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Situaciones de aprendizaje, saberes básicos y demás movidas LOMLOE

Iniciado por fjcm_xx, 06 Septiembre, 2022, 18:04:51 PM

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ameru

Cita de: jmcala en 17 Septiembre, 2022, 16:14:53 PM
La instrucción contraviene el Real Decreto y deberías saber que, en ese caso, no es la instrucción lo que debes aplicar. Más claro el agua.

La culpa no es tuya ni de ningún otro docente en Andalucía. Es de una CEJA que no ha hecho su trabajo. Ni Decreto, ni Orden alguna.

No solo de la Junta, también del Gobierno por no exigir nada. No sólo están para sacar Reales Decretos tarde y de redacción obtusa, también están para plantear una formación suficiente, dar el tiempo suficiente para aplicar lo publicado y hacer que se cumpla.

scout

Cita de: antonioalesmartinez en 17 Septiembre, 2022, 16:53:11 PM
Cita de: jmcala en 17 Septiembre, 2022, 16:41:03 PM
Pues creo que te equivocas si lo haces así. Las leyes, en España, siguen una jerarquía.

Lo que la CEJA ha hecho es no cumplir con su parte y pretender sortear la LOMLOE por ahora. Un Instrucción jamás puede ir contra un Real Decreto. Y es lo que ha propuesto la CEJA.

Puede ser, pero yo no soy ni abogado, ni fiscal, ni juez. No me compete decidir sobre ello. Si la instrucción contradice el RD compete al gobierno tumbarla, no a mi que estoy el último en la escala jerárquica.

Yo, sinceramente, no voy a incumplir una orden directa y por escrito.

Pero eres funcionario, por lo que un mínimo de legislación y procedimiento administrativo deberíamos saber. Más aún tu condición de funcionario es una salvaguarda para que le lleves la contraria al cacique de turno y sepas cuál es la jerarquía normativa que debes aplicar. Justificando motivadamente tu decisión cualquier juez te dará la razón. Por eso los inspectores se cuidan muy mucho de no dejar por escrito esas órdenes irregulares que dan a sus obedientes equipos directivos.


scout

Cita de: jmcala en 17 Septiembre, 2022, 16:41:03 PM
Pues creo que te equivocas si lo haces así. Las leyes, en España, siguen una jerarquía.

Lo que la CEJA ha hecho es no cumplir con su parte y pretender sortear la LOMLOE por ahora. Un Instrucción jamás puede ir contra un Real Decreto. Y es lo que ha propuesto la CEJA.

Totalmente de acuerdo con tu comentario. En esa misma línea recordar que las sentencias del tribunal supremo no pueden contradecir la jurisprudencia del TJUE que es el máximo órgano judicial. Del mismo modo que la constitución española es una norma de rango inferior a las directivas de la UE de obligado cumplimiento que nuestro gobierno se niega a transponer.

antonioalesmartinez

Cita de: scout en 18 Septiembre, 2022, 11:58:54 AM
Cita de: antonioalesmartinez en 17 Septiembre, 2022, 16:53:11 PM
Cita de: jmcala en 17 Septiembre, 2022, 16:41:03 PM
Pues creo que te equivocas si lo haces así. Las leyes, en España, siguen una jerarquía.

Lo que la CEJA ha hecho es no cumplir con su parte y pretender sortear la LOMLOE por ahora. Un Instrucción jamás puede ir contra un Real Decreto. Y es lo que ha propuesto la CEJA.

Puede ser, pero yo no soy ni abogado, ni fiscal, ni juez. No me compete decidir sobre ello. Si la instrucción contradice el RD compete al gobierno tumbarla, no a mi que estoy el último en la escala jerárquica.

Yo, sinceramente, no voy a incumplir una orden directa y por escrito.

Pero eres funcionario, por lo que un mínimo de legislación y procedimiento administrativo deberíamos saber. Más aún tu condición de funcionario es una salvaguarda para que le lleves la contraria al cacique de turno y sepas cuál es la jerarquía normativa que debes aplicar. Justificando motivadamente tu decisión cualquier juez te dará la razón. Por eso los inspectores se cuidan muy mucho de no dejar por escrito esas órdenes irregulares que dan a sus obedientes equipos directivos.

Me empieza a cansar esa actitud de si no estás de acuerdo conmigo es que no sabes de qué hablas. Me he leído la ley, me he leído la instrucción, he asesorado a mis compañeros, tanto de departamento dado que me compete, como los que eran de otro por solidaridad, he elevado las cuestiones pertinentes a dirección para que se le eleven a inspección... Quizá sea muys susceptible, pero que gente que no me ha visto trabajar ni una sola hora ni una sola hora en su vida ponga en duda mi profesionalidad me resulta suma malmete ofensivo. Quizá el problema sea mío, pero no se me ocurre que la primeras palabras que cruzo con alguien sea analfabeto, chapucero, ignorante.

Yo no hablo de caciquismo, hablo de que mi directora eleva la cuestión a inspección que remite a la instrucción de la CEJA. Usted me pides que yo haga de Tribunal Supremo y decida si la instrucción de la CEJA contraviene el RD. Yo no puedo decidir tal cosa, no tengo ni la potestad, ni la autoridad, ni el conocimiento suficiente para aplicarlo.  Ahora, que yo soy tan funcionario como usted, así que si usted no va a aplicar la LOMLOE en Andalucía impugnando la instrucción, tiene todo mi apoyo moral, ahora bien, la exigencia profesional no puede ser, en modo alguno, ejercer de Tribunal Supremo. Si la CEJA actúa ilegalmente, compete al ministerio. Mi deber es conocer la instrucción y aplicarla. Pero ya le digo, que si deciden no seguir la instrucción, tienen mi apoyo moral, pero yo no me voy a negar pues, hasta donde llega mi conocimiento debo seguir las instrucciones de la CEJA. Ustedes dicen que no, muy bien, adelante, impugnen la instrucción.

No discuto que me parece tremendamente irregular, y que ve completamente disparatado funcionar un curso sin orden. Pero es que el curso ya haga comenzado y no hay orden. Por tanto... ¿cómo deberíamos proceder?


scout

Cita de: antonioalesmartinez en 18 Septiembre, 2022, 12:14:00 PM
Cita de: scout en 18 Septiembre, 2022, 11:58:54 AM
Cita de: antonioalesmartinez en 17 Septiembre, 2022, 16:53:11 PM
Cita de: jmcala en 17 Septiembre, 2022, 16:41:03 PM
Pues creo que te equivocas si lo haces así. Las leyes, en España, siguen una jerarquía.

Lo que la CEJA ha hecho es no cumplir con su parte y pretender sortear la LOMLOE por ahora. Un Instrucción jamás puede ir contra un Real Decreto. Y es lo que ha propuesto la CEJA.

Puede ser, pero yo no soy ni abogado, ni fiscal, ni juez. No me compete decidir sobre ello. Si la instrucción contradice el RD compete al gobierno tumbarla, no a mi que estoy el último en la escala jerárquica.

Yo, sinceramente, no voy a incumplir una orden directa y por escrito.

Pero eres funcionario, por lo que un mínimo de legislación y procedimiento administrativo deberíamos saber. Más aún tu condición de funcionario es una salvaguarda para que le lleves la contraria al cacique de turno y sepas cuál es la jerarquía normativa que debes aplicar. Justificando motivadamente tu decisión cualquier juez te dará la razón. Por eso los inspectores se cuidan muy mucho de no dejar por escrito esas órdenes irregulares que dan a sus obedientes equipos directivos.

Me empieza a cansar esa actitud de si no estás de acuerdo conmigo es que no sabes de qué hablas. Me he leído la ley, me he leído la instrucción, he asesorado a mis compañeros, tanto de departamento dado que me compete, como los que eran de otro por solidaridad, he elevado las cuestiones pertinentes a dirección para que se le eleven a inspección... Quizá sea muys susceptible, pero que gente que no me ha visto trabajar ni una sola hora ni una sola hora en su vida ponga en duda mi profesionalidad me resulta suma malmete ofensivo. Quizá el problema sea mío, pero no se me ocurre que la primeras palabras que cruzo con alguien sea analfabeto, chapucero, ignorante.

Yo no hablo de caciquismo, hablo de que mi directora eleva la cuestión a inspección que remite a la instrucción de la CEJA. Usted me pides que yo haga de Tribunal Supremo y decida si la instrucción de la CEJA contraviene el RD. Yo no puedo decidir tal cosa, no tengo ni la potestad, ni la autoridad, ni el conocimiento suficiente para aplicarlo.  Ahora, que yo soy tan funcionario como usted, así que si usted no va a aplicar la LOMLOE en Andalucía impugnando la instrucción, tiene todo mi apoyo moral, ahora bien, la exigencia profesional no puede ser, en modo alguno, ejercer de Tribunal Supremo. Si la CEJA actúa ilegalmente, compete al ministerio. Mi deber es conocer la instrucción y aplicarla. Pero ya le digo, que si deciden no seguir la instrucción, tienen mi apoyo moral, pero yo no me voy a negar pues, hasta donde llega mi conocimiento debo seguir las instrucciones de la CEJA. Ustedes dicen que no, muy bien, adelante, impugnen la instrucción.

No discuto que me parece tremendamente irregular, y que ve completamente disparatado funcionar un curso sin orden. Pero es que el curso ya haga comenzado y no hay orden. Por tanto... ¿cómo deberíamos proceder?

No se enfade hombre, no cuestiono su profesionalidad. Sólo que como funcionarios tenemos la obligación de saber tanto o más de leyes que un abogado y aplicarlas correctamente en servicio del administrado. Y si hiciera falta enfrentarnos al gobernante de turno que nos pide que la vulneremos. De ahí la condición vitalicia y la seguridad laboral de los funcionarios.

Mi forma de proceder creo que va a ser la de todos los años con respecto a las ocurrencias de principio de curso que por mi experiencia es la que aplica la mayoría del personal docente aunque no lo verbalice en público.

godob

Cita de: scout en 18 Septiembre, 2022, 12:38:31 PM
Cita de: antonioalesmartinez en 18 Septiembre, 2022, 12:14:00 PM
Cita de: scout en 18 Septiembre, 2022, 11:58:54 AM
Cita de: antonioalesmartinez en 17 Septiembre, 2022, 16:53:11 PM
Cita de: jmcala en 17 Septiembre, 2022, 16:41:03 PM
Pues creo que te equivocas si lo haces así. Las leyes, en España, siguen una jerarquía.

Lo que la CEJA ha hecho es no cumplir con su parte y pretender sortear la LOMLOE por ahora. Un Instrucción jamás puede ir contra un Real Decreto. Y es lo que ha propuesto la CEJA.

Puede ser, pero yo no soy ni abogado, ni fiscal, ni juez. No me compete decidir sobre ello. Si la instrucción contradice el RD compete al gobierno tumbarla, no a mi que estoy el último en la escala jerárquica.

Yo, sinceramente, no voy a incumplir una orden directa y por escrito.

Pero eres funcionario, por lo que un mínimo de legislación y procedimiento administrativo deberíamos saber. Más aún tu condición de funcionario es una salvaguarda para que le lleves la contraria al cacique de turno y sepas cuál es la jerarquía normativa que debes aplicar. Justificando motivadamente tu decisión cualquier juez te dará la razón. Por eso los inspectores se cuidan muy mucho de no dejar por escrito esas órdenes irregulares que dan a sus obedientes equipos directivos.

Me empieza a cansar esa actitud de si no estás de acuerdo conmigo es que no sabes de qué hablas. Me he leído la ley, me he leído la instrucción, he asesorado a mis compañeros, tanto de departamento dado que me compete, como los que eran de otro por solidaridad, he elevado las cuestiones pertinentes a dirección para que se le eleven a inspección... Quizá sea muys susceptible, pero que gente que no me ha visto trabajar ni una sola hora ni una sola hora en su vida ponga en duda mi profesionalidad me resulta suma malmete ofensivo. Quizá el problema sea mío, pero no se me ocurre que la primeras palabras que cruzo con alguien sea analfabeto, chapucero, ignorante.

Yo no hablo de caciquismo, hablo de que mi directora eleva la cuestión a inspección que remite a la instrucción de la CEJA. Usted me pides que yo haga de Tribunal Supremo y decida si la instrucción de la CEJA contraviene el RD. Yo no puedo decidir tal cosa, no tengo ni la potestad, ni la autoridad, ni el conocimiento suficiente para aplicarlo.  Ahora, que yo soy tan funcionario como usted, así que si usted no va a aplicar la LOMLOE en Andalucía impugnando la instrucción, tiene todo mi apoyo moral, ahora bien, la exigencia profesional no puede ser, en modo alguno, ejercer de Tribunal Supremo. Si la CEJA actúa ilegalmente, compete al ministerio. Mi deber es conocer la instrucción y aplicarla. Pero ya le digo, que si deciden no seguir la instrucción, tienen mi apoyo moral, pero yo no me voy a negar pues, hasta donde llega mi conocimiento debo seguir las instrucciones de la CEJA. Ustedes dicen que no, muy bien, adelante, impugnen la instrucción.

No discuto que me parece tremendamente irregular, y que ve completamente disparatado funcionar un curso sin orden. Pero es que el curso ya haga comenzado y no hay orden. Por tanto... ¿cómo deberíamos proceder?

No se enfade hombre, no cuestiono su profesionalidad. Sólo que como funcionarios tenemos la obligación de saber tanto o más de leyes que un abogado y aplicarlas correctamente en servicio del administrado. Y si hiciera falta enfrentarnos al gobernante de turno que nos pide que la vulneremos. De ahí la condición vitalicia y la seguridad laboral de los funcionarios.

Mi forma de proceder creo que va a ser la de todos los años con respecto a las ocurrencias de principio de curso que por mi experiencia es la que aplica la mayoría del personal docente aunque no lo verbalice en público.
Menos mal que alguien lo Ha dicho.
Noto una falta de experiencia alarmante.
Que nadie se moleste.
Saludos

antonioalesmartinez

No me enfado y gracias por la aclaración, insisto en que quizá sea yo que esté susceptible. Creo haberle entendido, no es exactamente lo mismo que decía en su anterior post, tampoco lo verbalizaré.

Solo una matización, un funcionario no puede tener mayor conocimiento de leyes que un abogado, la pretensión es absurda, a menos que se refiera usted al ámbito concreto de la legislación educativa, en cuyo caso sí, claro. Creo, no obstante, que la cuestión sobre la ilegalidad de la instrucción supera el ámbito educativo. Por otro lado, hasta el peor abogado sabe más de Derecho Penal que yo. Y respecto a que esa es la obligación del funcionario dada su condición vitalicia y seguridad laboral, el funcionario interino ni tiene condición vitalicia ni seguridad laboral, aunque siga siendo funcionario.

xenium

Cita de: ameru en 17 Septiembre, 2022, 23:02:36 PM
Cita de: jmcala en 17 Septiembre, 2022, 16:14:53 PM
La instrucción contraviene el Real Decreto y deberías saber que, en ese caso, no es la instrucción lo que debes aplicar. Más claro el agua.

La culpa no es tuya ni de ningún otro docente en Andalucía. Es de una CEJA que no ha hecho su trabajo. Ni Decreto, ni Orden alguna.

No solo de la Junta, también del Gobierno por no exigir nada. No sólo están para sacar Reales Decretos tarde y de redacción obtusa, también están para plantear una formación suficiente, dar el tiempo suficiente para aplicar lo publicado y hacer que se cumpla.

Exacto.

Pero el gobierno legisla y redacta verdaderos truños imprecisos provenientes de pedabobos vende motos.

Lo hace tarde y mal y luego se desentiende.

Es una forma de proceder que lleva tiempo instalada en este gobierno.

Y luego se sorprenden de que las encuestas electorales le vayan mal.

Pues no sé qué esperaban, en qué mundo viven.

Por otra parte la CEJA remata el desaguisado.

Luego vendrán los inspectores a ponerse estupendos. Menuda farsa.
Pienso, luego existo.


albay

Ayer me estuve leyendo la Instrucción y el Real Decreto tras los comentarios que surgieron aquí.

Sigo sin localizar en qué y dónde contraviene la Instrucción al RD.

jmcala

Después de leerte he revisado la Instrucción de la CEJA, albay.

En su punto noveno deja claro que:

2. Para la evaluación del alumnado se utilizarán diferentes instrumentos tales como cuestionarios, formularios, presentaciones, exposiciones orales, edición de documentos, pruebas, escalas de observación, rúbricas o portfolios, entre otros, ajustados a los criterios de evaluación y a las características específicas del alumnado. Se fomentarán los procesos de coevaluación y autoevaluación del alumnado.

3. En los cursos primero y tercero, los criterios de evaluación han de ser medibles, por lo que se han de establecer mecanismos objetivos de observación de las acciones que describen, así como indicadores claros, que permitan conocer el grado de desempeño de cada criterio. Para ello, se establecerán indicadores de logro de los criterios, en soportes tipo rúbrica. Los grados o indicadores de desempeño de los criterios de evaluación de los cursos impares de esta etapa se habrán de ajustar a las graduaciones de insuficiente (del 1 al 4), suficiente (del 5 al 6), bien (entre el 6 y el 7), notable (entre el 7 y el 8 ) y sobresaliente (entre el 9 y el 10).


El punto 2 mezcla tareas con técnicas e instrumentos de evaluación, haciendo que no tenga sentido lo que indica porque no sigue el sentido del RD. El diseño de situaciones de aprendizaje debe tener en cuenta que las tareas y técnicas de evaluación sean variadas, lo que implica una variedad de instrumentos de evaluación.

El punto 3 se mete en un berenjenal al pretender que solo se use la rúbrica como instrumento de evaluación en una redacción del punto que no es acertada en absoluto. Lo que pretende decir el punto 3 es que los criterios de evaluación deben estar graduados y corresponder a distintos niveles de logro, lo que se puede expresar por medio de indicadores de logro. Al meter la coletilla "en soporte tipo rúbrica" meten la pata hasta el corvejón porque pueden provocar la confusión de que todo haya de evaluarse con un único instrumento evaluación. También aclara cómo será la calificación en Séneca, es decir, la calificación que la CEJA establecerá como válida, pero es otra inferencia en la metodología docente pretender que hay que usar esa escala de calificación en los indicadores de logro.

Insisto. Interpretar de la instrucción que todo hay que hacerlo por medio de rúbricas de evaluación es un error de bulto. Supongo que cuando publiquen el decreto y la orden corregirán este dislate. Lo que clama al cielo es que el servicio de inspección siga, erre que erre, con una instrucción con errores de redacción y una interpretación que contraviene el RD.


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