Esa es mi pregunta... entiendo que no porque en Septiembre yo estoy de baja y en el paro, pero mi jefe de departamento me dice que si... legislación al respecto por favor
Hace un dos o tres de años me dieron vacante telefónica... y mi director y jefa de estudios decían que tenía que ir en septiembre. Llamé a delegación y me dijeron que no, si a 1 sept no estoy dada de alta.
Ya si en julio/agosto te dan una vacante informatizada no se como iría la cosa, pero si a 1 de sept no estas dada de alta, no vayas.
La legislación no se cual es, pero no fuí y a día de hoy nadie me ha reclamado nada.
Si obtienes vacante en verano entonces sí tienes que ir, en caso contrario NO.
Cuando no se está de alta no se trabaja, es así de sencillo, y la corrección le corresponde al jefe de dpto.
Ya está bien de abusos, por favor no lo permitáis.
: aire 27 May, 2015, 15:24:58 +02:00
Si obtienes vacante en verano entonces sí tienes que ir, en caso contrario NO.
Cuando no se está de alta no se trabaja, es así de sencillo, y la corrección le corresponde al jefe de dpto.
Ya está bien de abusos, por favor no lo permitáis.
Todos los años lo mismo. Tan sencillo como que si no estamos dados de alta en la seguridad social no se puede trabajar.
Sabeis cómo va lo de las permutas de los interinos....cuándo y cómo se puede cambiar con otro compi la vacante que te hayan dado??gracias es una pregunta q ya he hecho en otros hilos pero no recibo respuesta...por fi alguien que lo sepa
: inmas 27 May, 2015, 15:51:03 +02:00
Sabeis cómo va lo de las permutas de los interinos....cuándo y cómo se puede cambiar con otro compi la vacante que te hayan dado??gracias es una pregunta q ya he hecho en otros hilos pero no recibo respuesta...por fi alguien que lo sepa
Cuando salgan los destinos DEFINITIVOS, por agosto supongo, tienes 5 días para hacer permutas con otro interino (a partir del día siguiente de la publicación de la orden). Pero debes cumplir unos requisitos, vienen en la orden de destinos, pero te los pongo aquí:
- Que los destinos sean del mismo cuerpo y misma especialidad.
- Que el tiempo de servicio de los dos no difiera en más de 5 años.
Ahhhh, y cuando solicitas una permuta, primero te debes incorporar el 1 de sept al centro que te han asignado en los destinos definitivos y después, a los pocos días, te aceptarán la permuta y ya te puedes incorporar al centro permutado.
Imagina que vas y te partes una pierna en el centro. Si no te dan informatizada, ¿quien se hace cargo?
Muchas gracias por responder...supongo q la forma d hacerlo es a través de un foro o la junta habilita esa opción?
Muchas gracias a todos por la información... ya sé que si no estamos de alta no se trabaja.. pero no hay una orden por ahí qué lo diga explícitamente
: güevo 02 June, 2015, 10:52:25 +02:00
Muchas gracias a todos por la información... ya sé que si no estamos de alta no se trabaja.. pero no hay una orden por ahí qué lo diga explícitamente
¿acaso el 1 de septiembre puedes saber si tendrás vacante telefónica? No hace falta regularlo con ninguna orden, no tienes que ir porque no puedes asegurar si tendrás vacante telefónica, por eso estás de baja.
Te pongo un ejemplo: solo pongo Huelva como provincia para sustituciones. Luego resulta que el dia 15 no hay vacantes telefónicas, solo sustituciones.
Te digo más, es ilegal hacer ese trabajo si no estás dado de alta. Yo me entero que me ha examinado un profesor que no está dado de alta y puedo recurrir ese examen.
Los exámenes de septiembre no dependen de lo que te hayan dado este curso, sino de lo que te den el que viene. Si en agosto te dan vacante, entonces tienes que ir al centro antiguo a hacerlos. Si no, pues a esperar a que te llamen cuando se abra la bolsa para que te den destino
: güevo 02 June, 2015, 10:52:25 +02:00
Muchas gracias a todos por la información... ya sé que si no estamos de alta no se trabaja.. pero no hay una orden por ahí qué lo diga explícitamente
No hay Orden que diga que no hay que trabajar sin cobrar ni estar dado de alta?
Claro que hay normativa que lo dice, como te pille una inspección o te denuncie alguien ya verás en propias carnes si hay.
: güevo 27 May, 2015, 13:35:06 +02:00
Esa es mi pregunta... entiendo que no porque en Septiembre yo estoy de baja y en el paro, pero mi jefe de departamento me dice que si... legislación al respecto por favor
Muy facil, tu contrato acabará el 31 de agosto de 2015. Si el 1 de septiembre no tienes un nuevo contrato pues no hay que ir, en caso contrario vas hasta que se acabe tu trabajo y despues te incorporas al nuevo.
A día de hoy no puedes saber si el 1 de septiembre estarás en el paro a no ser que renuncies a tu posible destino. Tampoco se puede estar de baja y en el paro a la vez.
yo tengo otra pregunta. si me piden que deje os examenes de septiembre antes de que acabe el curso, puedo negarme?
ya me los pidieron una vez cuando hice una sustitución hasta final de curso y supongo que volverán a hacerlo ante el temor de que no contraten a nadie el 1 de septiembre.
Si la vacante es telefónica, ésta se producirá a partir del 13 de Septiembre, por lo cual la pregunta no tiene mucho sentido. Saludos.
Si tiene sentido. Lo más lógico es que te pidan que los hagas y no debes negarte, creo yo. Tú sabes lo que han dado los alumnos y lo normal es que dejes la copia de los exámenes a jefatura o a tu departamento. Si no vuelves en septiembre, ya ellos se encargarán de corregir
creo que no me he explicado bien.
personalmente pienso que es un trabajo que se debe hacer en septiembre, que debe ser remunerado, y siempre que sea posible, ser realizado por la misma persona que ha evaluado durante el curso. esto seria posible si se dieran todas las vacantes informatizadas posibles y no las justas para ahorrarse 4 duros. creo que hacemos un flaco favor al colectivo de interinos dejando el trabajo hecho, porque el "único" problema con el que se encuentra la directiva si no contratan a nadie el 1 de septiembre, es corregir esos examenes, tarea facil porque siempre hay profesores del departamento o afines que pueden hacerlo. es verdad que los principales afectados son el alumnado, pero es que con esa justificación cada vez nos oprimen mas... tenemos que dar de nosotros claro, pero no olvidemos que los responsables son los que administran los recursos humanos, y al final el espiritu solidario de la vocacion en determinados sentidos esta impulsando justo todo lo contrario a lo que promueve la educación de calidad.
entonces mi pregunta es, puedo negarme?
: sisi_1983 02 June, 2015, 19:17:11 +02:00
creo que no me he explicado bien.
personalmente pienso que es un trabajo que se debe hacer en septiembre, que debe ser remunerado, y siempre que sea posible, ser realizado por la misma persona que ha evaluado durante el curso. esto seria posible si se dieran todas las vacantes informatizadas posibles y no las justas para ahorrarse 4 duros. creo que hacemos un flaco favor al colectivo de interinos dejando el trabajo hecho, porque el "único" problema con el que se encuentra la directiva si no contratan a nadie el 1 de septiembre, es corregir esos examenes, tarea facil porque siempre hay profesores del departamento o afines que pueden hacerlo. es verdad que los principales afectados son el alumnado, pero es que con esa justificación cada vez nos oprimen mas... tenemos que dar de nosotros claro, pero no olvidemos que los responsables son los que administran los recursos humanos, y al final el espiritu solidario de la vocacion en determinados sentidos esta impulsando justo todo lo contrario a lo que promueve la educación de calidad.
entonces mi pregunta es, puedo negarme?
La historia de siempre. EL INTERINO QUE ACABA CONTRATO EL 30 DE JUNIO NO TIENE POR QUÉ DEJAR LOS EXÁMENES DE SEPTIEMBRE PUESTOS. Y mucho menos ir a hacerlos sin estar contratado ya que sería ilegal.
Otra cosa es que por no putear a tus compañeros de departamento que te han tratado bien durante todo el curso les hagas el favor de dejarlos listos. Pero no tienes la obligación de dejarlos, te digan lo que te digan.
: güevo 02 June, 2015, 10:52:25 +02:00
Muchas gracias a todos por la información... ya sé que si no estamos de alta no se trabaja.. pero no hay una orden por ahí qué lo diga explícitamente
Tampoco hay una orden explícita para que Ramoncín no se presente el 1 de septiembre en un IES y ponga un examen sobre derechos de autor en 1Bachillerato Economía, pero si Ramoncín no es funcionario ni interino con contrato está legalmente inhabilitado para hacer tal cosa.
Yo soy funcionaria, y desde hace 4 ó 5 años en los departamentos en los que he estado (éramos sólo funcionarios) solemos dejar los exámenes ya preparados, por si cualquiera tiene un problema (te pones malo, te has roto una pierna) y no puede acudir los primeros días de septiembre. Por otro lado, si uno no sabe si va a estar o no, siempre es mejor para el alumnado que deje los exámenes quien le ha dado clase buena parte del curso. Pero es cierto que ese problema no se presentaría si no hubieran cambiado el sistema y si no hubieran quitado la prórroga que existía antes del 1 al 9 de septiembre y que hacía que todos los interinos con prórroga completa volvieran al centro del curso anterior para las recuperaciones, tuvieran o no vacante informatizada para el curso siguiente!!! Así que cada uno haga lo que le parezca mejor en cuanto a dejar los exámenes preparados...
No te enroques en l legislación que haya al respecto. Si vas el uno de septiembre a quitarle el marrón a tu jefe de departamento sin estar contratada/o es un irresponsabilidad por tu parte. Imagina que vives en Máaga y tienes que trasladarte al instituto que está en Córdoba.. En el viaje tiene un accidente de tráfico y quedas tetrapléjico... REsultado: te dan por saco: ni el instituto ni la Junta te cubren nada porque legalmente no estás contratada.
Entiendo que dé algo de malestar no ir pero no es culpa nuestra; que no contraten del 1 al 9 de septiembre, que es lo que dejaron de hacer hace 3-4 cursos (no recuerdo bien).
: güevo 02 June, 2015, 10:52:25 +02:00
Muchas gracias a todos por la información... ya sé que si no estamos de alta no se trabaja.. pero no hay una orden por ahí qué lo diga explícitamente
Pero si estás en paro...como va a haber una legislación que te indique algo al respecto????????
Si se obtiene vacante informatizada si. Si no, por supuesto que no hay que ir.
Vamos a ver...
Si mi vecino (que es peluquero) se mete en una aula con niños/as menores de edad el 1 de septiembre en un IES, ¿a que es ilegal? ¿a que lo pueden denunciar? Si se le ocurre corregir un examen y poner una nota, ¿a que los alumnos/as pueden reclamar esa nota? Sí ¿verdad? Pues mi vecino peluquero o un interino no contratado es lo mismo!!! No son nadie para estar con alumnos ni corregir exámenes ni poner notas!!! Cuando a un empleado con contrato temporal de la factoría de Renault se le acaba el contrato, no le dejan entrar a la semana para tocar las maquinas y fabricar piezas verdad?? Pues eso es lo mismo!! Yo entiendo el sentido de la responsabilidad que tenemos los docentes, pero lo que es ilegal es ilegal!!! Y si un interino no contratado pone una nota y le ponen una reclamación, podría buscarse problemas!!! A parte que si tuviera un accidente (como dice expander) la CEJA se desentendería del tema. Y si el que tuviera un accidente fuera un alumno/a mientras él los tiene a su "cargo", menudo marrón le iba a caer!!!
Es que es muy distinto dejar el examen preparado el 29 de junio que ir en septiembre sin contrato. Sé de casos que han ido sin contratar (sobre todo en 2012 cuando fuimos aniquilados por PPSOE) y aún me arrepiento de no haber denunciado a aquellos cretinos y a los directores que les permitieron su suprema estupidez y no sólo por accidentes laborales o in itinere sino porque fuimos DESPEDIDOS y los muy piiiiiiiiii fueron a facilitarle las cosas a quienes nos echaron!!!!! Se puede ser más ridículo????