¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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Días de asuntos propios

Iniciado por Ana ana, 27 Mayo, 2018, 00:14:34 AM

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Taliesin

Cita de: respublica en 06 Septiembre, 2019, 00:46:26 AM
El EBEP, en su artículo 2, establece el ámbito de aplicación del mismo, y sobre nosotros dice lo siguiente:

3. El personal docente y el personal estatutario de los Servicios de Salud se regirán por la legislación específica dictada por el Estado y por las comunidades autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias y por lo previsto en el presente Estatuto, excepto el capítulo II del título III, salvo el artículo 20, y los artículos 22.3, 24 y 84.

Es decir, que la Circular de permisos y licencias es la normativa de aplicación.


Saludos.



Ah, eso es lo que buscaba, gracias!!!


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