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Iniciado por mmortam, 02 Octubre, 2019, 21:32:18 PM

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mmortam

Por favor alguien puede aclararme si por operación de un familiar te corresponden 3 días después del día de la operación o contando ya ese mismo día? Gracias de antemano

kiran1901

Contando el dia de la operaciob

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albay

No, en absoluto. Pueden ser 3 días (en la misma localidad) o 5 días (diferente localidad), siempre y cuando sea por motivo "grave".
Los días han de ser laborables (no cuentan fines de semana) y pueden ser seguidos, alternos, o dispersos en varias semanas (para poder alternar el cuidado del familiar con otros familiares).

mmortam

Albay, pero el día de la operación está incluido en esos días verdad?


albay

Cita de: mmortam en 03 Octubre, 2019, 10:31:16 AM
Albay, pero el día de la operación está incluido en esos días verdad?

No necesariamente. Es indiferente.

sergioiq

- El concepto de enfermedad grave comprende:
• Todos los procesos patológicos en que se produzca hospitalización no ambulatoria.
• Aquellas enfermedades en que, sin producirse hospitalización, la gravedad quede acreditada expresamente mediante informe médico.
• Aquellos casos en que, una vez terminada la hospitalización (incluso ambulatoria) o la fase de gravedad, la enfermedad requiera la continuación de especiales cuidados en el domicilio y se acredite mediante informe médico.

- Órgano competente para la concesión del permiso: La dirección del centro educativo o la persona responsable del servicio educativo.
- A la solicitud del permiso deberá acompañarse la justificación oportuna. De no ser ello posible, la documentación acreditativa se aportará en el momento de la reincorporación al servicio.
- El disfrute de este permiso podrá ejercitarse bien de forma ininterrumpida desde el inicio del hecho causante, o bien alternativamente dentro de la duración del mismo, siempre y cuando, en este último supuesto, lo permitan las necesidades del servicio (Decreto 349/1996, de 16 de julio, tras la modificación del Decreto 347/2003, de 9 de diciembre). En todo caso, y dentro de la duración del permiso, este nunca podrá superar el período del hecho causante.

jilguero

Depende del grado del familiar, si es de primer o segundo grado. El día de la operación por supuesto que cuenta.

albay

Cita de: jilguero en 04 Octubre, 2019, 07:33:17 AM
Depende del grado del familiar, si es de primer o segundo grado. El día de la operación por supuesto que cuenta.

Cuenta si faltas al trabajo. Porque puedes no tomarte el día de la operación, para poder disfrutar los días cuando verdaderamente se necesitan para cuidar al enfermo.


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