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¿Sabéis si este año contarán en el CGT la antigüedad de Interinos?

Iniciado por pepe sosa, 12 Octubre, 2021, 18:08:35 PM

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respublica

Un funcionario interino es un trabajador temporal de la administración pública, y en todas las empresas cuenta la antigüedad en la empresa desde el momento en que se contrata al trabajador, con independencia de que se le hayan hecho contratos temporales antes de hacerle fijo o entrara directamente en la empresa con contrato fijo.

En la administración pública no se contaba el tiempo de interino pero las sentencias contra esa discriminación obligaron a la administración a reconocer el tiempo de interino como antigüedad para trienos y sexenios y ya solo falta que se reconozca en las adjudicaciones de destinos, cosa que la Junta de Andalucía ya hace a todos sus funcionarios.

El tiempo trabajado en otras empresas nada tiene que ver con la antigüedad en la empresa actual.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

pepe sosa

Cita de: respublica en 17 Octubre, 2021, 12:10:06 PM
Cita de: pepe sosa en 16 Octubre, 2021, 20:45:32 PM
La sentencia que ha ganó pablo Jota fue la del año de CGT Nacional, ósea que para el TSJA es indiferente que sea autonómico o nacional.

No sigo al detalle este asunto pero la última vez que lo hice analicé la sentencia que puso en YouTube y el argumento era el de que la ley andaluza de función pública tenía aplicación en el CGT andaluz puesto que el RD que lo regula no lo hace en el ámbito autonómico.

Además esa sentencia fue recurrida y no he visto que el Supremo la haya revisado aún. De hecho el Supremo ya sentenció que el baremo del RD del CGT no es contrario a la Directiva contra la temporalidad.

Si tú tienes información más actualizada, compártela para que la analizemos.


Saludos.
RESPÚBLICA EL TS INADMITIÓ EL RECURSO DEL TSJA Y SE HIZO FIRME, ¿no lo sabias.?
En este vídeo Pablo Jota explica que la Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acordó la inadmisión a trámite del recurso de casación de la Junta de Andalucía contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en Sevilla
https://youtu.be/3stuBgRQzmE
Respecto a lo que dices de que el TSJA refleja nada más la sentencia para los concursos autonómicos, lee esta sentencia del TSJA https://drive.google.com/file/d/1V_b-K16T8ICvHN2lISNzageWxcHhC2us/view?usp=drivesdk
En este resumen que hace Pablo Jota de la sentencia queda bien claro:

1) que la ley andaluza 2/2016, que obliga a la idéntica baremación de los servicios como funcionario interino, en prácticas y de carrera, es de aplicación al profesorado andaluz perteneciente a los cuerpos nacionales de funcionarios docentes;
(2) que el baremo del Real Decreto 1364/2010, norma básica estatal que regula los concursos de traslados, por muy básica y muy estatal que sea, no se ajusta a la directiva 1999/70/CE, esto es, está fuera de la ley;

(3) que, por contra, la ley andaluza es norma de transposición de la directiva europea con rango de ley;

y  que, en consecuencia, la ley andaluza, que obliga a baremar los servicios previos a la condición de funcionario de carrera, ha de ser observada en la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto, o sea, que hay que baremar de idéntica forma, sí o sí, todos los servicios, a efectos de antigüedad, independientemente de la situación administrativa en que fueron ejercidos.




pepe sosa

Cita de: pepe sosa en 17 Octubre, 2021, 12:41:45 PM
Cita de: respublica en 17 Octubre, 2021, 12:10:06 PM
Cita de: pepe sosa en 16 Octubre, 2021, 20:45:32 PM
La sentencia que ha ganó pablo Jota fue la del año de CGT Nacional, ósea que para el TSJA es indiferente que sea autonómico o nacional.

No sigo al detalle este asunto pero la última vez que lo hice analicé la sentencia que puso en YouTube y el argumento era el de que la ley andaluza de función pública tenía aplicación en el CGT andaluz puesto que el RD que lo regula no lo hace en el ámbito autonómico.

Además esa sentencia fue recurrida y no he visto que el Supremo la haya revisado aún. De hecho el Supremo ya sentenció que el baremo del RD del CGT no es contrario a la Directiva contra la temporalidad.

Si tú tienes información más actualizada, compártela para que la analizemos.


Saludos.
RESPÚBLICA EL TS INADMITIÓ EL RECURSO DEL TSJA Y SE HIZO FIRME, ¿no lo sabias.?
En este vídeo Pablo Jota explica que la Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acordó la inadmisión a trámite del recurso de casación de la Junta de Andalucía contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en Sevilla
https://youtu.be/3stuBgRQzmE
Respecto a lo que dices de que el TSJA refleja nada más la sentencia para los concursos autonómicos, lee esta sentencia del TSJA https://drive.google.com/file/d/1V_b-K16T8ICvHN2lISNzageWxcHhC2us/view?usp=drivesdk
En este resumen que hace Pablo Jota de la sentencia queda bien claro:

1) que la ley andaluza 2/2016, que obliga a la idéntica baremación de los servicios como funcionario interino, en prácticas y de carrera, es de aplicación al profesorado andaluz perteneciente a los cuerpos nacionales de funcionarios docentes;
(2) que el baremo del Real Decreto 1364/2010, norma básica estatal que regula los concursos de traslados, por muy básica y muy estatal que sea, no se ajusta a la directiva 1999/70/CE, esto es, está fuera de la ley;

(3) que, por contra, la ley andaluza es norma de transposición de la directiva europea con rango de ley;

y  que, en consecuencia, la ley andaluza, que obliga a baremar los servicios previos a la condición de funcionario de carrera, ha de ser observada en la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto, o sea, que hay que baremar de idéntica forma, sí o sí, todos los servicios, a efectos de antigüedad, independientemente de la situación administrativa en que fueron ejercidos.
Respública no entiendo este caso parecido al de Galicia, con una diferencia, en Galicia su Consejería de Educación asumió el veredicto de su TSJG y mandó al limbo al Real Decreto y Mnisterio de Educación, pero aquí en Andalucia la Consejería de Educación con el respaldo "por intereses" de los sindicatos se están poniendo de perfil, escudándose en el anticuado Real Decreto del CGT, que le viene de escudo para no aplicar lo que no quieren aplicar, la antigüedad de interinos en el concurso general de traslados de educación

pepe sosa

Cita de: pepe sosa en 17 Octubre, 2021, 12:47:14 PM
Cita de: pepe sosa en 17 Octubre, 2021, 12:41:45 PM
Cita de: respublica en 17 Octubre, 2021, 12:10:06 PM
Cita de: pepe sosa en 16 Octubre, 2021, 20:45:32 PM
La sentencia que ha ganó pablo Jota fue la del año de CGT Nacional, ósea que para el TSJA es indiferente que sea autonómico o nacional.

No sigo al detalle este asunto pero la última vez que lo hice analicé la sentencia que puso en YouTube y el argumento era el de que la ley andaluza de función pública tenía aplicación en el CGT andaluz puesto que el RD que lo regula no lo hace en el ámbito autonómico.

Además esa sentencia fue recurrida y no he visto que el Supremo la haya revisado aún. De hecho el Supremo ya sentenció que el baremo del RD del CGT no es contrario a la Directiva contra la temporalidad.

Si tú tienes información más actualizada, compártela para que la analizemos.


Saludos.
RESPÚBLICA EL TS INADMITIÓ EL RECURSO DEL TSJA Y SE HIZO FIRME, ¿no lo sabias.?
En este vídeo Pablo Jota explica que la Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acordó la inadmisión a trámite del recurso de casación de la Junta de Andalucía contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en Sevilla
https://youtu.be/3stuBgRQzmE
Respecto a lo que dices de que el TSJA refleja nada más la sentencia para los concursos autonómicos, lee esta sentencia del TSJA https://drive.google.com/file/d/1V_b-K16T8ICvHN2lISNzageWxcHhC2us/view?usp=drivesdk
En este resumen que hace Pablo Jota de la sentencia queda bien claro:

1) que la ley andaluza 2/2016, que obliga a la idéntica baremación de los servicios como funcionario interino, en prácticas y de carrera, es de aplicación al profesorado andaluz perteneciente a los cuerpos nacionales de funcionarios docentes;
(2) que el baremo del Real Decreto 1364/2010, norma básica estatal que regula los concursos de traslados, por muy básica y muy estatal que sea, no se ajusta a la directiva 1999/70/CE, esto es, está fuera de la ley;

(3) que, por contra, la ley andaluza es norma de transposición de la directiva europea con rango de ley;

y  que, en consecuencia, la ley andaluza, que obliga a baremar los servicios previos a la condición de funcionario de carrera, ha de ser observada en la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto, o sea, que hay que baremar de idéntica forma, sí o sí, todos los servicios, a efectos de antigüedad, independientemente de la situación administrativa en que fueron ejercidos.
Respública no entiendo este caso parecido al de Galicia, con una diferencia, en Galicia su Consejería de Educación asumió el veredicto de su TSJG y mandó al limbo al Real Decreto y Mnisterio de Educación, pero aquí en Andalucia la Consejería de Educación con el respaldo "por intereses" de los sindicatos se están poniendo de perfil, escudándose en el anticuado Real Decreto del CGT, que le viene de escudo para no aplicar lo que no quieren aplicar, la antigüedad de interinos en el concurso general de traslados de educación
Perdón, quería decir que observo ciertos parecidos entre Galicia y Andalucia en este tema de la valoración de la antigüedad de interinos en el concurso general de traslados de educación


respublica

Cita de: pepe sosa en 17 Octubre, 2021, 12:41:45 PM
Respecto a lo que dices de que el TSJA refleja nada más la sentencia para los concursos autonómicos, lee esta sentencia del TSJA

He leído la sentencia y se refiere al CGT convocado en noviembre de 2017, que era de ámbito andaluz, tal y como pensaba.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: pepe sosa en 17 Octubre, 2021, 12:49:32 PM
Perdón, quería decir que observo ciertos parecidos entre Galicia y Andalucia en este tema de la valoración de la antigüedad de interinos en el concurso general de traslados de educación

Yo no veo que la situación en Andalucía sea similar a la de Galicia, que es única en toda España.

Si la administración andaluza quisiera podría aplicar la jurisprudencia del TSJA en el CGT, aunque le llovieran los recursos e incluso se paralizara como ocurrió en los traslados de los funcionarios autónomicos hasta que el TSJA se pronunció, pero es obvio que no tiene ninguna intención de hacerlo, como sí hizo la gallega.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

pepe sosa

Cita de: respublica en 17 Octubre, 2021, 14:41:43 PM
Cita de: pepe sosa en 17 Octubre, 2021, 12:49:32 PM
Perdón, quería decir que observo ciertos parecidos entre Galicia y Andalucia en este tema de la valoración de la antigüedad de interinos en el concurso general de traslados de educación

Yo no veo que la situación en Andalucía sea similar a la de Galicia, que es única en toda España.

Si la administración andaluza quisiera podría aplicar la jurisprudencia del TSJA en el CGT, aunque le llovieran los recursos e incluso se paralizara como ocurrió en los traslados de los funcionarios autónomicos hasta que el TSJA se pronunció, pero es obvio que no tiene ninguna intención de hacerlo, como sí hizo la gallega.


Saludos.
Estamos diciendo lo mismo, ¿no me leíste en el anterior entrada, esta es una aclaración de la anterior.
Efectivamente existen diferencias, las que tú y yo hemos comentado, que La Consejería de Galicia se plegó a su TSJG y aquí no ocurre lo mismo, a pesar de que aquí tenemos una ley de la función pública que lo Expone expresamente.
¿Arriman el hombro los sindicatos andaluces pero en caso negativo para la no valoración de la antigüedad de interinos en el concurso general de traslados en Andalucia¿?
A mi el que me está sorprendiendo es la postura de Ustea, lo que ha promulgado estar a favor de esta valoración y ahora que puede terminar con ello ni se manifiesta en su web

respublica

Cita de: pepe sosa en 17 Octubre, 2021, 14:55:10 PM
A mi el que me está sorprendiendo es la postura de Ustea, lo que ha promulgado estar a favor de esta valoración y ahora que puede terminar con ello ni se manifiesta en su web

¿Cómo puede terminar con ello? ¿Lo pide de nuevo y ya la Consejería le va a hacer caso por arte de magia?


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


pepe sosa

Cita de: respublica en 17 Octubre, 2021, 15:00:32 PM
Cita de: pepe sosa en 17 Octubre, 2021, 14:55:10 PM
A mi el que me está sorprendiendo es la postura de Ustea, lo que ha promulgado estar a favor de esta valoración y ahora que puede terminar con ello ni se manifiesta en su web

¿Cómo puede terminar con ello? ¿Lo pide de nuevo y ya la Consejería le va a hacer caso por arte de magia?


Saludos.
Respública yo lo veo  así, en el inminente CGT demanda en la Justicia la convocatoria por no ajustarse a la Ley de la función pública de Andalucia que transpone a la Directiva europea de 1999 y en base a la última jurisprudencia del TSJA y a en renglón seguido pide al Juzgado paralización del concurso de traslados de este año.

respublica

Cita de: pepe sosa en 17 Octubre, 2021, 14:55:10 PM
¿Arriman el hombro los sindicatos andaluces pero en caso negativo para la no valoración de la antigüedad de interinos en el concurso general de traslados en Andalucia¿?

Los sindicatos no mandan en nada sino que su función es representar ante la empresa a los trabajadores que los votan y se afilian, y la mayoría de esos afiliados y votantes salen perjudicados si se reconoce la antigüedad de interino, por lo que es comprensible que en Andalucía y en toda España antepongan otras cuestiones que beneficien a todos en sus demandas laborales.

Lo mismo se puede decir de la Junta de Andalucía, ¿para qué hacer algo que le puede quitar votos si puede no hacerlo?

Quienes sí deberían movilizarse y no lo hacen son los afectados, que más allá de que algunos le den al "me gusta" a un grupo de una red social no hacen nada, ni nada se espera.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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