¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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OPOSICIONES MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS 2023/24

Iniciado por manuelco, 01 Noviembre, 2022, 23:16:40 PM

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Bike11

Por aquí otro que se ha metido en el grupo y he aguantado 24 horas. 400 mensajes en 2 horas que no servían para nada. Me quedo por aquí , hay aportaciones de mucha más calidad. Y además tenemos a Suricato que es nuestro guru adoraranad

abejiro

Yo no he entrado en el grupo, pero, salvo que necesite un camello para aguantar esta tensión, creo que voy a evitarlo por mi salud mental. Y por no mandar a paseo a más de uno...


Callejón sin salida

Cuál sería el calendario aproximado de lo que resta de concurso de méritos?

avefenix

Sé un promontorio, observa impasible como se abonanzan las aguas (Marco Aurelio)


Callejón sin salida

Gracias.

Supuestamente, los seleccionados en el concurso de méritos participan en la colocación de efectivos de Julio, a la espera de destino provisional, y el próximo curso participarían ya en el concurso de traslados para destino definitivo???

En el comunicado de UGT hablan de un proceso anterior y paralelo del habitual colocación de efectivos. Alguien puede aclararlo?

Digital

Cita de: avefenix en 05 Abril, 2023, 08:54:35 AM
Cita de: Callejón sin salida en 05 Abril, 2023, 08:37:42 AM
Cuál sería el calendario aproximado de lo que resta de concurso de méritos?
Ahí está.
https://educacion.fespugtclm.es/concurso-de-meritos-estabilizacion-fechas-previstas-para-la-resolucion-del-concurso-de-meritos-y-adjudicacion-de-destinos-provisionales-para-el-curso-2023-24/
Espero que no séeretrasen mucho. Sé que en Andalucía no es obligatorio presentarse a opos, pero hasta que todo esto no esté acabado creo que no me quedaré tranquila tanto si entro como en caso contrario. Porque ya sería rocambolesco que lo paralizaran en mitad de las opos y no nos hubiésemos presentado. Sí, lo siento, soy pesimista y después de leer el grupo de Telegram ayer creo que mi pesimismo ha aumentado por segundos .

Digital


Suricato99

Cita de: Callejón sin salida en 05 Abril, 2023, 09:23:18 AM
Gracias.

Supuestamente, los seleccionados en el concurso de méritos participan en la colocación de efectivos de Julio, a la espera de destino provisional, y el próximo curso participarían ya en el concurso de traslados para destino definitivo???

En el comunicado de UGT hablan de un proceso anterior y paralelo del habitual colocación de efectivos. Alguien puede aclararlo?

Habla del proceso de destinos de Castilla La Mancha que es distinto al de Andalucía. No le hagas mucho caso a esa parte final pues aquí no se procede igual


malogu

Cita de: Patán en 04 Abril, 2023, 20:53:02 PM
Cita de: malogu en 04 Abril, 2023, 20:27:25 PM
Cita de: Patán en 04 Abril, 2023, 20:21:12 PM
DUDA ALEGACIONES:

Si indicastes que tenías un mérito, pero el documento que justifica ése mérito es erróneo ¿puedes subsanarlo ahora?


es decir, sería sólo aportar el documento correctamente, el mérito estaba indicado en la instancia, y finalizado antes de la fecha de la convocatoria, sólo es erróneo el documento
"Si invocastes el mérito, aúnque no adjuntaras el documento por no disponer de el, deben puntuartelo.
En el caso de que no disponga dentro del plazo de presentación de instancias de alguno de los documentos justificativos de los méritos que desea que se baremen tendrá que invocar dicho mérito en la instancia y presentar documentación justificativa de haberlo solicitado. Durante el plazo de alegaciones deberá aportar la documentación del citado mérito."


muchas gracias por contestar malugu!!!

me puedes decir dónde viene la normativa que indica eso para justificar bien la alegación???

muchas gracias otra vez
En la Orden en el punto 7.2. Alegaciones contra las puntuaciones provisionales del baremo de méritos de los aspirantes.
Contra las puntuaciones provisionales, los interesados podrán presentar alegaciones, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación. Las reclamaciones se dirigirán a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, debiendo ser presentadas por medios electrónicos a través de la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Asimismo, los errores materiales, de hecho o aritméticos, que se adviertan podrán rectificarse en el mismo plazo, de oficio o a petición de los interesados, según lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo de las Administraciones Públicas. No se admitirá, en ningún caso, la aportación de nueva documentación acreditativa de méritos no invocados en la solicitud con las alegaciones. El trámite de notificación de la contestación de estas alegaciones se entenderá efectuado con la publicación de las listas con las puntuaciones definitivas, declarándose desestimadas las alegaciones no recogidas en las mismas.

Encadenado

Cita de: derfel en 04 Abril, 2023, 16:31:38 PM
Cita de: Encadenado en 04 Abril, 2023, 14:06:13 PM
Cita de: respublica en 03 Abril, 2023, 20:15:31 PM
Cita de: Iridium en 03 Abril, 2023, 19:29:49 PM
Ya estamos como siempre, esta discusión es eterna por la puñetera obsesión de la administración en no ir mejorando convocatoria tras convocatoria la redacción de las requisitos del baremo. En cualquier caso del texto normativo que ha escrito el compañero se deduce que una ingeniería técnica no requiere de la presentación adjunta de certificación académica.

Iridium, ¡cuánto tiempo!

Esta no es una discusión teórica sobre lo que podría pasar, sino sobre lo que ya ha pasado, y lo que ha pasado es que al compañero no le han contado su ingeniería técnica y la explicación que yo he encontrado es que no ha entregado el certificado académico para que comprueben que ha superado todas sus asignaturas, tal y como dice la convocatoria.

Así que yo que él adjuntaría en la alegación el certificado académico y a ver si así se lo cuentan.


Saludos.


Mi título de Ingeniero Técnico no me lo han contado por la siguiente razón (es lo que han puesto en en la web cuando he pulsado el apartado correspondiente): "NO SE VALORA LA TITULACIÓN CONDUCENTE A OTRA ALEGADA COMO REQUISITO",
por tanto, no se trata de si he presentado la copia del título o la certificación académica, a ellos les da igual esto, automáticamente no lo valoran y ya está, cometiendo un error de normativa que, me temo, no corregirán.

Y, ahora, vamos a leer con detenimiento la normativa:

"Documentación justificativa: Certificación académica o copia del título alegado para el ingreso en el cuerpo, así de como todos aquellos que se aleguen como mérito"

Lo primero que se aprecia es una incongruencia pues el título alegado para el ingreso en el cuerpo no se debe valorar como aparece al principio del apartado 2.3: "2.3. OTRAS TITULACIONES UNIVERSITARIAS: Se valoran las titulaciones universitarias de carácter oficial, en caso de que no hubieran sido las alegadas como requisito para el ingreso en la función pública docente.".
Lamentablemente esto no lo corrigen por mucho que va pasando el tiempo.

Por ello yo me acojo a "así de como todos aquellos que se aleguen como mérito", y está claro, que se puede presentar la copia del título, y que no hay por qué presentar ninguna certificación académica.

En segundo lugar, una ingeniería técnica es una carrera absolutamente independiente de cualquier otra, que habilita completamente para ejercerla profesionalmente, que no tiene nada que ver con el primer ciclo de una carrera que no habilita absolutamente para nada. En consecuencia, una ingeniería técnica no es una carrera de primer ciclo.

Por último volviendo a la normativa: "Cuando se trate de estudios correspondientes al primer ciclo de una titulación, certificación académica en la que se acredite la superación de todas sus asignaturas o créditos.".

Los estudios correspondientes al primer ciclo de una titulación son los tres primeros cursos de las antiguas licenciaturas, es decir, que el primer ciclo de la titulación de Física son los tres primero años de esa titulación; el primer ciclo de la licenciatura de Derecho son los tres primeros cursos de la licenciatura de Derecho, etc. etc. Otra vez se ve que una ingeniería técnica no es una carrera de primer ciclo.

Claramente, en estas cosas, tiene la razón Iridium: "la puñetera obsesión de la administración en no ir mejorando convocatoria tras convocatoria la redacción de las requisitos del baremo".
Creo que para cualquier reclamación debemos recurrir siempre a la convocatoria.
Posiblemente (digo posiblemente) no te hayan contado el título de Ingeniero Tco. por esto:
"2.3.1 Titulaciones de primer ciclo.
Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o títulos declarados legalmente equivalentes y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería.
En el caso de aspirantes a cuerpos de funcionarios docentes Subgrupo A2, no se valorarán por este apartado, en ningún caso, el primer título o estudios de esta naturaleza que presente el aspirante.
En el caso de aspirantes a cuerpos de funcionarios docentes Subgrupo A1, no se valorarán por este subapartado, en ningún caso, el título o estudios de esta naturaleza que hayan sido necesarios superar para la obtención del primer título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto que presente el aspirante."
Es decir, si te has presentado a una plaza del grupo A1 (secundaria) y has presentado un título de Licenciado o Ingeniero, no te contarán el título de Ingeniero Técnico si el título de licenciado o ingeniero fue obtenido con la convalidación de alguna asignatura del primero.
Y creo que esa es la clave. Si tu título de licenciado / ingeniero no tiene nada que ver con el de ingeniero técnico, presenta alegación en esos términos, con certificado de notas de la licenciatura donde se acredite que no tiene materias convalidadas de la ingeniería técnica. Si, por el contrario, en ese certificado de notas se puede apreciar que existen convalidaciones (no habla de ningún tanto por ciento como puedes comprobar sino "que haya sido necesario") se entiende que el título de ingeniero técnico ha sido necesario (parcialmente) para obtener la licenciatura y (a tenor de la convocatoria) no procede baremación por él en el apartado 2.3.1.
Espero que te pueda servir la aclaración y haberte ayudado a enfocar la posible reclamación.
Un saludo.

Gracias por tu respuesta. Saludos.


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