¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

Reconocimiento de la antigüedad de Interino en el Concurso de Traslados

Iniciado por pepe sosa, 09 Septiembre, 2017, 12:46:15 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

rantanplan

Cita de: pepe sosa en 21 Octubre, 2017, 13:03:26 PMRantamplan primero decirte que te aprecio por el trabajo que has realizado  en este foro, pero no entiendo como opinas una y otra vez sobre este tema cuando observo que boberías leer desde la Directiva Europea hasta el último comunicado de este sindicato que representa a este foro, Ustea.
Rantamplan léete tu eres un hombre muy estudioso, lo he comprobado en este foro, léete todo loa pasos que previamente tuvo que dar el parlamento de Andalucia para la aplicación de la antigüedad de Interinos en los concursos de Andalucia, aunque observo que deberías repasar el contenido del documento que hizo a la Junta de Andalucia cambiar su Ley de la Función Publica, LA CARTA DE EMPLAZAMIENTO DE EUROPA A ESPAÑA.

Opino, porque esto es un foro. Siemplemente por eso y mi opinión no tiene ni más ni menos autoridad que la de otro. Creo que he dejado mi opinión clara al respecto que es la siguiente (y con esto zanjo todo lo que tengo que decir, porque esto se ha vuelto un partido de tenis) y algunos piensan que es una victoria conseguir que todos piensen como él:

a) Todos nuestros concurso de traslados se regulan por normativa nacional.
b) La normativa nacional no valora el tiempo como interino.
c) Según normativa europea eso no debe ser así.
e) La normativa europea aún no se ha traspuesto a la normativa española.

Y mi opinión es que hasta que no se trasponga, no se puede valorar el tiempo de interinidad. ¿Que el Ministerio está haciendo dejación de funciones? Cierto. Pero lo que me parece más que evidente es que en el CGT hay que aplicar la normativa nacional, porque ni esta ha cambiado ni hay ninguna resolución judicial  firme en Andalucía que inste a no aplicarla.

pepe sosa

Cita de: rantanplan en 21 Octubre, 2017, 14:01:47 PM
Cita de: pepe sosa en 21 Octubre, 2017, 13:03:26 PMRantamplan primero decirte que te aprecio por el trabajo que has realizado  en este foro, pero no entiendo como opinas una y otra vez sobre este tema cuando observo que boberías leer desde la Directiva Europea hasta el último comunicado de este sindicato que representa a este foro, Ustea.
Rantamplan léete tu eres un hombre muy estudioso, lo he comprobado en este foro, léete todo loa pasos que previamente tuvo que dar el parlamento de Andalucia para la aplicación de la antigüedad de Interinos en los concursos de Andalucia, aunque observo que deberías repasar el contenido del documento que hizo a la Junta de Andalucia cambiar su Ley de la Función Publica, LA CARTA DE EMPLAZAMIENTO DE EUROPA A ESPAÑA.

Opino, porque esto es un foro. Siemplemente por eso y mi opinión no tiene ni más ni menos autoridad que la de otro. Creo que he dejado mi opinión clara al respecto que es la siguiente (y con esto zanjo todo lo que tengo que decir, porque esto se ha vuelto un partido de tenis) y algunos piensan que es una victoria conseguir que todos piensen como él:

a) Todos nuestros concurso de traslados se regulan por normativa nacional.
b) La normativa nacional no valora el tiempo como interino.
c) Según normativa europea eso no debe ser así.
e) La normativa europea aún no se ha traspuesto a la normativa española.

Y mi opinión es que hasta que no se trasponga, no se puede valorar el tiempo de interinidad. ¿Que el Ministerio está haciendo dejación de funciones? Cierto. Pero lo que me parece más que evidente es que en el CGT hay que aplicar la normativa nacional, porque ni esta ha cambiado ni hay ninguna resolución judicial  firme en Andalucía que inste a no aplicarla.
En todo de acuerdo rantamplan, pero yo añadiría lo siguiente:
¿Están tratando la No baremacion de la Interinidad en la Mesa sectorial de Educación de la Junta de Andalucia cuando su Parlamento lo aprobó por Ley?
¿Existen escritos de la mesa sectorial de Educación de Andalucía y de España pidiéndolo al MECD?
¿puede ocurrir que la teoría de que ya se contó los años de Interinidad en las oposiciones tenga peso entre los que deben acabar con esta discrimacion?. Aclarar que Europa ya ha dicho que ello no es posible, que esta teoría "ESPAÑOLA" lo desmontó Europa en su Carta de emplazamiento a España por la No baremación de la Interinidad.
Saludos Rantamplan.


anais

Cita de: rantanplan en 21 Octubre, 2017, 14:01:47 PM
Opino, porque esto es un foro. Siemplemente por eso y mi opinión no tiene ni más ni menos autoridad que la de otro. Creo que he dejado mi opinión clara al respecto que es la siguiente (y con esto zanjo todo lo que tengo que decir, porque esto se ha vuelto un partido de tenis) y algunos piensan que es una victoria conseguir que todos piensen como él:

a) Todos nuestros concurso de traslados se regulan por normativa nacional.
b) La normativa nacional no valora el tiempo como interino.
c) Según normativa europea eso no debe ser así.
e) La normativa europea aún no se ha traspuesto a la normativa española.

Y mi opinión es que hasta que no se trasponga, no se puede valorar el tiempo de interinidad. ¿Que el Ministerio está haciendo dejación de funciones? Cierto. Pero lo que me parece más que evidente es que en el CGT hay que aplicar la normativa nacional, porque ni esta ha cambiado ni hay ninguna resolución judicial  firme en Andalucía que inste a no aplicarla.

Yo no opino; afirmo que la Consejería de Educación tiene la OBLIGACIÓN LEGAL de baremar los méritos como interino -antigüedad incluida- tanto por imperativo legal, el que le dicta el derecho interno, como por acatamiento del ordenamiento jurídico europeo, aun a pesar del baremo del RD 1364/2010.

Y te hago observar que tu "opinión" se vino abajo ya en 2013, año en el que la Consejería de Educación de Galicia comenzó a convocar sus concursos de traslados, tanto nacionales como autonómicos, baremando los méritos como interino de idéntica forma a los de funcionario de carrera. Así que ya basta de desinformar. Actualízate. La superior naturaleza del derecho europeo y su prevalencia por sobre el de cualquier país miembro, obliga a todos los poderes públicos a apartar la disposición infractora y a subsanar lo que deba ser subsanado, aplicando el derecho europeo, con el fin de garantizar la plena eficacia de aquel, sin que medie instancia alguna.

Esto es, la CEJA tiene la OBLIGACIÓN de aplicar el RD 1364/2010 corrigiendo todo aquello que sea necesario (sustituyendo "funcionario de carrera" por "funcionario" en un baremo de un anexo, fíjate tú...) para garantizar el cumplimiento de la ley, no ya porque es derecho europeo sino porque, por mucho que lo haya venido negando y su cohorte de palmeros y mamporreros lo venga coreando, mal que les pese, el propio Parlamento de Andalucía aprobó la reforma de una ley, la ley de ordenación de la función pública de Andalucía, que le obliga, desde el derecho interno, a aplicárnoslo a TODOS LOS DOCENTES TAMBIÉN, en aplicación del artículo 13.5 de la ley 17/2007 de 10 de diciembre de Educación de Andalucía.

pepe sosa



anais


pepe sosa

EL CONCURSO AUTONÓMICO DE GALICIA QUE APLICARÁ UN AÑO MÁS LA BAREMACIÓN DE LA INTERINIDAD TRATARÁ EL CONCURSO COMO SI FUESE NACIONAL, LEAN EL PERIÓDICO DE GALICIA:
Educación abre su concurso de traslados sin saber qué harán otras comunidades https://www.lavozdegalicia.es/galicia/2017/10/25/0003_201710G25P17991.htm
DICE LA NOTICIA:
Lo que ha llevado a la Xunta a tomar esta decisión es la diferencia de baremo. Mientras Galicia, a raíz de una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, está obligada a puntuar los años de interino, el resto de las comunidades no lo hacen, con lo que este año la Administración se ha encontrado con diez recursos de profesores de otras autonomías reclamando su puntuación.

toroloco

https://educacion.ustea.org/publicadas-la-normativa-procedimental-estatal-del-proximo-concurso-de-traslados/
A pesar de la sentencia del TSJA que creo crea jurisprudencia, en la que se reconoce el TS como interino, parece que el Gobierno sigue sin quererla reconocer

rents

Cita de: pepe sosa en 09 Septiembre, 2017, 12:46:15 PM
El tema que nadie quiere ni hablar, la NO baremación de la interinidad en el concurso de traslados de educación, una de los enormes atropellos de la administración a los funcionarios de carrera con tiempo previo de interinos en educación.
Un año más y continúa el silencio de los actores, en este caso no de los corderos sino de los que deben arrimar el hombro para acabar con esta discriminación, nuestros sindicatos de las enseñanza.
Nada parece ocurrir, el año pasado finalizó el concurso saltándose el concurso nacional el baremo único, Galicia baremó la antigüedad de interino a sus funcionarios en un acto de querer cumplir No con las normas y normativa del Concurso sino con la normativa europea ¡BRAVO GALICIA!!
Este año el concurso es autonómico pero aquí en Andalucía el tema es más sangrante, educación es la única Consejería de la Junta de Andalucía que NO barema la antigüedad de interino a sus funcionarios ANDALUCES, recordemos que la Ley de la Función pública de Andalucía se modificó para incluir la antigüedad de interino en los concursos de traslados, Ley que excluye a los docentes ANDALUCES.

¿Hasta cuándo esta discriminación sindicatos de la Educación?  En vuestras manos no está la solución pero ¿porqué este silencio sobre el tema que roza el silencio sepulcral?.
Nadie quiere hablar cuando es uno de los episodios más penosos que está ocurriendo en educación, la No baremación en el C.G.T de los años ejercidos de interinos en Educación.

Respondiendo a un mensaje de 2017:

Tienes toda la razón, pero precisamente este sindicato en cuyo foro hablamos no es sospechoso de no haber hecho todo lo posible por esto, incluyendo el recomendar añadir esos méritos y argumentar lo que tú argumentas. Si tenemos una administración que precaria (como en tantos trmas) porque luego nadie paga por sus errores (al contrario que los interin@s que precisamente en este año que escribiste este mensaje fueron decenas al paro por inscribirse incorrectamente en las oposiciones) pues mucho no se puede hacer.

En un país serio, las distintas administraciones deberían asumir sus errores. .., pero no es el caso de este.

Me gusta mucho el razonamiento que se ha hecho en el hilo que si el TS no puede contar dos veces se debería entonces desquitar el que fue necesario para los méritos de opos y dejar el otro para el CGT. 

Para mí, lo que subyace de todo esto es que tanto para la administración del PSOE como para esta los interinos no somos trabajadoras de la administración sino una especie de temporeros que cobran relevancia si, y solo si, se sacan la plaza. Es absolutamente ridículo que cuente para CGT cualquier curso chorra y no cuente un año de experiencia laboral en el mismo puesto que se ocupa como funcionario.



rents

Precaria no, prevarica aunque ello supone que deja a muchos/as en situación precaria.

Menesteo

Llevo poco tiempo como funcionario de carrera y desconozco muchos asuntos funcionariales. No es solo que no te cuenten los años como interino (yo estuve 11 antes de conseguir plaza en las oposiciones) para los concursos de traslados, es que creo que no te cuentan para ser director, para cambios de especialidad, ser inspector, etc. Es decir, que apruebas las oposiciones, eres funcionario de carrera y sigues padeciendo las discriminaciones a las que someten a los interinos.


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'