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Sustitución de los profesores que hacen huelga

Iniciado por Taliesin, 30 Octubre, 2013, 08:40:59 AM

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Taliesin

Buenos días. Os escribo para haceros a todos una consulta sobre la huelga debido a una desagradable situación que se está dando en mi instituto. El día de la huelga algunos profesores se hicieron cargo de los escasos alumnos que habían venido a los grupos de aquellos que nos acogimos al derecho a no ir a trabajar, dándoles acceso a los ordenadores para que se entretuvieran, poniéndoles películas, etc. He de mencionar que estos profesores no estaban siquiera de guardia, sino que acogieron a estos alumnos en los grupos a los que estaban dándoles clases en estos momentos.

Al enterarse de esto el director informó del asunto en una reunión, indicando que hasta donde él tenía entendido no podía hacerse, ni por estos profesores ni siquiera por los que estaban de guardia, sino que estos alumnos son responsabilidad del equipo directivo. Como actitud razonable dijo que si había demasiados alumnos para poder hacerse cargo de ellos, dado que hay indicaciones de inspección de no sacarlos todos al patio, podíamos ponernos de acuerdo para que los de guardia se pasearan por los pasillos para controlar un poco que no hay ninguna burrada, pero nada de entrar en las aulas.

Sin embargo se ha montado una buena en esa reunión con gente diciendo que eso no es así, que si están de guardia y a esos niños les pasa algo la responsabilidad es suya y por tanto se harían cargo de los alumnos cuando hubiese más huelgas, otros protestando porque entonces sacrificamos el dinero del día por la huelga y no tiene repercusión alguna, etc.
Yo tenía entendido que es tal y como ha dicho el director, y de hecho en otro centro en que ocurrió lo mismo hace unos años consultamos con el inspector y nos indicó eso mismo, pero aquí la gente anda bastante cabreada. Por eso os pregunto: ¿alguien me puede indicar exactamente como es en base a la normativa, y si es posible, en qué normativa viene para que podamos verla todos en mi centro? El director va a pedir información concreta a la inspección, pero sinceramente no me fio de que quieran darnos por escrito instrucciones para no mojarse en caso de problema.

Gracias.

inmota

yo no sé en que normativa viene pero si te puedo decir que tengo entendido que por ley los únicos que se pueden hacer cargo de los alumnos es el equipo directivo que sería el que está de servicios mínimos en los días de huelga. Digo que sé que es por ley porque mis niños están en primaria y el director nos mandó una circular a los padres diciendo que ese día los niños que fueran a clase serían atendidos por los servicios mínimos como estipulaba la orden....(no me acuerdo cual era exactamente, creo recordar que algo de ...octubre 2013, pero no estoy segura).
Siento no poder haber facilitado la orden, pero sí te puedo asegurar que es como dice tu director. Un saludo


FLAFLI

La persona que no hace huelga tiene su hora de trabajo y punto, con el alumnado que le corresponda.

Si hay clases con alumnado cuyo profesor está en huelga, ese alumnado es para el servicio mínimo, sean 3 alumnos, sean 300. No es para el profesorado que en ese momento estuviera de guardia.

Saludos.
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Taliesin

invita, Flafi, gracias, confirmáis lo que yo pensaba y que es lo que el director nos comentaba.

A ver si encontramos la normativa para poder dejar cerrado este asunto, que parece mentira que hasta para esto seamos incapaces los docentes de ponernos de acuerdo. Así hacen con nosotros lo que quieren.


Taliesin

Perdón, quería decir inmota, no invita, pero el corrector lo ha cambiado y no me había dado cuenta.

Callistenes

El profesor que no hace huelga y está de guardia debe hacerse cargo de la vigilancia de los niños, tal y como pone su horario. Lo que no puede hacer es sustituir a ese compañero en huelga; es decir, no puede hacer exámenes o tareas que pudiese haber dejado, ayudarles en la materia, etc. Por otro lado, quien hace huelga no tiene obligación de avisar. ¿Os imagináis que llame a media mañana diciendo que está enfermo, por ejemplo? Los servicios mínimos son precisamente mínimos, no los únicos.

jmcala

Imaginemos que estoy de guardia el día de una huelga y hay 20 compañeros apuntados en el parte de ausencias. ¿Cómo sé quién está de huelga y quién no? Por otro lado, el que tiene guardia debe atender a los alumnos del grupo en el que falta el profesor. Si somos tres compañeros de guardia, ¿a qué grupos atendemos y a qué grupos no? Porque la normativa no dice nada de hacer de vigilante de los pasillos, por ejemplo.

Lo que sí me parece recordar es que en ese caso, el personal que está de guardia, debe seguir las indicaciones del equipo directivo. Y en ese caso estaría a lo que dijera el director del centro.

FLAFLI

Eso es fácil, quien no hace huelga llama para decir que no va por algo, o tiene solicitado un permiso.

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jmcala

Sí, pero no siempre conoce el profesor de guardia por qué faltan los compañeros. La directiva lo sabrá pero a lo peor no facilita esa información.

Lo que está claro es que el que va a trabajar debe seguir lo que marca su horario. Sin más. El problema viene con las guardias y cómo atenderlas.

rents

A mis alumnos los reunieron con otros alumnos más y les pusieron Titanic, así tres horitas juntitos y calladitos viendo una peli. La compañera que lo hizo me resulta tan  anaid4 anaid4 anaid4 que ni siquiera le he dicho lo deleznable que me parece su acción.


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