¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

ME PONEN PEGAS EN EL CENTRO PARA PEDIRME UN DÍA PARA LLEVAR A MENOR A MEDICO

Iniciado por HELENCILLA, 27 Mayo, 2015, 09:01:53 AM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

jmcala

Tal y como te indican... Ni cuenta.

Se rellena el Anexo, se adjunta COPIA del justificante y se va uno a la Secretaría y pasa por registro el documento; con su sello y número de entrada.

Si el director se niega a justificar la falta solo hay que esperar la notificación. Al llegar esta, aconsejo ir a la delegación EN HORARIO LABORAL a llevar los documentos. Además se puede hacer un escrito en el que se solicite al servicio de inspección que se informe al director de los derechos que corresponden a los trabajadores, incluido él mismo, y de los que tienen los menores, además de que se le invite a realizar su trabajo correctamente. También se puede hacer constar que, debido a la incompetencia del director, los alumnos están siendo perjudicados por perder sus clases al tener que ir a hacer la gestión a la delegación de turno.

Cuando el director sea informado de lo que has hecho, y le recuerden que se deje de hostias, lo sabrás por la cara que se le pondrá.

flipi222

Es muy facil insultar en este foro.
pero los directores son los responsables del centro, y los responsables de justificar cada falta o ausencia, que despues debemos sustituir todos. Y cómo habéis comprobado el primero que se juega el puesto cuando ocurre algo.
Permiso:

Enfermedad infecto-contagiosa de hijos menores de 9 años: tres días naturales continuados.
Órgano para la concesión: persona titular del centro o responsable del servicio educativo.
EN SENECA NO HAY PERMISO PARA LLEVR A UN FAMILIAR AL MEDICO.

La unica duda que me queda es cuando es conciliacion de la vida laboral y familiar.
Me gustaria que alguien que supiera del tema(abstenganse los que se dedican a insultar) aclarase algo sobre el tema, porque distintos inspectores tan distintas explicaciones.


HELENCILLA

Muchas gracias por los comentarios

Finalmente, para no tener problemas en el centro decidí que mi madre llevara al niño al médico.

jmcala

Cita de: flipi222 en 29 Mayo, 2015, 22:44:20 PM
Es muy facil insultar en este foro.
pero los directores son los responsables del centro, y los responsables de justificar cada falta o ausencia, que despues debemos sustituir todos. Y cómo habéis comprobado el primero que se juega el puesto cuando ocurre algo.
Permiso:

Enfermedad infecto-contagiosa de hijos menores de 9 años: tres días naturales continuados.
Órgano para la concesión: persona titular del centro o responsable del servicio educativo.
EN SENECA NO HAY PERMISO PARA LLEVR A UN FAMILIAR AL MEDICO.

La unica duda que me queda es cuando es conciliacion de la vida laboral y familiar.
Me gustaria que alguien que supiera del tema(abstenganse los que se dedican a insultar) aclarase algo sobre el tema, porque distintos inspectores tan distintas explicaciones.

La aclaración es fácil y está FUERA de la normativa educativa. El problema es que los inspectores suelen seguir consignas políticas en lugar de hacer su trabajo en muchos casos.

Los directores, entre sus atribuciones, tienen que conocer la normativa y cómo se aplica. Cuando un director pretender negar un derecho que asiste a un MENOR, tratando de justificar su incompetencia e indolencia en una normativa de rango menor como es la última circular de permisos y licencias, puede estar cometiendo un DELITO.

El menor tiene derecho a ser acompañado de sus padres para garantizar su derecho a una asistencia sanitaria. Y no hay norma educativa que pueda estar por encima del derecho de menor mientras no se cambie esa ley o la Constitución en España.

A un director que no sabe hacer su trabajo, o peor aún, que no quiere hacerlo bien a sabiendas no se le debe insultar, es cierto. Hay que denunciarlo en el juzgado más cercano para que se le ponga en su sitio. Ya está bien de tener que aguantar a incompetentes en cargos por el simple hecho de que así lo quieren ellos o, que es más sangrante, la delegación de turno.

Respondo a lo que solicitabas porque no he insultado a director alguno.


jmcala

Cita de: HELENCILLA en 30 Mayo, 2015, 08:38:11 AM
Muchas gracias por los comentarios

Finalmente, para no tener problemas en el centro decidí que mi madre llevara al niño al médico.

Perdona que te lo diga pero has hecho muy mal las cosas. Has privado de un derecho a tu hijo por tu comodidad. Quizás sea muy fácil decir esto pero me atrevo a hacerlo. En la vida hay que estar dispuesto a pelear por lo que es de uno... Y no te digo nada si de lo que se trata es de pelear por lo que es de los hijos.

Tengo dos hijos y antes que privarlos de uno de sus derechos soy capaz de remover cielo y tierra. No hay director en el mundo que pretenda que mi hijo, enfermo, vaya al médico sin su padre o su madre. Y si quiere tocarme los cojones debe saber que terminará delante de un juez para que le explique, tras sentencia condenatoria, cómo debe hacer su trabajo.

respublica

Cita de: flipi222 en 29 Mayo, 2015, 22:44:20 PM

EN SENECA NO HAY PERMISO PARA LLEVAR A UN FAMILIAR AL MEDICO.

La única duda que me queda es cuando es conciliación de la vida laboral y familiar.
Me gustaría que alguien que supiera del tema(absténganse los que se dedican a insultar) aclarase algo sobre el tema, porque distintos inspectores tan distintas explicaciones.

Efectivamente es así y ningún trabajador en España tiene derecho a un permiso retribuido para acompañar a nadie al médico ni a ningún otro sitio.

La única excepción es solicitar permiso por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral, recogido en el art. 48.j) del EBEP.

Para ello, según la Circular de permisos y licencias, es un requisito indispensable demostrar documentalmente que hay una situación de dependencia directa que implique la presencia del interesado, que no pueda realizarse fuera del horario de trabajo y cuyo incumplimiento le genere responsabilidad legal y todo ello debe juzgarlo la dirección del centro tras analizar la solicitud y documentación aportada.


En el caso que se comenta se tendría derecho a un permiso retribuido si se puede demostrar documentalmente que nadie más puede acompañar al menor y que efectivamente hay una citación médica que no puede solicitarse fuera del horario de trabajo.

En caso contrario siempre cabe solicitar un permiso no retribuido si no se es interino.


Fuente: Consulta jurídica de CC.OO. del 28/01/2015


La situación está así, y quien quiera ampliar los derechos de los trabajadores ya sabe lo que tiene que hacer antes las próximas convocatorias electorales y de presión que convoquen nuestros representantes sindicales.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

jmcala

¿Es poca dependencia ser un niño? ¿Ahora el derecho laboral estar por encima de la ley del menor?

Esa respuesta se cae por su peso.

Yo no tengo que justificar que mi hijo no pueda ir con otra persona porque mi obligación legal es llevarlo yo al médico. Tampoco tengo que demostrar que la cita médica no pueda ser en otra hora porque no soy yo el que fijo y se trata de la sanidad pública, es decir, del SAS.

No se trata de ampliar el derecho de los trabajadores sino de respetar el derecho de los menores que, dicho sea de paso, está en una ley de mayor rango.

respublica

Los padres tienen la obligación de velar por la salud de su hijo pero eso no implica que la empresa para la que trabajan tenga que pagarles la jornada cuando la dediquen a llevar a su hijo al médico.

¿Puedes decirnos en qué artículo de la ley del menor dice tal cosa?


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


jmcala

Es muy simple. Se llama jerarquía.

Si voy por la carretera y soy testigo de un accidente tengo la obligación de parar y socorrer a la víctima. No hacerlo sería un delito. Tener que cumplir con esa obligación no puede suponerme un perjuicio, de ahí que el empresario para que el que trabajo no pueda quitarme el jornal del día puesto que estoy cumpliendo con una obligación legal.

Lo mismo es aplicable a la obligación de los padres con la salud de sus hijos. Exactamente lo mismo. Si un menor necesita ir al médico, ya sea por una urgencia o una cita médica, sus padres tienen la obligación de que se le dispense esa asistencia. Siendo que los padres no eligen el día y la hora de la cita o cuándo se pone enfermo el menor, ¿cómo perjudicarlos al cumplir con su obligación legal?

Tampoco se especifica en ninguna ley laboral o convenio qué pasará con el trabajador que se ausenta del puesto de trabajo por socorrer un accidente ocurrido durante la jornada laboral. No se hace porque la legislación laboral está supeditada al código penal.

flipi222

Cita de: respublica en 30 Mayo, 2015, 16:22:32 PM
Cita de: flipi222 en 29 Mayo, 2015, 22:44:20 PM

EN SENECA NO HAY PERMISO PARA LLEVAR A UN FAMILIAR AL MEDICO.

La única duda que me queda es cuando es conciliación de la vida laboral y familiar.
Me gustaría que alguien que supiera del tema(absténganse los que se dedican a insultar) aclarase algo sobre el tema, porque distintos inspectores tan distintas explicaciones.

Efectivamente es así y ningún trabajador en España tiene derecho a un permiso retribuido para acompañar a nadie al médico ni a ningún otro sitio.

La única excepción es solicitar permiso por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral, recogido en el art. 48.j) del EBEP.

Para ello, según la Circular de permisos y licencias, es un requisito indispensable demostrar documentalmente que hay una situación de dependencia directa que implique la presencia del interesado, que no pueda realizarse fuera del horario de trabajo y cuyo incumplimiento le genere responsabilidad legal y todo ello debe juzgarlo la dirección del centro tras analizar la solicitud y documentación aportada.


En el caso que se comenta se tendría derecho a un permiso retribuido si se puede demostrar documentalmente que nadie más puede acompañar al menor y que efectivamente hay una citación médica que no puede solicitarse fuera del horario de trabajo.

En caso contrario siempre cabe solicitar un permiso no retribuido si no se es interino.


Fuente: Consulta jurídica de CC.OO. del 28/01/2015


La situación está así, y quien quiera ampliar los derechos de los trabajadores ya sabe lo que tiene que hacer antes las próximas convocatorias electorales y de presión que convoquen nuestros representantes sindicales.


Saludos.


Muchas gracias por la aclaración.

Con respecto a las respuestas de jmcala, creo que podriamos discutir duranre mucho tiempo, y seguramente lleves razón, pero administrativamente hay muchas dudas y la mayoria en contra de tu opinion.
Quizas habria que regularlo mejor, para que no quedara a interpretacion del director


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'