Hola a todos
Aparte de la movilidad geográfica, cuotas satisfechas a sindicatos, alquiler de vivienda habitual, hipotecas.
Hay algo más que nos podemos desgravar, entiendo que los profesionales pueden desgravarse los gastos de desplazamiento, (facturas de combustible).
Si nos tenemos que desplazar 40 km para ir a trabajar, como profesionales
¿no podríamos también desgravar los gastos del vehículo?
Saludos
Si donas a una ONG (casilla que pone donativos) también desgrava. Eso lo suelen incluir sin hacer tú nada.
Vale, el link está en retribuciones, que no lo había visto.
¿En que casilla se pone lo de la movilidad geográfica?
En la casilla 1, pinchando en el signo +, aparece una nueva pantalla en la que se puede seleccionar esta opción.
¿Tenemos los profesores derecho a esta deducción? En mi caso llevo dos cursos académicos gastándome una buena parte de mis sueldo en alquileres o en gastos de combustible.
Rinrin si tienes derecho, busca en el foro "movilidad geográfica"
Venga ese experto-a que nos comente lo de la gasolina. Please
Rinhin como lo haces? Me aparece sombreado
yo he comprado una casa y quería saber si los gastos como la historia y demás me desgrava por el iva. He escuchado algo pero estoy bastante perdida. Gracias.
Si eres funcionario la movilidad geográfica creo que no sirve
Vale he modificado un borrador con exención por menos de 22.000€, El medidor cuotas sindicales y movilidad geográfica, pero no hay forma de meter los 4800 € de alquiler, alguien me ayuda?
: olala 08 April, 2015, 11:11:55 +02:00
Si eres funcionario la movilidad geográfica creo que no sirve
La movilidad geográfica se refiere a:
- Estar en el paro (apuntado en el SAE, cobrando o no) y recibir la llamada o vacante para trabajar
- Aceptar ese trabajo que tiene lugar fuera de nuestro domicilio habitual y que supone CAMBIAR nuestro domicilio
- Justificar todo esto con documentación oportuna (contrato, alquiler del piso, suministros contratados en la nueva dirección, empadronamiento y demás...)
Esta reducción puede aplicarse para el ejercicio en el cual se produce la movilidad y para el siguiente.
Una persona que no haya estado en paro en todo el 2014 y para la que no sea el segundo año de aplicación, no puede marcar esa opción.
Quien cumpla los requisitos, sí podrá hacerlo y preparar la documentación para cuando llegue la carta del requerimiento (que llegará).
La gasolina, hasta donde yo sé, no puede desgravarse (algunos autónomos lo hacen, porque es necesario para realizar su actividad profesional, como comerciales, por ejemplo... en nuestro caso, somos empleados por cuenta ajena y aceptamos ese trabajo en el lugar en el que nos lo ofrecen, por lo que vivir cerca o lejos, no supone desgravar en desplazamientos)
: controsol 08 April, 2015, 14:12:39 +02:00
Vale he modificado un borrador con exención por menos de 22.000€, El medidor cuotas sindicales y movilidad geográfica, pero no hay forma de meter los 4800 € de alquiler, alguien me ayuda?
No tienes más de un pagador, ¿no?
Y para la desgravación del alquiler, ten en cuenta de que se trata de la parte que corresponde a nivel estatal y no a la autonómica (para la cual los requisitos son más restrictivos y debes haber depositado la fianza en la agencia correspondiente de la Junta).
Además, debes cumplir el requisito económico y al tiempo ser menor de 35 años.
Este año yo no puedo desgravar por unos poco euros que me paso del límite, así que no sé decirte de cabeza la casilla en la que va, pero ten en cuenta lo que te digo. Va en la parte Estatal y no autonómica.
Estatal
Para la movilidad geográfica, ¿bastaría con un contrato de alquiler de estos del estanco?
: xatonz 08 April, 2015, 17:30:34 +02:00
Para la movilidad geográfica, ¿bastaría con un contrato de alquiler de estos del estanco?
Sí, debe valer.
Yo lo he hecho en otras ocasiones, una vez con un modelo de "alquiler por temporada" bastante típico y otra con contrato de la inmobiliaria.
Mientras tengas contrato con firma, fechas, coste... no debe haber problema. Eso sí, justificando tu situación de desempleo inicial, el contrato nuevo y cambiando tu vivienda habitual.
No hace falta papel legal para un contrato de vivienda
Hola , he escuchado en Canal Sur Radio hace unos días, que el alquiler ya no se puede desgravar.
: majona 08 April, 2015, 15:46:21 +02:00
: olala 08 April, 2015, 11:11:55 +02:00
Si eres funcionario la movilidad geográfica creo que no sirve
La movilidad geográfica se refiere a:
- Estar en el paro (apuntado en el SAE, cobrando o no) y recibir la llamada o vacante para trabajar
- Aceptar ese trabajo que tiene lugar fuera de nuestro domicilio habitual y que supone CAMBIAR nuestro domicilio
- Justificar todo esto con documentación oportuna (contrato, alquiler del piso, suministros contratados en la nueva dirección, empadronamiento y demás...)
Esta reducción puede aplicarse para el ejercicio en el cual se produce la movilidad y para el siguiente.
Una persona que no haya estado en paro en todo el 2014 y para la que no sea el segundo año de aplicación, no puede marcar esa opción.
Quien cumpla los requisitos, sí podrá hacerlo y preparar la documentación para cuando llegue la carta del requerimiento (que llegará).
La gasolina, hasta donde yo sé, no puede desgravarse (algunos autónomos lo hacen, porque es necesario para realizar su actividad profesional, como comerciales, por ejemplo... en nuestro caso, somos empleados por cuenta ajena y aceptamos ese trabajo en el lugar en el que nos lo ofrecen, por lo que vivir cerca o lejos, no supone desgravar en desplazamientos)
Yo no presente contrato ni nada y me reclamaron que lo justificara. Hice un escrito diciendo que estaba a 450 kms de mi residencia y me lo dieron por valido, sin contrato de alquiler ni empadronamiento, etcc..
Pero a todo el mundo le diria que se empadronara o tuviera contrato de alquiler. Debo ser un caso raro
A mi me pagaron hace dos años sin estar empadronada, presente mi contrato de alquiler y nada más
- Justificar todo esto con documentación oportuna (contrato, alquiler del piso, suministros contratados en la nueva dirección, empadronamiento y demás...)
No hay que disponer de todos los documentos a la vez. Son opciones que se consideran válidas para poder justificar que se ha cambiado de residencia habitual.
Hola, soy afiliado a ustea. Quisiera saber cuanto es la cuota anual exacta de este sindicato y en que casilla de la declaración de hacienda hay que introducirlo. angelitoara
¿Que papel se necesita para desgravarse la cuota sindical? Tengo que ir a Hacienda a modificar el borrador y no se que papel necesito llevar, gracias!
Yo he puesto 102 que es la suma de 34€ X 3, que es lo que he pagado en realidad. No he presentado ningún papel, lo he hecho por internet introduciendo la cantidad y ya está.
Creo que la casilla este año es la 12, si no me equivoco.
¿Creéis que el plan de calidad cobrado en marzo de este año podría desgravarse en la renta 2014? ¿ Son rendimientos del 2014?
la realidad es que no llego al mínimo, y hacienda me ofrece no declarar, ventilándose así mi movilidad geográfica por segundo año, el alquiler Y la cuota satisfecha a los sindicatos
Montoro se lo monta
: controsol 15 May, 2015, 00:03:17 +02:00
¿Creéis que el plan de calidad cobrado en marzo de este año podría desgravarse en la renta 2014? ¿ Son rendimientos del 2014?
la realidad es que no llego al mínimo, y hacienda me ofrece no declarar, ventilándose así mi movilidad geográfica por segundo año, el alquiler Y la cuota satisfecha a los sindicatos
Montoro se lo monta
No tengo ni idea de cómo iría o qué pasa con el Plan de Calidad. Deben aparecer en las retribuciones correspondientes al ejercicio en que se te haya pagado, pero mejor que alguien te informe, ya que no ha sido mi caso.
En cuanto a no llegar al mínimo, las retenciones sí las habrás tenido y por tanto, si haces el borrador y aplicas los condicionantes, debe salir a devolver y deberías hacerla.
Jajaja, no sabes como se las gasta montoro, no llego al mínimo y por supuesto no puedo meter ni un solo dato al modificar el borrador, una estafa en toda regla
: controsol 16 May, 2015, 02:58:22 +02:00
Jajaja, no sabes como se las gasta montoro, no llego al mínimo y por supuesto no puedo meter ni un solo dato al modificar el borrador, una estafa en toda regla
¿Desde la web o desde el programa PADRE?
Hazlo por teléfono o pide cita.
No tendrás OBLIGACIÓN de presentar la Renta por no llegar al mínimo; pero si te han retenido más de lo que corresponde, si tienes DERECHO a la devolución.
Hola Majona
Te agradeceria si sabes las casillas para los daTos económicos me las pudieras indicar
: controsol 24 May, 2015, 11:06:17 +02:00
Hola Majona
Te agradeceria si sabes las casillas para los daTos económicos me las pudieras indicar
¿A qué datos te refieres?
Ingresos y retenciones
Acabo de ver la nómina de marzo, el plan de calidad figurar como retrasos del año anterior, así que pienso que los puedo sumar a la renta de 2014, sólo me falta saber meter los datos para hacer la prueba en el programa padre.
Gracias
: controsol 25 May, 2015, 21:23:11 +02:00
Acabo de ver la nómina de marzo, el plan de calidad figurar como retrasos del año anterior, así que pienso que los puedo sumar a la renta de 2014, sólo me falta saber meter los datos para hacer la prueba en el programa padre.
Gracias
Primero de todo, debes comprobar que la liquidación que te hace la Junta se corresponde con todos tus ingresos (para ver si ahí ya está el plan de calidad o no incluido). Para ello, revisa el certificado de retenciones que aparece en el portal docente, para ver si coincide con el total de tus nóminas de todo el ejercicio y ver si contiene o no el pago del Plan de calidad.
Si lo contiene, el borrador que tienes, debe coincidir (casillas del principio del todo). Si no está incluido, debes incluirlo y cambiarán el resto de casillas dependientes.
Comprueba eso y seguimos mirado
Muchas gracias lo comprobaré
Agradecería mucho me pudierais dar las casillas para poner los datos económicos
Gracias
: controsol 02 June, 2015, 07:50:58 +02:00
Agradecería mucho me pudierais dar las casillas para poner los datos económicos
Gracias
En el Certificado de retenciones te aparece un "importe íntegro" que se corresponde con todo lo que has cobrado en el ejercicio 2014.
Debería sumar lo mismo que todas las nóminas (y comprobar si lleva o no lleva el Plan de Calidad incluido en ese importe).
En el borrador, en la casilla 01, aparece ese mismo importe, como "retribuciones dinerarias" y debe coincidir. Si hay algún importe más computable, saldría sumado en la casilla 10; si todo queda igual, la casilla 01 y 10 tienen la misma cantidad.
La cuestión está, como te dije, en que revises que en el certificado de retenciones que te manda la Junta de Andalucía, está incluido o no el Plan de Calidad.
Si sumas todas las nóminas del año (tus ingresos) debe darte esa cantidad. Así comprobarías si va o no va incluido el importe de Calidad.
Si está todo incluido, el borrador estaría correcto por esa parte y podrías confirmarlo o revisar el resto de conceptos (si tienes movilidad geográfica o alguna deducción...)
¿En la casilla 01 están sumadas las prestaciones por desempleo?
Gracias
: controsol 02 June, 2015, 11:46:01 +02:00
¿En la casilla 01 están sumadas las prestaciones por desempleo?
Gracias
Si has tenido más de un pagador, cada uno de ellos debe haber emitido un certificado de retenciones por su parte, que lleven el importe de lo que te han pagado.
Aquí algunas referencias:
http://www.citapreviainem.es/retencion-irpf-paro/ (http://www.citapreviainem.es/retencion-irpf-paro/)
http://tasadeparo.com/el-paro-en-la-declaracion-de-la-renta.html (http://tasadeparo.com/el-paro-en-la-declaracion-de-la-renta.html)
http://cincodias.com/cincodias/2015/03/23/mercados/1427115505_897600.html (http://cincodias.com/cincodias/2015/03/23/mercados/1427115505_897600.html)
Según leo, en la casilla 01 van todas las percepciones.
Revisa y suma todo lo que has percibido a ver si coincide con el borrador que te han elaborado.
Ok
Hola majona
He sumado el importe de las 13 nóminas que tengo, sumando por un lado lo percibido y por otro las retenciones.
17946 y 3807,73 según mis cuentas
21696,48 y 2378,78 según AEAT LO PERCIBIDO POR LA JUNTA
Total que de no declarar que me ofrece AEAT me saldría en 2700€ a devolver incluyendo movilidad alquileres y Sindicatos.
¿Donde esta el fallo? ¿Datos económicos erróneos?
Gracias
Me he basado en las columnas líquido a percibir y descuentos de la nómina
: controsol 21 June, 2015, 14:44:52 +02:00
Hola majona
He sumado el importe de las 13 nóminas que tengo, sumando por un lado lo percibido y por otro las retenciones.
17946 y 3807,73 según mis cuentas
21696,48 y 2378,78 según AEAT LO PERCIBIDO POR LA JUNTA
Total que de no declarar que me ofrece AEAT me saldría en 2700€ a devolver incluyendo movilidad alquileres y Sindicatos.
¿Donde esta el fallo? ¿Datos económicos erróneos?
Gracias
Cómo hay tanto desfase...?
¿Sumas brutos?
¿Cuánto te han retenido?
He sumado lo ingresado en 13 nominas y la columna descuentos
¿He calculado bien?
Alguien sabe si puedo declarar retrasos por sentencia sexenios ganada en septiembre 2014 y cobrados en mayo 2015?
Gracias
Efectivamente, que sepáis que si recibís dos nóminas en septiembre una de las dos no entra en el certificado de retenciones, en programa padre no podía desgravarme absolutamente nada, finalmente el técnico me devuelven 450 €
: controsol 30 June, 2015, 15:46:38 +02:00
Efectivamente, que sepáis que si recibís dos nóminas en septiembre una de las dos no entra en el certificado de retenciones, en programa padre no podía desgravarme absolutamente nada, finalmente el técnico me devuelven 450 €
Siento no haber podido ayudarte con las últimas consultas, pero ya eran más complejas de lo que yo he tenido que hacer y no lo controlo.
Me alegro que recibas devolución por lo menos, ya que si no te corresponde hacerla y has pagado más de la cuenta, es justo que la realices y devuelvan lo que es tuyo.
Un saludo!!
Después de haber realizado la renta en el programa padre con un funcionario me vienen con estas:
Concepto tributario: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Ejercicio: 2014ACUERDOEn relación con su declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al ejercicio 2014, se han detectado ciertas incidencias, para cuya subsanación y para realizar actuaciones de comprobación limitada, al amparo y con los efectos previstos en la Ley General Tributaria, deberá ante esta oficina, aportar la documentación que a continuación se cita:- Certificados de retribuciones y retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo personal, para justificar las discrepancias entre lo declarado como rendimientos del trabajo y retenciones o ingresos a cuenta, y los datos de los que dispone la Administración por dichos conceptos.- Documento justificativo de la reducción declarada de los rendimientos del trabajo, para justificar la discrepancia existente entre dicho importe y los datos de que dispone la Administración por dicho concepto.- En concreto deberá aportar justificación documental de que cumple los requisitos para poderse aplicar la reducción para trabajadores desempleados que trasladen su residencia habitual por motivos laborales que son: 1.- Certificado de la oficina de empleo de estar inscrito en la misma en situación de demandante de empleo; 2.- Contrato del puesto de trabajo situado en municipio distinto al de su residencia habitual; y 3.- Contrato de alquiler o escritura de compraventa como justificante de su nueva residencia habitual.- La documentación requerida deberá aportarse preferentemente en el registro de esta oficina gestora o de cualquier otra Administración de la Agencia Tributaria.Por ello se acuerda realizar este requerimiento con el fin de que proceda a subsanar las citadas incidencias.Con la notificación de la presente comunicación se inicia un procedimiento de gestión tributaria de comprobación limitada, procedimiento que puede finalizar con la práctica de una liquidación provisional.El alcance de este procedimiento se circunscribe a la revisión y comprobación de las incidencias observadas en los datos declarados. En concreto:- Comprobación de la correcta declaración de los rendimientos de trabajo
- Verificar y comprobar la correcta declaración de la reducción de trabajo por traslado de residencia para desempleados.En el desarrollo del procedimiento ostentará los derechos y tendrá las obligaciones que se le informan en documento adjunto.
Es el segundo año de la movilidad geográfica: tengo paro sellado, pero no contrato de alquiler ya que estuve unos días en pensiones, no tengo facturas, aunque quizás encuentre datos de pagos por visa, después en piso compartido, Sin ningún tipo de justificante y finalmente en casa de un familiar, en cuanto a los datos económicos aparte de las nóminas que tengo no tengo absolutamente ni idea de qué es lo que me están pidiendo y donde poder conseguirlo.
He pedido aplazamiento para poder entregar la documentación, ya que me llego por sorpresa Al llegar a vacaciones de navidad, normalmente piden estos papeles a partir de enero, pero me encontré el papel amarillo en el buzón, en notificaciones de hacienda no había nada, ahora si he podido ver el requerimiento en la web de AEAT
Ayuda por favor
Muchas gracias
En el portal docente puedes ver el certificado que da la junta y entrega a Hacienda, es lo que se supone que te han pagado, retenido y están los gastos por seguridad social o Muface
Enviado desde mi SM-G7105 mediante Tapatalk
Ya, el problema es como ya puse en este post, que las nóminas por retrasos de otras delegaciones hacen que no coincidan o sean erróneos
¿ que puedo exigir en la delegación o consejeria ?
Gracias
Quería preguntar también si la única condición para declarar la movilidad geográfica durante el segundo año era la inscripción en la oficina, pues no tengo contrato de alquiler ya que estuve en un piso compartido, supongo que quieren el dato del inem y los contratos de la delegación
Gracias
Hola controsol... no puedo ayudar más allá de mi experiencia.
Para la primera vez que lo solicité, hubo requerimiento de documentación (alquiler, contrato, informe del SAE) y tras eso, todo bien. Me devolvieron.
Al siguiente ejercicio, como puedes solicitar la movilidad dos años seguidos por el mismo contrato, se solicitó y no me pidieron nada más.
Como se volvió a producirla misma situación encadenada por otro contrato distinto, volví a pedirlo en un tercer ejercicio (tras consultar con los agentes y ver la ayuda de la AEAT) y me volvieron a requerir documentación. Tras explicar todo por escrito y enviar todo de nuevo (nuevo contrato, alquiler, SAE...) resolvieron a mi favor y devolvieron.
En tu caso, con los movimientos de atrasos y a falta de contrato de alquiler, lo mejor será que te asesore alguien particular o personarte en la propia delegación y luego AEAT. Siento no poder ayudar más. anaidpreocupados