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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => : toroloco 20 October, 2014, 11:15:00 +02:00

: Prórroga vacacional. MODERADORES Please!!!!
: toroloco 20 October, 2014, 11:15:00 +02:00
Una dudilla que me asalta:

Caso:
Interino con contrato de septiembre 2014 a septiembre 2015
Nombramiento de prórroga vacacional a su debido momento.
Maternidad de Julio 2015 a Noviembre 2015.

¿Cuando se paga la prórroga vacacional si se extingue el contrato estando de permiso por maternidad? Si durante el periodo de maternidad te paga el INSS.....No puede haber otro pagador.......

Gracias de antemano
: Re:Prórroga vacacional. MODERADORES Please!!!!
: fasalva 20 October, 2014, 13:23:23 +02:00
A mi dejaron de pagarme... en el momento en que tienes al bebé pasas a la Seguridad Social y es ésta quien te paga (cobré lo mismo que me pagaba la junta) ... si te han quedado meses por cobrar de la junta no te los dan (ya te lo paga la seguridad social)
Si has tenido vacante todo el curso, puedes exigir el mes de agosto de vacaciones (en dinero), si te coincide tu baja maternal con ese mes.
: Re:Prórroga vacacional. MODERADORES Please!!!!
: toroloco 21 October, 2014, 09:17:47 +02:00
Gracias fasalva.
¿Te pagaron el mes de agosto? ¿Cómo lo solicitaste?
: Re:Prórroga vacacional. MODERADORES Please!!!!
: toroloco 03 November, 2014, 21:27:33 +01:00
Up
: Re:Prórroga vacacional. MODERADORES Please!!!!
: toroloco 07 November, 2014, 08:29:00 +01:00
ORDEN de 31 de mayo de 2011, por la que se convocan
los Premios Extraordinarios en las enseñanzas
de Artes Plásticas y Diseño correspondientes al curso
académico 2010/2011

Artículo 25. Permiso por maternidad, acogimiento o adopción
y disfrute de las vacaciones reglamentarias.
Cuando el período del permiso por maternidad, acogimiento
o adopción coincida, en todo o en parte, con el mes de
agosto, el período que corresponda a dicho mes se disfrutará,
siempre dentro del año natural, tras la finalización del referido
permiso, en función de las necesidades del servicio y, en todo
caso, antes del 15 de enero del año siguiente, salvo que resulte
imposible por haber expirado la relación jurídica con la
Consejería competente en materia de educación.
Quienes se hallen en esta circunstancia deberán solicitar
el disfrute de las vacaciones con al menos quince días hábiles
de antelación a la finalización del permiso por maternidad,
acogimiento o adopción.
: Re:Prórroga vacacional. MODERADORES Please!!!!
: toroloco 07 November, 2014, 08:34:40 +01:00
Perdón
ORDEN de 8 de junio de 2011, por la que se regulan
las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y
se establecen las bases reguladoras de dicho personal.

Artículo 25. Permiso por maternidad, acogimiento o adopción
y disfrute de las vacaciones reglamentarias.
Cuando el período del permiso por maternidad, acogimiento
o adopción coincida, en todo o en parte, con el mes de
agosto, el período que corresponda a dicho mes se disfrutará,
siempre dentro del año natural, tras la finalización del referido
permiso, en función de las necesidades del servicio y, en todo
caso, antes del 15 de enero del año siguiente, salvo que resulte
imposible por haber expirado la relación jurídica con la
Consejería competente en materia de educación.
Quienes se hallen en esta circunstancia deberán solicitar
el disfrute de las vacaciones con al menos quince días hábiles
de antelación a la finalización del permiso por maternidad,
acogimiento o adopción.