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Ausencias injustificadas constantes de alumnos de 2º PCPI

Iniciado por Mr. Maker, 11 Abril, 2014, 09:59:01 AM

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Mr. Maker

Hola. Soy tutor de 2ºPCPI y tengo alumnos que faltan más que vienen, literalmente, sin exagerar. ¿Alguien sabe si en PCPI se pierde el derecho a la evaluación continua? Gracias.

jmcala

La evaluación es continua sí o sí. Hace ya mucho tiempo que se desterró eso de que se pierda el derecho a la evaluación.

Otra cosa es que la evaluación sea negativa, claro.


godob

En la programación de departamento debe estar recogido ese supuesto y sus consecuencias en la evaluación del alumno.
Supongo que a partir de un porcentaje se perderá el derecho a evaluación o lo que sea...

ojgam

No se exactamente dónde queda recogido eso, pero sí te puedo decir que en mi centro 2 alumnas han perdido el derecho a evaluación continua en 2º del PCPI, por lo tanto sí se puede.


mariluna2

Yo también soy tutora de 2º de PCPI y sí, en mi centro con más del 20% de faltas sin justificar en cada ámbito pierden el derecho a la evaluación contínua. Sólo pueden presentarse en septiembre (evaluación extraordinaria) porque la de junio (ordinaria) la han perdido. Esté recogido en la programación del departamento ( Y en las de todos los demás departamentos también, porque es igual para todos, está en la PGA).

patruchita

El carácter de continuo de la evaluación es  una característica propia de la misma. Algo intrínseco a la propia evaluación tal como es concebida por nuestro actual sistema educativo.
En concreto, en los Programas de Cualificación Profesional Inicial, queda recogida en la ORDEN de 24 de junio de 2008, por la que se regulan los programas de cualificación profesional inicial; así, en su artículo 21, especifica que la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de los módulos obligatorios de los programas de cualificación profesional inicial será continua. Del mismo modo, en el artículo 22 se señala que la evaluación del proceso de aprendizaje y la calificación de los módulos voluntarios de los programas de cualificación profesional inicial se llevarán a cabo conforme a lo establecido en la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad autónoma de Andalucía. En esta última norma, en el artículo 2.2 se explicita que la evaluación será continua en cuanto estará inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.

Mr. Maker

Gracias a todos y todas por las respuestas, aunque veo que, al final, depende un poco del centro, no?

patruchita

Cita de: andjifer en 13 Abril, 2014, 17:38:10 PM
Gracias a todos y todas por las respuestas, aunque veo que, al final, depende un poco del centro, no?
Evidentemente no, la normativa es bien clara al respecto. Lo que si parece es que en bastantes centros se hace caso omiso de toda normativa. Después nos extrañamos de que buena parte de las reclamaciones por evaluación sean estimadas por la Consejería.


jmcala

Efectivamente. Se puede apreciar que muchos centros hacen lo que les place y no tienen en cuenta lo que dice la norma, creyendo que una programación puede recoger extremos que son del todo irregulares.

Ya dije que la evaluación es continua sí o sí y no existe eso de la pérdida del derecho a la evaluación continua ni se puede suspender a un alumno en la convocatoria ordinaria de junio y llevarla a la de septiembre. Y no hay tutía en este caso.

Luego se producen las reclamaciones, las delegaciones dan la razón al reclamante, y se montan los pollos y hay quien se hace el ofendido. Cuando hacemos mal las cosas pasan los casos que ya conocemos. De hecho, si los alumnos fuesen listos, lo tendrían fácil para aprobar sin dar palo al agua; bastaría con pedir por escrito las programaciones de las materias que cursan, revisarlas para ver en qué puntos no se ajustan a la normativa y reclamar a final de curso para ganar la reclamación y dejar al departamento con dos palmos de narices.

La pregunta es, ¿qué coño hacen las jefaturas de departamento con las programaciones que se les entregan?

potnia

Yo también he tenido algún alumno de 4º de ESO que ha faltado a más de la mitad de mis clases en los dos trimestres, y me he planteado la pérdida del derecho a evaluación continua. En mi centro hay otra profesora que lo ha aplicado y no le han puesto pegas. Sin embargo, reflexionándolo fríamente, creo que hacer eso es darle ventaja a esos alumnos que asisten cuando quieren, ya que "solamente" tienen que hacer el examen, mientras que al resto les exigimos bastante más. Me explico: en las programaciones recogemos criterios de evaluación y de calificación, y normalmente en estos últimos establecemos porcentajes para las pruebas escritas y para las tareas, participación, realización de trabajos y exposiciones... En mi caso le damos un 60% a las pruebas escritas y un 40% al resto. Si un alumno no viene a clase, obviamente no participa, no hace la tarea en clase, y muchas veces no se entera de las redacciones o trabajos que hay que hacer/entregar (de hecho, yo suelo pedir que las hagan en la hora de clase, para evitar copieteos de internet o de otros compañeros), de modo que prácticamente se queda sin 4 puntos de la nota final. Por eso, si se presenta al examen, tendría que sacar un aprox. un 8,5 para que le saliera el 5 que necesita para aprobar. De la otra manera, quitándole el derecho a la evaluación continua, sólo tenemos en cuenta el examen, y por tanto, con un 5 pelao y mondao estaría aprobado (y probablemente con un 4 con reclamación a delegación también)


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