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Deducción especial Renta para interinos/sustitutos??

Iniciado por paula123, 16 Mayo, 2013, 21:18:08 PM

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paula123

¿A alguien le han dicho que por ser interino que haya estado parado en el 2012 tiene una deducción "especial" en la declaración de la renta?? Me ha llegado un correo en el que dicen que si has estado parado y has trabajado en el 2012 te corresponde una deducción especial???

hall73

Pues yo estoy en la misma situación, esperando a hacer la renta hasta el último minuto....Desde septiembre en paro y me toca pagar un dinerillo!! Se agradecería la información!!


manu manue

hola compañeros, soy compañero de la especialidad de economía, lo digo por la información que os voy a dar quizás os dé más confianza.
supongo que estáis hablando de la reducción por movilidad geográfica, tiene que ser una situación en la que estéis en desempleo, dado de alta en inem, y aceptéis un puesto de trabajo, en nuestro caso una sustitución o vacante que implique cambio de domicilio, no hace falta presentar contrato de alquiler, según sentencia del tsj de extremadura.
yo en mi caso para la renta de 2012 de tener que pagra 90 euros, me devuelven 690 euros, yo creo que merece la pena modificar el borrador.
ah otra cosa, vale para el año en que ocurrió el hecho y para el siguiente.
espero que os sirva de ayuda
os paso alguna dirección para saber más
http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/etiquetas/movilidad-geografica
http://www.fiscal-impuestos.com/node/4062

Liadilla!

Cita de: manu manue en 16 Mayo, 2013, 21:39:57 PM
hola compañeros, soy compañero de la especialidad de economía, lo digo por la información que os voy a dar quizás os dé más confianza.
supongo que estáis hablando de la reducción por movilidad geográfica, tiene que ser una situación en la que estéis en desempleo, dado de alta en inem, y aceptéis un puesto de trabajo, en nuestro caso una sustitución o vacante que implique cambio de domicilio, no hace falta presentar contrato de alquiler, según sentencia del tsj de extremadura.
yo en mi caso para la renta de 2012 de tener que pagra 90 euros, me devuelven 690 euros, yo creo que merece la pena modificar el borrador.
ah otra cosa, vale para el año en que ocurrió el hecho y para el siguiente.
espero que os sirva de ayuda
os paso alguna dirección para saber más
http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/etiquetas/movilidad-geografica
http://www.fiscal-impuestos.com/node/4062

Muchas gracias por tu aportación. Una duda al respecto,a ver si nos la puedes responder: Es compatible esta deducción con la deducción por vivienda habitual? Es que en mi caso, por ejemplo, estoy pagando mi hipoteca en mi ciudad, y además pagando un aquiler porque no puedo ir y venir todos los días, y claro, sería interesante poder deducirme por lo dos conceptos y no tener que optar por uno.



SSG

Cuidado!!! Solo puedes deducir uno, o movilidad geográfica o deducción por vivienda habitual.

blancamusica

Buenas, yo ayer hice la declaración en hacienda y tenía que pagar 750 euros. Comente lo de movilidad geográfica. El hombre que me atendió fue a hàblar con un superior y al volver me dijo que si me llaman sólo tenía que presentar cartilla inem y toma de posesión pposterior. El caso es que la heche y ahora pagaré 34 euros. Gran diferencia, la verdad. Por ciertos, es bueno saber algo más de la sentencia del TSJ por si nos piden algo más si nos llaman. Un saludo a todos!

blancamusica

Perdón manu Manue no vi los enlaces. Muchas gracias. Los guardaré por si las moscas!!!

manu manue

muchas gracias por vuestro agradecimiento, antes que profesor me siento economista, y para un economista no hay nada mejor que hacer ganar dinero a la gente, por supuesto que dentro de la legalidad. cuando éramos más interinos en los institutos recuerdo algún curso habérselo dicho a cinco o seis compañeros que no lo sabían. vamos que si montoro pudiera me mataba.
sobre la incompatibilidad de cuenta vivienda y movilidad geográfica entiendo que no son incompatibles, tengo compañeros que estaban en esa situación y no me comentaron que tuvieran ningún problema luego, de todas manera voy a consulta ley y reglamento del impuesto a ver qué dice.
saludos y a disfrutar de ese dinero, que por cierto técnicamente se llama "rentas fiscales"


CumbresBorrascosas

¿No hay que demostrar el alquiler? Hacienda me reclama 700 euros del año anterior y precisamente lo que no puedo demostrar es que tuve que cambiar de domicilio. ¿Cómo se demostraría? porque tampoco me empadroné en la localidad en la que trabajé. Gracias.
Podrán cortar todas las flores, pero no podrán detener la primavera ...

CumbresBorrascosas

CitarLa reducción por movilidad geográfica no exige empadronamiento ni contrato de alquiler (TSJ Extremadura 29-04-2010)



Enviado por Editorial el Jue, 19/08/2010 - 12:28.
Jurisprudencia

Es lo resuelto por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extramadura, de 29 de aril de 2010. Tanto la Ley como el Reglamento del Impuesto exigen que se produzca un traslado de la residencia habitual del contribuyente a un nuevo municipio, requisito que se cumple en este supuesto al tener la actora que abandonar su residencia habitual en Cáceres y trasladarse a Jerez de los Caballeros, sin que los preceptos mencionados exijan un concreto medio de prueba o que necesariamente el contribuyente tenga que empadronarse en el nuevo municipio. Por ello, en este concreto supuesto de hecho las declaraciones presentadas (de compañeros que señalan que durante el año 2005 fijó su residencia en Jerez de los Caballeros, viviendo en régimen de alquiler) resultan válidas para acreditar el cambio de residencia, así como el hecho de que al compartir piso con otras personas el contrato de arrendamiento fuera verbal y la renta no tuviera que realizarse necesariamente a través de una entidad financiera, y no es obstáculo que la actora no estuviera empadronada en Jerez de los Caballeros, al tratarse de una contratación laboral temporal, resultando lógico que la demandante, una vez que cesara en la contratación para la que había sido nombrada, regresara a Cáceres pero ello en modo alguno modifica que tuvo que abandonar su residencia habitual y trasladarse a Jerez de los Caballeros para ejercer las tareas que correspondían a su plaza laboral.
(sentencia publicada en Normacef Fiscal, NFJ039080, y en la Revista de Contabilidad y Tributación, Agosto-Septiembre 2010).


Increíble, mañana iba a enviar la carta diciendo que aceptaba el pagar los 700 euros y la multa porque no podía demostrar esto. Pero, voy a intentar reclamar con la información que aportas. GRACIAS.
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