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Renuncia a vacante

Iniciado por eleperrom, 31 Julio, 2013, 15:43:29 PM

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eleperrom

No lo entiendo muy bien.

Pero entonces no podria cobrar desempleo durante este año?

Micompañera asegura que ella lo cobro y que luche por ello porque es posible.

pagusa

En la Orden 8 de Junio de 2011, en el artículo 14, aparece todo lo referido a la renuncia y más adelante, en la página 7, en el punto 3 dice que para que te compute el tiempo de la renuncia para la bolsa no se podrá ejercer ninguna actividad remunerada.

En relación al paro, mira este enlace, habla de la posibilidad que tú dices
http://www2.fe.ccoo.es/andalucia/plantillai.aspx?p=20&d=3128]


eleperrom

Mil gracias, lo intentaré

eleperrom

Necesito por favor que algún moderador me conteste.

En la Orden del 8 de Junio de 2011 dice que durante la renuncia a una vacante  por cuidado de hijo menor de tres años, te contará como tiempo de servicio el año entero para la ordenación en bolsa, salvo que realices una actividad remunerada.

Ahí va mi pregunta: Se puede considerar el desempleo una actividad remunerada?

Está claro que es remunerada, pero es una actividad?


Kalipso

¿no se puede renunciar a vacante y quedarse para.sustituciones?...¿si renuncias a vacante tiene que ser a la fuerza por excedencia?

Olivia21

Si no estás dentro de los supuestos de tener un menor de 3 años o contrato de trabajo, si te llaman tienes que aceptarlo. Si no te sacan de la bolsa. Podías haber no echado los destinos este año y te sacan de la bolsa durante un año y el año que viene los podrías echar y te reincorporas. Pero si no tienes nada que alegar yo creo que te echan de la bolsa. Si te echan y estás cobrando el paro supongo que puedes seguir cobrándolo porque en el paro no se enteran si has rechazado una vacantes o no. Si alguien sabe más al respecto que se pronuncie, pero esto es lo que yo sé.
There is no way to happiness, happiness is the way.

berrete

Cita de: caad en 31 Julio, 2013, 16:07:03 PM
No lo cobras pq la consejeria manda a la seguridad social como que tú estás en excedencia. Yo pregunté el año pasado.

Por si te sirve de ayuda, yo, en Madrid, hice un escrito ( expone...... solicita ), para no aceptar la plaza que me ofrecian, ( yo le llamo excedencia, pero existen compañeros funcionarios que dicen que nosotros no podemos pedir excedencia, sea excedencia u otra cosa, el caso es que no me quitaron de las listas para al año siguiente), y cobre el paro, teoricamente no tenemos derecho, pero yo creo, que los del paro no tienen porque enterarse, en mi caso, desde luego no se enteraron, aqui, en andalucia, aun es mejor, no se ahora, pero por aquellos tiempos, por hijo menor de 3 años, ademas de no excluirte de las listas, te cuenta ese año, como tiempo de servicio en la lista, eso si, eso no cuenta para la oposicion, suerte!!!!!


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