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Posibles Cambios en el concursillo

Iniciado por franferor, 26 Enero, 2021, 16:14:02 PM

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hugo5

Tanto en la Orden de 20 de febrero de 2020, o en la que modifica: Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, no encuentro nada al respecto.

Eso del límite de 6 años siempre lo he leído en comunicados de los sindicatos y en el foro, por lo que estoy interesado en que alguien me diga en que orden aparece.

Saludos y gracias.

trankas

Cita de: hugo5 en 12 Marzo, 2021, 15:52:07 PM
Tanto en la Orden de 20 de febrero de 2020, o en la que modifica: Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, no encuentro nada al respecto.

Eso del límite de 6 años siempre lo he leído en comunicados de los sindicatos y en el foro, por lo que estoy interesado en que alguien me diga en que orden aparece.

Saludos y gracias.

Está en la ley

"Por último, quien participe y obtenga destino provisional durante seis cursos académicos consecutivos
por esta modalidad de comisión de servicio no podrá obtener una nueva comisión de servicio ni, en consecuencia,
participar en este procedimiento, por este colectivo, hasta no haber mediado una convocatoria sin participar.»
"

Orden de 18 de junio de 2016 (BOJA 22-06-2016), (descargar http://juntadeandalucia.es/eboja/2016/118/BOJA16-118-00009-11270-01_00093776.pdf)

Busca el párrafo ese con el acrobat...verás como viene...


trankas

Cita de: jmcala en 12 Marzo, 2021, 06:15:07 AM
Se eliminó hace dos o tres cursos. Ya no existe esa limitación.

Dónde viene eso??  No soy capaz de encontrarlo!!

hugo5

Cita de: trankas en 12 Marzo, 2021, 17:20:17 PM
Cita de: hugo5 en 12 Marzo, 2021, 15:52:07 PM
Tanto en la Orden de 20 de febrero de 2020, o en la que modifica: Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, no encuentro nada al respecto.

Eso del límite de 6 años siempre lo he leído en comunicados de los sindicatos y en el foro, por lo que estoy interesado en que alguien me diga en que orden aparece.

Saludos y gracias.

Está en la ley

"Por último, quien participe y obtenga destino provisional durante seis cursos académicos consecutivos por esta modalidad de comisión de servicio no podrá obtener una nueva comisión de servicio ni, en consecuencia, participar en este procedimiento, por este colectivo, hasta no haber mediado una convocatoria sin participar.»"

Orden de 18 de junio de 2016 (BOJA 22-06-2016), (descargar http://juntadeandalucia.es/eboja/2016/118/BOJA16-118-00009-11270-01_00093776.pdf)

Busca el párrafo ese con el acrobat...verás como viene...

Gracias de nuevo trankas, ahora que lo has puesto he recordado que alguna vez lo había leído, e incluso tenía la orden descargada y señalado ese párrafo. Esa es la Orden de 18 de junio de 2016, por la que se modifica la Orden de 24 de mayo de 2011. (como tú indicas)

Ahora la cuestión, es la que estás planteando, ¿cuándo se ha eliminado, según indican los compañeros?

Porque la posterior: Orden de 20 de febrero de 2020, por la que se modifica la Orden de 26 de febrero de 2008, no hace referencia a la eliminación del párrafo que indicas que viene incluido en el punto 5 del artículo 13 de la citada orden 18 de junio de 2016.

Saludos


trankas

Cita de: hugo5 en 12 Marzo, 2021, 19:49:08 PM
Cita de: trankas en 12 Marzo, 2021, 17:20:17 PM
Cita de: hugo5 en 12 Marzo, 2021, 15:52:07 PM
Tanto en la Orden de 20 de febrero de 2020, o en la que modifica: Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, no encuentro nada al respecto.

Eso del límite de 6 años siempre lo he leído en comunicados de los sindicatos y en el foro, por lo que estoy interesado en que alguien me diga en que orden aparece.

Saludos y gracias.

Está en la ley

"Por último, quien participe y obtenga destino provisional durante seis cursos académicos consecutivos por esta modalidad de comisión de servicio no podrá obtener una nueva comisión de servicio ni, en consecuencia, participar en este procedimiento, por este colectivo, hasta no haber mediado una convocatoria sin participar.»"

Orden de 18 de junio de 2016 (BOJA 22-06-2016), (descargar http://juntadeandalucia.es/eboja/2016/118/BOJA16-118-00009-11270-01_00093776.pdf)

Busca el párrafo ese con el acrobat...verás como viene...

Gracias de nuevo trankas, ahora que lo has puesto he recordado que alguna vez lo había leído, e incluso tenía la orden descargada y señalado ese párrafo. Esa es la Orden de 18 de junio de 2016, por la que se modifica la Orden de 24 de mayo de 2011. (como tú indicas)

Ahora la cuestión, es la que estás planteando, ¿cuándo se ha eliminado, según indican los compañeros?

Porque la posterior: Orden de 20 de febrero de 2020, por la que se modifica la Orden de 26 de febrero de 2008, no hace referencia a la eliminación del párrafo que indicas que viene incluido en el punto 5 del artículo 13 de la citada orden 18 de junio de 2016.

Saludos
'ajolá' pongan el concursillo sin límite....algunos tenemos el destino en el quinto pino!

respublica

Cita de: hugo5 en 12 Marzo, 2021, 19:49:08 PM
Cita de: trankas en 12 Marzo, 2021, 17:20:17 PM
Cita de: hugo5 en 12 Marzo, 2021, 15:52:07 PM
Tanto en la Orden de 20 de febrero de 2020, o en la que modifica: Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, no encuentro nada al respecto.

Eso del límite de 6 años siempre lo he leído en comunicados de los sindicatos y en el foro, por lo que estoy interesado en que alguien me diga en que orden aparece.

Saludos y gracias.

Está en la ley

"Por último, quien participe y obtenga destino provisional durante seis cursos académicos consecutivos por esta modalidad de comisión de servicio no podrá obtener una nueva comisión de servicio ni, en consecuencia, participar en este procedimiento, por este colectivo, hasta no haber mediado una convocatoria sin participar.»"

Orden de 18 de junio de 2016 (BOJA 22-06-2016), (descargar http://juntadeandalucia.es/eboja/2016/118/BOJA16-118-00009-11270-01_00093776.pdf)

Busca el párrafo ese con el acrobat...verás como viene...

Gracias de nuevo trankas, ahora que lo has puesto he recordado que alguna vez lo había leído, e incluso tenía la orden descargada y señalado ese párrafo. Esa es la Orden de 18 de junio de 2016, por la que se modifica la Orden de 24 de mayo de 2011. (como tú indicas)

Ahora la cuestión, es la que estás planteando, ¿cuándo se ha eliminado, según indican los compañeros?

Porque la posterior: Orden de 20 de febrero de 2020, por la que se modifica la Orden de 26 de febrero de 2008, no hace referencia a la eliminación del párrafo que indicas que viene incluido en el punto 5 del artículo 13 de la citada orden 18 de junio de 2016.

Saludos

La Orden de 18 de junio de 2016 modificó la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género.

La Orden de 20 de febrero de 2020 modificó la Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente.

Es decir, son dos Órdenes distintas sobre temas distintos y la limitación de seis cursos académicos consecutivos para el concursillo estaba en la de los destinos provisionales, no en la de las comisiones de servicio.

Pues bien, la Orden de 24 de mayo de 2011 fue derogada por la de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas (BOJA de 18 de junio de 2020).

Esa nueva Orden de 10 de junio de 2020 unió en ella la regulación, tanto de los destinos provisionales como de las bolsas de interinos, que previamente estaban reguladas por la la Orden de 18 de junio de 2018, y que también derogó la de 10 de junio de 2020.

Y en la nueva regulación de los destinos provisionales para quienes tengan comisión de servicio (artículo 13 de la Orden de 10 de junio de 2020) ha desaparecido el límite de seis cursos consecutivos.


Es lioso, pero espero haberlo aclarado.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

jmcala

Gracias por la explicación, respublica.

trankas

Cita de: respublica en 13 Marzo, 2021, 00:53:51 AM
Cita de: hugo5 en 12 Marzo, 2021, 19:49:08 PM
Cita de: trankas en 12 Marzo, 2021, 17:20:17 PM
Cita de: hugo5 en 12 Marzo, 2021, 15:52:07 PM
Tanto en la Orden de 20 de febrero de 2020, o en la que modifica: Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, no encuentro nada al respecto.

Eso del límite de 6 años siempre lo he leído en comunicados de los sindicatos y en el foro, por lo que estoy interesado en que alguien me diga en que orden aparece.

Saludos y gracias.

Está en la ley

"Por último, quien participe y obtenga destino provisional durante seis cursos académicos consecutivos por esta modalidad de comisión de servicio no podrá obtener una nueva comisión de servicio ni, en consecuencia, participar en este procedimiento, por este colectivo, hasta no haber mediado una convocatoria sin participar.»"

Orden de 18 de junio de 2016 (BOJA 22-06-2016), (descargar http://juntadeandalucia.es/eboja/2016/118/BOJA16-118-00009-11270-01_00093776.pdf)

Busca el párrafo ese con el acrobat...verás como viene...

Gracias de nuevo trankas, ahora que lo has puesto he recordado que alguna vez lo había leído, e incluso tenía la orden descargada y señalado ese párrafo. Esa es la Orden de 18 de junio de 2016, por la que se modifica la Orden de 24 de mayo de 2011. (como tú indicas)

Ahora la cuestión, es la que estás planteando, ¿cuándo se ha eliminado, según indican los compañeros?

Porque la posterior: Orden de 20 de febrero de 2020, por la que se modifica la Orden de 26 de febrero de 2008, no hace referencia a la eliminación del párrafo que indicas que viene incluido en el punto 5 del artículo 13 de la citada orden 18 de junio de 2016.

Saludos

La Orden de 18 de junio de 2016 modificó la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género.

La Orden de 20 de febrero de 2020 modificó la Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente.

Es decir, son dos Órdenes distintas sobre temas distintos y la limitación de seis cursos académicos consecutivos para el concursillo estaba en la de los destinos provisionales, no en la de las comisiones de servicio.

Pues bien, la Orden de 24 de mayo de 2011 fue derogada por la de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas (BOJA de 18 de junio de 2020).

Esa nueva Orden de 10 de junio de 2020 unió en ella la regulación, tanto de los destinos provisionales como de las bolsas de interinos, que previamente estaban reguladas por la la Orden de 18 de junio de 2018, y que también derogó la de 10 de junio de 2020.

Y en la nueva regulación de los destinos provisionales para quienes tengan comisión de servicio (artículo 13 de la Orden de 10 de junio de 2020) ha desaparecido el límite de seis cursos consecutivos.


Es lioso, pero espero haberlo aclarado.


Saludos.

Entonces por qué CSIF anunció eso de el 'reseteo' de los años 'gastados' en el concursillo?...fue acaso anterior a esa orden que mencionas?


hugo5

Cita de: trankas en 13 Marzo, 2021, 10:10:34 AM
Cita de: respublica en 13 Marzo, 2021, 00:53:51 AM
Cita de: hugo5 en 12 Marzo, 2021, 19:49:08 PM
Cita de: trankas en 12 Marzo, 2021, 17:20:17 PM
Cita de: hugo5 en 12 Marzo, 2021, 15:52:07 PM
Tanto en la Orden de 20 de febrero de 2020, o en la que modifica: Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, no encuentro nada al respecto.

Eso del límite de 6 años siempre lo he leído en comunicados de los sindicatos y en el foro, por lo que estoy interesado en que alguien me diga en que orden aparece.

Saludos y gracias.

Está en la ley

"Por último, quien participe y obtenga destino provisional durante seis cursos académicos consecutivos por esta modalidad de comisión de servicio no podrá obtener una nueva comisión de servicio ni, en consecuencia, participar en este procedimiento, por este colectivo, hasta no haber mediado una convocatoria sin participar.»"

Orden de 18 de junio de 2016 (BOJA 22-06-2016), (descargar http://juntadeandalucia.es/eboja/2016/118/BOJA16-118-00009-11270-01_00093776.pdf)

Busca el párrafo ese con el acrobat...verás como viene...

Gracias de nuevo trankas, ahora que lo has puesto he recordado que alguna vez lo había leído, e incluso tenía la orden descargada y señalado ese párrafo. Esa es la Orden de 18 de junio de 2016, por la que se modifica la Orden de 24 de mayo de 2011. (como tú indicas)

Ahora la cuestión, es la que estás planteando, ¿cuándo se ha eliminado, según indican los compañeros?

Porque la posterior: Orden de 20 de febrero de 2020, por la que se modifica la Orden de 26 de febrero de 2008, no hace referencia a la eliminación del párrafo que indicas que viene incluido en el punto 5 del artículo 13 de la citada orden 18 de junio de 2016.

Saludos

La Orden de 18 de junio de 2016 modificó la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género.

La Orden de 20 de febrero de 2020 modificó la Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente.

Es decir, son dos Órdenes distintas sobre temas distintos y la limitación de seis cursos académicos consecutivos para el concursillo estaba en la de los destinos provisionales, no en la de las comisiones de servicio.

Pues bien, la Orden de 24 de mayo de 2011 fue derogada por la de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas (BOJA de 18 de junio de 2020).

Esa nueva Orden de 10 de junio de 2020 unió en ella la regulación, tanto de los destinos provisionales como de las bolsas de interinos, que previamente estaban reguladas por la la Orden de 18 de junio de 2018, y que también derogó la de 10 de junio de 2020.

Y en la nueva regulación de los destinos provisionales para quienes tengan comisión de servicio (artículo 13 de la Orden de 10 de junio de 2020) ha desaparecido el límite de seis cursos consecutivos.


Es lioso, pero espero haberlo aclarado.


Saludos.

Entonces por qué CSIF anunció eso de el 'reseteo' de los años 'gastados' en el concursillo?...fue acaso anterior a esa orden que mencionas?

La noticia "BOMBA" (reseteo) en la que anunciaba CSIF que la consejería empezaba de nuevo a contar los 6 años, es del 3 de diciembre de 2019, y la orden que indica respublica es del 10 de junio de 2020, luego el anuncio del sindicato fue anterior.

Respecto a la Orden 10 de junio de 2020, supongo respublica que te refieres al párrafo:

Disposición derogatoria. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la presente
orden y, en particular, la Orden de 24 de mayo de 2011
, por la que se regulan los
procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así
como la movilidad por razón de violencia de género, y la Orden de 18 de junio de 2018,
por la que se regulan las bolsas de trabajo docentes y se establecen las bases aplicables
al personal integrante de las mismas.


La orden en la que viene el párrafo que limita a 6 años consecutivos la participación por la modalidad de comisión de servicio en la provisión de efectivos provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, es la de 18 de junio de 2016, por la que se modifica la Orden de 24 de mayo de 2011.

Entiendo que si la nueva ley (Orden 10 de junio de 2020), deroga la de 24 de mayo de 2011 (digamos la original), también quedan derogadas las modificaciones que se hicieron en ordenes posteriores, en este caso, la de 18 de junio de 2016, que es la del párrafo limitante. ¿O me equivoco?

No es un poco lioso, es una jungla de leyes.

Ahora me hago la pregunta, ¿cómo es posible que los sindicatos no hayan dado publicidad a algo tan importante para los afectados, dado lo aficionados que son a ponerse condecoraciones?

Saludos y gracias respublica por las aclaraciones


respublica

Yo lo estuve comentando en su momento y fue una sorpresa porque el borrador que la Consejería había presentado a los sindicatos tenía la limitación de seis años, pero en la redacción final desapareció.

No revisé las web de todos los sindicatos, pero un compañero en ese mismo hilo citó la de un sindicato que mencionaba todo esto y efectivamente pretendió atribuirse "el logro".

En cuanto a las derogaciones, la Orden de 18 de junio de 2016 modificó la Orden de 24 de mayo de 2011 y si se derogara la primera, su efecto sería que se volvería a la redacción original de la segunda, pero derogando la segunda ya queda derogada también la que la modificó.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


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