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¿Es obligatorio pertenecer a un grupo de wasap como canal informativo?

Iniciado por fjcm_xx, 08 Septiembre, 2021, 09:09:17 AM

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jmcala

Cita de: andaluz_jc en 31 Octubre, 2022, 12:04:04 PM
Cita de: jmcala en 31 Octubre, 2022, 05:43:48 AM
En este tema, que era referido a WhatsApp, hay que ser claros: es un delito meter a alguien en un grupo de ese tipo sin su consentimiento. Es así de simple.

Desde el MEFP se está elaborando una guía de normas sobre aspectos digitales, que vienen de la UE, y el uso de la mensajería tipo WhatsApp se considera ilegal para los grupos de trabajo en las AAPP. Con eso lo digo todo.

¿Dónde está estipulado que el uso de WhatsApp sea ilegal? ¿El SMS también lo es?

En la guía que se está elaborando se indica que, si es para tratar temas laborales de las administraciones públicas, no es legal. ¿Por qué? Porque no es un canal oficial.

El SMS, cuando se envía desde la plataforma que la administración pública define como segura, no supone problema alguno.

Parece que cuesta entender que las herramientas como WhatsApp tienen un contexto y no valen para otro. En Andalucía, no sirve para nada en cuanto a comunicación oficial de ningún tipo. Si nos referimos a Educación, la CEJA dejó claro hace muchos años que es Séneca la herramienta oficial. Punto pelota.

malogu

Watsap esta bien para asuntos diarios sin transcendencia, cuando se trata de temas complejos o sensibles no se debería utilizar.


alboradas

Cita de: andaluz_jc en 31 Octubre, 2022, 12:16:34 PM
Cita de: andjifer en 30 Octubre, 2022, 20:58:59 PM
Cita de: andaluz_jc en 29 Octubre, 2022, 18:26:11 PM
Cita de: Farfanus en 29 Octubre, 2022, 17:58:25 PM
Lo que te señalo en negrita es contrario a la desconexión digital, a la cual no solo tenemos derecho sino que además debiera ser obligatorio.
Por lo demás, eres libre de utilizarlo como estimes y cuando estimes. Personalmente, no uso mi móvil ni mi ordenador personal para absolutamente nada relacionado con el trabajo, salvo lógicas ocasiones excepcionales.

Saludos.

Afortunadamente, desde los ajustes uno puede decidir cuando quiere o no recibir notificaciones de iSéneca o del correo electrónico o de los grupos de WhatsApp. Incluso, también podría desinstalar la app iSéneca a las 14 h volverla a instalar a las 8 h.

La desconexión digital en 2022 es... complicado (!). (Para mí, un atraso). Yo, personalmente, no veo inconveniente en usar mi teléfono para el trabajo. De hecho, me ayuda a ser más productivo. (Como tampoco distinguiría entre la ropa que me pongo para trabajar y salir o entre la mochila que uso para trabajar y llevarme un fin de semana adonde sea).

A veces, en la aceptación del uso de la tecnología, incide mucho el factor generacional.

Totalmente. Yo recuerdo tiempos cuando los padres no te podían escribir de ningún modo. O llamaban al centro o nada. Ahora, como es tan fácil, escriben a veces para motivos insignificantes. Yo lo veo un atraso.

Cualquier tiempo pasado fue mejor. Seguro que a los que les metieron los teléfonos en su momento también lo percibieron como conflictivo.

Cualquier tiempo pasado NO fue mejor, pero hay que protegerse de los excesos de la tecnología. WhatsApp por ejemplo recopila datos personales. Google Suite ha sido denunciado y condenado en algunos Estados en Estados Unidos por recopilar datos personales de alumnos menores de edad.

Los docentes tenemos la obligación de conocer estos peligros y excesos, máxime cuando deberíamos tratar de darles al, alumnado herramientas para que no caigan en ellos.

Yo por ejemplo he tenido alumnos que abusaban de iPasen, utilizándolo para comunicarse conmigo en tiempo real y a modo de WhatsApp, que es a lo que están ( mal) acostumbrados. Esto lo hacían un viernes a las 10 de la noche, yo estaba atendiendo a mis hijos y esta actividad me estaba interfiriendo, molestándome.

Como toda acción tiene su reacción, yo he puesto iSeneca en modo desconexión a partir de las 8 de la tarde, y muy generoso que soy, si siguen abusando, yo seguiré reaccionando acotando aún más el tiempo.

Saludos.

jmcala




jmcala

Tal y como se indica en el enlace, la AEPD no hace la ley y no sentencia. Esa resolución parte de una premisa: el trabajador ha dado los datos de teléfono móvil y correo electrónico voluntariamente a la empresa. Si es así, dice la AEPD que procedería esa inclusión en el grupo de WhatsApp, algo que contradice otras resoluciones que hablan de sancionar la inclusión en grupos de redes sociales en el ámbito privado y no laboral.

Hay una sentencia del Tribunal Supremo de 2015 que deja muy claro que la empresa NO puede exigir los datos del teléfono móvil y el correo electrónico a los trabajadores (Sentencia completa). Hay una comunicación, a este respecto, del poder judicial (VER) que incide en esto que digo.

Está claro que basta con indicar al centro, por escrito, que se eliminen los datos del teléfono móvil y correo electrónico y ya no podrían incluirnos en grupo alguno.

Delacroix

Yo, personalmente, no entro en grupos de WhatsApp. Creo que es lógico que el centro disponga de tu número y email pero una cosa es el teléfono y otra las aplicaciones de mensajería. Desde este curso me propuse acotar al máximo mi disponibilidad y reducirla al horario de trabajo. No llevo la app de Séneca en el móvil, sólo en el iPad del trabajo que apago cuando salgo hasta el siguiente día. Igual hago con el servidor de correo, que es lo primero que consulto a las 8:00 de la mañana.  O te pones así o estás perdido. Y os aseguro que este año, en este sentido, estoy más relajado.

alboradas

Eso es.

Hay institutos en los que se les ha ido de las manos con esto.

Grupo de WhatsApp del insti, 250 mensajes a día, desde que alguien necesita un profesor de guardia hasta mil chorradas varias.

Por respeto a mi alumnado y a mi labor de docente no estoy dispuesto a estar pendiente del móvil mientras trabajo.

Me salí del grupo al segundo día.

Se están normalizando muchas barbaridades.

Saludos.


potnia

Cita de: jmcala en 14 Enero, 2023, 06:49:49 AM
Tal y como se indica en el enlace, la AEPD no hace la ley y no sentencia. Esa resolución parte de una premisa: el trabajador ha dado los datos de teléfono móvil y correo electrónico voluntariamente a la empresa. Si es así, dice la AEPD que procedería esa inclusión en el grupo de WhatsApp, algo que contradice otras resoluciones que hablan de sancionar la inclusión en grupos de redes sociales en el ámbito privado y no laboral.

Hay una sentencia del Tribunal Supremo de 2015 que deja muy claro que la empresa NO puede exigir los datos del teléfono móvil y el correo electrónico a los trabajadores (Sentencia completa). Hay una comunicación, a este respecto, del poder judicial (VER) que incide en esto que digo.

Está claro que basta con indicar al centro, por escrito, que se eliminen los datos del teléfono móvil y correo electrónico y ya no podrían incluirnos en grupo alguno.

Una cosa es que tú le des a tu empresa tu número de teléfono y tu correo electrónico personal, por si en algún momento necesitan contactar contigo o te tienen que mandar algo, y otra cosa es que eso implique que si te mandan un correo o llaman fuera de tu horario de trabajo, tengas la obligación de contestar. El problema de incluirte en un grupo de whatsapp, es que tú le has dado a tu empresa tu teléfono voluntariamente, pero para que te llamen, no para que lo hagan público sin tu consentimiento, ya que todos los miembros del grupo pueden ver ese teléfono y contactar contigo. Ahí creo yo que sí se podría meter mano legalmente, no?

jmcala

Estoy completamente de acuerdo contigo. Es más, fuera del ámbito laboral no hay duda de que está sancionado.


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