Tengo la duda sobre qué pasa con estos alumnos. En algunos grupos tengo hasta 5 chavales repetidores pero que lo hicieron por otras asignaturas y no por la mía que la aprobaron. En el centro me dicen que la mía ya la tienen aprobada y que no se la puedo suspender. No hacen nada para llegar a un 3 o a un 4 y encima no les puedo decir que se pueden tocar la pera porque, como en la Universidad, mi asignatura ya la sacaron el curso pasado. Entre unos y otros aquí al final el que se vuelve gilipollas soy yo. ¿Qué pasa con este asunto?
Cita de: Delacroix en 18 Febrero, 2020, 18:11:26 PM
Tengo la duda sobre qué pasa con estos alumnos. En algunos grupos tengo hasta 5 chavales repetidores pero que lo hicieron por otras asignaturas y no por la mía que la aprobaron. En el centro me dicen que la mía ya la tienen aprobada y que no se la puedo suspender. No hacen nada para llegar a un 3 o a un 4 y encima no les puedo decir que se pueden tocar la pera porque, como en la Universidad, mi asignatura ya la sacaron el curso pasado. Entre unos y otros aquí al final el que se vuelve gilipollas soy yo. ¿Qué pasa con este asunto?
¿Son menores o mayores de edad?
Si la tienen aprobada, ¿deben matricularse en ella de nuevo?
¿Tienes que tenerlos en clase para que no quieran hacer nada?
¿En la ESO?
Delacroix, entonces el director te está pidiendo que falsifiqué las notas ya que tu evaluación continua no coincidiría en absoluto con la nota final.
Yo tengo varios casos similares en 4ESO y van todos suspensos ya que este año no hacen nada de nada. Me niego a aprobarles después de tanto seguimiento incluyendo miles de observaciones a las familias para nada.
Son de la ESO, menores de edad.
Basándonos en que se supone que un alumno no puede desaprender... Todos los departamentos deberíamos contemplar en las programaciones una serie de actuaciones para trabajar con este tipo de casos. En mi asignatura por ejemplo, señalo medidas como ejercicios con otro enfoque, profundización o refuerzo de contenidos, etc. Me baso en que alumnos que ya saben (o se supone que saben) los contenidos del curso, no debo exigirles lo mismo que a sus compañeros porque sería poco productivo. Tampoco puedo permitir que estos alumnos no hagan nada sin consecuencias... Pero para esos casos basta con dejar constancia de ello en partes o comunicaciones a la familia, como ocurre con otros muchos alumnos que "pudiendo hacer bien las actividades o aprobando los exámenes" se dedican a perder el tiempo. Tal cual está la ley ahora, el suspenso no puede utilizarse como castigo... O dicho de otra forma, como herramienta para mejorar el comportamiento de un alumno, ya que su finalidad solo es la de dar el resultado del nivel de aprendizaje que ha alcanzado el niño. Y en el caso de alumnos que sabemos que no tienen los mínimos (que son la mayoría) y que se les aprobó el curso anterior porque se hizo con otros métodos más facilitadores, tampoco, porque volvemos a lo mismo. El aprobado está ahí y hay que respetarlo y aceptarlo, no se puede deshacer. Imagínate que el alumno no es que saque un 2 en el examen porque no sepa, sino porque se niega a repasar o demostrar sus conocimientos... Sería un problema de comportamiento que no puede resolverse con el suspenso. Mi recomendación es que intentemos que el alumno aprenda lo que no hizo en su momento adaptando las actividades a su nivel, como hacemos con el resto de chavales, y no suframos por la injusticia de dejarle el aprobado que sacó el año anterior... Es más, si sacó un 10, tampoco tendría sentido ponerle menos nota. Puede ser engañoso o contraproducente para el niño y la calidad de la enseñanza? Seguramente, pero eso ya es entrar en otro debate.
Profe , un alumno como cualquier persona, SI puede desaprender. Somos humanos y no programas de lavadora...cafeara
Cita de: tigre en 19 Febrero, 2020, 13:27:29 PM
Profe , un alumno como cualquier persona, SI puede desaprender. Somos humanos y no programas de lavadora...cafeara
Qué me lo digan a mí estudiando las oposiciones...jajaja
Cita de: tigre en 19 Febrero, 2020, 13:27:29 PM
Profe , un alumno como cualquier persona, SI puede desaprender. Somos humanos y no programas de lavadora...cafeara
Y estoy de acuerdo contigo. Solo recuerdo el argumento que se utiliza en los centros para justificar esa actuación y que nos obliga a buscar soluciones. Intento ayudar a un compañero en base a lo que tenemos. Como bien dejo claro al final de mi mensaje, las valoraciones de si es o no efectivo entrarían en otro debate.
Peto ya que estamos, si te interesa mi opinión, creo que el problema siempre radica en el mismo lugar, las altas ratios y la falta de confianza en el criterio del profesor para llevar a cabo las medidas que considere oportunas según el caso. Solo encontraremos una educación de calidad cuando dejemos de dar café con leche para todos y podamos adaptar la enseñanza a cada alumno según sus necesidades.
Si un alumno repite en la ESO, repite con todas las materias. Si las tuviera aprobadas, no podrías poner la nota en Séneca, ¿no? Y sin embargo está el hueco en blanco, ¿cierto? Pues eso...
Exacto, empieza de nuevo. No se «guardan» las notas.
A mí me van a suspender varios repetidores que aprobaron el año anterior. Se niegan a trabajar, pues cate.
Cita de: potnia en 19 Febrero, 2020, 18:15:57 PM
Si un alumno repite en la ESO, repite con todas las materias. Si las tuviera aprobadas, no podrías poner la nota en Séneca, ¿no? Y sin embargo está el hueco en blanco, ¿cierto? Pues eso...
Eso pensaba yo al hablar de cursos de la ESO. ¿No se repite con todo? Pues de debe superar todo, ¿de dónde se hereda la nota si el sistema no la está guardando por sí mismo?
En otras enseñanzas superiores o con matrícula parcial, la nota aparece ya en Séneca y el alumno no tiene que matricularse de las materias superadas ni asistir a clase.
D 111/2016
15.5. El alumno o alumna que no promocione deberá permanecer un año más en el mismo curso. Esta medida podrá aplicársele en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa, según lo dispuesto en el artículo 28.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y deberá ir acompañada de un plan específico personalizado orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior. Los centros docentes organizarán este plan de acuerdo con lo que, a tales efectos, establezca por Orden la Consejería competente en materia de educación. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o cuarto curso, el alumno o la alumna tendrá derecho a permanecer en régimen ordinario cursando Educación Secundaria Obligatoria hasta los diecinueve años de edad, cumplidos en el año en que finalice el curso. Excepcionalmente, podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.
Poco más que añadir, no hay en la ley nada que regule eso de asignatura aprobadas de un año para otro, solo el plan específico para las que no aprobó.
Sobre los "Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso" se trata de responder a la pregunta ¿qué puede ofrecer el centro a este alumno o alumna concreto que repite curso y que está en riesgo evidente de fracaso escolar? La norma es bastante escueta y contiene estos tres puntos:
1. El alumnado que no promocione de curso seguirá un plan específico personalizado, orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior.
2. Estos planes podrán incluir la incorporación del alumnado a un programa de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas, así como un conjunto de actividades programadas para realizar un seguimiento personalizado del mismo y el horario previsto para ello.
3. Se facilitará la suscripción de Compromisos Educativos con las familias de este alumnado.
Cita de: sergioiq en 20 Febrero, 2020, 18:57:26 PM
Sobre los "Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso" se trata de responder a la pregunta ¿qué puede ofrecer el centro a este alumno o alumna concreto que repite curso y que está en riesgo evidente de fracaso escolar? La norma es bastante escueta y contiene estos tres puntos:
1. El alumnado que no promocione de curso seguirá un plan específico personalizado, orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior.
2. Estos planes podrán incluir la incorporación del alumnado a un programa de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas, así como un conjunto de actividades programadas para realizar un seguimiento personalizado del mismo y el horario previsto para ello.
3. Se facilitará la suscripción de Compromisos Educativos con las familias de este alumnado.
Pero si leéis bien, la ley no impide que el Plan de Centro recoja que las asignaturas superadas queden aprobadas.
No impide no quiere decir que se pueda hacer. En el literal de la norma no se establece esa posibilidad en la ESO, albay. En derecho suele significar que NO se puede hacer.
Cita de: jmcala en 22 Febrero, 2020, 07:52:08 AM
No impide no quiere decir que se pueda hacer. En el literal de la norma no se establece esa posibilidad en la ESO, albay. En derecho suele significar que NO se puede hacer.
Cierto.