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Consulta a Flafi y moderadores

Iniciado por mara1, 08 Abril, 2013, 14:49:32 PM

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mara1

Hola Flafi!

Quería preguntarte cuando el médico te da de baja por una enfermedad que te impide ejercer provisionalmente
tu profesión, qué te quitan de sueldo los 3 primeros días? Y toda la semana?

Te lo comento ya que tengo un compañero que se encuentra en ese caso. Gracias.

FLAFLI

Cuando se produce una baja, lo primero que hay que hacer es comprobar que la causa o enfermedad permiten cobrar el 100% o no. Y ante la duda, presentar siempre el anexo del 100%.

El recorte que se aplica es, el 50% los 3 primeros días de la baja, el 25% desde el 4º día hasta el 20º, y a partir de 21 días no se recorta nada.

Pero además, y cosa que ha denunciado USTEA, es que en las delegaciones, están recortado, y luego si da tiempo en nómina quito el recorte, pero si no da tiempo, se manda el recorte en la nómina, si luego resulta que estás exento del recorte, pues te devuelven el dinero, algo que es ilegal.

Saludos
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

HAN CAMBIADO LAS NORMAS DE JUEGO SIN LA CIUDADANÍA, Y SIGUEN QUERIENDO QUE LAS RESPETEMOS

No son ajustes, es una destrucción de la sociedad, ante ataques destructivos, respuestas contundentes

Si luchas puedes que no ganes, si no luchas ya has perdido

GRAN MOVILIZACIÓN PROFESORADO INTERINO


mara1

Cita de: FLAFLI en 08 Abril, 2013, 16:30:01 PM
Cuando se produce una baja, lo primero que hay que hacer es comprobar que la causa o enfermedad permiten cobrar el 100% o no. Y ante la duda, presentar siempre el anexo del 100%.

El recorte que se aplica es, el 50% los 3 primeros días de la baja, el 25% desde el 4º día hasta el 20º, y a partir de 21 días no se recorta nada.

Pero además, y cosa que ha denunciado USTEA, es que en las delegaciones, están recortado, y luego si da tiempo en nómina quito el recorte, pero si no da tiempo, se manda el recorte en la nómina, si luego resulta que estás exento del recorte, pues te devuelven el dinero, algo que es ilegal.

Saludos


Hola Flafi! Tú escribes "cuando se produce una baja, lo primero que hay que hacer es comprobar que la causa o enfermedad permiten cobrar el 100% o no. Y ante la duda, presentar siempre el anexo del 100%". pero, ¿cuál es el anexo del 100%?
y ¿ dónde puedo comprobar que la causa o enfermedad permite cobrar el 100%? Su problema es que se ha quedado sin voz.


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