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Opción de retribuciones

Iniciado por Gaditafeminista, 19 Agosto, 2013, 15:59:54 PM

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Gaditafeminista

Hola a todo el mundo. ¿Alguien me puede explicar esto que pone la convocatoria referido a los que hemos aprobado? ¿qué plazo tengo?


"A efectos retributivos, el personal que habiendo superado el procedimiento selectivo esté prestando servicios remunerados en la Administración como personal funcionario de carrera, interino o personal laboral, sin perjuicio de la situación administrativa o laboral que de acuerdo con la normativa vigente le corresponda, deberá formular opción para la percepción de las remuneraciones durante el periodo de nombramiento como personal funcionario en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, modificado por el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero."

Además de haber entregado la documentación que nos pedían....hay que hacer algo más? llega un nombramiento como el de interinidad? gracias
A los hombres se les enseña a disculparse por sus debilidades, a las mujeres por sus capacidades. (Lois Wyse)

gloriapa

Según lo que he leído, ¿sólo vamos a cobrar el sueldo base? Ains espero q nooooooo. Aparece en el real decreto 213 q modifica al 456. Dice así:


"La retribución que estos funcionarios percibirían es la cuantía equivalente a la suma del sueldo base y pagas extraordinarias correspondientes al grupo en el que esté clasificado el cuerpo o escala en el que aspiren a ingresar, pudiéndose incrementar dicho importe con las retribuciones complementarias del puesto que, en su caso, desempeñasen en prácticas"

Me he puesto hasta mala.

fatiti

Alguien sabe si hay que entregar algo más ????  Yo he sido interina y nose si tengo que hacer algo o no.....

Gaditafeminista

Acabo de llegar de Delegación y después de dar varias vueltas y pasar por varios departamentos sin que nadie me supiera explicar lo que había que hacer, en nóminas me han dicho que eso es para regularizar las retenciones y que debía rellenar el modelo 145,pero que no era necesario hacerlo ahora, puesto que aún no estaba de alta como funcionaria en prácticas.

¿Alguien más sabe algo?
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