Este tema me tiene completamente confundida. Tengo entendido que por defecto te aplican el IRPF del 2%. Pero ¿puede ser que ahora te apliquen el ultimo que solicitaste? La ultima vez tuve vacante y lo subi, pero ahora no me interesa ese porcentaje... anaid3
: b22espej 30 October, 2014, 19:22:02 +01:00
Este tema me tiene completamente confundida. Tengo entendido que por defecto te aplican el IRPF del 2%. Pero ¿puede ser que ahora te apliquen el ultimo que solicitaste? La ultima vez tuve vacante y lo subi, pero ahora no me interesa ese porcentaje... anaid3
Creo que sí, es muy posible que como solicitaste el cambio del 2% a otro más alto, sea ese el que te están aplicando, al recuperar tus datos de nuevo para pagarte (a mí me lo han mantenido siempre desde el cambio que hice, esté en la delegación que esté y sin tener que hacer yo nada).
Te cuento mi caso.
Yo tambien lo tenia al 2% y al año siguiente, Hacienda me dio un buen susto... vamos, que casi me da un infarto.
al curso siguiente, solicité por correo convencional a la delegación de turno que me retuvieran un 15%.
Así las cosas, al año siguiente me devolvieron bastante, porque tengo 3 hijos, es decir, familia nuemorosa, y mi pareja es mileurista.
para equilibrar un poco la devolucion, volvi a solicitar, curiosamente a la misma delegacion, que me retuvieran un 12%, pero ya no me han vuelto a hacer cambios. Me siguien reteniendo el 15%.... claro está, luego me lo devuelven.
Refloto este hilo para comentaros una cosa.
Me ha llegado la primera nómina este año con un 2% de retención. Es la de febrero que es cuando inicié una sustitución. Supongo que seguirá con ese porcentaje hasta final de curso. Mi duda es si llamar a nóminas para que me lo suban al 17% y hacienda no me cruja o dejarlo así ya que si no ingresas mas de 22.000 euros anuales (de un mismo pagador) no tienes porque hacer la declaración de la renta y yo, este año, no voy a llegar a esa cifra. ¿Que me recomendais?
Si no vas a llegar al mínimo, yo no la haría. Aunque esto ya depende de cada uno.
¿vas a cobrar el paro después de que termine la sustitución?
¿es seguro que no volverás a trabajar a partir de esta sustitución, o de septiembre y hasta final de año?
Si tienes 2 pagadores, tendrás que hacer la declaración.Y si te vuelven a llamar y tienes otra delegación distinta como pagador... no sé hasta que punto pueda afectarte. Si vuelves a trabajar antes de final de año y es bastante tiempo, puede que no superes el mínimo, pero no sé hasta qué punto llegarías al supuesto de tener 2 pagadores distintos.
Es una decisión personal. En todo caso, ten en cuenta que puedes subir la retención en cualquier momento... o que si te toca vacante, la propia junta te regula a finales de año (reteniéndote hasta un 40% o más si hace falta).
Hay gente que es consciente de esto y prefiere sacar rendimiento a su dinero y luego pagar a Hacienda la diferencia, a cobrar menos cada mes. Eso sí, luego no se llevan el susto porque saben a lo que se exponen.
: Delacroix 30 March, 2015, 11:33:45 +02:00
Refloto este hilo para comentaros una cosa.
Me ha llegado la primera nómina este año con un 2% de retención. Es la de febrero que es cuando inicié una sustitución. Supongo que seguirá con ese porcentaje hasta final de curso. Mi duda es si llamar a nóminas para que me lo suban al 17% y hacienda no me cruja o dejarlo así ya que si no ingresas mas de 22.000 euros anuales (de un mismo pagador) no tienes porque hacer la declaración de la renta y yo, este año, no voy a llegar a esa cifra. ¿Que me recomendais?
Hola, Delacroix,
Tengo una situación similar a la tuya, aunque en mi caso se me ha acabado la sustitución el 25 de marzo. Por ello estoy desactivada en Seneca y no puedo consultar mi nómina. ¿Sabes cuándo cobraremos marzo? ¿Tú lo has cobrado ya?
Gracias anticipadas.
Saludos
: athenealago 30 March, 2015, 16:23:29 +02:00
: Delacroix 30 March, 2015, 11:33:45 +02:00
Refloto este hilo para comentaros una cosa.
Me ha llegado la primera nómina este año con un 2% de retención. Es la de febrero que es cuando inicié una sustitución. Supongo que seguirá con ese porcentaje hasta final de curso. Mi duda es si llamar a nóminas para que me lo suban al 17% y hacienda no me cruja o dejarlo así ya que si no ingresas mas de 22.000 euros anuales (de un mismo pagador) no tienes porque hacer la declaración de la renta y yo, este año, no voy a llegar a esa cifra. ¿Que me recomendais?
Hola, Delacroix,
Tengo una situación similar a la tuya, aunque en mi caso se me ha acabado la sustitución el 25 de marzo. Por ello estoy desactivada en Seneca y no puedo consultar mi nómina. ¿Sabes cuándo cobraremos marzo? ¿Tú lo has cobrado ya?
Gracias anticipadas.
Saludos
Al ser sustitución y no vacante cobramos con un mes de retraso, por eso ahora hemos cobrado el mes de febrero y a final de abril el mes de marzo. A mi si me lo han ingresado ya.
Majona, ¿cobrar de distintas Delegaciones supone que tienes varios pagadores? Es que no lo sabía, pensé que estuvieras donde estuvieras el pagador era el mismo. En ese caso si que me voy a plantear que me suban al 17%. Gracias.
: Delacroix 30 March, 2015, 11:33:45 +02:00
Majona, ¿cobrar de distintas Delegaciones supone que tienes varios pagadores? Es que no lo sabía, pensé que estuvieras donde estuvieras el pagador era el mismo. En ese caso si que me voy a plantear que me suban al 17%. Gracias.
Pues eso es lo que no tengo claro... ya que el año que me ocurrió, al tener paro y cobrar por ahí no me quedaba duda.
Si vas cobrar el paro, no queda duda de que tendrás más de 1 pagador distinto.
Deberías preguntar en Hacienda cómo procesan el pago de diversas Delegaciones de Educación de la propia Junta, si es como un mismo pagador o como si fuesen distintos pagadores.
Ahí estaría la cuestión para evitar sustos.
Voy a mirar y si encuentro info te aviso
Aquí información sobre pagadores. Busco lo de las Delegaciones, a ver si así lo aclaramos todo
He obtenido dinero de dos empresas ¿Me perjudica? ¿Estaré obligado a declarar?
El único perjuicio de contar con dos pagadores a efectos de IRPF es la posible modificación de los mínimos exentos de declarar. De forma general, estarán obligados a presentar el IRPF todas las personas que hayan cobrado más de 22.000 euros de un sólo pagador. En caso contar con dos trabajos diferentes en un mismo año, se está obligado a declarar cuando los ingresos superen los11.200 euros y se haya cobrado más de 1.500 euros del segundo y posterior pagadores.
¿Debo declarar el dinero del paro?
La prestación por desempleo tiene carácter de rendimiento del trabajo a efectos de IRPF y, de hecho, se considera un pagador más como cualquier otra empresa. Así, una persona que se haya quedado en paro tendrá dos pagadores en el ejercicio fiscal, lo que afectará previsiblemente a su obligación de hacer el IRPF.
Por lo que he podido leer, siempre que actúen bajo el mismo CIF, aunque tengan varios centros de trabajo, la empresa se considera la misma y, por tanto, un único pagador.
Imagino que con las Delegaciones Provinciales de Educación debería poder aplicarse eso.
Estoy a espera de respuesta a una consulta realizada.
Sin embargo, es seguro que el cobro de la prestación por desempleo sí supone un segundo pagador.
La prestación por desempleo supone un segundo pagador, lo q no supone un cambio de provincia, eso sería un solo pagador, en los papeles del irpf viene como único pagador.
Tenéis q tener en cuenta q en el paro nos retienen cero, con lo q no os pase como a mi este año, q un 16% normalmente voy bien, pero este año como he cobrado cerca de 4 meses de paro, me va a salir a pagar 700 euros
Si no vas a llegar al mínimo para hacer la declaración no pidas que te suban la retención porque será dinero que te ahorres. Te cuento mi caso: hace unos años me salió a pagar 1000 euros aprox. ¿Qué ocurrió? Que como no había llegado al mínimo de eso que me libré gracias a tenerlo al 2%. Y estuve trabajando en distintas delegaciones. Eso no es problema. Si cobras el paro el mismo año sí que se considera segundo pagador. De todos modos, para qué subir la retención si, a efectos prácticos, te están dando como mínimo un préstamo a coste cero, y como máximo te están "regalando" dinero? Ten siempre ahorrado algo por si tuvieras que pagar a hacienda y ya está.
Toda la Junta de Andalucia trabajaba con el mismo CIF, sea Educacación, Sanidad, Servicios Sociales y cualquier otro servicio que preste la Adminitración de Andalucia. Por lo tanto, independiente de que Delegación te emita la nómina no implica tener varios pagadores, ya que es todo lo mismo.
Con respecto al cobro del paro, como quien te paga es el Estado, es otro CIF (pagador distinto), por lo que te implica casi a realizar la renta al tener un segundo pagador con lo lómites que estable la Ley Tributaria de 11.200 euros si el segundo y restante pagadores por orden de cuantía supera los 1.500, 00 euros.
Yo como asesor fiscal aconsejo que:
- Si te han retenido un 2% y terminas de trabajar a finales de Julio y con espectativas de trabajar en Septiembre es mejor no pedir el paro, porque solicitarlo implica casi seguro obligatoriedad de realizar la declaración de la renta y lo que has cobrado de paro, se lo vas a tener que dar a Sr. Montoro o el Ministro de turno en tu próxima declaración de la renta
Hay que ter cuidado si terminas en julio y esperas trabajar en septiembre y no pides el paro para no tener otro pagador como han mencionado el ultimo mensaje. Lo qur puede ocurrirte es que en diciembre la junta regularice el año que has estado al 2% y te encuentres que en diciembre te quiten un 40% de irpf o algo asi. Ya he tenido conocimiento de casos asi y el palo que te llevas en diciembre es de ordago
Que me corrigan si me equivoco pero creo que pasa asi ya que has estado trabajando todo el año al 2% y al final regularizan
Gracias chicos por la información y por aclarar que todas las Delegaciones son un mismo pagador.
Por lo que he podido consultar por ahí, la mayoría de opiniones me dicen que no lo suba, que es mejor tener que pagarle a Hacienda que a que te tengan que devolver. Más vale pájaro en mano...
En mi caso particular el próximo curso dudo que me llamen al comienzo o incluso antes de navidad y si no lo necesito puedo dejar el paro sin solicitarlo, aunque tampoco se si esto puede hacerse, y solicitarlo más adelante si la cosa se pone fea.
el paro tienes 15 dias para solicitarlo desde el momento que estas de baja. si no lo solicitas en esos 15 dias despues no luedes solicitarlo
Y a todo esto ¿hay que personarse en Delegación para tramitar la subida del IRPF en nómina?
No. puedes rellenar un impreso que creo que esta disponible en seneca, rellenarlo y mandarlo por fax a la delegacion
¡Hola! ¿si cobras subsidio también se considera otro pagador? yo tengo ahora en nómina el 2 por ciento y por lo que he leido y sabiendo q en octubre trabajo no creo q sea buena idea subir ese porcentaje, ¿es asi?
: dinalidi 10 April, 2015, 13:04:12 +02:00
¡Hola! ¿si cobras subsidio también se considera otro pagador? yo tengo ahora en nómina el 2 por ciento y por lo que he leido y sabiendo q en octubre trabajo no creo q sea buena idea subir ese porcentaje, ¿es asi?
Si, si cobras el paro es otro pagador.
Yo también tengo el 2% pero los compañeros me está diciendo que no lo suba, que mejor pagarle yo a hacienda que que me tengan que devolver ellos. Eso si, voy ahorrando ya.
: dinalidi 10 April, 2015, 13:04:12 +02:00
¡Hola! ¿si cobras subsidio también se considera otro pagador? yo tengo ahora en nómina el 2 por ciento y por lo que he leido y sabiendo q en octubre trabajo no creo q sea buena idea subir ese porcentaje, ¿es asi?
Sí, sería un segundo pagador.
Si vas trabajar a final de año de nuevo con la Junta, es posible que la propia Junta te regule.
¿Qué significa eso? Pues que a final de año, se darán cuenta de que te han retenido poquísimo en general y pueden llegarte nóminas con medio sueldo si acaso (un 40% de retención no sería nada raro).
No sé si lo hacen sólo cuando son vacantes o también se lo hacen a interinos con sustitución; pero al ser el mismo pagador, se percatan de ello, e intentan regularizar a final de año, para que Hacienda no pida que devolvamos miles de euros (cobrando menos en la privada, ya me tocó pagar 900 y pico por tener el 2% y varios pagadores).
Cuestión de ahorrar algo de dinero y tener el cuerpo hecho al susto que llegará en la Renta del próximo año.
Muchas gracias. Cuando digo subsidio m refiero a la ayuda de 426 e. Es q había escuchado q no contaba como pagador.
: dinalidi 10 April, 2015, 23:17:32 +02:00
Muchas gracias. Cuando digo subsidio m refiero a la ayuda de 426 e. Es q había escuchado q no contaba como pagador.
En ese caso no sabría confirmarlo al 100%.
Si tiene retención (como el paro) debería considerarse otro pagador.
A no ser que se trate de una excepción que desconozco.
A ver si alguien más sabe de ese caso concreto.