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¿Es necesario el B1 para las oposiciones 2016?

Iniciado por Bolchevika, 04 Enero, 2016, 15:06:28 PM

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FLAZO

Cita de: oze en 05 Enero, 2016, 00:25:21 AM
Cita de: Bolchevika en 04 Enero, 2016, 22:24:36 PM
Muchas gracias a todos por responder.

Cita de: FLAZO en 04 Enero, 2016, 18:23:39 PM
El B1 es requisito imprescindible para tener el Grado, pero si se tiene una titulación anterior al Grado, como hay que tener el Máster de profesorado, para dicho Máster sí es requisito tener el B1, aunque si se tuviera el antiguo CAP, para el que no pedían el B1, pues no es necesario.
Dicho de otra forma, si se tiene una titulación anterior a Bolonia y el CAP, como en ninguno de los casos pedían el B1, para las oposiciones tampoco lo piden. Ahora con las nuevas titulaciones y/o el Máster de profesorado, el B1 es necesario para obtenerlas, pero para las oposiciones de secundaria o Fp, en sí no lo piden.
Saludos.

Para ciclos formativos (FP), la polémica ha estado en que había interinos que no tenían CAP ni Máster de profesorado, porque no se les exigía. Ahora sí se les exige, por lo tanto están teniendo que hacer el Máster, para el cuál le piden el B1, si no tienen el Grado claro porque, como hemos dicho, si se tiene el Grado ya se tiene el B1 por ser requisito imprescindible.

Creo que me ha quedado claro, pero me surge otra duda. Tiene la licenciatura desde antes de Bolonia, con el antiguo CAP, por tanto, entiendo que si se presenta a su especialidad no es obligatorio el B1. Pero la especialidad de ciclo formativo es posterior a Bolonia, de modo que supongo que si se presenta por ciclos formativos debería tenerlo, ¿no? ¿A pesar de tener el CAP, o eso da igual en este caso?

Me imagino que te refieres al cuerpo de  profesores técnicos de formación profesional porque que yo sepa no existe la especialidad de ciclo formativo. Está especialidad está pensado para diplomados o ingenieros técnicos, aunque cualquier licenciado se puede presentar. Sin embargo a los profesores de secundaria que es el otro cuerpo no se puede presentar diplomados o ingenieros técnicos, sólo si es afín a su especialidad.

Resumiendo con una licenciatura se puede presentar a cualquier cuerpo.

lore79

Cita de: oze en 05 Enero, 2016, 23:46:05 PM
Sino se cambia, hasta ahora con cualquier licenciatura o grado te puedes presentar a cualquier especialidad. Es más, ya ha habido hilos de discusión sobre un grado de magisterio puede presentarse a una oposición de secundaria.

También hay que tener en cuenta que si alguien que no ha estudiado tu especialidad te supera es para mirárselo.

No es del todo cierto, hay especialidades que tienen asignadas como requisito ciertas licenciaturas o grados; especialmente en el caso de profesores técnicos de FP.


oze

Cita de: lore79 en 11 Enero, 2016, 14:29:35 PM
Cita de: oze en 05 Enero, 2016, 23:46:05 PM
Sino se cambia, hasta ahora con cualquier licenciatura o grado te puedes presentar a cualquier especialidad. Es más, ya ha habido hilos de discusión sobre un grado de magisterio puede presentarse a una oposición de secundaria.

También hay que tener en cuenta que si alguien que no ha estudiado tu especialidad te supera es para mirárselo.

No es del todo cierto, hay especialidades que tienen asignadas como requisito ciertas licenciaturas o grados; especialmente en el caso de profesores técnicos de FP.

¿Qué no es cierto? Según Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes:

Artículo 13. Requisitos específicos.

Además de las condiciones generales que se establecen en el artículo anterior, quienes aspiren a participar en los procedimientos selectivos, deberán reunir los requisitos específicos siguientes:

1. Para el ingreso en el Cuerpo de Maestros: Estar en posesión del título de Maestro o el título de Grado correspondiente.

2. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria:

a) Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

3. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional:

a) Estar en posesión de la titulación de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.


Otra cosa es las bolsas extraordinarias donde se pide una titulación para cada especialidad, me imagino que te refieres a eso.


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