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DUDA SOBRE EVALUACIÓN/CALIFICACIÓN

Iniciado por vdevictor, 25 Octubre, 2016, 20:06:20 PM

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vdevictor

Buenas,

Os comento. Me han comentado desde la directiva del Centro en el que estoy que no puedo establecer unos mínimos por apartado para aprobar la asignatura. Es decir, por poner un ejemplo concreto, si tengo atribuido un 40% pruebas evaluables + 30% actividades y trabajos + 30% actitud y comportamiento (estos son mis criterios, por ejemplo, en una asignatura claramente actitudinal como los "Valores Éticos"), por lo que me han dicho, debo sumar lo que esté en cada apartado y no puedo exigir un mínimo en cada uno de ellos. En mi caso lo que había puesto es que no se podía tener un 0 en ningún apartado (ni siquiera había puesto que tuviesen que tener aprobados todos ellos), pero me han dicho que no puedo poner tal cosa porque la inspección lo echa para atrás.

Por más que miro en la legislación no encuentro tal cosa. He mirado en el Real Decreto, en la Orden, en otra Orden de 2015... y no doy con ello.

¿Alguien me puede orientar?

Muchas gracias por anticipado.

mfercan070

Yo también tengo esa misma duda, y la verdad no encuentro en ningún sitio que no se pueda hacer. Ya que nos hicieron poner el 50% o más de los criterios de calificación que fuera de la observación diaria... me parecería ya muy injusto que también no se pudiera poner una nota mínima en cada apartado. Supongamos que los criterios son los siguientes:

- Pruebas escritas y/o prácticas: 50%
- Observación diaria del trabajo y esfuerzo de clase: 20 %
- Actitud y comportamiento: 30%

En esta situación, imaginemos que un alumno/a saca un 0 en los exámenes teóricos y/o prácticos pero el niño viene todos los días a clase, trabaja y se esfuerza en clase y su actitud y comportamiento es bueno, por lo tanto sacaría un 10 en esa parte. Por esta lógica, 10 + 0 = 10, entre dos = 5. En serio, después de sacar un 0 en todos los exámenes tengo que ponerle un 5 porque se porte bien en clase y haga los deberes más o menos y trabaje en clase????

Muy fuerte.......


Epsilon

Cita de: mfercan070 en 26 Octubre, 2016, 11:03:31 AM
Yo también tengo esa misma duda, y la verdad no encuentro en ningún sitio que no se pueda hacer. Ya que nos hicieron poner el 50% o más de los criterios de calificación que fuera de la observación diaria... me parecería ya muy injusto que también no se pudiera poner una nota mínima en cada apartado. Supongamos que los criterios son los siguientes:

- Pruebas escritas y/o prácticas: 50%
- Observación diaria del trabajo y esfuerzo de clase: 20 %
- Actitud y comportamiento: 30%

En esta situación, imaginemos que un alumno/a saca un 0 en los exámenes teóricos y/o prácticos pero el niño viene todos los días a clase, trabaja y se esfuerza en clase y su actitud y comportamiento es bueno, por lo tanto sacaría un 10 en esa parte. Por esta lógica, 10 + 0 = 10, entre dos = 5. En serio, después de sacar un 0 en todos los exámenes tengo que ponerle un 5 porque se porte bien en clase y haga los deberes más o menos y trabaje en clase????

Muy fuerte.......

Si saca un 0 en los exámenes es imposible que en la observación diaria tenga un 10. Es que tiene una actitud colaboradora permanente, sus calificaciones por intervenciones en clase son excelentes y, sin embargo, saca un 0 en todos los exámenes? Sería la primera vez que lo viera...

mfercan070

A ver es un caso extremo pero se podría dar. Y si no, pues lo dejamos en un 2 en los exámenes y un 8 en observación diaria. ¿También hay que ponerle un 5????


Makka Pakka

A ver, te explico:
no se pueden establecer mínimos ni retrotraer nota por faltas de ortografía, ni por comportamiento, ni por faltas de asistencia, etc.
La Inspección se basa en la normativa. Exactamente en los criterios de evaluación y ahora estándares de aprendizaje. Si miras tu asignatura no verás nada de lo dicho anteriormente entre los criterios de evaluación y estándares de aprendizade de tu asignatura. Lo que debes hacer es concretar, si acaso, lo que viene en la normativa, nunca inventar tus propios criterios y menos si son en perjuicio del alumno. Si podrías hacer cosas propias pero en caso de beneficiar a los alumnos.
Saludos.
bebespole

godob

Por lo pronto olvidaros de un tanto por ciento a la actitud.
Nuestro inspector nos lo ha prohibido expresamente. Con los estándares eso no está recogido así.
Espero os sirva.

vdevictor

Buenas,

Gracias a todos por las respuestas. La verdad es que estoy flipando. En cuanto me confirme esto la inspección paso de tomar notas de actitud/comportamiento en clase. Me limitaré a corregir exámenes y trabajos y tomar nota de quién hace o no las actividades. Es para plantearse lo de poner o no orden en la clase y dejar que todo sea un caos, porque, total, no vas a "perjudicar" al alumno con una conducta disruptiva ¿no? En todo caso hay que beneficiarlo.

Manda cojones no poder evaluar la actitud/comportamiento. En mis materias de ética y civismo pesa un 30% de la nota, criterio al que llegué desde el sentido común. Ahora tendré que guiarme por otros designios.

Un saludo


Makka Pakka

Tampoco es.eso, una cosa son los conocimientos y otra el comportamiento. Pero tampoco es que los alumnos puedan hacer lo que quieran, si se portan mal el castigo no es.con la nota sino con lo que pone el decreto 327/2010:
apercibimiento, expulsión de clase, expulsión del centro, etc. pero nunca con la.nota.
No se puede hacer lo que uno quiera sino lo que dice el.decreto 327/2010.
Saludos.


jmcala

¿Quién dice que no se puede evaluar la actitud? Por supuesto que se puede hacer. Si se hace, hay que concretar con qué herramientas se hace y qué ponderación tiene.

Makka Pakka

Principio de legalidad: No se puede tipificar conductas que no están reguladas en la ley ni aplicar sanciones que tampoco estén reguladas en la ley.
Eso de amenazar con un 0 o con suspender si no te portas bien se ha acabado.
bebespole


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