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Ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal.

Iniciado por toroloco, 18 Marzo, 2014, 09:24:23 AM

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toroloco

Cita de: xatonz en 20 Marzo, 2014, 16:39:52 PM
Cita de: toroloco en 20 Marzo, 2014, 14:11:37 PM
Cita de: xatonz en 20 Marzo, 2014, 13:43:41 PM
Cita de: toroloco en 20 Marzo, 2014, 13:31:03 PM
Cita de: xatonz en 20 Marzo, 2014, 10:07:25 AM
Yo o soy muy torpe o no me acabo de enterar.
Si se va al médico con un menor no pierdes dinero, pero si se va a una cita médica de uno mismo, ¿qué pasa?
Todo depende de si te dan la baja o no. Si no te la dan:
Orden de 4 de marzo de 2014, por la que se desarrolla, para el personal docente del ámbito
de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, lo establecido en la disposición adicional
trigésima octava de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2013, en materia de ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad
temporal.
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/educacion/nav/contenido.jsp?pag=/Contenidos/RRHH/otra_normativa_y_convocatorias_de_interes/orden04032014&vismenu=0,0,1,1,1,1,0,0,0

http://ustea.es/node/31383

Si te la dan, pues a recuperarse cuanto antes mejor para ti y cuanto más tarde mejor para el interino.......

Si es sólo una cita para una revisión de algo, que sepas que es ese día y ya está.

Ya lo sabía, gracias


Pero en esos casos, ¿te descuentan dinero o no?

Artículo 2. Descuento en nómina.
1. Los días de ausencia al trabajo por parte del personal señalado en el artículo 1 (personal funcionario y laboral docente del ámbito
de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.)que supere el límite
de días de ausencia cada curso académico, motivadas por enfermedad o accidente y que no den lugar a una
situación de incapacidad temporal, comportarán la misma deducción de retribuciones del 50 por ciento prevista
para los tres primeros días de ausencia por incapacidad temporal en el artículo 9 del Real Decreto-ley 20/2012,
de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, así
como en el artículo 14 de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales
y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía.

xatonz

Hola.
Cuando no se falta el día entero, sino que te vas a mitad porque te encuentres mal o vayas al médico, no entra dentro de estos 3 días, ¿no?


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