¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

Baremación años interinidad en el CGT

Iniciado por toroloco, 26 Mayo, 2019, 10:15:22 AM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

toroloco

Ya, si eso está claro. Por eso pregunto si el Gobierno, viendo que el TS ha inadmitido el recurso de casación de la Junta y establece que se debe computar ese tiempo de servicio en Andalucía haciendo firme la sentencia del TSJA que decía lo mismo, sería capaz de no incluir eso en el baremo en la resolución del nuevo CGT previa "modificación" del RD actual. ¿No sería como "desautorizar" al Supremo?

respublica

Lo que el gobierno debería haber tenido en cuenta desde hace años es la Directiva europea que prohíbe tratar de forma diferente a los trabajadores temporales de los fijos, y así se lo recordó la Comisión Europea a través de una carta de emplazamiento, como también hizo a la Junta de Andalucía, pero que hasta ahora ha ignorado.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


pepe sosa

Cita de: respublica en 08 Marzo, 2020, 20:00:04 PM
El TSJA lo que ha venido a decir es que la normativa nacional sobre el CGT solo regula los de ámbito nacional, y por tanto no regula los de ámbito autonómico, por lo que es de aplicación la ley autonómica andaluza según la cual hay que tener en cuenta el tiempo de servicio de interino.

El Supremo no se ha pronunciado aún sobre el fondo del asunto, que yo sepa.


Saludos.
Respublica esa apreciación es SUYA y no estoy de acuerdo con su análisis de la sentencia.
El TSJA lo que dice literalmente es que se debe valorar la antigüedad de interinos y PUNTO.
AHORA HAGO MI PROPIO ANÁLISIS COMO USTED RESPUBLICA:
Lo que viene a decir el TSJA es que la Ley de 2016 de la función pública de Andalucia que transpone la DIRECTIVA EUROPEA DE 1999 obliga a valorarse la antigüedad de interino en todos los procedimientos que se convoquen en Andalucía.
Respublica vamos a quitarnos la careta, los sindicatos de Lana enseñanza de Andalucia junto con la CEJA son los que deberían impugnar la convocatoria del MECD, ese sería el camino Respublica.

pepe sosa

Cita de: respublica en 08 Marzo, 2020, 21:32:08 PM
Lo que el gobierno debería haber tenido en cuenta desde hace años es la Directiva europea que prohíbe tratar de forma diferente a los trabajadores temporales de los fijos, y así se lo recordó la Comisión Europea a través de una carta de emplazamiento, como también hizo a la Junta de Andalucía, pero que hasta ahora ha ignorado.


Saludos.
Totalmente cierto y estoy de acuerdo con sus palabras. Pero debo decir que ahí el Ministerio se encontró con unos sindicatos que más bien no quisieron facilitar al gobierno la aplicación de la directiva europea. También no ha ayudado las sentencias judiciales pero el gobierno podría haber legislado porque podría haber pedido informe a la comisión europea que ya en 2014 lo dejó claro en la carta de emplazamiento, por eso repito que la CEJA debería ella misma impugnar el concurso porque su sus superiores, el MInisterio está incumpliendo una ley superior como es la Directiva europea.


fjcm_xx

¿Entonces para el presente concursillo se ordenarán los efectivos contando el tiempo de servicio de interinos? Porque esto afecta tanto al cgt como a las comisiones de servicio. En resumen, que los que no hemos sido interinos nos van a dar por c*** pero bien porque se ponen todos por delante, no sólo en el cgt, sino en las comisiones. Si ya era complicado coger un definitivo donde uno quiere ahora ya va a ser completamente imposible.

Conservatoril

Para todo esto va a hacer falta que la CEJA mueva ficha, y por ahora poca publicidad se le está dando al asunto. Los sindicatos mayoritarios me consta que lo conocen porque yo mismo he hablado con algunos sindicalistas del asunto, pero como no. les interesa siguen como si nada.

El problema va a venir, creo yo, cuando a partir del año que viene en lugar de seis denuncias la CEJA se encuentre con 200. Francamente, antes no creo que vaya a hacer nada. Ahora bien, ALGO va a pasar con este asunto, por más que en el concurso nacional el asunto vaya para más largo.

Desde luego para concursillo de este próximo curso 2020-21 no esperaría muchas novedades. Pero de ahí a pensar que no va a pasar NADA DE NADA con esta sentencia hay un trecho largo.
... nunca podría ser un Green Lantern, dado que tendría que ser elegido por los Guardianes de Oa, pero con el suficiente capital y los últimos avances en tecnología, podría ser Batman.

Conservatoril

Es que hay algo que está en la normativa de la Junta y esta sentencia lo señala claramente. De la ley 2/2016 de 1 de mayo de la Ordenación de la función pública de Andalucía.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/93/1


Artículo único. Modificación de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

Se modifica la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en los siguientes términos:

Uno. Se añade un apartado 3 al artículo 26, con la siguiente redacción:

«3. Para valorar la antigüedad en la Administración a efectos de méritos en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, se computarán los servicios prestados como personal funcionario de carrera e interino.»

Dos. Se añade un apartado 4 al artículo 37, con la siguiente redacción:

«4. Para valorar la antigüedad en la Administración a efectos de méritos en los procedimientos de promoción interna, se computarán los servicios prestados como personal funcionario de carrera e interino.»


De ahí que la sentencia haya sido tan dura para la junta y que el Supremo haya inadmitido el recurso (sin pronunciarse sobre el fondo, como acertadamente ha reflejado respublica): porque no puede enmendar la plana a la legislación estatal, pero sí decir que NO computar el tiempo de interino NO tiene cobertura en la normativa andaluza.

Los próximos dos años van a ser movidos con esto. Somos muchos los que no pensamos dejar pasar la oportunidad de que se nos cuenten hasta 15 años en mi caso particular. Si me tengo que gastar el dinero en poner más denuncias lo haré, pero desde luego no lo voy a dejar pasar Y como yo muchos cientos de personas.

... nunca podría ser un Green Lantern, dado que tendría que ser elegido por los Guardianes de Oa, pero con el suficiente capital y los últimos avances en tecnología, podría ser Batman.

pepe sosa

Ustea tiene que pasar de a la acción y USAR esta sentencia para hacer realidad lo que respaldó durante la aprobación de la Ley en el Parlamento d Andalucia.
👇👇👇Lean y escuche lo que dijo Ustea en el Parlamento:
https://ustea.es/new/comparecencia-de-ustea-en-el-parlamento-andaluz-sobre-la-tramitacion-de-la-proposicion-de-ley-de-ordenacion-de-la-funcion-publica/
Son muchos los pasos que ha dado Ustea sobre la valoración de la interinidad en los CGT pero ahora tiene una OPORTUNIDAD con esta sentencia FIRME del TSJA.
COMO AFILIADO A USTEA PIDO QUE LA UTILICE QUE NUESTROS AÑOS DE INTERIN@S sean valorados tanto en el CGT como en el CONCURSILLO. https://ustea.es/new/wp-content/uploads/2016/02/ComparecenciaUSTEAParlamentoAndaluz20160218.pdf


pepe sosa

Cita de: pepe sosa en 09 Marzo, 2020, 08:36:30 AM
Ustea tiene que pasar de a la acción y USAR esta sentencia para hacer realidad lo que respaldó durante la aprobación de la Ley en el Parlamento d Andalucia.
👇👇👇Lean y escuche lo que dijo Ustea en el Parlamento:
https://ustea.es/new/comparecencia-de-ustea-en-el-parlamento-andaluz-sobre-la-tramitacion-de-la-proposicion-de-ley-de-ordenacion-de-la-funcion-publica/
Son muchos los pasos que ha dado Ustea sobre la valoración de la interinidad en los CGT pero ahora tiene una OPORTUNIDAD con esta sentencia FIRME del TSJA.
COMO AFILIADO A USTEA PIDO QUE LA UTILICE QUE NUESTROS AÑOS DE INTERIN@S sean valorados tanto en el CGT como en el CONCURSILLO. https://ustea.es/new/wp-content/uploads/2016/02/ComparecenciaUSTEAParlamentoAndaluz20160218.pdf
LEAN LO QUE DICE USTEA EN ESA COMPARECENCIA SOBRE NUESTRA DISCRIMINACIÓN
👇👇👇👇
3.El reconocimiento de tiempo de servicio prestado como funcionario interino también debe extenderse al personal docente. USTEA presentó recurso de reposición frente al último concurso de traslados para que se tuviera en cuenta el tiempo de servicios en interinidad, recurso que ha sido desestimado por la Junta de Andalucía y que va a dar lugar a dos actuaciones, para pedir la impugnación de tal decisión, en primer lugar, ante los tribunales nacionales y, en segundo lugar, presentando una nueva denuncia ante la Comisión Europea, en parecidos términos a la que ya se nos admitió y que hemos venido comentando. Entendemos que no valorar el tiempo de servicios en interinidad en los concursos de traslados es absolutamente contrario a la Directiva 1999/70/CE, tal y como ya se ha declarado por el Tribunal de Justicia de Andalucía, en la citada sentencia en el asunto Rosado Santana, y como se ha exigido en la Carta de emplazamiento- infracción 2104/4224, de la Secretaria General de la Unión Europea. Ignorar este requerimiento solo dará lugar a que se incurra en responsabilidad por el Estado español y la Junta de Andalucía y, en segunda instancia, que se impongan multas pecuniarias que habrán de pagarse por el Estado y la Junta de Andalucía

pepe sosa

Cita de: pepe sosa en 09 Marzo, 2020, 08:58:07 AM
Cita de: pepe sosa en 09 Marzo, 2020, 08:36:30 AM
Ustea tiene que pasar de a la acción y USAR esta sentencia para hacer realidad lo que respaldó durante la aprobación de la Ley en el Parlamento d Andalucia.
👇👇👇Lean y escuche lo que dijo Ustea en el Parlamento:
https://ustea.es/new/comparecencia-de-ustea-en-el-parlamento-andaluz-sobre-la-tramitacion-de-la-proposicion-de-ley-de-ordenacion-de-la-funcion-publica/
Son muchos los pasos que ha dado Ustea sobre la valoración de la interinidad en los CGT pero ahora tiene una OPORTUNIDAD con esta sentencia FIRME del TSJA.
COMO AFILIADO A USTEA PIDO QUE LA UTILICE QUE NUESTROS AÑOS DE INTERIN@S sean valorados tanto en el CGT como en el CONCURSILLO. https://ustea.es/new/wp-content/uploads/2016/02/ComparecenciaUSTEAParlamentoAndaluz20160218.pdf
LEAN LO QUE DICE USTEA EN ESA COMPARECENCIA SOBRE NUESTRA DISCRIMINACIÓN
👇👇👇👇
3.El reconocimiento de tiempo de servicio prestado como funcionario interino también debe extenderse al personal docente. USTEA presentó recurso de reposición frente al último concurso de traslados para que se tuviera en cuenta el tiempo de servicios en interinidad, recurso que ha sido desestimado por la Junta de Andalucía y que va a dar lugar a dos actuaciones, para pedir la impugnación de tal decisión, en primer lugar, ante los tribunales nacionales y, en segundo lugar, presentando una nueva denuncia ante la Comisión Europea, en parecidos términos a la que ya se nos admitió y que hemos venido comentando. Entendemos que no valorar el tiempo de servicios en interinidad en los concursos de traslados es absolutamente contrario a la Directiva 1999/70/CE, tal y como ya se ha declarado por el Tribunal de Justicia de Andalucía, en la citada sentencia en el asunto Rosado Santana, y como se ha exigido en la Carta de emplazamiento- infracción 2104/4224, de la Secretaria General de la Unión Europea. Ignorar este requerimiento solo dará lugar a que se incurra en responsabilidad por el Estado español y la Junta de Andalucía y, en segunda instancia, que se impongan multas pecuniarias que habrán de pagarse por el Estado y la Junta de Andalucía
ESTA COMPARECENCIA ES DEL AÑO 2016, año en el que se aprobó la ley y seguimos los docentes fuera de la valoración de la antigüedad de interinos en los concursos de traslados de la enseñanza......han pasado 4 años desde q se aprobó la Ley.


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'