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¿ Se puede pedir concursillo sin haber pedido concurso de traslados ?

Iniciado por osensei, 22 Octubre, 2022, 19:37:56 PM

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osensei

Pues eso, no sé si sigue vigente la condición de que hay que participar previamente  en concurso de traslados.

malogu

Sí, para solicitar comisión de servicios por concursillo deberá concursar de manera efectiva y sin presentar renuncia (art. 13.7 de la Orden de 10 de junio de 2020), salvo que haya obtenido destino en el concurso de traslados anterior.


osensei

Gracias. Obtuve destino definitivo hace tres años, según eso: ¿ hace falta el concurso de traslados ?.

pictoliano

Cita de: osensei en 22 Octubre, 2022, 20:05:44 PM
Gracias. Obtuve destino definitivo hace tres años, según eso: ¿ hace falta el concurso de traslados ?.
Si


Farfanus

Cita de: pictoliano en 22 Octubre, 2022, 20:07:45 PM
Cita de: osensei en 22 Octubre, 2022, 20:05:44 PM
Gracias. Obtuve destino definitivo hace tres años, según eso: ¿ hace falta el concurso de traslados ?.
Si

Y además es condición no renunciar.


Artemis

Hola, yo estoy un poco liada también con este tema. Recibí mi destino definitivo el curso pasado, en mi año de prácticas. La verdad es que estoy donde pedí y donde quiero estar, pero me gustaría pedir el concursillo por si acaso a mi pareja la mandan lejos. En primer lugar, ¿sería posible? Y en segundo, ¿se aplica en este caso la no renuncia también? Es que al leeros y ver que no se puede renunciar ya sería otra cosa, creo que no me arriesgaría... Muchas gracias y ánimo en esta lucha contra la administración y la incertidumbre que es el camino hacia la función docente y la consolidación. Un abrazo.

malogu

Cita de: Artemis en 24 Octubre, 2022, 08:01:56 AM
Hola, yo estoy un poco liada también con este tema. Recibí mi destino definitivo el curso pasado, en mi año de prácticas. La verdad es que estoy donde pedí y donde quiero estar, pero me gustaría pedir el concursillo por si acaso a mi pareja la mandan lejos. En primer lugar, ¿sería posible? Y en segundo, ¿se aplica en este caso la no renuncia también? Es que al leeros y ver que no se puede renunciar ya sería otra cosa, creo que no me arriesgaría... Muchas gracias y ánimo en esta lucha contra la administración y la incertidumbre que es el camino hacia la función docente y la consolidación. Un abrazo.
Al ser el primer año con destino definitivo, no puedes participar en el CGT, pero si puedes participar en el concursillo, es la excepción, ya que tienes que tener destino al menos durante dos años para poder concursar en CGT.
Cuando salgan las comisiones de servicio puedes solicitarla, lo cual no te obliga a nada.
Cuando salga la convocatoria de destinos provisionales, puedes solicitar o no, según te interese y posteriormente incluso puedes renunciar cuando salga la adjudicación provisional de destinos provisionales.
Eso si, cuando salga la adjudicación definitiva ya no hay vuelta atras.
Espero haberme explicado.


Farfanus

Cita de: malogu en 24 Octubre, 2022, 10:35:24 AM
Cita de: Artemis en 24 Octubre, 2022, 08:01:56 AM
Hola, yo estoy un poco liada también con este tema. Recibí mi destino definitivo el curso pasado, en mi año de prácticas. La verdad es que estoy donde pedí y donde quiero estar, pero me gustaría pedir el concursillo por si acaso a mi pareja la mandan lejos. En primer lugar, ¿sería posible? Y en segundo, ¿se aplica en este caso la no renuncia también? Es que al leeros y ver que no se puede renunciar ya sería otra cosa, creo que no me arriesgaría... Muchas gracias y ánimo en esta lucha contra la administración y la incertidumbre que es el camino hacia la función docente y la consolidación. Un abrazo.
Al ser el primer año con destino definitivo, no puedes participar en el CGT, pero si puedes participar en el concursillo, es la excepción, ya que tienes que tener destino al menos durante dos años para poder concursar en CGT.
Cuando salgan las comisiones de servicio puedes solicitarla, lo cual no te obliga a nada.
Cuando salga la convocatoria de destinos provisionales, puedes solicitar o no, según te interese y posteriormente incluso puedes renunciar cuando salga la adjudicación provisional de destinos provisionales.
Eso si, cuando salga la adjudicación definitiva ya no hay vuelta atras.
Espero haberme explicado.

Eso es, perfectamente explicado. Al no tener que concursar este año, puede servirte el concursillo como prueba. Pero en años sucesivos, recuerda que si concursas, pueden darte destino, y si estás bien en tu destino actual es un riesgo...

En cualquier caso, debes aportar certificado de empadronamiento del lugar en el que desees residir/trabajar (aunque luego puedas poner realmente cualquier destino).

Saludos.

dekat

Hola, miradlo bien porque yo creo que eso de los dos años antes de concursar no es así ya.
Si me equivoco pues vale pero es mejor cerciorarse no vaya a ser que por no concursar pasen cosas desagradables.
Un saludo


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