Buenos días,
Viendo la resolución provisional del CGT hemos visto que en mi centro vienen dos personas, una con muchos puntos y otra con menos pero que indicaba que estaba en el colectivo de desplazados. ¿Sabéis quién tiene preferencia?
Un saludo.
¿Preferencia para qué?
Cita de: albay en 03 Abril, 2024, 09:47:57 AM¿Preferencia para qué?
Para la vacante que hemos sacado. Se da la situación de que además de la plaza ha salido una resulta que probablemente caiga por lo que no sabemos quién cogerá esa plaza, la persona que tiene más puntos o la que pertenece al colectivo de desplazados.
Creo que los desplazados tienen la prioridad. De todos modos, es cuestión de mirar a qué persona le pone que la plaza que le han dado es una vacante de nueva creación. Saludos.
Cita de: Mr. Maker en 03 Abril, 2024, 14:49:46 PMCreo que los desplazados tienen la prioridad. De todos modos, es cuestión de mirar a qué persona le pone que la plaza que le han dado es una vacante de nueva creación. Saludos.
[/quCita de: Mr. Maker en 03 Abril, 2024, 14:49:46 PMCreo que los desplazados tienen la prioridad. De todos modos, es cuestión de mirar a qué persona le pone que la plaza que le han dado es una vacante de nueva creación. Saludos.
A aquellos que les den una vacante de nueva creación,¿Tienen menos prioridad?
Como centro nosotros vimos a través de un compañero que había dos personas a las que le habían asignado nuestro centro, uno de ellos con varios puntos y otro en el que ponía que pertenecía al colectivo de desplazados. Ahora no sabemos quién tiene preferencia, si el que tiene más puntos o el desplazado.
Un saludo.
Pero los desplazados no toman plaza ahora en el Concurso de Traslados. Eso es en la colocación de efectivos.
Cita de: Sega82 en 03 Abril, 2024, 09:09:07 AMBuenos días,
Viendo la resolución provisional del CGT hemos visto que en mi centro vienen dos personas, una con muchos puntos y otra con menos pero que indicaba que estaba en el colectivo de desplazados. ¿Sabéis quién tiene preferencia?
Un saludo.
Los desplazados tienen preferencia a centro y a localidad en el CGT.
7.1.
Derecho preferente a centro.
Tendrá derecho preferente, con ocasión de vacante, a obtener un nuevo puesto en el mismo centro en el que se tenga o haya tenido destino definitivo, el personal docente que se encuentre en algunos de los supuestos que se relacionan a continuación y reúna los requisitos exigidos para su desempeño:
a) Por supresión del puesto que desempeñaba con carácter definitivo hasta la obtención de un nuevo destino definitivo.
b) Por modificación del puesto que desempeñaba con carácter definitivo hasta la obtención de otro destino definitivo.
c) Por desplazamiento de su centro por insuficiencia total de horario.7.2. Derecho preferente a localidad.Tendrá derecho preferente a localidad, con ocasión de vacante, el personal funcionario de carrera que se encuentre en alguno de los supuestos que se indican a continuación, y por el orden de prelación en que los mismos se relacionan:
a) Por supresión o modificación del puesto que desempeñaba con carácter definitivo en un centro, hasta la obtención de un nuevo destino definitivo.
b) Por desplazamiento de su centro por insuficiencia total de horario
Cita de: malogu en 04 Abril, 2024, 16:57:34 PMCita de: Sega82 en 03 Abril, 2024, 09:09:07 AMBuenos días,
Viendo la resolución provisional del CGT hemos visto que en mi centro vienen dos personas, una con muchos puntos y otra con menos pero que indicaba que estaba en el colectivo de desplazados. ¿Sabéis quién tiene preferencia?
Un saludo.
Los desplazados tienen preferencia a centro y a localidad en el CGT.
7.1. Derecho preferente a centro.
Tendrá derecho preferente, con ocasión de vacante, a obtener un nuevo puesto en el mismo centro en el que se tenga o haya tenido destino definitivo, el personal docente que se encuentre en algunos de los supuestos que se relacionan a continuación y reúna los requisitos exigidos para su desempeño:
a) Por supresión del puesto que desempeñaba con carácter definitivo hasta la obtención de un nuevo destino definitivo.
b) Por modificación del puesto que desempeñaba con carácter definitivo hasta la obtención de otro destino definitivo.
c) Por desplazamiento de su centro por insuficiencia total de horario.
7.2. Derecho preferente a localidad.
Tendrá derecho preferente a localidad, con ocasión de vacante, el personal funcionario de carrera que se encuentre en alguno de los supuestos que se indican a continuación, y por el orden de prelación en que los mismos se relacionan:
a) Por supresión o modificación del puesto que desempeñaba con carácter definitivo en un centro, hasta la obtención de un nuevo destino definitivo.
b) Por desplazamiento de su centro por insuficiencia total de horario
Gracias por la respuesta, pero hay algo que no entiendo. Tuve acceso al CGT y la persona con más puntos tiene la vacante de mi centro y el desplazado la resulta y según lo que indicas sería al revés.
Un saludo.
Porque no será ni del centro ni de la localidad.
En mi caso, una de las peticiones/plazas más jugosas se la ha llevado un DPL8. Significa que es la petición 8 de este compañero que ha sido desplazado,¿no?.