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Mérito de los centros de especial dificultad, ¿por qué no a todos los docentes?

Iniciado por Iridium, 07 Agosto, 2023, 18:35:20 PM

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Iridium

Esta duda la tengo desde que leí la tabla del baremo del concurso de traslados de 2022. Si el Tribunal Supremo sentenció que la valoración de los servicios prestados debe ser idéntica con independencia de la condición del funcionario que los ejerce (de carrera, o en prácticas, o interino), y por ese motivo se tuvo que modificar el Real Decreto que se ocupa de esos baremos, ¿por qué no se llegó a cambiar el que los servicios prestados en centros de especial dificultad tienen una valoración extra que solo se reconoce cuando has ejercido esos puestos como funcionario de carrera?

No entiendo que la sentencia del Supremo se pase por alto en ese aspecto concreto. ¿Cómo se explica?

doraemon

Hola. Se reconoce también el tiempo de servicio prestado en estos centros cuando ha sido como funcionario interino. Por ese motivo se mantiene esa valoración extra. Un saludo.


harto

Esa es la gracia que me da cuando el director de turno de un centro de este tipo dice muy ancho que tiene valor extra y a los interinos (que somos la mayoría) no nos vale para nada.

John Rombo

Todo lo que decís es cierto.
Lo raro es que un funcionario cosa un ies de difícil desempeño ya que opta a lugares mejores. Por ello se le premia.
El interino con poco tiempo de servicio si quiere trabajar no tiene más remedio que ir, está  casi obligado.  No se le premia. La administración no tiene necesidad. Así lo veo yo


Iridium

Cita de: doraemon en 07 Agosto, 2023, 20:00:37 PM
Hola. Se reconoce también el tiempo de servicio prestado en estos centros cuando ha sido como funcionario interino. Por ese motivo se mantiene esa valoración extra. Un saludo.

No te entiendo bien. Los funcionarios que lo son de carrera mientras están en centro de especial dificultad obtienen 4 puntos por año (o 6 incluso si concursan desde ese centro), y los que prestan el mismo servicio (de ahí mi extrañeza) pero no son de carrera cuando lo hacen solo cogen 2. Teóricamente esa diferencia de 2 puntos se salta la sentencia.

respublica

Creo que os estáis liando todos y ninguno estáis haciendo una lectura correcta de lo que el baremo del CGT establece sobre el tema en cuestión, a lo que os invito sin acritud.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

harto

Cita de: John Rombo en 07 Agosto, 2023, 21:36:01 PM
Todo lo que decís es cierto.
Lo raro es que un funcionario cosa un ies de difícil desempeño ya que opta a lugares mejores. Por ello se le premia.
El interino con poco tiempo de servicio si quiere trabajar no tiene más remedio que ir, está  casi obligado.  No se le premia. La administración no tiene necesidad. Así lo veo yo
Con poco o con mucho TS porque yo ya tengo unos cuantos y nunca he pillado un centro medio en condiciones por lo que los de Carrera optan por supuesto a los mejores centros.

Iridium

Cita de: respublica en 08 Agosto, 2023, 00:31:50 AM
Creo que os estáis liando todos y ninguno estáis haciendo una lectura correcta de lo que el baremo del CGT establece sobre el tema en cuestión, a lo que os invito sin acritud.


Saludos.

Supongo que te refieres a que no basta con tener en cuenta la propia tabla del baremo sino que hay que atender a las aclaraciones que vienen después de la misma.

Y en esas aclaraciones lo que se dice es que te puntúan el centro de especial dificultad (sus dos puntos por año añadidos a los puntos de centros "normales") si eres de carrera y participas en el concurso desde un centro de ese tipo, y también te lo puntúan si eres funcionario de carrera con destino provisional y has estado con ese estatus en un centro de ese tipo.

O sea, que te dan puntos por centro de especial dificultad solo si eres funcionario de carrera. Si estás en prácticas en un centro de especial dificultad no se dan puntos por ese tipo de prestación de servicios, y si has sido interino en centros así antes de acceder la funcionariado en prácticas o de carrera, tampoco.

Sigo sin saber cómo casa esto con el principio de legalidad que marca la sentncia del Tribunal Supremo que manda a valorar con absoluta equivalencia los mismos servicios prestados por el personal docente con independencia del colectivo al que pertenezca (carrera, prácticas, interinidad).


doraemon

Yo a lo que me refiero es que si estás trabajando en un centro de difícil desempeño siendo interino, cuando seas funcionario de carrera si te contará doble. No sé si estaré equivocado. Pero si a partir del año pasado se tiene en cuenta el tiempo de servicio como interino, supongo que los años que sean en centros de difícil desempeño también contarán doble cuando vayas al CGT.

Iridium

Cita de: doraemon en 08 Agosto, 2023, 14:50:49 PM
Yo a lo que me refiero es que si estás trabajando en un centro de difícil desempeño siendo interino, cuando seas funcionario de carrera si te contará doble. No sé si estaré equivocado. Pero si a partir del año pasado se tiene en cuenta el tiempo de servicio como interino, supongo que los años que sean en centros de difícil desempeño también contarán doble cuando vayas al CGT.

No, y esa es la cuestion, ni te cuenta más si has desempeñado como interino, ni te cuenta más si has desempeñado como funcionario en prácticas. A los de carrera sí.


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