo tales líneas, compañero te informo que si asumes tal práctica como normal, puede ser legal aquello que estás haciendo, pero en mi opinión resulta sumamente inmoral. No eres buen compañero. Cargar de guardias hasta el máximo de 25 horas a otro compañero es inconcebible
Tampoco he dicho que haya puesto 6 guardias a ningún profesor de mi centro. Solo estoy argumentado la legalidad del asunto. El tema de la "inmoralidad" es tan subjetivo como inapropiado en un funcionario.

Cita de: ProfeSecundariaOblig en 16 Septiembre, 2024, 16:53:52 PMHacernos perder el tiempo como guardias jurados al final quita tiempo al verdadero objetivo, preparar clases y enseñar...
Bueno, las funciones de un profesor las sabías. Si no te gustan o intenta cambiar las normas o cambia de profesión.


ProfeSecundariaOblig

NO, NO, NO y NO.

Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado. Si pone que se puede hacer en horario regular, quiero tiempo para ello. No he de irme a trabajar muy por encima de las 35 horas semanales. No he de mandar al horario irregular ni fuera de centro cosas que podría hacer perfectamente dentro del regular.

Entre mis funciones no se encuentra la de guardia jurado.

¿Y tú tienes seis horas de guardia? Si es el caso y lo ves adecuado, masoquismo.

Sí, soy funcionario de carrera siento decepcionarte. A mí también me decepcionan otros compañeros que parecen tener puestos de igual o mayor responsabilidad y no me ruboriza decir tal cosa.

Inmoral es el agravio comparativo entre comunidades autónomas. Inmoral es el trato dejatorio entre compañeros. Interpretar la ley de la forma más perjudicial para un compañero es sumamente inapropiado y una falta de respeto para otro docente. Mucho hablar de valores al alumnado, pero la moral la dejamos al margen cuando nos conviene, digno de ejemplo.

Por cierto me gustaría que alguien dejara bien claro porqué la Orden ministerial de 29 de junio de 1994 ya solo es de aplicación en Ceuta y Melilla. Hay normativa posterior a nivel nacional que la deroga pero no del todo. Entonces había normativa a nivel nacional, ahora a nivel nacional y autonómico, cual es el problema. A falta de concreción la norma a nivel nacional impera y complementa. Esa es mi opinión y la de otros compañeros, incluidos algunos sindicatos. Mientras otros no están de acuerdo. Haced el favor de explicar porqué no es aplicable ya de modo alguno y yo he de tener peores condiciones de trabajo que alguien en el instituto de al lado o de otra comunidad autónoma.

Inmoral, si no te gusta hablar de valores y la moral es algo que te la trae al pairo, que haces dando clase a discentes. El Apartheid y las leyes de Núremberg también eran legales pero sumamente inmorales, ¿Las toleramos entonces? Aceptaremos la ley como venga, así sin duda avanzaremos como hicieron nuestros antepasados. Ante el abuso, mirar para abajo. O no, puede que no fuera así...

Sigo trabajando, no tengo tiempo para más. Preparación de materiales y reuniones de equipo educativo durante varios días por las tardes.

Ahora llegará el listo de turno nuevamente con el ¨hay que ver, que poco os gusta trabajar¨...

albay

Cita de: ProfeSecundariaOblig en 16 Septiembre, 2024, 18:09:55 PMNO, NO, NO y NO.

Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado. Si pone que se puede hacer en horario regular, quiero tiempo para ello. No he de irme a trabajar muy por encima de las 35 horas semanales. No he de mandar al horario irregular ni fuera de centro cosas que podría hacer perfectamente dentro del regular.

Entre mis funciones no se encuentra la de guardia jurado.

¿Y tú tienes seis horas de guardia? Si es el caso y lo ves adecuado, masoquismo.

Sí, soy funcionario de carrera siento decepcionarte. A mí también me decepcionan otros compañeros que parecen tener puestos de igual o mayor responsabilidad y no me ruboriza decir tal cosa.

Inmoral es el agravio comparativo entre comunidades autónomas. Inmoral es el trato dejatorio entre compañeros. Interpretar la ley de la forma más perjudicial para un compañero es sumamente inapropiado y una falta de respeto para otro docente. Mucho hablar de valores al alumnado, pero la moral la dejamos al margen cuando nos conviene, digno de ejemplo.

Por cierto me gustaría que alguien dejara bien claro porqué la Orden ministerial de 29 de junio de 1994 ya solo es de aplicación en Ceuta y Melilla. Hay normativa posterior a nivel nacional que la deroga pero no del todo. Entonces había normativa a nivel nacional, ahora a nivel nacional y autonómico, cual es el problema. A falta de concreción la norma a nivel nacional impera y complementa. Esa es mi opinión y la de otros compañeros, incluidos algunos sindicatos. Mientras otros no están de acuerdo. Haced el favor de explicar porqué no es aplicable ya de modo alguno y yo he de tener peores condiciones de trabajo que alguien en el instituto de al lado o de otra comunidad autónoma.

Inmoral, si no te gusta hablar de valores y la moral es algo que te la trae al pairo, que haces dando clase a discentes. El Apartheid y las leyes de Núremberg también eran legales pero sumamente inmorales, ¿Las toleramos entonces? Aceptaremos la ley como venga, así sin duda avanzaremos como hicieron nuestros antepasados. Ante el abuso, mirar para abajo. O no, puede que no fuera así...

Sigo trabajando, no tengo tiempo para más. Preparación de materiales y reuniones de equipo educativo durante varios días por las tardes.

Ahora llegará el listo de turno nuevamente con el ¨hay que ver, que poco os gusta trabajar¨...

Yo solo te he asesorado legalmente en base a tu consulta sobre el asunto de las 6 guardias. No entro en juicios ni en valoraciones personales. Lo siento, así no.

eru1980

Bueno, a parte del horario NO regular (que son solo 5 horas), en el horario regular NO lectivo, ¿Dónde va a meter las actividades complementarias programadas, la planificación  del proceso enseñanza-aprendizaje, los apoyos educativos...?

pesatie

Es difícil valorar si es justo o no la aplicación en el horario de 6 horas de guardia. Para empezar ¿qué tipo de centro es? ¿es un claustro grande? ¿Suele haber muchas ausencias docentes? ¿Hay muchos programas educativos que requieran de responsables además de los obligatorios? ¿Tienes   18 horas lectivas? He estado en muchos centros y en algunos estaba justificado tener muchas horas de guardia por las características del centro (zona de compensatoria y elevado número de ausencias de profesorado). Como te han dicho, es legal, no habitual, pero a veces los equipos directivos tienen que tomar decisiones como esta para salvaguardar la atención educativa del alumnado.


rents

En mi centro ya vamos por cuatro y han intentado - afortunadamente han rectificado ante el clamor popular que no puedo negar que empecé yo- que una fuera sentado en un pupitre en la puerta del servicio para que los alumnos no vandalicen los baños.

Os pido para quienes sufrís esta guardia que penséis lo mucho que daña la dignidad docente y lo hagáis ver en claustros, por registro, en quejas al sindicato, etc. No somos porteros de servicios. No estudiamos para eso. O ponemos pie en pared o ciertas directivas de centro nos harán hacer cosas que jamás creeríamos que fueran labor de un docente. Y no, no creo que estar sentado a la puerta de un baño mirando la pared y oliendo a orines sea labor de nadie, pero menos aun me parece que sea la labor de un profesor/a.

soyprofesor

Guardias en la puerta de los baños.
No le veo mucho encaje legal.
Art. 18 de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.

1. Serán funciones del profesorado de guardia las siguientes:

a) Velar por el cumplimiento del normal desarrollo de las actividades docentes y no docentes.

b) Velar por el normal desarrollo de las actividades en el tiempo de recreo, dedicando una mayor atención al alumnado de los primeros cursos de la educación secundaria obligatoria a fin de garantizar su integración en el instituto en las mejores condiciones posibles.

c) Procurar el mantenimiento del orden en aquellos casos en que por ausencia del profesorado encargado de este cometido sea necesario, así como atender a los alumnos y alumnas en sus aulas con funciones de estudio o trabajo personal asistido.

d) Anotar en el parte correspondiente las incidencias que se hubieran producido, incluyendo las ausencias o retrasos del profesorado

e) Auxiliar oportunamente a aquellos alumnos y alumnas que sufran algún tipo de accidente, gestionando, en colaboración con el equipo directivo del instituto, el correspondiente traslado a un centro sanitario en caso de necesidad y comunicarlo a la familia.

f) Atender la biblioteca del instituto, en caso de ausencia del profesorado que tenga asignada esta función en su horario individual.

g) Atender, en su caso, el aula de convivencia, de acuerdo con lo que se establezca en el plan de convivencia.



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